Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021.

Resolución · 1841 · 2013-05-28 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 261–280 de 515

Artículo ANEXO (255/509)

Articulación inter-programática sectorial e intersectorial para el desarrollo de intervenciones que RESOLUCION NÚMERO 00n1u. 1 DE 2013 HOJA No 121 de 326 28 0.10 2013 disminuyan el riesgo de adquirir enfermedades transmisibles. Implementación de la estrategia de Atención Primaria en Salud, que incluye la reorganización de servicios de salud; la elaboración, implementación y actualización de protocolos, guías de manejo y lineamientos para la prevención, vigilancia y control; y modelos de atención básica y de alta resolutividad para enfermedades transmisibles. Generación de capacidades territoriales, institucionales, comunitarias y del talento humano para la afectación positiva de los determinantes relacionados con las enfermedades transmisibles. Fortalecimiento de la inteligencia epidemiológica para el análisis integrado de información (morbi- mortalidad, agentes etiológicos y factores de riesgo (incluye entomología, reservorios u otros), que permita predecir, focalizar y estratificar las enfermedades emergentes, re-emergentes, inmunoprevenibles y endemo-epidémicas, articulando los sectores de salud, ambiente, transporte y agricultura. Desarrollo, fortalecimiento y articulación de los sistemas de vigilancia en salud del sector y de otros sectores relacionados con el estudio, análisis, prevención y control de las enfermedades transmisibles, que incluye: implementación de sistemas de información nominal y geográfica; planeación, gestión y evaluación de eventos contingenciales; vigilancia en salud pública comunitaria; vigilancia en puertos marítimos, aéreos y zonas de frontera; y de los patógenos de alta transmisibilidad y potencial epidémico. Desarrollo y tecnificación de la red de Laboratorios de Salud Pública en la nación y los departamentos y de la Red Nacional de Laboratorios de otros sectores relacionados con la salud pública.

Artículo ANEXO (256/509)

Formulación e implementación de planes de preparación, control y evaluación de contingencias por brotes y epidemias por enfermedades transmisibles, articulando los sectores que integran el sistema para la gestión del riesgo de desastres. 7.7 Dimensión salud pública en emergencias y desastres 7.7.1 Definición de la dimensión Espacio de acción sectorial, transectorial y comunitaria, que propende por la protección de individLros y colectivos ante los riesgos de emergencias o desastres que tengan impacto en salud pública, procurando reducir los efectos negativos en la salud humana y ambiental, a través de la gestión integral del riesgo como un proceso social que orienta la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas, proyectos y acciones permanentes para el conocimiento, la reducción del riesgo y el manejo de emergencias y desastres, con el fin de contribuir en la seguridad sanitaria, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible en el territorio nacional. 7.7.2 Objetivo de la dimensión Promover la gestión de riesgo de desastres como una práctica sistemática, con el fin de garantizar la protección de las personas, colectividades y el ambiente, para educar, prevenir, enfrentar y manejar situaciones de urgencia, de emergencia o de desastres, así como aumentar la capacidad de resiliencia y recuperación de las comunidades, aportando a la seguridad sanitaria y al mejoramiento de las condiciones de vida y salud de la población. 7.7.3 Componentes Gestión integral de riesgos en emergencias y desastres. Respuesta en salud ante situaciones de urgencia, emergencias en salud pública y desastres. RESOLUCION NÚMERO O O 01_ 8 41 DE 2013 HOJA No 122 de 326 2 B kW() 2U13

Artículo ANEXO (257/509)

