Por la cual se modifican los Anexos Técnicos 2, 3 y 5 de la Resolución 2388 de 2016

Resolución · 2012 · 2022-10-20 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 41–60 de 61

Artículo 1 (41/57)

RO7 — Regla de validación — Tipo de cotizante vs tipo de planilla TIPOS DE CÓDIGO TIPOS DE PLANILLA COTIZANTE oNo. ¡A JE |F[HI|y|ik[m]InTs[TuI]Ix i¡vyYloloIXoa Dependiente 1 Xx |X x XIX XxX X| Xx Servicio doméstico 2 Xx x X|ix|x x x|X Independiente 3 x x|X XxX X|X Madre sustituta 4 Xx x|X x XIX Aprendices en etapa 12 xix xix Xx xix lectiva Independiente . 16 xlx Xx xbxlx agremiado o asociado Funcionarios públicos sin tope máximo de gc | 18 |*X |* x x|x xx Xx Aprendices en etapa 19 xix X xix Xx xlx productiva Estudiantes (Régimen Especial Ley 789 de 20 Xx ¡Xx Xx x|X Xx |X xi X 2002) Estudiante de posgrado 21 xlx Xx xix x xix en salud y residente Profesor de establecimiento 22 xXx |x xXx x|Xx x|x XxX particular Estudiantes aporte solo Sistema de Riesgos 23 Xx x Xx x| Xx Laborales Dependiente entidades o universidades públicas de los 30 XX XxX x|xX DS XX regímenes Especial y de Excepción Cooperados o precooperalivas de 31 x|xX XxX x|X x|xX x| Xx trabajo asociado Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país | 32 [x |x xl |x|x x x| x extranjero o funcionario de organismo multilateral RESOLUCIÓN NúMERO2012b8 20007 2022 2022 Hoya 24 2016” TIPOS DE * + . | CÓDIGO TIPOS DE PLANILLA sa - a E COTIZANTE . oNo. |A JE _ F HI Y |K.

Artículo 1 (42/57)

M|[N|S|¡TU?+X |YO[Q¡BO Beneficiario del Fondo de Solidaridad 33 Xx Xx xXx Xx|X Pensional Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de 34 x|Xx Xx x|X|X Bogotá amparado por póliza de salud.

Artículo 1 (43/57)

Concejal municipal 0 distrital 35 x|x x Xx X[X Concejal municipal, distrital o edil de Junta Administradora Local | 36 Xx x XxX ¡X|X beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional Beneficiario UPC adicional 40 x x X| XX Xx xXx x Cotizante independiente pago 42 Xx x|X XxX x|X sólo salud Cotfizante a pensiones con pago por tercero. 43 x x|X Xx xX| Xx Cotizante dependiente de empleo de emergencia con 44 Xx Xx Xx 19 duración mayor o igual - a un mes Cotizante dependiente de empleo de emergencia con 45 x|X Xx Xx duración menor a un y XxX mes Trabajador dependiente de entidad beneficiaria | del sistema general de 47 x xXx Xx participaciones - Aportes patronales Trabajador de tiempo parcial 51 xx Xx Xx x x x x x Beneficiario del Mecanismo de 52 Protección al Cesante Afiliado partícipe 53 Xx Prepensionado de entidad en liquidación. 54 XIXx|x x RX xX|x x X|x|x > X|IXx|x x< Afiliado partícipe — 55 xXx Xx Xx dependiente Prepensionado con aporte voluntario a 56 Xx salud x Independiente voluntario al Sistema 57 XxX y Xx X|X General de Riesgos Laborales Estudiantes de prácticas laborales en el 58 x XxX Xx sector público Independiente con contrato de prestación 59 Xx Xx xxx de servicios superior a 1 mes Edil de Junta Administradora Local ] no beneficiario del 60 x x Xx X|X Fondo de Solidaridad Pensional Beneficiario programa 61 Xx Xx de reincorporación RESOLUCIÓN NÚMERO2 9 1 DE 2.0 OCT 2022 2022 HOJA 25 TIPOS DE CÓDIGO TIPOS DE PLANILLA

Artículo 1 (44/57)

