Por la cual se modifica la Resolución 3315 de 2019, en relación con el recaudo de las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, se actualizan los anexos de reporte y se adoptan otros

Resolución · 2239 · 2020-12-01 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 41–60 de 66

Artículo ANEXO (38/63)

Ejemplo 000999999999, nión del TXT Extensión del archivo plano. 4 si NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud Información de la relación de las facturas a pagar por parte de la EPS a las IPS y/o proveedores de servicios de salud como resultado de la cesión de crédito suscrita entre la ADRES o la Entidad | APF120FCECAAAAMMDONI999999999999. txt 36 Territorial y las EPS del proceso de saneamiento de que tratan los artículos 237 y 238 de la Ley 1955 de 2019 "- “RESOLUCIÓN NÚMERO” ¿223 9 DE 4 DIC 2020 2020 HOJA No 24 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, 8.1.2. Contenido del archivo El archivo con la información de la relación de las facturas a pagar por parte de la EPS a las IPS y/o proveedores de servicios de salud como resultado de la cesión de crédito suscrita entre la ADRES o la Entidad Territorial y tas EPS del proceso de saneamiento de que tratan los articulos 237 y 238 de la Ley 1955 de 2019, está compuesto por un único registro de control (Registro tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asi: Registro o l Descripción Reporte Tipo 1 Registro de contro! Obligatorio Registro de detalte que contiene cada una de las facturas a pagar por parte de la EPS a las IPS y/o proveedores de servicios de salud como resultado de la cesión de crédito suscrita entre la ADRES o la Entidad Territorial y las EPS del proceso de saneamiento de que tratan los articulos 237 y 238 de la Ley 1955 de 2019 Tipo 2 Obligatorio Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) 8.1.2.1.

Artículo ANEXO (39/63)

Registro Tipo 1 - Registro de control Este registro es de carácter obligatorio y corresponde al primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. DD? E ERA ho Es |£ $ No. Nombre del campo ES Valores permitidos 2 si E E . - 1: valor que significa que el registro es de 1 |Tipo de registro 1 N control Si Tipo de identificación de la entidad fuente de 2 Tipo de identificación de la entidad 2 A la información. Para el caso de Entidades si que reporta Territoriales, se utiliza lo siguiente: - NIoNIF Número de Identificación de la entidad que Número de identificación de la envía el archivo, sin digito de verificación. 3 : 12 N El entidad que reporta El NiT debe ie sin digito de verificación, Ñ Razón social de la entidad que reporta la 4 |Razón Socia! 250 A información. sI Ps : En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder 5 pecho a de periodo de la 10 F | ala fecha de inicio del periodo de información | Si pal reportada. . En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder 7 Fecha final del periodo de la 10 F |? la fecha final del periodo de información SI información reponada reportada y debe concordar con la techa de corte del nombre del archivo, 8 Número total de registros de 40 N Debe corresponder a la totalidad de registros si detalle contenidos en el archivo de tipo 2, contenidos en el archivo. 8.1.2.2. Registro Tipo 2 — Registro de detalle de facturas sujetas de cesión de crédito e] o E E No. Nombre del campo El £€£ É Descripción y valores permitidos E 335 FS € Xx . . 2: Valor que significa que el registro es de 1 ¡Tipo de registro 1 N detalle SI Número consecutivo de registros de detalle A" : dentro del archivo.

Artículo ANEXO (40/63)

Inicia en 1 para el primers 2 |Consecutivo de registro +0 N registro de detalle y va incrementando de 1 en si 1, hasta el final del archivo. a A " eS ARE SOLUCIÓN NUMERO, 502239DE_ 4 DIC 2020 2020 HOJA No 25 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, n) 0) p) 9) r) - > na - e = % A O s FE se, 3 All e a al el , A No. Nombre del campo » ” DE 3 E Descripción y valores permitidos El 9:53 o eo? E tela a o TÉ, . >, E A : Ñ La Corresponde al número de identificación de la 3 [mimpao de identiicación (NIT) de [42 | y [EPS cedente. Número de NIT sin dígito de | SI verificación. 4 | Razón social de la EPS 250 A | Corresponde a la razón social de la EPS SI 5 Número de identificación de la Corresponde al número de identificación de la Si IPS o proveedor 12 N | IPS o proveedor cesionario. Número de NIT sin dígito de verificación. Razón social de la IPS o Corresponde a la razón social de la IPS o 6 | proveedor 250 A proveedor cesionario si Prefijo de la factura Prefijo de la factura. En caso de no tener se 7 6 a NO dejará en blanco. g | Número de factura 20 N | Número de la factura SI Fecha en la cual se emitió la factura por parte 9 [Fecha de emisión de la factura 10 F de estadoriProveedor de Servicios de S! En formato AAAA-MM-DD. Valor iniciat de la factura. El formato de este campo permite dos 10 [Valor de la factura 15 D decimales opcionales, el separador de decimal si es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Valor de la factura a girar a fa IPS o proveedor. .