Decenal de Salud Pública 2012 — 2021" 7.7.3.1 Gestión integral de riesgos en emergencias y desastres 7.7.3.1.1 Definición del componente Es el conjunto de acciones e intervenciones tendientes a la identificación, prevención y mitigación de los riesgos y las vulnerabilidades en los territorios, que buscan anticiparse a la configuración del riesgo futuro de emergencias y desastres, mediante la integración de los procesos de desarrollo y planificación sectorial, transectorial y comunitaria; permite fortalecer la capacidad de respuesta del país frente a los desastres y reducir el impacto negativo de estos sobre la salud de los colombianos; así como actuar en eventos inesperados en salud pública que puedan comprometer el estado de salud de las comunidades. 7.7.3.1.2 Objetivos del componente Generar espacios de información y conocimiento sobre el riesgo de desastres en sus diferentes ámbitos, y sobre planificación de las emergencias y desastres, atención, seguimiento y evaluación de la gestión y resultados. Reducir el riesgo de desastres actual y futuro para enfrentar las consecuencias asociadas a los impactos del cambio climático. Ampliar y mantener las capacidades básicas de vigilancia y respuesta en el marco del Reglamento Sanitario Internacional 2005. Disponer de suministro seguro, oportuno y suficiente de sangre y componentes sanguíneos en los centros de atención hospitalaria. 7.7.3.1.3 Metas del componente A 2021, se logra la formulación y socialización del Plan Nacional Sectorial de Gestión Integral del Riesgo de Desastres articulado intersectorialmente a los demás sectores estatales. A 2021, se logra que el 100% de las entidades del orden nacional, departamental y municipal apliquen el Reglamento Sanitario Internacional 2005. A 2021, se logra mejorar el índice de seguridad hospitalaria en el 100% de los hospitales priorizados.

Artículo ANEXO (258/509)

A 2021, se logra incluir en el 100% de los Planes Nacional, Territorial y Hospitalarios de Gestión del Riesgo las acciones de suministro de sangre y componentes sanguíneos seguros. 7.7.3.1.4 Estrategias del componente Gestión intersectorial para el mantenimiento y fortalecimiento de las capacidades básicas: incluye acciones de capacitación, asistencia técnica y asesoría en planeación, vigilancia, monitoreo y supervisión de la respuesta nacional y territorial en el contexto del Reglamento Sanitario Internacional 2005. Así mismo, la gestión de la infraestructura e insumos tecnológicos, de comunicación e informáticos. Planificación de la Gestión Integral del Riesgo de Desastres: comprende la formulación de los Planes Sectoriales de Gestión Integral del Riesgo de Desastres, con actores intersectoriales, que incluyan identificación de las amenazas, panorama de riesgo, construcción de escenarios de afectación y de riesgo, inventario de recursos y capacitación, diseño de intervenciones y mecanismo de seguimiento y evaluación. Implementación, seguimiento y evaluación de los Planes Sectoriales de Gestión Integral del Riesgo de Desastres: involucra acciones de divulgación, capacitación, asistencia técnica permanente y monitoreo de los resultados de gestión y sus efectos en las condiciones de vida y salud de la población. Fortalecimiento del programa Hospitales Seguros Frente a los Desastres, orientado a reducir el riesgo, proteger las instalaciones de salud, salvar vidas como medida de seguridad para todos.

Artículo ANEXO (259/509)

Moviliza la coordinación y participación interinstitucional e intersectorial a nivel nacional, territorial y local, con el fin de que se identifiquen las prioridades de intervención y la asignación de RESOLUCION NÚMERO .3 O 0 01 8 4 1 DE 2013 HOJA No 123 de 326 28 1,1'10 2013 recursos en los hospitales priorizados, por su importancia y capacidad de resolución en la red de servicios de salud en emergencias y desastres. Incluye capacitación sobre monitoreo, análisis y evaluación de las amenazas, la vulnerabilidad y el riesgo; gestión de la información; desarrollo de medidas para la prevención y mitigación del riesgo; alimentar- la capacidad de respuesta financiera, no solo ante la ocurrencia de un evento adverso, sino en acciones de prevención. En los territorios indígenas serán las autoridades tradicionales parte fundamental del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres. e.

Artículo ANEXO (260/509)

