Artículo ANEXO (28/41)
Dispone de canales de comunicación permanentes (24/7), interoperables y eficaces que permitan: (i) la coordinación entre los actores de las RIITS, (ii) la atención oportuna de situaciones criticas en el proceso de referencia y contrarreferencia, y (iii) la información adecuada y continua a los afiliados sobre el estado de su remisión o contrarreferencia, incluyendo medios digitales y fisicos, Estándares RESOLUCIÓN NÚMERO ¡92161 DEj7 ppT 2025 HOJA No 33 DE 39 Componente 9. Gestión Territorial Integral en Salud Pública Estándares Criterios Autorización Habilitación Permanencia 9.1. Planeación integral para la salud. 9.1.1 Se alinea y vincula con las acciones del Plan Territorial de Salud que en el marco de Sus competencias aportan en la transformación de las problemáticas y necesidades sociales en salud identificadas en el territorio. 9.1.1. Implementa estrategias y actividades que le permitan aportar en la transformación de las problemáticas y necesidades sociales en salud identificadas en el territorio, considerando los análisis participativos de situación de salud, el análisis sociodemográfico y de riesgo de su población afiliada donde se encuentre autorizado su funcionamiento. 9.2.