COTIZANTE oNo |A JE|F|HI1[J|kK[minis[|tui|x |]yYiolo jan Personal del magisterio 62 x|x x XxX Beneficiario prestación humanitaria 63 x x Xx Trabajador penitenciario $4 x x Dependiente vinculado al piso de protección 65 X social Independiente vinculado al piso de 66 X protección social Voluntario en Primera Respuesta aporte solo 67 Xx XxX riesgos laborales Dependiente veterano de la Fuerza Pública 68 xx Xx x xx x|x Contribuyente solidario | 69 A Resultado: Cuando en la información de una planilla reportada por un aportante se presente que el cruce entre tipo de cotizante y tipo de planilla No sea "X”, el archivo no pasa la malla de validación y el operador de información le debe informar al aportante el error presentado”. 13. En el numeral 8 "RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS SUBTIPO DE COTIZANTE” del Capítulo "4. VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS" modificar la “Tabla 15. RO8- Regla de validación - tipo de cotizante vs subtipo de cotizante”; así: “Tabla 15.

Artículo 1 (45/57)

R0O8- Regla de validación — tipo de cotizante vs subtipo de cotizante CÓDIGO SUBTIPOS DE COTIZANTES TIPOS DE COTIZANTE oNo. [O T1T21314]51]6] 9 [10]11]72 Dependiente 1 xXx XX |xX 1x (Xx xXx |X Servicio doméstico 2 x_|X xix |X Independiente 3 xXx XX IX |X (X Xx Madre sustituta 4 XxX Aprendices en etapa lectiva 12 xXx Independiente agremiado o asociado 16 xXx XX Xx |X XxX ccionanos públicos sin tope máximo de 18 xx xixlx Xx Aprendices en etapa productiva 19 x Estudiantes (Régimen Especial Ley 789 de 20 x 2002) Estudiante de posgrado en salud y residente 21 x Profesor de establecimiento particular 22 xXx |X Xx |x [Xx ¡x |Xx Estudiantes aporte solo riesgos laborales 23 Xx Dependiente entidades o universidades públicas de los regímenes Especial y de 30 xXx |Xx XxX |x |x |x |x Excepción Cooperados o precooperativas de trabajo 31 xx xixlx Xx asociado Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero O 32 x |X Xx |x |X Xx funcionario de organismo multilateral Beneficiario del Fondo de Solidaridad 33 Xx Pensional Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá 34 Xx X|X [Xx Xx |X amparado por póliza de salud.

Artículo 1 (46/57)

Concejal municipal o distrital 35 x X|X |x 1x |X Concejal municipal o distrital o edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo 36 XxX de Solidaridad Pensional Beneficiario UPC adicional 40 x Cotizante independiente pago solo salud 42 XxX Cotizante a pensiones con pago por tercero. 43 XxX RESOLUCIÓN NÚMERO2 0 1 2DE 20 0CT 2022 2022 HOJA 26 CÓDIGO SUBTIPOS DE COTIZANTES TIPOS DE COTIZANTE oNo. [0 J]112]314]5]6] 9 ]10]11132 Cotizante dependiente de empleo de emergencia con duración mayor o igual a un 44 x |x XxX |X |X mes Cotizante dependiente de empleo de 45 Xx emergencia con duración menor a un mes Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de 47 x |X Xx |x |X Xx Participaciones — Aportes patronales Trabajador de tiempo parcial. 51 ES xXx |x |X Beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante 52 x x px |x Afiliado participe 53 x XIX |x [x |x |x Prepensionado SU 897/12 54 XxX Afiliado participe — dependiente 55 Xx |x XxX |X [Xx Xx Prepensionado con aporte voluntario a salud 56 Xx Independiente voluntario al Sistema General de Riesgos Laborales 57 Xx XX ¡X [Xx |X xx Estudiantes de prácticas laborales en el 58 Xx sector público Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes 59 x xx px px px px Edil Junta Administradora Local no beneficiario del Fondo de Solidaridad 60 Xx Pensional Beneficiario programa de reincorporación 61 xXx Personal del magisterio 62 x Beneficiario prestación humanitaria 63 XxX Trabajador penitenciario 64 Ss Dependiente vinculado al piso de protección 65 X social Independ

