Por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del anexo técnico "Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031"

Resolución · 2367 · 2023-12-29 · Jerarquía: nivel 8

Vigente

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Articulado
Artículos 301–320 de 610

Artículo ANEXO (297/606)

Por tanto, desde el 2018 la Organización Mundial de la Salud (OMS) estableció el Plan de Acción sobre Recursos Humanos para el fortalecimiento del acceso universal a la salud y la cobertura universal de salud 2018-2023, siendo un mecanismo para el trabajo intersectorial y la gobernanza de los territorios, por medio del diseño de estrategias e instrumentos para la consolidación de las capacidades de la fuerza laboral en el marco del trabajo digno y decente, la definición de incentivos para la retención del THS, la reducción de brechas en la disponibilidad y distribución de este, en especial para áreas rurales y dispersas, así como la priorización de acuerdos para el desarrollo de la formación y la educación continua (Organización Mundial de la Salud, 2018). De manera complementaria, las Funciones Esenciales de Salud Pública (FESP) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) plantean que en el número seis se aborde el desarrollo de los recursos humanos para la salud, lo que incluye "la ejecución de políticas, reglamentos e intervenciones relacionados con la capacitación, el empleo y las condiciones de trabajo, la movilidad interna y externa, la reglamentación de la educación y de la práctica profesional, así como la distribución de los recursos humanos para la salud pública". Lo anterior contribuirá en la mejora de la disponibilidad y distribución de los recursos humanos en los servicios de salud, especialmente en la conformación de los equipos multidisciplinarios en el primer nivel de atención (Organización Mundial de la Salud, 2019).

Artículo ANEXO (298/606)

Teniendo en cuenta lo anterior, la planificación del THS es un proceso político dirigido al cumplimiento de objetivos sanitarios, al logro de resultados en salud y de avances en acceso universal y derechos De esta forma, es una prioridad la planificación y gestión del THS, la cual está relacionada con las necesidades de atención en salud según las dinámicas y RESOLUCIÓN NÚMER90002367 DE 29 DIC 2023 Hoja No.183 de 381 Continuación de resolución por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico —"Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031". características sociales, epidemiológicas, culturales y poblacionales, con la oferta y la prestación de los servicios de salud, así como con la capacidad instalada y la demanda del THS (Ansah, Koh, Bayer, Harper, & Matchar, 2018). Lo anterior se consolida como una prioridad actual en los sistemas de salud de los países, teniendo claro que el THS, al ser un actor fundamental de la salud pública, su disponibilidad y distribución permite la respuesta y la atención integral de las poblaciones, así como la aceptabilidad y la calidad de los servicios de salud (Kunjumen, y otros, 2022); además de contribuir en el logro de las metas definidas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Adicionalmente, se ha descrito que la insuficiencia del personal sanitario se expresa en necesidades en salud insatisfechas y en aumento de la morbilidad y la mortalidad, por lo que la planificación se transforma en una herramienta para conocer y comprender los diferentes problemas de los recursos humanos en salud en el territorio para el desarrollo de acciones multisectoriales (Ansah, Koh, Bayer, Harper, & Matchar, 2018 ) .

Artículo ANEXO (299/606)

Por lo anterior se hace relevante el desarrollo e implementación de mecanismos y estrategias que orienten la planificación, la financiación, la educación, la regulación y la gestión del personal sanitario (Organización Mundial de la Salud, 2016) (Birch.S, y otros, 2009). Sumado a lo anterior, el trabajo colaborativo interprofesional (TCI) se ha transformado en el mecanismo del THS para mejorar el trabajo articulado entre los diferentes perfiles y profesiones de la salud, lo que ha favorecido el desarrollo de las habilidades del equipo (habilidades de comunicación, liderazgo, identificación de roles y actitudes, resolución de conflictos, toma de decisiones), el posicionamiento de la persona, la familia y la comunidad en el centro de la atención, la satisfacción del paciente y el logro de una atención integral e integrada (Macias, y otros, 2020).. En este sentido, en el 2018 el Ministerio de Salud y Protección Social estableció la Política Nacional de Talento Humano en Salud, que buscó "articular los procesos de formación, investigación, innovación, ejercicio y desempeño del talento humano en salud en torno a las necesidades de salud de la población y a los objetivos del sistema de salud" (MSPS, 2018, p. 53). Lo que priorizó, la realización laboral, profesional y personal del THS como aspecto clave para la gestión integral de la salud pública (Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 1035 de 2022).

