Por la cual se modifica la Resolución 3315 de 2019, en relación con el recaudo de las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, se actualizan los anexos de reporte y se adoptan otros

Resolución · 2239 · 2020-12-01 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–40 de 66

Artículo ANEXO (18/63)

artículo 238 de | Obligatorio la Ley 1955 de 2019 *- RESOLUCIÓN NÚMERO 262239 DE 2020 HOJA No 14 - 4 DIC 2020 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC. Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) 5.1.2.4. Registro Tipo 1 - Registro de control Este registro es de carácter obligatorio y corresponde al primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. E 3 ZÉEElo 5 No. Nombre del campo 2% 3 E Vatores permitidos 2 3€3 El 5] [4 1 | Tipo de registro 4 N ÑA or que significa que el registro es de Si . : . . Tipo de identificación de la entidad fuente de 2 Tipo de identificación de la 2 A lla información: si entidad que reporta NI: NIT 3 Número de identificación de la 12 N NIT de identificación de la entidad que reporta, SI entidad que reporta - | sin digito de verificación, . Razón social de la entidad que reporta la 4 |Razón social 250 A infórmación. Si En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder Fecha inicial del periodo de la 10 F 5 infomación reportada pS inicio del periodo de información | SI En formato AAAA-MM-DD., Debe corresponder 6 Fecha final del periodo de la 10 El la fecha final del periodo de información Si información reportada reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. 7 Número total de registros de 10 N Debe corresponder a la totalidad de registros st detalle contenidos en el archivo de tipo 2, contenidos en el archivo. 5.1.2.2. Registro Tipo 2 - Registro de Detalle de facturas y recobros objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (19/63)

articulo 238 de la Ley 1955 de 2019 En el Registro Tipo 2, la entidad territorial, reportará el detalle de las facturas y recobros presentados por los prestadores y proveedores de servicios de salud y EPS (ésta última para el caso de recobros con las entidades territoriales). Boí E ELE ho] 2££El o 5 No. Nombre del campo De $ E Valores permitidos S - o - 383 É 4 Tipo de registro 1 N a De que significa que el registro es de Si Número consecutivo de registros de detalle , . dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer 2 Consecutivo de registro 10 N registro de detalle y va incrementando de 1 en si 1, hasta el final del archivo. Tipo de identificación del El único valor válido es: NI (NIT) tanto para el 3 Prestador/Proveedor de Servicios 2 A prestador/proveedar de servicios de salud SI de Salud o EPS para el caso de como para la EPS para el caso de recobros, recobros . aa Corresponde al número de identificación del 4 bo SOU Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o de Salud o EPS para el caso de 12 N | EPS para el caso de recobros. Este número se | Sl recobros diligencia sin dígito de verificación. Razón Social del Corresponde a la razón social del 5 Prestador/Proveedor de Servicios 250 A Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o SI de Salud o EPS para el caso de EPS para el caso de recobros. recobros 1: Si corresponde a un recobro presentado por una EPS a una entidad territorial. 6 Tipo de cobro 1 N El] 2: Si corresponde a una factura presentada por un del Prestador/Proveedor de Servicios de RESOLUCIÓN NÚMERO 320562239 DE 1010 29202020 HOJA No 15 tas rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, se actualizan tos anexos de reporte y se adoptan otros” No.

Artículo ANEXO (20/63)

Nombre del campo Longitud máxima del campo) Tipo Valores permitidos Requerido) Salud a una entidad territorial por servicios y tecnologlas no financiados con ta UPC-S. Prefijo de la factura o recobro de la ERP Prefijo de la factura o recobro. En caso de no tener prefijo, dejar en blanco. NO Número de factura! Número de recobro de la ERP Número de ta factura presentada por el del Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o recobro presentado por la EPS. Si Fecha de emisión de la factura o recobro En formato AAAA-MM-DD. Fecha en ta cual se emitió la factura por parte del Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o recobro por parte de la EPS. Si Fecha de presentación de la factura o recobro En formato AAAA-MM-DD. Fecha en la cual se presentó la factura o recobro ante la Entidad Responsable de Pago, es decir, la fecha de radicación. si Valor de la factura o recobro Valor inicial de la factura o recobro. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Si Valor de glosa definitiva Valor de la glosa definitiva de la factura o recobro por la Entidad Responsable de Pago. El] Valor pagado historicamente a esta factura o recobro Se deberá reportar el valor pagado a la factura o recobro que se haya efectuado históricamente, antes de la fecha de certificación de la deuda reconocida mediante el Anexo Técnico No. 1 del presente acto administrativo. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles.