Fortalecimiento de las acciones de gestión hospitalaria para el suministro de sangre y componentes sanguíneos, a través de la articulación con la Red Nacional de Bancos de Sangre y Servicios Transfusionales, con el fin de garantizar la disponibilidad con oportunidad y suficiencia de estos componentes. 7.7.3.2 Respuesta en salud ante situaciones de emergencias y desastres 7.7.3.2.1 Definición del componente Acciones sectoriales, transectoriales y comunitarias de respuesta en salud ante situaciones de emergencias o desastres, incluidas en los Planes para la Gestión del Riesgo de Desastres, dirigidas a gestionar la atención de las contingencias que puedan afectar la salud de la población. 7.7.3.2.2 Objetivo del componente Fortalecer los sistemas de respuesta a emergencias y desastres implementando estrategias de atención, reconstrucción y recuperación. 7.7.3.2.3 Metas del componente A 2021, se logra que el 100% de las entidades territoriales respondan con eficacia y ante las emergencias y desastres que enfrenten. A 2021, se logra implementar el Sistema de Emergencias Médicas en el 50% de los municipios del país. A 2021, se logra implementar la Red Nacional de Toxicología. A 2021, se logra fortalecer la Red Nacional de Bancos de Sangre y Servicios Transfusionales. 7.7.3.2.4 Estrategias del componente Fortalecimiento de la capacidad sectorial, transectorial y comunitaria para detectar y responder a eventos de importancia nacional e internacional: involucra las acciones a cargo de la autoridad sanitaria en el marco de las competencias de normas y políticas; la coordinación y comunicación con el Centro Nacional de Enlace, y la respuesta ante eventos de interés en salud pública de importancia nacional e internacional; información y comunicación sobre los patrones de riesgo, capacitación de recurso humano, fortalecimiento de laboratorios y puntos de entrada en las fronteras.

Artículo ANEXO (261/509)

Fortalecer la Estrategia Nacional de Respuesta a Emergencias, garantizando la efectividad de la atención y prestación de servicios básicos durante la respuesta, a través de la formulación, desarrollo y evaluación de los planes sectoriales de gestión del riesgo de desastres. c. Red Nacional de Toxicología: incluye la movilización de los actores nacionales para la definición, conformación y mecanismo de operación de la Red Nacional de Toxicología, para la disposiciónde tele asistencia las 24 horas del día a las Instituciones Prestadoras de Salud y a la comunidad. La gestión y administración de la tecnología informática y comunicación; y talento humano capacitado y especializado para ofrecer asistencia médica, asesoría sobre el diagnóstico y tratamiento de las intoxicaciones agudas y crónicas, así corno realizar investigaciones relacionadas con este tenia. Adicional a ello, consolidar, procesar y remitir información científica sobre toxicología a los laboratorios de la red y demás centros científicos del país. RESOLUCION NÚMERO 'j O 0 O 1 co, 4 1 . DE 2013 HOJA No 124 de 326 2 8 MAYO 2013 d.

Artículo ANEXO (262/509)

Red Nacional de Bancos de Sangre y Servicios Transfusionales: incluye la gestión con los actores nacionales y territoriales para la redefinición y reorganización de la red, a través de herramientas de diagnóstico, de capacidad de respuesta y la identificación de las necesidades, con el fin de garantizar el acceso oportuno y suficiente a sangre y componentes sanguíneos seguros. 7.8 Dimensión salud y ámbito laboral 7.8.1 Definición de la dimensión Conjunto de políticas e intervenciones sectoriales y transectoriales que buscan el bienestar y protección de la salud de los trabajadores, a través de la promoción de modos, condiciones y estilos de vida saludables en el ámbito laboral, el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de las personas en todas las ocupaciones, y el fomento de las intervenciones que modifican positivamente las situaciones y condiciones de interés para la salud de los trabajadores del sector formal e informal de la economía. 7.8.2 Objetivos de la dimensión Ampliar cobertura en el Sistema de Riesgos Laborales. Contribuir al mejoramiento de las condiciones de salud y medio ambiente de trabajo de la población trabajadora colombiana, mediante la prevención de los riesgos laborales y ocupacionales, que puedan afectar negativamente el estado de bienestar y salud. c. Promover la salud de las poblaciones laborales vulnerables a riesgos ocupacionales, con enfoque diferencial, aunando esfuerzos para prevenir, mitigar y superar los riesgos de esta población, fortaleciendo la gestión intersectorial y la participación social en el nivel local, regional y nacional. 7.8.3 Componentes Seguridad y salud en el trabajo. Situaciones prevalentes de origen laboral. 7.8.3.1 Seguridad y salud en el trabajo 7.8.3.1.1 Definición del componente Conjunto de acciones poblacionales, colectivas e individuales, incluyentes y diferenciales, que se gestionan en los ámbitos laborales (formal e informal) para propiciar entornos saludables.