Artículo ANEXO (300/606)

El objetivo fue fortalecer capacidades y competencias, promoviendo la educación en salud pública, asegurando la formación continua, para el desempeño integral acorde con las necesidades de salud en los territorios, fortaleciendo, las habilidades RESOLUCIÓN N(111)1E40002367 DE 29 DIO 2023 Hoja No. 184 de 381 Continuación de resolución por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de . la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico —"Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031". duras y blandas', con el fin de brindar una atención humanizada y con calidad a la población. Así mismo, favorecer acciones para la garantizar la estabilidad laboral y el trabajo digno del THS. Objetivo especifico Crear y desarrollar mecanismos para mejorar la distribución, disponibilidad, formación, educación continua, así como, las condiciones de empleo y trabajo digno y decente del personal de salud. : -0.1 -w.Resultados,esperácios. Estrategias', Caracterización del talento humano en salud pública Fortalecimiento de las capacidades institucionales y sociales para la gestión territorial de la salud pública, en el marco de la Estrategia Nacional de Formación 1. Capacidades consolidadas Territorial, Intercultural deAtención Primaria en Salud, para la gestión territorial de Salud Pública y Salud Colectiva. la salud pública Fortalecimiento de la gobernanza sanitaria por medio del acompañamiento regional y la consolidación de alianzas académicas en los tenitorios formadores del THS Desarrollo de las capacidades en el Talento Humano en Salud para la identificación, diagnóstico y prevención de los riesgos relacionados con la ocupación.

Artículo ANEXO (301/606)

Talento Humano en Salud Concertación de los mínimos de formación del TI-IS y formado para la gestión las prácticas pedagógicas a nivel técnico, tecnológ ico, integral de la salud pública universitaria, posgradual y formación de formadonás con relación a: territorio, territorialidad, Sabedores ancestrales y interculturalidad en salud, atención primaria en salud, personal de salud propio, salud pública y salud colectiva. reconocidos y articulados a Planificación con enfoque territorial la educación los procesos de la gestión de continua del THS con énfasis en territorio, la salud pública en los territorialidad, interculturalidad en salud, atención territorios, primaria en salud, salud pública y salud colectiva 4 Se entiende por habilidades duras y blandas de acuerdo al articulo denominado: Que son las habilidades duras y blandas de la Universidad de las Américas y el Caribe https://unacedu.nix/2021/06/17/que-son-las-habil id ades-b landas-y-duras/ del 2021; lo siguiente: habilidades duras, son las relacionadas con el nivel de conocimientos técnicos y preparadón académica y las habilidades blandas, son aquellas competencias sociales que una persona puede desarrollary contribuyen a preservar la comunicación y las relaciones intrapersonales, RESOLUCIÓN NÚMERga 00236 7 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 185 de 381 Continuación de resolución por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico —"Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031". Desarrollo de metodologias pedagógicas específicas para la salud pública Fortalecimiento del desarrollo de capacidades en el Talento Humano en Salud para la identificación, diagnóstico y prevención de los riesgos relacionados con la ocupación.

Artículo ANEXO (302/606)

Definición de estrategias territoriales e intersectoriales para la mejora de la disponibilidad y distribución del THS con énfasis en los que realizan acciones y gestión de la salud pública Implementación de acciones intersectoriales con enfoque territorial para la integración de incentivos y 4. Talento humano en salud mecanismos de retención del THS en el marco del pública disponible Y trabajo digno y decente, incluyendo el TH de salid sostenible con garantía de trabajo digno y decente ambiental Avance en la protección del talento humano en contexto de crisis humanitaria Gestión de la apertura territorial de las Instituciones de Educación del THS con los actores de la región para ser parte de la transformación requerida a escala mayor: con prácticas académicas y participación de las comunidades Consideraciones para la implementación en el territorio Responsabilidades de los departamentos, distritos y municipios, lo cual implica: Identificar las necesidades de formación y fortalecimiento de capacidades del talento humano para la gestión integral en salud, a partir de las necesidades en salud, estableciendo prioridades, planes y/ o programas de formación, oferta de instituciones formadoras en salud y escenarios de práctica presentes en la entidad territorial, para la gestión y ajuste requerido de los programas de educación técnica, tecnológica y profesional, con el fin de responder a los retos planteados en la implementación de las políticas públicas acorde con las necesidades del mismo. Realice procesos de socialización y capacitación con el personal sanitario para la identificación y prevención de los riesgos relacionados con la ocupación.