Artículo ANEXO (21/63)

Ejemplo: 40150000.32 El Saldo de la deuda reconocida a esta factura o recobro Se deberá reportar el saldo de la deuda reconocida por parte de la entidad territorial a esta factura O recobro, el cual debe ser consistente con la deuda reconocida reportada en el Anexo Técnico No. 1 del presente acto administrativo, El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Factura o recobro se encuentra Si NO El] en proceso jurídico Etapa en que se encuentra el proceso juridico 0= No se encuentra en proceso. 1= Demandando en primera instancia. 2= Demandando en segunda instancia. 3= Demandado con sentencia ejecutoriada, con fallo o sentencia que condena su pago a la Nación o Entidad Territorial 4= Demandado con sentencia ejecutoriada, con fallo o sentencia sin condena de pago a la Nación o entidad territorial. SI Número del proceso Incluir el Código Unico del Proceso Judicial del Consejo Superior de la Judicatura. NO Número del contrato de transacción Incluir el número de contrato de transacción si se está pagando con los recursos de cofinanciación nación y si es fuente propia El "" "RESOLUCIÓN NÚMERO 262239 DE 2020 HOJA No 16 - 4 DIC 2020 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, se actualizan los anexos de reporte y se adoptan otros" vu Sn 7 y A á E : El + No: del campo 44 [133 8! Ll diligenciar cero “0”, así hayan suscrito contrato de transacción con esta última fuente. 5.2. Caracteristicas de los archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:

Artículo ANEXO (22/63)

a) Enel anexo técnico de los archivos, el tipo de dato corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales b) Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt c) Los nombres de archivos y tos datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYUSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. , d) El separador de campos debe ser pipe (|:) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especiai pipe (|). e) Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacio se reportará asi: dato1]|dato3. fH Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. 9) Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h) Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos.

Artículo ANEXO (23/63)

1) Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalte de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. j) Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k) Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. b Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m) Los archivos deben estar firmados digitalmente. 53. Plataforma para el envío de archivos El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (P!SiS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información. Si la entidad que reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: htips:/fweb.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: https://web sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RedistroSolicitudes.aspx Control de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a la entidad que reporta. « Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a la entidad que reporta el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda.

Artículo ANEXO (24/63)

Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el enlace: https //www.sispro.gov.cofayudas/Pages/Ayudas.aspx . Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de ta plataforma PISIS en el enlace: https://web.sispro.gov.co/MWebPublico/Soporte/FAQ/FAQ.aspx 5.4. Período de reporte y plazo ">" RESOLUCIÓN NÚMERO +3 62.23 9DE 2020 HOJA No 17 - 4 DIC 202 fas rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, Cada una de las entidades territoriales deberá cargar este anexo técnico en las fechas establecidas en el Plan de Saneamiento dispuesto por el departamento o distrito respectivo. De esta forma, la fecha de reporte depende de cada entidad territorial y los tiempos definidos para adelantar cada una de las fases en el proceso de saneamiento establecido en el marco de la Ley 1955 de 2019.