Artículo ANEXO (41/63)

El formato de este campo permite dos 11 | Valor a girar a la IPS o proveedor 15 D decimales opcionales, el separador de decimai sl es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 8.2. Características de los archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. El separador de campos debe ser pipe (|;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato y el dato3, el dato2 está vacio se reportará asi: dato1]|dato3. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. Las longitudes de campos definidas en los registros de contro! y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios.

Artículo ANEXO (42/63)

Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' ta cual es un carácter diferente a cero. A RESOLUCIÓN NÚMERO (2239 DE y DIC 2000 2020 HOJA No 26 y) Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro z) Los archivos deben estar firmados digitalmente. 8.3. Plataforma para el envío de archivos El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si la entidad que reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: https:/Aweb sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: hitps://web, sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Control de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi: + Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a la entidad que reporta. + Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a la entidad que reporta el resultado Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda.

Artículo ANEXO (43/63)

Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https: //www. sispro qov.cofayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web. sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/F AQ/FAQ .aspx 8.4. Período de reporte y plazo La fecha de reporte depende de cada Entidad Responsable de Pago y ta periodicidad de los pagos realizados en el marco del proceso de saneamiento establecido en la Ley 1955 de 2019. Para ello, la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Social habilitará ta plataforma PISIS para et envio de dicha información. “A RESOLUCIÓN NÚMERO?” 2522390DE 2020 HOJA No 27 - 1 DIC 2020 fas rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, ANEXO TÉCNICO No. 9 REPORTE DE LAS FACTURAS ASOCIADAS A LOS RECOBROS Corresponde al reporte de las facturas objeto de saneamiento asociadas a los recobros que hayan sido reportados en el anexo técnico 5 de la Resolución 3315 de 2019. El presente anexo técnico deberá ser reportado por las entidades territoriales departamentales y distritales a través de la plataforma PISIS. Para este anexo técnico se definen cuatro capitulos: 9.1. Estructura y especificación de los archivos 9.2. Características de los archivos planos 9.3. Plataforma para el envio de archivos 9.4. Período de reporte y plazo 9.1. Estructura y especificación de los archivos 9.1.1. Estructura y especificación del nombre del archivo.

Artículo ANEXO (44/63)

El nombre de los archivos de ta información de las facturas asociadas a los recobros objeto del saneamiento de que trata el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, debe cumplir con el siguiente estándar Componente del nora e icmato 1 Descripción A Requerido le archivo *| * Módulo de APF Identificador del módulo de información. 3 si información Acuerdo de Punto Final Fuente de la Información: Entidades Tipo de fuente 120 .| Territoriales del orden departamental y 3 S! distrital Reporte de información de las facturas Tema de FREC asociadas a los recobros objeto del 4 Si información saneamiento de que trata el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019. Fecha de corte de la información reportada, corresponde al último día Fecha de corte AAAAMMDD calendario del periodo de información 8 El reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20190930 e cació de Tipo de identificación de la entidad que - DE/DI reporta información: DE (Departamentos) 2 Si de la entidad y Dl (Distritos) que reporta Código DANE de la entidad que envia el Número de archivo, sin dígito de verificación. Se debe identificación utilizar el carácter CERO de relieno a la de la entidad 999999999999 izquierda si se requiere para completar la 12 si que reporta longitud del campo. Ejemplo 000999999999. Extensión del TXT Extensión del archivo plano. 4 sI archivo NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Información de las facturas asociadas a los recobros objeto del saneamiento de que trata el | APF120FRECAAAAMMDDNI999999999999.txt 36 articulo 238 de la Ley 1955 de 2019, 9.1.2. Contenido del archivo Ej archivo con la información de las facturas asociadas a los recobros objeto dei saneamiento de que trata el

Artículo ANEXO (45/63)

artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, está compuesto por un único registro de control (Registro tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada así: RESOLUCIÓN NÚMERO”: $223 9 DE , DIC 202 2020 HOJA No 28 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologias no financiadas con recursos de la UPC, Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de contro! Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle que contiene cada una de las facturas asociadas a los recobros | Obligatorio objeto del saneamiento de que trata el