Artículo ANEXO (263/509)

Permite anticipar, conocer, evaluar y controlar los riesgos que pueden afectar la seguridad y salud en el trabajo. 7.8.3.1.2 Objetivos del componente Caracterizar las poblaciones laborales vulnerables del sector formal e informal de la economía, sus condiciones de salud y los riesgos propios de sus actividades económicas. Facilitar el acceso al Sistema General de Riesgos Laborales de la población, de conformidad con la Ley 1562 de 2012 y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan. Fortalecer y promover la conformación de instancias organizativas de grupos de trabajadores y su participación en la protección de la salud en el trabajo, mediante el fomento de una cultura preventiva. Ejecutar un plan de acción de promoción y prevención por fases, para lograr el cubrimiento progresivo de las poblaciones laborales vulnerables, como componente indispensable para lograr el i mpacto social. RESOLUCION NÚMERO sj 0001841 DE 2013 HOJA No 125 de 326 28 MICO 7.8.3.1.3 Metas del componente A 2021, se amplia la cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales, de conformidad con la Ley 1562 de 2012. b. A 2021, se logra fortalecer las instancias de gestión intersectorial, a nivel nacional, departamental, distrital y municipal. e. A 2021, se logra que el 100% de las entidades territoriales gestionen la inclusión del componente de salud y ámbito laboral en los Planes de Desarrollo Territorial y en los de Ordenamiento Territorial, en coordinación con las autoridades territoriales, departamentales, distritales y municipales. d.

Artículo ANEXO (264/509)

A 2021, se logra asegurar las acciones de promoción de la salud y prevención de riesgos laborales en la población del sector informal de la economía. 7.8.3.1.4 Estrategias del componente Fortalecimiento del Sistema General de Riesgos Laborales: asistencia técnica a los diferentes actores para mejorar el conocimiento del Sistema, de acuerdo con la nueva legislación, de manera que exista claridad frente a las competencias de los diferentes sectores y se facilite el trabajo intersectorial. Diseño y adopción de herramientas de acceso al Sistema General de Riesgos Laborales: el Ministerio de Salud y Protección Social diseñará las herramientas requeridas para facilitar el proceso de afiliación de la población al Sistema General de Riesgos Laborales, de conformidad con la ampliación de cobertura que se vaya generando. Alianzas estratégicas: articulación entre autoridades, como los Ministerios del Trabajo, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, Minas y Energía, Agricultura, Comercio, Industria y Turismo, Departamento Nacional de Planeación, gobiernos departamentales, distritales y municipales, y gremios, para la protección de la salud de los trabajadores. ci. Participación social: acciones dirigidas a fortalecer la conformación de instancias organizativas de los trabajadores y la participación e intervención conjunta de los niveles territoriales, que involucren a los trabajadores, posicionando la gestión intersectorial, la participación social y la intervención de los determinantes de la salud de los trabajadores, para el cumplimiento de los objetivos y metas de la dimensión. Promoción de entornos laborales saludables en el sector formal e informal de la economía: programas y acciones de educación y sensibilización social dirigidos al fomento del autocuidado y prevención de accidentes y enfermedades laborales, de acuerdo con los perfiles epidemiológicos. Incluye la realización de campañas de difusión y comunicación, susceptibles de reproducción en medios físicos o electrónicos, entre otros.

Artículo ANEXO (265/509)

Prevención de los riesgos derivados del trabajo en el sector formal de la economía: programas, campañas y acciones de educación y prevención dirigidos a garantizar que las empresas conozcan, cumplan las normas y reglamentos técnicos en seguridad y salud en el trabajo y desarrollen el plan de trabajo anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Incluye acciones de Inspección, Vigilancia y Control IVC, para el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con sus competencias, y la vigilancia de los riesgos sanitarios y ambientales en los ámbitos laborales por parte de los Entes Territoriales de Salud, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y demás autoridades competentes. Prevención de los riesgos derivados del trabajo en el sector informal de la economía: los Entes Territoriales de Salud desarrollarán acciones orientadas a prevenir, mitigar y superar los riesgos ocupacionales específicos, identificando, caracterizando y focalizando la intervención en grupos poblacionales vulnerables, priorizando los jóvenes trabajadores entre 15 y 18 años de edad, las mujeres rurales trabajadoras, los adultos mayores trabajadores, las personas trabajadoras con discapacidad, y otros grupos diferenciales. h. Fortalecimiento de la prevención de los riesgos laborales en las micro y pequeñas empresas: acciones de promoción y prevención en micro y pequeñas empresas que presenten alta RESOLUCION NÚMERO J no 41 DE 2013 HOJA No 126 de 326 2 8 MAY0 2013 siniestralidad o estén clasificadas como de alto riesgo, para lo cual se tendrán en cuenta la frecuencia, severidad y causa de los accidentes y enfermedades laborales.