Artículo 1 (47/57)

iente vinculado al piso de 66 Xx protección social Voluntario en primera respuesta aporte solo 67 Xx riesgos laborales Dependiente veterano de la Fuerza Pública 68 xXx ¡XxX X XxX IX |x [Xx x_ |X Contribuyente solidario 69 XxX Resultado: Cuando en la información de una planilla reportada por un aportante se presente que el cruce entre tipo de cotizante y el subtipo de cotizante No sea "X”, el archivo no pasa la malla de validación y el operador de información le debe informar al aportante el error presentado.” 14. En el numeral! 8 “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE NOVEDAD QUE PUEDE PRESENTAR” del Capítulo “4. VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS" modificar la “Tabla 16. RO9- Regla de validación — tipo de cotizante vs tipo de novedad que puede presentar”; asi: “Tabla 16.

Artículo 1 (48/57)

RO9 - Regla de validación — tipo de cotizante vs tipo de novedad que puede presentar NOVEDADES TIPOS DE COTIZANTE CÓD. 1 TRT sinlsia 7 TL vac | IVY [Ta [viriTIT ONo. [y |E GM | rRIA|S[S|[RV[c¡D/AJD ec |r| 00 |()lela ElpPITILlP|T|E(PIA Dependiente 1 xXx ix|xX Xx [xix |X XXIX IX|X|xX¡x|x|xX Servicio doméstico 2 Xx |x|X XIX YX XIX IX IX |XIX|X|X|X Independiente 3 x |X XX X|X|X XxX XIX |X Madre sustituta 4 xXx |X XIX x|X XiX|X | Aprendices en etapa lectiva 12 xXx |X xX|X ES x Independiente agremiado o asociado | 16 Xx |X XIX X|X[X|X|X|X|X ¡XX Funcionarios públicos sin tope 18 xlxix xixlx lx xlx be lxixlxixix ix máximo de IBC Aprendices en etapa productiva 19 x |X ES Xx|X Xx X|X Estudiantes (Régimen Especial Ley xixlx 789 de 2002) 20 Xx |X|X xXx |X XXIX |X|X Estudiante de posgrado en salud y 21 xx xXx xx Xx xx residente RESOLUCIÓN NÚMERO2 0 1 2DE 20 0c1 202 2022 HOJA 27 TIPOS DE COTIZANTE CÓD. ONo.

Artículo 1 (49/57)

NOVEDADES SLN SLN (c) VAC =LR Profesor de particular establecimiento x ¡mo xjpar x A E Xx x [40< x ju» x [mba E] x [uno Estudiantes aporte solo riesgos laborales x|x loz“ x|xjmo x|x|ino< X|x|pu> xix ]“0o< Dependiente entidades o universidades públicas de los regimenes Especial y de Excepción x x x x x Cooperados o precooperativa de trabajo asociado Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero O funcionario de organismo multilateral Beneficiario del Solidaridad Pensional Fondo de Concejal Oo edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud.

Artículo 1 (50/57)

Concejal municipal o distrital Concejal municipal, distrital o edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional Beneficiario UPC adicional Cotizante independiente pago sólo salud Cotizante a pensiones con pago por tercero Cotizante dependiente de empleo de emergencia con duración mayor o igual a un mes Cotizante dependiente de empleo de emergencia con duración menor a un mes x x Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones — Aportes patronales Trabajador de tiempo parcial Beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante Afiliado participe x x Prepensionado de entidad en tiquidación x x Afiliado Participe - Dependiente Prepensionado con aporte voluntario a salud Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales Estudiantes de prácticas laborales en el sector público E TN ET LoS OS LoS ES [|x| xx [xx xix]|xix xXix|xx x]|x|x|x x|x|>x]xiox ix x[¡x|x|x Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes x x x x x x x Edil Junta Administradora Local no beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional x x Beneficiario reincorporación programa de Personal del magisterio Beneficiario de humanitaria prestación Trabajador penitenciario «| x [xix «| xx] ox Dependiente vinculado al piso de protección social RESOLUCIÓN NÚMERO20 1208 20 0CT 2022 2022 HOJA 28 TIPOS DE COTIZANTE cóD NOVEDADES 4 Rl sinlsinl! |L vac T¡VIV|I[A[vir[T[T ONo. ly le clm (rela [sis|r[viciolalo 6 _|7| 9 |f)lela Ele TIile|TiE|eje Independiente vinculado al piso de