Artículo ANEXO (46/63)

articulo 238 de ta Ley 1955 de 2019 9.1.2.1. Registro Tipo 1 — Registro de contro! Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) Este registro es de carácter obligatorio y corresponde al primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. Bo 2 ] 3 SEE|ge HA No. Nombre del campo iS ls Valores permitidos 2 SE3 ¿ 4. [Tipo de registro 1 N valor que significa que el registro es de si Tipo de identificación de la entidad Tipo de identificación de la entidad fuente de 2 2 A [la información: El] que reporta Ni NIT 3 Número de identificación de la 12 N NIT de identificación de la entidad que reporta, SI entidad que reporta sin digito de verificación. 4 | Razón Socia! 250 A o on de la entidad que reporta ta si mi . En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder 5 Had E porta periodo de la 10 F- lala fecha de inicio del periodo de información] Sl reportada. En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder 6 Fecha final del período de la 10 F |3 la fecha final del periodo de información Si información reportada reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. 7 Número total de registros de detalle 10 N Debe corresponder a la totalidad de registros sI contenidos en el archivo de tipo 2, contenidos en el archivo. del saneamiento de que trata el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019 9.1.2.2. Registro Tipo 2 — Registro de detalle de las facturas asociadas a los recobros objeto En el Registro Tipo 2 la entidad territorial departamental o distrital y la ADRES, reportará el detalle de las facturas asociadas a los recobros presentados por las EPS: 3 $ 20 £lo 5 No.

Artículo ANEXO (47/63)

Nombre del campo DEE E Valores permitidos 3 535 3 E a : ó 2: Valor que significa que el registro es de 1 | Tipo de registro 1 N detalle St Número consecutivo de registros de detalle " , dentro del archivo, Inicia en 1 para el primer 2 |Consecutivo de registro 10 N registro de detalle y va incrementando de 1 en Si 1, hasta el final del archivo. 3 Número de identificación (NIT) de Corresponde al número de identificación de la la EPS recobrante 12 N |EPS recobrante. Número de NIT sin digito de | SI verificación. Ñ Corresponde a la razón social de la EPS 4 | Razón Social de la EPS 250 A |recobrante. El] . Prefijo del recobro. En caso de no tener prefijo, 5 | Prefijo del recobro 6 A dejar en blanco NO 6_ | Número de recobro 20 Número del recobro presentado por la EPS. Ej , . . a Corresponde al número de identificación NIT N 7 A a aan del Prestador/ Proveedor de Servicios de Servicios de Salud 12 N |Salud que emitió la factura asociada al| SI recobro. Número de NIT sin digito de verificación, “RESOLUCIÓN NÚMERO” 7:22:39 DE 4 DIC 2020 2020 HOJA No 29 tas rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologias no financiadas con recursos de la UPC, o EIA ¿ No. Nombre del campo DE 3 ¿ Valores permitidos $ 535 ¿ Razón social del Corresponde a la razón social del 8 |Prestador/proveedor de servicios 250 A |Prestador/Proveedor de Servicios de Salud| Si de salud que emitió la factura asociada al recobro 9 |Prefijo de la factura asociada al 6 A Prefijo de la factura asociada al recobro.

Artículo ANEXO (48/63)

En NO recobro caso de no tener prefijo, dejar en blanco Número de la factura asociada at Número de la factura asociada al recobro 10 20 A si recobro Fecha en la cual se emitió la factura asociada 11 Fecha de emisión de la factura 10 F al recobro, por parte del Prestador/Proveedor si asociada al recobro de Servicios de Salud En formato AAAA-MM-DD. Valor inicial de la factura asociada al recobro mi El formato de este campo permite dos 12 [Valor inicial de la factura 15 D decimales opcionales, el separador de decimal si es el punto, No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Valor total pagado históricamente a la factura asociada al recobro 13 | veo, pagado histórico a esta 15 | 0 |El fomato de este campo permite dos| SI decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Valor glosa definitiva aplicada a la factura asociada al recobro 15 o r glosa definitiva de la 15 D [El formato de este campo permite dos| Sl decimales opcionales, el separador de decima! es el punto. No debe utilizarse el separador de miles, Ejemplo; 40150000.32 Saldo pendiente de cancelación a la factura asociada al recobro. Debe ser igual al valor inicial de la factura, menos la glosa aceptada y menos los pagos aplicados. 16 | Saldo de la factura 15 D Si El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000,32 incluir el número de contrato de transacción en el cual se encuentra el recobro que tiene z asociada la factura, si se está pagando con los 17 po e! contrato de 23 A [recursos de cofinanciación nación y si es| Si fuente propia diligenciar cero “0”, asi hayan suscrito contrato de transacción con esta última fuente. 9.2.