Artículo ANEXO (266/509)

Las empresas y las Entidades Administradoras de Riesgos Laborales sumarán esfuerzos para el fortalecimiento de estas acciones, de conformidad con sus obligaciones y los lineamientos del Ministerio del Trabajo. 7,8.3.2 Situaciones prevalentes de origen laboral 7.8.3.2.1 Definición del componente Conjunto de acciones dirigidas a disminuir los accidentes de trabajo, evidenciar las enfermedades laborales y fortalecer el proceso de calificación de origen y pérdida de la capacidad laboral, en las diferentes instancias. 7.8.3.2.2 Objetivos del componente Fortalecer la determinación del origen de la enfermedad diagnosticada con criterios de causalidad, y promover su registro en el sistema de información en salud, con el fin de disminuir tiempos para el reconocimiento de derechos y establecer un adecuado flujo de recursos entre los sistemas de salud y riesgos laborales. Definir la política nacional de investigación científica en seguridad y salud en el trabajo que permita establecer los problemas de mayor incidencia y prevalencia de la salud de los trabajadores. c. Identificar e intervenir problemas emergentes o sin intervención,relacionados con la salud y el bienestar de los trabajadores. 7.8.3.2.3 Metas del componente A 2021 se reduce el sub-registro de los eventos ocupacionales mediante el fortalecimiento del talento humano en salud para la calificación del origen de los eventos y pérdida de capacidad laboral. A 2021 se disminuye la tasa de accidentalidad en el trabajo en Colombia. A 2021 se establece la línea base de las enfermedades laborales, diagnosticadas por cada 100.000 trabajadores afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, en periodos bienales.

Artículo ANEXO (267/509)

A 2021 se desarrolla la línea de investigación en salud en el ámbito laboral, que incluya las variables del mercado laboral, las tendencias de la macroeconomía y el desarrollo tecnológico. 7.8.3.2.4 Estrategias del componente Educación, información y comunicación: cualificación del recurso humano para orientar el diagnóstico de la enfermedad laboral y mejorar los registros de los eventos, con el concurso de las entidades responsables de la calificación de la enfermedad, a través del desarrollo de herramientas que fortalezcan las capacidades del talento humano en salud y el sistema de información, en el marco de los sistemas de salud y de riesgos laborales. Determinar los perfiles de morbimortalidad de la población trabajadora: los Entes Territoriales de Salud construirán los perfiles de morbilidad y mortalidad de la población trabajadora con base en la información suministrada por los actores del Sistema de Seguridad Social en Salud y Riesgos Laborales, y divulgarán la información en cada departamento a las instancias de gestión intersectorial. c. Fomento de la vigilancia epidemiológica ocupacional: los Entes Territoriales de Salud identificarán los riesgos ocupacionales y los efectos sobre la salud de los trabajadores, necesarios para la planeación de las intervenciones por actividad económica.

Artículo ANEXO (268/509)