Artículo ANEXO (303/606)

Los procesos de gestión de la salud pública que aportan a la implementación de este eje son: la Coordinación Intersectorial, Desarrollo de capacidades, RESOLUCIÓN NÚMEFfle 02 3 6 7 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 186 de 381 Continuación de resolución por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico —"Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031". Gestión del conocimiento, Gestión del talento humano y Vigilancia en Salud Pública Establezca plan de asistencia técnica para el fortalecimiento de las capacidades del talento humano en salud pública que incluye el talento humano en salud ambiental. RESOLUCIÓN NÚMER800 02367 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 187 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Capítulo 6. Gestión Territorial integral de la Salud Pública del PDSP 2022-2031 Corresponde a las entidades territoriales y los demás actores con responsabilidades" adoptar y adaptar el PDSP 2022-2031 en sus Planes Territoriales de Salud y en los instrumentos de planeación territorial, para ello deberán seguir las herramientas y metodologías para la Planeación Integral para la Salud, que incluye entre otras el Análisis de Situación de Salud-AS IS, requeridas para la articulación de políticas públicas, y demás directrices y lineamientos ministeriales que permitan avanzar hacia la integralidad de la gestión de la salud pública a nivel nacional y territorial 39.

Artículo ANEXO (304/606)

El Plan Territorial de Salud se constituye en el instrumento estratégico e indicativo para desplegar la política nacional de salud pública en los territorios, el cual se armoniza con los Planes de Gobierno, Planes deDesarrollo y de Reordenamiento Territorial. Para la implementación del plan se debe tener en cuenta la definición técnica de la Resolución 518 de 2015 en su artículo 4° como: " Artículo 4. Gestión de la salud pública. En el marco de lo previsto en el plan decenal de salud pública, se constituye en un proceso dinámico, integral, sistemático y participativo que bajo el liderazgo y conducción de la autoridad sanitaria, está orientado a que las políticas, planes, programas y proyectos de salud pública se realicen de manera efectiva, coordinaday organizada, entre los diferentes actores del SGSSS junto con otros sectores del Gobierno, de las organizaciones sociales y privadas y la comunidad, con el propósito de alcanzar los resultados en salud. Se enmarca en el ejercicio de la rectoría y apunta a la generación de gobemanza en salud, con el propósito de que las respuestas sectoriales, intersectoriales ycomunitarias se desarrollen de manera articulada y orientadas al logro de resultados en salud". Lo anterior implica el relacionamiento coordinado para el logro de los objetivos en la gestión de la salud pública y los resultados en salud de las poblaciones, acordes al contexto territorial, entre el nivel nacional y el nivel territorial, entre la entidad territorial y las instituciones de salud; al interior de estas entre directivos y las personas que trabajan en salud. Igualmente, entre los diferentes equipos de salud, especialistas y profesionales en áreas de la salud, ciencias sociales y otras áreas del campo de la salud pública; entre estos 38 Los actores y sus responsabilidades serán descritos en el Capitulo 7 del presente Plan. La clasificación en nivel nacional y territorial obedece, sin perjuicio del reconocimiento de la organización administrativa establedda por ley,.a la necesidad de comprender la Nación como un territorio, en coherencia con las formulaciones conceptuales del presente Plan.