Artículo ANEXO (25/63)

Para ello, ta Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Social habilitará la plataforma PiSIS para el envio de dicha información. e RESOLUCIÓN NÚMERO”. 7,22 39 DE 2020 HOJA No 18 - 4 p10 2000 ANEXO TÉCNICO No. 6 REPORTE DE INFORMACIÓN DE FACTURAS Y RECOBROS PAGADOS POR PARTE DE ENTIDADES TERRITORIALES PARA CADA FASE El presente anexo técnico deberá ser reportado a través de la plataforma PISIS, por parte de la entidad territorial, Para este anexo técnico se definen cuatro capitulos: 6.1. Estructura y especificación de los archivos 6.2. Características de los archivos planos 6.3. Plataforma para el envio de archivos 6.4. Período de reporte y plazo 6.1. Estructura y especificación de los archivos 6.1.1. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información de los pagos efectuados a los contratos de transacción objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores del nombre permitidos o Descripción E Requerido de archivo formato Módulo de APF Identificador del módulo de información. 3 si información Acuerdo de Punto Final . Fuente de la Información: Entidades Tipo de fuente 120 Territoriales del orden departamental y distrital 3 si Reporte de información de los pagos Tema de efectuados a los cobros y recobros incluidos FRPA en dos contratos de transacción, objeto de 4 si información saneamiento, en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (26/63)

articulo 238 de la Ley 1955 de 2019 Fecha de corte de ta información reportada, corresponde al último dia calendario del Fecha de corte | AAAAMMDD perlodo de información reportada. No se debe 8 E] utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20190930 e Tipo de identificación de la entidad que reporta de la entidad DEJDI la . información: DE (Departamentos) y DI 2 si que reporta (Distritos) Código DANE de la entidad que envia el Numero de archivo, sin digito de verificación. Se debe identificación de la entidad 999999999999 | utilizar el carácter CERO de relleno a la 12 si ue reporta izquierda si se requiere para completar la que repo longitud del campo. Ejemplo 000999999999. Extensión del TXT Extensión del archivo plano. 4 E] archivo NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de Archivo Longitud Información de los pagos efectuados a los cobros y recobros incluidos en los contratos de transacción, objeto de saneamiento en el marco | APF120FRPAAAAAMMDDNI999999999999, txt 36 de lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019. 6.1.2. Contenido del archivo El archivo con la información de tos pagos efectuados a los cobros y recobros incluidos en los contratos de transacción objeto de saneamiento, en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (27/63)

artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, está compuesto por un único registro de contro! (Registro tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asl: ** *RESOLUCIÓN NÚMEROS 2239 DE 2020 HOJA No 19 - 4 DIC 202 Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio Registro de detalle que contiene cada uno de los pagos efectuados de las facturas Tipo 2 y los recobros objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el articulo | Obligatorio 238 de la Ley 1955 de 2019 Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe ()) 6.1.2.1. Registro Tipo 1 — Registro de control Este registro es de carácter obligatorio y corresponde a! primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. Ba 8 3 ZE£l|gS 5 No. Nombre del campo EJE S E Valores permitidos FA S2= 363 É 4. | Yipo de registro 1 N da valor que significa que el registro es de si Tipo de identificación de la entidad fuente de 2 Tipo de identificación de la entidad 2 A Ja información: sI que reporta NI NIT 3 Número de identificación de la 12 N NIT de identificación de la entidad que reporta, Si entidad que reporta sin dígito de verificación. 4 |Razón Social 250 A Razón social de la entidad que reporta la Si información. En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de inicio del periodo de información | Sl reportada. 5 Fecha inicial del periodo de la 10 F información reportada - En formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (28/63)