Artículo ANEXO (49/63)

Características de los archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: n) En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales o) Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANS!, con extensión xt p) Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. q) El separador de campos debe ser pipe (|;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). Á) Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo “RESOLUCIÓN NUMERO: 2.2239 DE" , DIC 2020 2020 HOJA No 30 entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacio se reportará así: dato1||dato3. s) Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. u) Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos.

Artículo ANEXO (50/63)

v) Las longitudes de campos definidas en los registros de contro! y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. w) Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. x) Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la voca! 'O' la cual es un carácter diferente a cero. y) Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro z) Los archivos deben estar firmados digitalmente. 9.3. Plataforma para el envío de archivos El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integra! de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si la entidad que reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: https://web.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: https://web.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Control de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: + Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a la entidad que reporta. + Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el contro! de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a la entidad que reporta el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda.

Artículo ANEXO (51/63)

Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: httos:/Awww sispro.gov.co/ayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web.sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAQ.aspx 9.4. Período de reporte y plazo La fecha de reporte depende de cada entidad territorial por los tiempos definidos para adelantar cada Una de las fases en el proceso de saneamiento establecido, en el marco de la Ley 1955 de 2019, en el Plan de Saneamiento dispuesto por el departamento o distrito respectivo. Para ello, la Dirección de Financiamiento Sectoriai del Ministerio de Salud y Protección Social habilitará la plataforma PISIS para el envío de dicha información. ** RESOLUCIÓN NÚMERO” 223 9DE 2020 HOJA No 31 = 4 D10 202% ANEXO TÉCNICO No. 10 REPORTE DEL RECAUDO DE RENTAS CEDIDAS Y PAGOS EFECTUADOS CON ESTA FUENTE Corresponde al reporte de la información del valor recaudado de rentas cedidas y los pagos efectuados con esta fuente a (i) servicios y tecnologias no financiadas con cargo a la UPC del Régimen Subsidiado y (ii) la atención a Población Pobre No Asegurada — PPNA, entre las vigencias 2016 a 2020, en el marco del artículo 238 de la Ley 1955 de 2019.

Artículo ANEXO (52/63)

La entidad territorial deberá remitir el Anexo 10, junto con los Anexos 1, 2 y 3 al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en los términos establecidos en el Decreto 2154 de 2019, como requisito para la evaluación del esfuerzo fiscal de la segunda y tercera fase, en caso de existir estas fases en el Plan de Saneamiento. El presente anexo técnico deberá ser reportado por las entidades territoriales departamentales y distritales, a través del portal transaccional dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social para tal fin. ANEXO TÉCNICO No. 10 ARTÍCULE LA LEY 1PS5DÉ 2009 ENTIDAD TERRITORIAL QUE REALIZA EL REPORTE DÉ LA INFORMACIÓN come omar ono] O co IE rcceconessacan] ] o ram [TJ Citas an posos. ihin eno, 100% DEL VALOR 0 o DEL VALOR reacia REGUASOS RECAUDADO DEL SEN RECURSOS cra 'AUDADO DEL 9% DEL | EXECUTADOS En EXEGUTADOS MgENCIA. imeuesTo arcomsumo | FECUTADOS EJECUTADOS ven MPOCONSUMO DÉ SERVICIOS. DELICORES, UNOS Y SeRcIOS. ENPPRA SERVEZA NOuPO puna P nouec APERTTIVOS EN EN EN 27 EN EN EN EN EN E E 021 Tora TOTAL H representante legal de laentidad territorial departamental /distrital que suscribeesta cestificación esresponsable deta veracidad y consistencia dela Información contenida en este documento. Representa Lagalde la Entierro NOMBRE FIRMA.

Artículo ANEXO (53/63)

CEDULA ** RESOLUCIÓN NÚMERO" 022239 DE _ 4 91C 2028 2020 HOJA No 32 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, ANEXO TÉCNICO No. 11 REPORTE DEL DETALLE DE LA EJECUCIÓN DE RECURSOS POR FASES Corresponde al reporte detallado de la ejecución de los recursos propios y de cofinanciación, disponibles y pagados para el saneamiento de la deuda reconocida de la respectiva fase, así como los recursos propios comprometidos pendientes por pagar y los recursos de cofinanciación devueltos a la nación por concepto de capital y rendimientos, en el marco del artículo 238 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 2154 de 2019. La entidad territorial deberá remitir, por cada una de las fases establecidas en el Plan de Saneamiento, el Anexo 11 dentro de los 10 dias hábiles posteriores a la presentación de la certificación suscrita de que trata el numeral 9 del artículo 5 del Decreto 2154 de 2019. El presente anexo técnico deberá ser reportado por las entidades territoriales departamentales y distritales, a través del portal transaccional dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social para tal fin. Usa TE ER : ANEXO TÉCNICO No. 11 * es detodos * E EJECUCIÓN DERECURSOS POR FASE :25