Artículo ANEXO (305/606)

RESOLUCIÓN NÚMERI2 0002367 DE 29 DIC 2023 >Hoja No.188 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — últimos y los técnicos/auxiliares del campo de la salud; así como un mayor acercamiento entre el ámbito gubernamental, las organizaciones sociales y comunitarias y las personas que utilizan los servicios y demás miembros de la comunidad, para un relacionamiento menos burocratizados y cada vez más reflexivo, dialógico y colaborativo que contribuya conla garantía del derecho a la salud, la equidad, el bienestar y calidad de vida de individuos y colectivos y con ello, cumplir con sus tres objetivos básicos: producir objetivamente bienes y servicios para otros/as, reproducir la propia institución, y asegurar la realización profesional y personal del talento humano en salud pública y la satisfacción de las personasque utilizan los distintos servicios (Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 1035de 2022) Para el caso de los pueblos y comunidades indígenas, comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y el pueblo Rrom en el marco de la autonomía, el proceso de gestión integral para la salud pública en los territorios se orientará con base en los acuerdos interculturales de alineación, gradualidad, progresividad yadecuación con los instrumentos de política pública como los planes de vida y el que haga sus veces, los modelos de cuidado de la salud integral establecidos en el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural - SISPI, y demás instrumentos que permiten la materialización de las acciones propias, interculturales y complementarias de la gestión dela salud pública e integral en los territorios.

Artículo ANEXO (306/606)

Actualmente las entidades territoriales se encuentran implementando el Plan Territorial de Salud como parte integral del Plan de Desarrollo Territorial para el cuatrienio 2020 - 2023; por lo tanto, en el marco normativo actual, las entidades territoriales continuarán la ejecucióndel PTS que terminará en el año 2023 y realizarán su respectiva evaluación. Para la entrada en vigencia del PDSP 2022-2031, las entidades territoriales y demás actores involucrados con su gestión deberán durante el segundo semestre del año 2022 y en el 2023 desarrollar las etapas de agendamiento del ciclo de política acorde con los elementos estratégicos y operativos propuestos en el nuevo PDSP, mientras cierran el ciclode política del PDSP anterior; deberán continuar con la ejecución de sus PTS y el fortalecimiento de las capacidades territoriales, institucionales y sociales relacionadas con su gestión, reconocer los recursos necesarios y las herramientas técnicas y operativas requeridas para la adopción y adaptación de los elementos estratégicos del Plan en los territorios.

Artículo ANEXO (307/606)

Ahora bien, para dinam izar el PDSP 2022-2031 se requiere concretar la participación socialen salud a lo largo del proceso de planeación integral para la salud en el territorio; cuyas orientaciones técnicas se presentan a continuación: RESOLUCIÓN NÚMERNO 023 6 7 DE 29 DIC 2023 Hoja No.189 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Elaboración conjunta de la Planeación Integral para la salud en el territorio La Planeación Integral para la Salud en el territorio es un proceso que permite a las entidades territoriales definir y desarrollar las acciones de alistamiento institucional y reconocimiento del contexto político, ruta lógica para la formulación, gestión operativa parasu implementación seguimiento, evaluación y rendición de cuentas del Plan Territorial de Salud- PTS, bajo los principios de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad, como instrumento estratégico de la política en salud territorial. En ese sentido, el marco de la Ley 1751 de 2015— Ley Estatutaria de Salud, en su capítulo II Garantía y mecanismos de protección del derecho fundamental a la salud " Artículo 12. Participación en las decisiones del sistema de salud. El derecho fundamental a la salud comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan". Dado lo anterior, corresponde a la entidad territorial, garantizar los escenarios de participación social, para el fomento del diálogo y concertación con actores territoriales en la incorporación de acciones acordes con las necesidades y contexto socio cultural en los PTS, así como los mecanismos de deliberación, control social y seguimiento, diseñados enel marco de la Política de Participación Social en Salud, que contribuyan con la mejora paralos resultados en salud de la población.

Artículo ANEXO (308/606)

Consideraciones generales para la participación en la planeación integral para la salud: Generación de capacidad comunitaria y gubernamental para el diálogo: para que, partiendo del respeto mutuo, se construya conjuntamente la planeación integral para lasalud a partir de la cualificación de los procesos de participación social comunitarios y de planificación institucional con adecuaciones técnicas y socio culturales. Reconocimiento de los escenarios para la planeación integral para la salud comunitaria:implica el reconocimiento de los procesos que se adelantan desde el contexto territorialde los grupos étnicos, campesinos y de organizaciones de base comunitaria en general y desde el ámbito gubernamental, motivo por el cual se recomienda la respectiva gestión para crear, establecer o reactivar, instancias de diálogo a nivel territorial entre los actores del SGSSS y la comunidad. Las orientaciones técnicas para la planeación integral para la salud, se desarrollan en cuatrocomponentes, los cuales incorporan acciones encaminadas a las garantías de tipo político, técnico y logístico requeridas y dirigida a la población en general RESOLUCIÓN NÚMER6OÜC236Y DE 29 D1C 2023 'Hoja No. 190 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — incluyendo los enfoques interculturales y diferenciales establecidos normativamente: a) etapa de alistamiento, b) etapa de construcción conjunta del PTS, c) etapa de implementación del PTS y del Plan deAcción de Salud y d) etapa de seguimiento y evaluación a.