Debe corresponder 6 Fecha final del periodo de la 10 F ja la fecha final del periodo de información Si información reportada reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. Debe corresponder a la totalidad de registros de tipo 2, contenidos en el archivo. Número total de registros de detalle contenidos en el archivo 10 N El] 6.1.2.2. Registro Tipo 2 - Registro de detalle de pagos facturas y recobros En el Registro Tipo 2, ta Entidad Territorial, reportará e! detalle de los pagos efectuados a los contratos de transacción presentados por los prestadores y proveedores de servicios de salud y EPS (ésta última para el caso de recobros con las entidades territoriales), después de la certificación de la deuda reconocida en cada fase. h] o ERAS o 2¿onal| o 5 No. | Nombre del campo DE E E Valores permitidos 2 E] o 380 2 Ñ 2: valor que significa que el registro es de 4 | Tipo de registro 1 N detalle Si Número consecutivo de registros de detalle Ñ . dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer 2 |Consecutivo de registro 10 N registro de detalle y va incrementando de 1 en si 4, hasta el final del archivo. . incluir el número de la orden de pago que 3 [Número de la orden de pago 23 A autoriza el pago del contrato de transacción. si incluir et número de contrato de transacción si Número se está pagando con los recursos de 4 ancacción del contrato de 23 A |cofinanciación nación y si es fuente propia] Si diligenciar cero “0”, así hayan suscrito contrato de transacción con esta última fuente, En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder E 5 echa de la orden de pago 10 FE a la fecha de la orden de pago. Si Pala. . .

Artículo ANEXO (29/63)

An , N 20 RESOLUCIÓN NÚMERO? $ 52239 DE _ 4 DIC 2020 2020 HOJA No 20 a) b) c) d) e) 5 o Y do : 2 2o2a| o ? 5 No. | Nombre del campo DEE 2 Valores permitidos 5 oc% 3 E ES E É Tipo de identificación del El único valor válido es: NI (NIT) tanto para el 6 |Prestador/Proveedor de Servicios : A prestador/proveedor de servicios de salud si de Salud o EPS para el caso de como para la EPS para el caso de recobros. recobros quien recibe el pago Número de identificación del Corresponde al número de identificación del 7 |Prestador/Proveedor de Servicios 12 N Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o sI de Salud o EPS para el caso de EPS para el caso de recobros. Este número se recobros quien recibe el pago diligencia sin digito de verificación. Razón Socia! del Corresponde a ta razón social del 8 Prestador/Proveedor de Servicios 250 A Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o si de Salud o EPS para el caso de EPS para el caso de recobros. recobros Se deberá reportar el valor total pagado a este contrato de transacción, que se haya efectuado con recursos propios de la entidad territorial en el marco del saneamiento establecido en el

Artículo ANEXO (30/63)

Articulo 238 de la Ley 1955 9 valor pagado on recursos de 2019, después de la fecha de certificación propios de la entidad territorial a 15 D de la d ida mediante el A El] este contrato de transacción e la deuda reconocida mediante el Anexo Técnico No. 1 del presente acto administrativo. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Se deberá reportar el valor total pagado a este contrato de transacción, que se haya efectuado con recursos de la Nación en el marco del saneamiento establecido en el Artículo 238 de ta Ley 1955 de 2019, después Valor pagado con recursos de la de la fecha de certificación de la deuda 10 | Nación a este contrato de 15 D [reconocida mediante el Anexo Técnico No. 1 si transacción del presente acto administrativo, El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 6.2. Caracteristicas de los archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión ba Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. El separador de campos debe ser pipe ();) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|).

Artículo ANEXO (31/63)

Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacio se reportará asi: dato1||dato3. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (“”) ni ningún otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimates, se debe usar el punto como separador de decimales, Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. Las longitudes de campos definidas en los registros de contro! y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. *= ' RESOLUCIÓN NÚMERO” 2239 DE 2020 HOJA No 21 4 DIC 202 k) Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la voca! 'O' la cual es un carácter diferente a cero Il) Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m) Los archivos deben estar firmados digitalmente, 6.3.

Artículo ANEXO (32/63)

Plataforma para el envío de archivos El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si la entidad que reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: https://web.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: https://web.sispro.gov.co/Sequridad/ClienteAWeb/RegistroSolicitudes.aspx Contro! de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe tos archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi * Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a ta entidad que reporta. + Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a la entidad que reporta el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: httos:/haww.sispro.gov.colayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: hitps://web.sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAQ.aspx 6.2. Período de reporte y plazo Cada una de las entidades territoriales deberá cargar este anexo técnico una vez haya efectuado la totalidad de los pagos con cargo a los recursos territoriales de la fase definida en el Plan de Saneamiento del departamento o distrito respectivo.