Artículo 1 (51/57)

66 protección social Voluntario en Primera Respuesta aporte solo riesgos laborales 67 x |x x x x lente veterano de la Fuerza 68 xlxlx xlxix lx xl lx ix lx ix lx Resultado: Cuando en la información de una planilla reportada por un aportante se presente que el cruce entre tipo de cotizante y el subsistema al que aporta No sea "X, o C”, el archivo no pasa la malla de validación y el operador de información le debe informar al aportante el error presentado.” 15. En el numeral 10 "RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE SUBSISTEMA AL QUE APORTA” del Capítulo "4. VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar la “Tabla 17. R10- Regla de validación — tipo de cotizante vs subsistema al que aporta”; así: “Tabla 17.

Artículo 1 (52/57)

R10- Regla de validación - tipo de cotizante vs subsistema al que aporta CÓDIG SUBSISTEMA TIPOS DE COTIZANTE OO No, [SAL | PEN [ARL ]CCF |SEN | /CBF JESAP | MIN Dependiente 01 Xx Xx Xx x Cc x Cc e Servicio doméstico 02 x Xx XxX Ss Independiente 03 Xx Xx o Madre sustituta 04 x [e] [o Aprendices en etapa lectiva 12 XxX independiente agremiado o asociado 16 XxX Xx [e) (e) Funcionarios públicos sin tope 18 Xx Xx Xx Xx Xx Xx Cc c máximo de ¡BC Aprendices en etapa productiva 19 x XxX Estudiantes (Régimen Especial Ley 789 de 2002) 20 xXx Ss Xx (0) O (0) Cc [e] Estudiante de posgrado en salud y 21 Xx X residente Profesor de establecimiento 22 Xx Xx Xx Xx X Xx particular Estudiantes aportes sola riesgos 23 Xx laborales Dependiente entidades [e] universidades públicas de los 30 XxX x Xx xXx Xx Ss Cc Cc regímenes Especial y de Excepción Cooperados o precooperalivas de trabajo asociado Cotizante miembro de la carrera 31 x x XxX [el [o] Cc diplomática o consular de un país 32 o o o o c c extranjero o funcionario de organismo multilateral Beneficiano del fondo de solidaridad 33 Xx Xx o o pensional Concejal Oo edi de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud Concejal municipal o distrital 35 XxX XxX Xx o Concejal municipal, distrital o edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad | 9 |* | X |X [0 34 x (e) lo) Pensional Beneficiario

Artículo 1 (53/57)

UPC adicional 40 os Cotizante independiente pago solo salud Cotizante a pensiones con pago por 43 Xx Xx tercero RESOLUCIÓN NÚúMERC2 01208 20 00T 2022 2022 HOJA 29 CÓDIG SUBSISTEMA TIPOS DE COTIZANTE O ONo. [SAL | PEN JARL |CCF [SEN | ¡CBF_[ESAP | MIN Cotizante dependiente de empleo de emergencia con duración mayor o 44 Xx Xx AS igual a un mes Cotizante dependiente de empleo de emergencia con duración menor a un 45 XxX xXx mes Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de 47 Xx Xx XxX x Xx Xx Participaciones — Aportes patronales Trabajador de tiempo parcial 51 ES Xx Xx Beneficiario del Mecanismo de 52 x Xx Protección al Cesante Afiliado participe 53 XxX Xx Xx 9) Prepensionado de entidad en 54 Xx liquidación Afiliado participe — dependiente 55 Xx XxX Xx x Xx XxX Prepensionado con aporte voluntario 56 Xx a salud independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales 57 Xx x x o Estudiantes de prácticas laborales en el sector público 58 Xx x Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 59 Xx Xx Xx o] mes Edil Junta Administradora Local no beneficiario del Fondo de Solidaridad 60 Xx O Xx Oo Pensional Beneficiario programa de 61 x reincorporación Personal del magisterio 62 [e) ES x x Xx Xx Beneficiario de prestación 63 Xx humanitaria Trabajador penitenciario 64 os Dependiente vinculado al piso de 65 Xx protección social" Independiente vinculado al piso de 66 x protección social* Voluntario en primera respuesta aporte solo al Sistema de Riesgos 67 Xx Laborales Dependiente veterano de la Fuerza 2.