Artículo ANEXO (54/63)

ARTÍCULO 230 DELA LEY MESDE 201 0 ENTIDAD TERRITORIAL QUE REALIZA EL REPORTE DE LA INFORMACIÓN rscna orconreorra ase ] enseno [>] RECURSOS DE RECUNSOS OE RECURSOS PROPIOS RECURSOS DE Ces en poros COFINANCIACIÓN DELA. VALOR EJECUTADO DE | — COFINANCIACIÓN COFINANCIACIÓN MGENCIA Doa DIPONeLES PARAEL | mación DisPomBLEs | VaLOn EXCUTADODE RECURSOS. DEVUELTOS A LA NACIÓN | DEVUELTOS ALA NACIÓN -ONOcIDA, SANEAMIENTO DE | PARA EL SANEAMIENTO | RECURSOSPROPIOS COFINANCIACIÓN POR CONCEPTO DE POR CONCEPTO DE ESTAFASE DESTA FASE CAPITAL RENDIMIENTOS. MIGENCIAS ANTERIORES EN EN EN EN De ES ToTar| El cepresentantelegal de laentidad territorial departamental /distrital gue suscribe esta certificación esresponsable dela veracidad y consistencia dela información contenidaen este documento. Reprssentane Legalde la Entigas Termorial NOMBRE Fama CEDULA "* RESOLUCIÓN NÚMERO” 2239 DE; DIC 2020 2020 HOJA No 33 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, ANEXO TÉCNICO No. 12 REPORTE DE PAGOS POR PARTE DE LA ADRES La ADRES reportará a través de este anexo la información de los pagos efectuados a los contratos de transacción firmados en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (55/63)

artículo 237 de la Ley 1955 de 2019. El presente anexo técnico deberá ser reportado por ADRES a través de la plataforma PISIS. Este reporte se realizará mes vencido, los primeros diez (10) dias hábiles de cada mes. Y en caso de no existir información, reportará el anexo técnico solo con el registro de control tipo 1. Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: 12.1. Estructura y especificación de los archivos 12.2. Características de los archivos planos 12.3, Plataforma para el envio de archivos 12.4, Periodo de reporte y plazo 12.1. Estructura y especificación de los archivos 12.1.1. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información de los pagos efectuados a los contratos de transacción firmados en el marco de lo establecido en el artículo 237 de la Ley 1955 de 2019, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores del nombre de permitidos o Descripción Longitud Requerido archivo formato y Módulo de APF Identificador del módulo de 3 si información información, Acuerdo de Punto Final Tipo de fuente 300 Fuente de la Información: ADRES 3 El Reporte de información de los pagos Tema de efectuados a los contratos de información PADR transacción firmados en el marco de lo 4 El establecido en el

Artículo ANEXO (56/63)

articulo 237 de la Ley 1955 de 2019 Fecha de corte de la información reportada, corresponde al último dia Fecha de corte AAAAMMDD calendano del periodo de información 8 Si reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20190930 Tipo de identificación NI Tipo de identificación de la entidad que 2 si de la entidad reporta de información: NI. que reporta Número de Identificación Tributaria Número de (NIT) de la entidad que envía el archivo, identificación sin digito de verificación. Se debe de la entidad 999999999999 | utilizar el carácter CERO de relleno a la 12 Si izquierda si se requiere para completar que reporta ta longitud del campo. Ejemplo 000999999999. Extensión del VXT Extensión del archivo plano. 4 si NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Información de los pagos efectuados a los contratos de transacción firmados en el marco de lo establecido en el articulo 237 de la Ley 1955 de 2019. APF300PADRAAAAMMDODNI999999999999.txt 36 **“RESOLUCIÓN NÚMERO > » 1.) 9 9 DE 2020 HOJA No 34 pr ; = 1 DIC 2020 Continuación de ta resolución “Por la cual se modifica fa Resolución 3315 de 2019, en relación con el recaudo de las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, 12.1.2. Contenido del archivo El archivo con la información de los pagos efectuados a los contratos de transacción firmados en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (57/63)

articulo 237 de la Ley 1955 de 2019, está compuesto por un único registro de control (Registro tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada así: Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatosio Registro de detalle que contiene cada uno de los de los pagos efectuados a los Tipo 2 contratos de transacción firmados en el marco de lo establecido en el

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Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 191), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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