Artículo ANEXO (33/63)

Y una vez, cuenten con tos recursos de la cofinanciación de la Nación, si aplica, deberá cargar este anexo técnico incluyendo los pagos realizados exclusivamente con esta fuente Conforme a lo anterior, la fecha de reporte depende de cada entidad territorial y los tiempos definidos para adetantar cada una de las fases en el proceso de saneamiento establecido en el marco de ta Ley 1955 de 2019. Para ello, la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Social habilitará la plataforma PISIS para el envío de dicha información. *- 'RESOLUCIÓN NÚMERO 3223 Y DE 2020 HOJA No 22 - 1 DIC 2020 las rentas cedidas utilizadas para el pago de los servicios y tecnologías no financiadas con recursos de fa UPC, ANEXO TÉCNICO No. 7 FORMATO DE CESIÓN DE CRÉDITO Se sugiere utilizar este formato por parte de la entidad responsable de pago, esto es, ADRES o las entidades territoriales del orden departamental o distrital, cuando éstas y las EPS suscriban cesión de derechos de crédito a favor de la IPS o proveedor de servicios de salud.

Artículo ANEXO (34/63)

CESIÓN DE DERECHOS DE CREDITO CELEBRADO ENTRE LA EPS (Nombre de la EPS) Y LA ENTIDAD RESPONSABLE DE PAGO (Nombre de la Entidad Responsable de Pago) A FAVOR DE LA INSTITUCION PRESTADORA DE SERVICIOS DE SALUD O PROVEEDOR DE SERVICIOS DE SALUD (Nombre de la IPS o Proveedor) Entre los suscritos a saber (Nombre del Representante Legal o Gerente de la EPS), mayor de edad, vecino y residente en (Municipio — Departamento), identificado con la cedula de ciudadanía N*. (Número de Cedula) de (Municipio — Departamento), actuando en calidad de Representante Legal o Gerente de la EPS (Nombre de la EPS) quien en delante se denominará CEDENTE por una parte, y por otra (Nombre del Representante Legal o Gerente de la IPS), mayor de edad, vecino y residente en (Municipio — Departamento), identificado con la cedula de ciudadanía N”. (Número de Cedula) de (Municipio — Departamento), actuando en calidad de Representante Legal o Gerente de la IPS o Proveedor (Nombre de la IPS o Proveedor) quien en adelante se denominará CESIONARIO han acordado celebrar el siguiente acuerdo de cesión de derechos de crédito el cual se regirá por las siguientes clausulas: CLAUSULA PRIMERA: Que el (Nombre de la Entidad Responsable de Pago), debe a la EPS (Nombre de la EPS), a la fecha, por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con cargo a la UPC de los afiliados al Régimen Subsidiado o Contributivo, la suma de (valor en letras) ($valor en pesos), suma conciliada entre las partes. CLAUSULA SEGUNDA: Que la EPS (Nombre de la EPS) tiene deudas con la IPS o Proveedor (Nombre de la IPS o Proveedor), por la prestación de los servicios de Salud pendiente por pagar la suma de (valor en letras) ($valor en pesos), suma conciliada entre las partes.

Artículo ANEXO (35/63)

CLAUSULA TERCERA: Teniendo en cuenta que la Entidad Responsable de Pago (Nombre de la Entidad Responsable de Pago), adeuda a EPS (Nombre de la EPS) la suma de (valor en letras) ($valor en pesos), tal como se expuso anteriormente, y la obligación que EPS (Nombre de la EPS) tiene pendiente por cancelar a la IPS o Proveedor (Nombre de la IPS o Proveedor), los representantes de las dos últimas entidades mencionadas acuerdan la siguiente cesión de crédito: CESIÓN DE CREDITO ARTICULO PRIMERO: La Entidad Responsable de Pago (Nombre de la Entidad Responsable de Pago), en cumplimiento al acto administrativo No. (XXX) de fecha (XXX) para el pago de la obligación que la EPS (Nombre de la EPS) tiene a favor de la ¡PS o Proveedor (Nombre de la IPS o Proveedor) por valor de (valor en letras) ($valor en pesos), la Entidad Responsable de Pago (Nombre de la Entidad Responsable de Pago) queda plenamente autorizado para realizar las gestiones pertinentes para que la citada suma de dinero sea girada directamente a la IPS o Proveedor (Nombre de la IPS o Proveedor). ARTICULO SEGUNDO: Una vez se realice el pago a la IPS o Proveedor (Nombre de la IPS o Proveedor) deberá enviar a la EPS (Nombre de la EPS) constancia del pago realizado y la certificación conforme at acto administrativo No. (XXX) de fecha (XXX).