Artículo 1 (54/57)

Pública 68 x x Xx (0 Cc x Cc Cc Contribuyente solidario *** 69 Xx *El aporte de estos tipos de cotizantes a pensiones corresponde al Piso de Protección Social ("") No hay aporte a Caja de Compensación Familiar, sín embargo, se debe capturar y reportar la información de este subsistema para enviar los archivos de salida a la caja de compensación familiar *** El aporte es direccionado a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES Resultado: Cuando en la información de una planilla reportada por un aportante se presente que el cruce entre tipo de cotizante y el subsistema al que aporta No sea “X, o C”, el archivo no pasa la malla de validación y el operador de información le debe informar al aportante el error presentado.” 16.En el Capítulo 5 "PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACTUALIZACIONES” del Anexo Técnico 2 “Aportes a Seguridad Social de Activos” adicionar los siguientes numerales; asi: “(.) 5.55 Las modificaciones de las validaciones y origen de los datos de los campos “3 - Número de Identificación del aportante” y "26 - Tipo de acción” establecidas en el numeral 1.1 “Estructura de datos archivo tipo 1”; de los campos "4 - Número de identificación del cotizante” y “75 Número de identificación del cotizante principal” establecidas en el numeral 2.1.2.1 “Descripción detallada de las variables de novedades generales.

Artículo 1 (55/57)

Registro tipo 2”; la modificación de la aclaración de numeral 2.1.2.2 “Uso de múltiples registros tipo RESOLUCIÓN NÚMERO20 1208 20001 2022 2022 HoJA 30 2016” 2 para un mismo cotizante en una planilla”; las modificaciones a las aclaraciones de los tipos de cotizante "35 - Concejal municipal o distrital” y “36 — Concejal municipal, distrital o edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional” establecidas en el numeral 2.1.2.3.1 “Campo 5 - Tipo de cotizante”; la modificación del numeral 2.1.2.3.14 "Campo 46 - Tarifa de aportes al Sistema General de Pensiones” del Capítulo 1 “Archivos de entrada”; la modificación de la longitud del campo “9 - Número de días de mora liquidados” establecidos en el numeral 3 “REGISTRO TIPO 5. TOTAL, APORTES DEL PERÍODO PARA SALUD” del Capítulo 2 “REGISTROS DE TOTALES GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”; la modificación de la “Tabla 8. Tipo de cotizante” y la “Tabla 9. RO4 — Regla de validación — Tipo de cotizante vs tipo de aportante” establecidas en el numeral 4 “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE APORTANTE”, de la "Tabla 10. RO5- Regla de validación — tipo de cotizante vs clase de aportante” establecida en el numeral 5 “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS CLASE DE APORTANTE,, de la “Tabla 13. RO7 — Regla de validación — Tipo de cotizante vs tipo de planilla” establecida en el numeral 7 “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE PLANILLA, de la “Tabla 15.

Artículo 1 (56/57)

RO8- Regla de validación — tipo de cotizante vs subtipo de cotizante” establecida en el numeral 8 “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS SUBTIPO DE COTIZANTE”, de la Tabla 16. RO9- Regla de validación — tipo de cotizante vs tipo de novedad que puede presentar” establecida en el numeral 8 "RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE NOVEDAD QUE PUEDE PRESENTAR”, de la “Tabla 17. R10- Regla de validación - tipo de cotizante vs subsistema al que aporta” establecida en el numeral 10 “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE SUBSISTEMA AL QUE APORTA” del Capítulo “4. VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” respecto al tipo de cotizante “36 - Concejal municipal, distrital o edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional” deberán ser implementadas a los 30 días calendario siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. 5.56 Las modificaciones a las aclaraciones de los tipos de planilla “X. Planilla para el pago de empresas en proceso de liquidación, reestructuración o en procesos concursales”, “O - Planilla Obligaciones determinadas por la UGPP” o "U - Planilla de uso UGPP para pago por terceros” establecidas en el numeral 2.1. 1.2.2 “Campo 8. Tipo de planilla”; de los tipos de cotizante "12- Aprendices en etapa lectiva”, "19-Aprendices en etapa productiva” establecidas en el numeral 2.1.2.3.1 “Campo 5 - Tipo de cotizante”; de los subtipos de cotizantes “3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad” y “4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión o para indemnización sustitutiva o devolución de saldos” del Capítulo 1 “Archivos de entrada”; la modificación de la “Tabla 17.