Artículo ANEXO (309/606)

Etapa de alistamiento: Preparación para la garantía de las condiciones políticas, técnicas y logísticas para la construcción conjunta de la Planeación Integral para la Salud y el Plan Territorial de Salud: Tenga en cuenta lo establecido en la ley 152 de 1994, en cuanto al procedimiento para la elaboración de los planes de desarrollo de las entidades territoriales y las recomendaciones del Departamento Nacional de Planeación para el proceso de empalme de los mandatarios territoriales. Genere procesos de diálogo político por parte de la autoridad sanitaria con las administraciones territoriales y con los demás sectores con el propósito de movilizar la voluntad de actuación institucional para el proceso de formulación del Plan Territorial deSalud. Defina el equipo de salud que estará encargado de dinamizar las acciones para convocar el equipo intersectorial y los procesos de organización social y comunitarios, para la formulación del Plan Territorial de Salud. Elabore y concede el plan y cronograma de trabajo que guiará el proceso de Planeación Integral para la Salud Identifique el directorio de actores sociales y gubernamentales que participarán en el proceso de planeación territorial. Realice la respectiva capacitación y/o inducción técnica para el diálogo en la construcción conjunta del PTS, en ambos escenarios (gubernamental, sectorial e intersectorial, y comunitario). Dé a conocer a la comunidad, especialmente a los líderes sociales, las herramientas deplanificación en salud, para lograr un mayor compromiso respecto del Plan Territorial de Salud, y generar un mayor empoderamiento para la exigibilidad del derecho a la salud. Aliste los insumos de información suministrados por el Ministerio de Salud, propios de la entidad territorial y de cada escenario de participación social, para el proceso de construcción participativa del PTS.

Artículo ANEXO (310/606)

Apoye mediante procesos de gestión, la generación de los espacios comunitarios para la identificación y análisis de los Ejes Estratégicos, estrategias, líneas de RESOLUCIÓN NÚMER60002367 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 191 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — "Plan Decenal de Salud Pública' 2022-2031". acción del PDSP, en el marco de las categorías de interés para la comunidad, en concordancia con lo definido en la Política de Participación Social en Salud- Resolución 2063 de 2017. Acuerde las garantías de tipo político, técnico y logístico con los actores sociales y gubernamentales, en territorios donde persiste el conflicto armado asegúrese de identificar las garantías de seguridad colectivas e individuales para los actores sociales.

Artículo ANEXO (311/606)

b. Etapa de construcción conjunta del PTS Escenario conjunto para la identificación, comprensión de circunstancias y condiciones ydel proceso de salud-enfermedad- atención en el territorio. Tenga en cuenta los lineamientos que brindará el Ministerio de Salud y Protección Social para elaborar el Análisis de Situación de Salud participativo y la cartografía territorial, y otras fuentes de información que disponga el territorio. Tenga en cuenta los lineamientos que brindará el Ministerio de Salud y Protección Social para la formulación del plan territorial de salud de acuerdo a los ejes estratégicos del PDSP 2022-2031 y de inversión plurianual del Plan Territorial de Salud. Protocohzación en acta de los acuerdos, con organizaciones sociales y otros sectores, donde se establezca el paso a seguir para la inclusión de estrategias y actividades en el Plan Operativo anual de Inversiones- POAI y el Plan de Acción de salud-PAS, así como la ruta de seguimiento de los acuerdos. Realice la remisión del Plan Territorial de Salud a más tardar el 30 de junio de cada periodo de gobierno territorial, al Ministerio de Salud y Protección Social, una vez este haya sido aprobado en las asambleas departamentales y concejos distritales y municipales. Cada año con base en los lineamientos que brindará el Ministerio de Salud y Protección Social para la elaboración del componente operativo y de inversiones en salud del Plan Territorial de Salud, realice la planeación correspondiente en armonía con las estrategias definidas en el Plan Territorial de Salud y los ejes estratégicos del PDSP 2022-2031. c.