Artículo ANEXO (36/63)

En señal de aceptación se firma la presente CESIÓN por todos sus intervinientes en la ciudad de (Municipio — Departamento), en tres (3) copias, una para cada parte, y otra para la Entidad Responsable de Pago (Nombre de la Entidad Responsable de Pago). (Firma) (Firma) (Nombre del Representante Legal o Gerente de | (Nombre del Representante Lega! o Gerente de la EPS) la IPS) Representante Legal o Gerente Representante Legal o Gerente (Nombre de la EPS) (Nombre de la IPS) CEDENTE CESIONARIO (Firma) (Nombre del representante legal de la entidad responsable de pago) Nombre de la entidad responsable de pago (nombre de la entidad responsable de pago) " RESOLUCIÓN NÚMERO, 56223 9DE 010 202 2020 HOJA No 23 ANEXO TÉCNICO No. 8 REPORTE DE INFORMACIÓN POR LAS ENTIDADES TERRITORIALES Y ADRES DE FACTURAS SUJETAS A CESIÓN DE CRÉDITO El presente anexo técnico deberá ser reportado a través de la plataforma PISIS por ADRES y las entidades territoriales del orden departamental y distrital, según corresponda, con base en la información de cesión de crédito establecida por las respectivas entidades recobrantes. Para este anexo técnico se definen cuatro capítutos: 8.1. Estructura y especificación de los archivos 8.2. Caracteristicas de los archivos planos 8.3, Plataforma para el envío de archivos 8.4, Período de reporte y plazo 8.1. Estructura y especificación de los archivos 8.1.1. Estructura y especificación del nombre del archivo.

Artículo ANEXO (37/63)

El nombre de los archivos de la relación de las facturas a pagar por parte de la EPS a las IPS y/o proveedores de servicios de salud como resultado de la cesión de crédito suscrita entre la ADRES y la Entidad Territorial y tas EPS del proceso de saneamiento de que tratan los artículos 237 y 238 de la Ley 1955 de 2019, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores , del nombre de permitidos o Descripción Longitud Requerido archivo formato 4 Módulo de APF Identificador del módulo de información, 3 si información Acuerdo de Punto Final Fuente de la Información: Entidades Tipo de fuente 120 Temitoriales del orden departamental y distrital 3 El] y ADRES Reporte de la relación de las facturas a pagar por parte de la EPS a las iPS y/o proveedores Tema de de servicios de salud como resultado de la información FCEC cesión de crédito suscrita entre la ADRES o la 4 Si Entidad Terntorial y las EPS del proceso de saneamiento de que tratan los articulos 237 y 238 de ta Ley 1955 de 2019 Fecha de corte de la información reportada, corresponde al último dia calendario del Fecha de corte AAAAMMDO | período de información reportada. No se debe 8 SI utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20190930 Mi Tipo de identificación de la entidad que reporta ipo de A an. identificación de la información: la entidad que NIDE?D) NI: ADRES 2 Si reporta DE: Departamento Di: Distrito , Código DANE de la entidad que envia el lcd de archivo, sin digito de verificación. Se debe la entidad que 999999999999 | utilizar el carácter CERO de relleno a la 12 Si reporta izquierda si se requiere para completar la longitud del campo.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 191), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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