Artículo 1 (57/57)

R10- Regla de validación — tipo de cotizante vs subsistema al que aporta” establecida en el numeral 10 “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE SUBSISTEMA AL QUE APORTA” del Capítulo “4. VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” respecto al tipo de cotizante “33 - Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional” deberán ser implementadas por los operadores de información para los pagos que se realicen a partir del 1 de diciembre de 2022. 5.57 La modificación de las validaciones y origen de los datos del campo “78 - Clase de riesgo en la que se encuentra el afiliado” y la adición del campo “98 - Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales” establecida en el numeral 2.1.2.1 “Descripción detallada de las variables de novedades generales. Registro tipo 2” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” y la adición del campo “52 - Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales” establecida en el numeral 3.2 “Registro de salida tipo 2. Liquidación detallada” del Capitulo 3 “Archivos de salida generados por los operadores de información a las administradoras” deberán ser implementadas por los operadores de información para los pagos que se realicen a partir del 1 de diciembre de 2022 para los periodos de cotización al Sistema General de Riesgos Laborales del mes de noviembre de 2022 en adelante”.

Artículo 2

Modificar el Anexo Técnico 3 “Aportes a Seguridad Social de Pensionados”, de la Resolución 2388 de 2016, así: 1. En el numeral 2.2.1 “Descripción detallada de las variables de novedades generales. Registro tipo 2” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar las validaciones y origen de los datos de los campos “8 - Número de identificación del pensionado”, “16 - Número de identificación del causante” y “54 - Número de identificación del cotizante principal”; así: -— 20 OCT 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO2 3) 1 2DE 2022 HOJA 31 2016” CAMPO: 'LONG POSICIÓN Inicial Final TIPO VALIDACIONES Y ORIGEN ” * DELOSDATOS* * DESCRIPCIÓN | Número de identificación del pensionado Obligatorio. Lo suministra el pagador de pensiones. El operador de información validará que este campo este compuesto por letras de la A a la Z y los caracteres numéricos del cero (0) al nueve (9). Sólo es permitido el número de identificación alfanumérico para los siguientes tipos de documentos de identidad PA: Pasaporte CD: Came diplomático Para los siguientes tipos de documento deben ser dígitos numéricos. TI: Tarjeta de identidad CC: Cédula de ciudadanía RC: Registro civil CE: Cédula de extranjería PE: Permiso Especial de Permanencia, su longitud debe ser de 15 dígitos 7 PT: Permiso por Protección Temporal, su longitud debe ser hasta de 8 digitos Número de identificación del causante Obligatorio cuando hay causante para los tipos de pensión 2, 3, 4, 5, 6y7. Lo suministra el pagador de pensiones. . El operador de información validará que este campo este compuesto por letras de la A a la Z y los caracteres numéricos del cero (0) al nueve (9). Sólo es permitido el número de identificación alfanumérico para los siguientes tipos de documentos de identidad PA: Pasaporte CD: Carne diplomático Para los siguientes tipos de documento deben ser dígitos numéricos. TI: Tarjeta de identidad CC: Cédula de ciudadanía RC: Registro Civil CE: Cédula de extranjería PE: — Permiso Especial de Permanencia, su longitud debe ser de 15 dígitos PT: Permiso por Protección Temporal, su longitud debe ser hasta de 8 digitos Número de identificación del cotizante principal Lo suministra el pagador de pensiones Solo debe ser reportado cuando se reporte un tipo de pensionado 9 El operador de información validará que este campo este compuesto por letras de la A ala Z y los caracteres numéricos del cero (0) al nueve (9). RESOLUCIÓN NÚMERO? 01 2DE 20 OCT 2022 2022 HOJA 32 2016” POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN CAMPO ¡ LONG inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DE LOS DATOS Sólo es permitido el número de identificación alfanumérico para los siguientes tipos de documentos de identidad PA: Pasaporte CD: Came diplomático Para los siguientes tipos de documento deben ser digitos numéricos. TI: Tarjeta de identidad CC: Cédula de ciudadanía RC: Registro civil CE: Cédula de extranjería PE. Permiso Especial de Permanencia, su longitud debe ser de 15 dígitos PT. Permiso por Protección Temporal, su longitud debe ser hasta de 8 digitos 2. En el numeral 9 “TARIFA DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DE LOS PENSIONADOS” del Capítulo 4 "VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar esta tabla; así: “9, TARIFA DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DE LOS PENSIONADOS Desde el 1 de abril de 1994 a la fecha las tarifas de aportes a salud de los pensionados son las siguientes: PENSIONADO RESIDENTE TARIFA A PERIODO TIPO DE PENSIONADO EN EL APLICAR EXTERIOR 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 8,00% 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope 10 00% . máximo de pensión 1 2 00% 1de abri de|3. Pensionado de régimen de ahorro individual. No 1% Cuando el 1994 —- 31 de aplica tope máximo de pensión Ss pensionado está en diciembre de| 4. Pensionado del Sistema de Riesgos Laborales. el exterior y no 1994 Tope máximo 20 SMMLV tiene el grupo 5. Pensionado por el empleador, con tope máximo de familiar en pensión . 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de Colombia pensión. 