Artículo ANEXO (312/606)

Etapa de implementación del PTS y del Plan de Acción de Salud A partir de la experiencia que el MSPS ha recabado desde el 2012- 2021 ha logrado establecer algunos factores críticos de éxito que posibilitan que las entidades territoriales logren una mejor gestión y con ello un avance sobresaliente de sus resultados, que son: RESOLUCIÓN NúmER4'00132367 DE 29 DIC 2023 Hoja No.192 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — - Mantener la voluntad política de los gobernantes y de los Secretarios de Salud y otros miembros de la entidad territorial para la puesta en marcha del PTS y los distintos PAS que se implementen. CoMprometer y gestionar los recursos financieros para dar cuenta de la operación técnica, tecnológica y logística Desplegar el plan de acción en salud en la planeación mensual de los diferentes equipos o instancias sectoriales e intersectoriales para el desarrollo de las actividades requeridas en el logro de las estrategias de la planeación territorial de salud - Desplegar en el territorio una estrategia de socialización y comunicación del PTS dirigida a diferentes actores sectoriales, intersectoriales y comunitarios Garantizar la contratación permanente y la conformación de un equipo técnico con conocimientos en salud pública, en ciencias sociales y humanas, cualificado para la implementación del Plan Territorial de Salud y las estrategias que lo constituyen.

Artículo ANEXO (313/606)

Favorecer el desarrollo de capacidades del talento humano directivo, técnico y operativo, en la Secretaría de Salud yen los equipos de Atención Primaria en Salud, que incluya y combine estrategias presenciales y virtuales de asistencia técnica calificada, - Favorecer el desarrollo de capacidades de organizaciones sociales respecto de la planeación territorial en salud Establecer espacios para asistencias técnicas con el Ministerio de Salud y Protección Social - Establecer los espacios de concertación inter y transectorial a través de mesas técnicas que desarrollen las estrategias definidas en el PTS, en particular las del Eje 2 y 3 del PDSP. Generar compromisos con otros sectores para la implementación de acciones del PTS en el marco de los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud o quienes haga sus veces y en los espacios de carácter intersectorial - Generar articulación entre la Oficina de Planeación de la entidad territorial y la dependencia de salud pública con el fin de abordar de manera organizada el desarrollo de la planeación territorial. d. Etapa de seguimiento y evaluación del PTS Efectuado el Plan operativo del PTS, se deberá presentar este resultado a las autoridades de las zonas involucradas y las entidades sectoriales e intersectoriales, como insumo para ejercer los respectivos mecanismos de participación con la definición RESOLUCIÓN NÚMERI0002 367 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 193 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — "Plan Decenal de Salud Pública 022-2031". de un comité de seguimiento integrado por delegados del ámbito gubernamental, comunitario y del Ministerio Público. Generar de espacios de seguimiento y evaluación de los planes concertados en el marco de la Resolución vigente de planeación territorial en salud, con recursos propios y siguiendo los lineamientos dados por el Ministerio de Salud y protección Social.

Artículo ANEXO (314/606)