7. Pensionado de entidades de los regímenes 1de abril de Especial y de Excepción, con tope máximo de 1994 —- 31 de pensión de 25 SMMLV s 1,00% diciembre de|8. Pensionado de entidades de los regímenes , 1994 Especial y de Excepción, sin tope máximo de pensión. 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope 12,00% máximo de pensión o 1% Cuando el 1 de enero de 3. Pensionado de régimen de ahorro individual. No pensionado está en 1995 - 31 de aplica tope máximo de pensión Ss el exterior y no enero de 2007 4. Pensionado del Sistema de Riesgos Laborales. tiene el gnpo Tope máximo 20 SMMLV familiar el 5. Pensionado por el empleador, con tope máximo de Colombia pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión RESOLUCIÓN NÚMERO 201 BE 20 OCT 2022 2022 HOJA 33 PENSIONADO RESIDENTE TARIFA A PERIODO TIPO DE PENSIONADO EN EL APLICAR EXTERIOR Pensionado de entidades de los regimenes 1 de enero de Especial y de Excepción, con tope máximo de 1995 - 31 dej, Pensión do 25 SMMLV . s 1,00% enero de 2007 Pensionado de entidades de los regimenes : Especial y de Excepción, sin tope máximo de pensión. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV Pensionado del régimen de prima media sin tope 12,50% máximo de pensión 15% Cuan do el 1 de febrero de Pensionado de régimen de ahorro individual. No e do está e 2007 - 30 de aplica tope máximo de pensión s anterior es pal noviembre de Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo tiene el y rupO 2008 20 SMMLV familiar ye Pensionado por el empleador, con tope máximo de Colombia pensión Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión Pensionado de entidades de los regímenes 1 de febrero de especial y de excepción., con tope máximo de 2007 - 30 de pensión de 25 SMMLV s 1,50% noviembre de Pensionado de entidades de los regímenes ÓS 2008 especial y de excepción, sin tope máximo de pensión. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV Pensionado del régimen de prima media sin tope 12,00% máximo de pensión 1 % Cuando el 1 de diciembre Pensionado de régimen de ahorro individual. No ensionado está en de 2008 - a 2 de aplica tope máximo de pensión S Pp » a - . . el exterior y no diciembre de Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo tiene el grupo 2015 20 SMMLV familiar el Pensionado por el empleador, con tope máximo Colombia de pensión Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV Pensionado del régimen de prima media sin tope 12,00% máximo de p ensión o 0% Cuando el 3 de diciembre Pensionado de régimen de ahorro individual. No pensionado está en de 2015 - a la aplica tope máximo de pensión Ss el exterior y no Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo . fecha 25 SMMLV tiene. el grupo . . familiar en Pensionado por el empleador, con tope máximo de Colombia pensión Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 1 de diciembre de 2008 - a 2 de diciembre de 2015 (concen to de Pensionado de entidades de los regímenes JO Especial y de Excepción, con tope máximo de Estado. Sala de ensión de 25 SMMLV Consulta y Pp SoN 1,5% Servicio Civil. 23 de agosto de 2021. Radicación: 11001-03-06- 000-2021- 00018-00(2460) Pensionado de entidades de los regimenes Especial y de Excepción, sin tope máximo de pensión. 20 OCT 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 120€ 2022 HOJA 34 PENSIONADO RESIDENTE TARIFA A PERIODO TIPO DE PENSIONADO EN EL APLICAR EXTERIOR YA Pensionado de entidades de los regimenes Qs Especial y de Excepción, con tope máximo de o emba pensión de 25 SMMLV s 0% fecha 8. Pensionado de entidades de los regimenes Especial y de Excepción, sin tope máximo de pensión. 2 de diciembre de 2015 a la fecha. (Concepto Consejo de|?. Pensionado de entidades de los regímenes Estado. Sala de Especial y de Excepción, con tope máximo de Consulta y pensión de 25 SMMLV N 1,5% Servicio Civil. 23 | 8. Pensionado de entidades de los regimenes ve de agosto de Especial y de Excepción, sin tope máximo de 2021. pensión Radicación: 11001-03-06- 000-2021- 00018-00(2460) 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 1 de enero de| 3. Pensionado de régimen de ahorro individual. No 8% 2020 a 31 de aplica tope máximo de pensión N 1 0% diciembre de| 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo 12% 2021 20 SMMLV o 5. Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 3. Pensionado de régimen de ahorro individual. No 1 de enero de aplica tope máximo de pensión s 0% 2020 a la fecha |4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo o 20 SMMLV 5. Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 3. Pensionado de régimen de ahorro individual. No o 305 enero de aplica tope máximo de pensión N 1 adelante 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo 12% 20 SMMLV 5. Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 3. En el Capítulo 5 "PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACTUALIZACIONES” del Anexo Técnico 3 “Aportes a Seguridad Social de Pensionados” adicionar el siguiente numeral: 5.23 Las modificaciones de las validaciones y origen de los datos de los campos "8 - Número de identificación del pensionado”, "16 - Número de identificación del causante” y "54 - Número de identificación del cotizante principal”; establecidas en el numeral 1.1 "Estructura de datos archivo tipo 1” del Capítulo 1 "Archivos de entrada”; y la modificación del numeral 9 "TARIFA DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DE LOS RESOLUCIÓN NÚMERO? 0 1 2DE 20 OCT 2022 2022 HOJA 35 2016” PENSIONADOS” del Capitulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” deberán ser implementadas a los 30 días calendario siguientes a la publicación de la presente resolución.

Artículo 3

Modificar el Anexo Técnico 5 “Definición de los archivos de salida con destino al Ministerio de Salud y Protección Social”, de la Resolución 2388 de 2016 y sus modificatorias, así: 1. En el numeral 2.2.1 “Estructura de datos del registro de salida tipo 2. Liquidación detallada planilla” adicionar el campo “107 - Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales”, asi: : : ¡ CAMPO LONG POSICIÓN TIPO | DESCRIPCIÓN | "VALIDACIONES Y ORIGEN DELOS ' Inicio | Fin DATOS 107 7 785 791 |N Actividad Para activos es el tomado en el campo 98 económica para el | del registro tipo 2 del archivo tipo 2 del Sistema General| anexo técnico 2. de Riesgos | Para pagadores de pensiones se deja en Laborales cero 2. En el numeral 4 "PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACTUALIZACIONES” del Anexo Técnico 5 “Definición de los archivos de salida con destino al Ministerio de Salud y Protección Social”, adicionar los siguientes numerales, así: *(...) La adición el campo “107 - Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales” en el numeral 2.2.1 "Estructura de datos del registro de salida tipo 2. Liquidación detallada planilla” deberán ser implementadas por los Operadores de Información para los pagos que se realicen a partir del 1 de diciembre de 2022 para los periodos de cotización al Sistema General de Riesgos Laborales del mes de noviembre de 2022 en adelante.

Artículo 4

La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica los Anexos Técnicos 2, 3 y 5 de la Resolución 2388 de 2016, modificada por las Resoluciones 5858 de 2016, 980, 1608 y 3016 de 2017, 3559, 5306 de 2018, 736, 1740, 2514 de 2019, 454, 686, 1438, 1844 y 2421 de 2020, 014, 638, 1365 y 1697 de 2021, 261 y 939 de 2022

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 109), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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