Utilizar la información suministrada por el Ministerio de Salud y Protección Social respecto del avance de las actividades aprobadas en el Plan de Acción en Salud para realizar ajustes en la ejecución operativa y financiera. RESOLUCIÓN NÚMERNO 2 3 67 DE • 2 9 DIC 20_9 3 Hoja No. 194 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Capítulo 7. Responsabilidades de los actores del sector salud en el PDSP 2022-2031 En el marco de la Gestión Integral de la Salud Pública el presente capítulo busca establecer las responsabilidades de los distintos actores del sector salud frente al cumplimiento del PDSP 2022-2031, sin perjuicio de sus responsabilidades y competencias establecidas en otras normativas. Dichas responsabilidades incluyen las relacionadas con los departamentos, distritos y municipios en sus distintas categorías. Con participación en diferentes niveles de gestión, se incluyen las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y los prestadores de servicios de salud, como actores claves para la operación del SGSSS. Todos ellos, cumplen funciones en los distintos niveles macro, meso y micro de la gestión de la salud pública territorial con diferentes grados de coordinación y articulación que deben ser tenidos en cuenta tal como se señaló en el capítulo anterior. De los Departamentos y Distritos En concordancia con las competencias establecidas en las normas legales, corresponde a los departamentos y distritos asumir las siguientes responsabilidades frente al PDSP 2022- 2031: Adoptar y adaptar los lineamientos técnicos para el desarrollo, operación, seguimiento y evaluación del PDSP 2022-2031 que expida el Ministerio de Salud y Protección Social previa armonización con los demás lineamientos técnicos ministeriales al respecto. Articular y armonizar el Plan Territorial de Salud con el PDSP 2022-2031.

Artículo ANEXO (315/606)

Definir intervenciones institucionales a nivel territorial, con el fin de coordinar y alinear las acciones del PDSP 2022-2031. Prestar asesoría y asistencia técnica para desarrollar y fortalecer capacidades para la adopción, adaptación e implementación de las RIAS, a los integrantes del SGSSS y de las demás entidades que tengan a su cargo acciones en salud, en su jurisdicción. Vigilar y supervisar la adopción, adaptación, implementación y evaluación de las RIAS, en los términos de la presente resolución, y en caso de que no sean implementadas, informar a la Superintendencia Nacional de Salud, para que adelante las respectivas acciones, en el marco de su competencia. Desarrollar y coordinar las Redes Integrales e Integradas para el Bienestar en RESOLUCIÓN NÚMERCCOOC2367 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 195 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — articulación con los actores del SGSSS y el Sistema de Protección Social, y demás sectores gubernamentales involucrados con el bienestar de la población. Desarrollar capacidades para la cogestión territorial de la salud pública con los diferentes actores y sectores presentes en los territorios. Formular, adoptar y armonizar el Plan Territorial de Salud en cada cuatrienio, y los planes plurianuales y bienales de inversiones públicas en el marco de lo establecido en la Ley 152 de 1994 y en el PDSP 2022-2031, con participación del Consejo de Planeación Territorial y del Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud. Socializar el Plan Territorial de Salud y el Plan Operativo Anual aprobados con los actores sectoriales, transectoriales y comunitarios correspondientes.

Artículo ANEXO (316/606)

Asegurar la concurrencia a los municipios 4, 5 y 6, de conformidad con la normatividad vigente para el logro de los objetivos y metas del PDSP 2022-2031. Actualizar y divulgar el análisis de situación de salud del territorio bajo el modelo y enfoques del PDSP 2022-2031. Convocar los actores del Sistema de Salud de su jurisdicción para la Formulación del Plan Territorial en Salud y la adopción del PDSP 2022-2031. Brindar asesoría y asistencia técnica alas municipios, instituciones sectoriales y de otros sectores, y al talento humano encargado de la elaboración del Análisis de Situación de Salud ASIS, y de la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Territorial de Salud. Acompañar técnicamente a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios EAPB, o a quién haga sus veces, y a las Administradoras de Riesgos Laborales ARL, para que en el marco de sus competencias elaboren la caracterización de la población afiliada y se incorpore a la planeación territorial las situaciones identificadas. Desarrollar actividades e intervenciones de salud pública, a la población ocupada, con énfasis a la población no afiliada al Sistema General de Riesgos Laborales, de acuerdo con las directrices que defina el Ministerio de Salud y Protección Social. ( artículo 1 y 2 del Decreto 4107 del 2011) Desarrollar actividades de promoción y prevención dirigidos a proteger la vida, promover el mejoramiento de la salud, prevenir los accidentes y enfermedades y elevar el nivel de calidad de vida, que incida en el bienestar de los trabajadores no afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales ( artículo 9 de la Ley 1751 de 2015, determinantes sociales). Implementar un sistema de vigilancia epidemiológica de los trabajadores del sector informal, con dos objetivos principales: el monitoreo permanente de las condiciones de trabajo y salud, y el control efectivo del riesgo.

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Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2023.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 80), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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