Se priorizarán las siguientes actividades en el sector informal de la economía: agricultura (exposición a plaguicidas, riesgos biológicos y ergonómicos); ganadería (riesgo biológico, ergonómico y de accidentes); silvicultura y pesca (riesgos físicos, biológicos y de accidentes); manufactura (riesgo químico y accidentes); RESOLUCION NÚMERO "i fl O 01 R4 1 DE 2013 HOJA No 127 de 326 28 MMO 2013 minería (riesgos químicos, ergonómicos y accidentes); comercio (riesgos ergonómicos, psicosociales y accidentes); artesanos (riesgos de accidentes y ergonómicos); manufactura (riesgos químicos, psicosociales y accidentes). Plan Nacional para la Prevención del Cáncer Ocupacional. El Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio del Trabajo, en coordinación con las Entidades Promotoras de Salud, las Administradoras de Riesgos Laborales, los entes Territoriales de Salud, y demás actores involucrados, implementarán el Plan Nacional de Cáncer Ocupacional, dirigido a reducir la exposición al asbesto, sílice, benceno, radiaciones ionizantes y demás sustancias cancerígenas, con el objeto de proteger la salud de la población trabajadora colombiana expuesta a los diferentes carcinógenos, promoviendo condiciones de trabajo saludables, reduciendo los niveles de exposición y realizando vigilancia médica orientada a detectar estos factores, en trabajadores del sector formal e informal de la economía, en particular en talleres de mantenimiento de frenos, construcción, minas y canteras, entre otros. Fortalecimiento de la Investigación. Definición y desarrollo de proyectos de investigación en Salud y Seguridad en el Trabajo, con la participación de actores de los Sistemas de Salud y Riesgos Laborales. f. Atención de los eventos emergentes.

Artículo ANEXO (269/509)

Acciones de sensibilización para la rehabilitación y la inclusión de las personas con discapacidad en el sector productivo, a través de mecanismos de integración social, dando alcance a la legislación vigente. De igual forma, identificar riesgos ocupacionales diferenciados por regiones y enfocar recursos técnicos, físicos, administrativos y económicos que contribuyan desde el sector salud y la intersectorialidad a fortalecer las acciones de atención integral dirigidas a la prevención y erradicación del trabajo infantil y la promoción del trabajo adolescente protegido. RESOLUCION NÚMERO noni R 1 DE 2013 1! ,^1 2013 HOJA No 128 de 326 8. DIMENSIONES TRANSVERSALES 8.1 Dimensión transversal gestión diferencial de poblaciones vulnerables 8.1.1 Definición de la dimensión El acceso a la salud es un derecho fundamental, independientemente de la condición socioeconómica o financiera que se posea. Un derecho que debería ser particularmente protegido en los grupos vulnerables y con mayor riesgo de experimentar barreras en el acceso (Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms, 1950). El debate sobre cuál es el mejor enfoque para garantizar y mejorar el acceso a la salud de las poblaciones vulnerables y excluidas, es analizado por países de ingresos medio y bajo. Sin embargo, a través de la gestión del conocimiento y el fomento del uso de la información se orientan políticas y estrategias para afectar ampliamente las desigualdades que comúnmente experimentan las poblaciones con mayor vulnerabilidad (niños, niñas, adolescentes, víctimas del conflicto armado, grupos étnicos, personas en situación de discapacidad y personas mayores), que acceden a la oferta sanitaria del sistema de salud.

Artículo ANEXO (270/509)

En este escenario, el Gobierno Nacional garantiza el derecho al reconocimiento de las diferencias sociales y, en consecuencia, la aplicación de medidas en favor de aquellos grupos sociales en los que esas diferencias significan desventaja o situación de mayor vulnerabilidad, dando cumplimiento al principio constitucional que expresa: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, orientación sexual, raza, origen nacional, lengua, religión, opinión política o filosófica" (Constitución Política de Colombia, Art. 18, 1991). Por consiguiente, "[...] el Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real, efectiva y adoptará las medidas en favor de grupos discriminados o marginados" (Constitución Política de Colombia, 1991). El enfoque diferencial es concebido como "[...] un método de análisis que tiene en cuenta las diversidades e inequidades en nuestra realidad, con el propósito de brindar una adecuada atención y protección de los derechos" de los sujetos y colectivos (CODHES, 2008). Se toman en cuenta las diferencias de género, identidad sexual y étnica, edad y situación de salud, entre otras, con el fin de evidenciar las formas de exclusión, discriminación y dominación que se ejercen sobre las personas y sobre los colectivos, como efecto de las diversas asimetrías en las relaciones de poder en las cuales participan (Montealegre, 2010). A continuación se establecen los objetivos sanitarios, metas y estrategias diferenciales para 1) la primera infancia, infancia y adolescencia; 2) envejecimiento y vejez; 3) salud y género; 4) salud en poblaciones étnicas; 5) discapacidad; y 6) víctimas del conflicto, encaminados a lograr la equidad en salud en el marco de los derechos de sujetos y colectivos.

Artículo ANEXO (271/509)

Cabe aclarar que en el interior de las ocho dimensiones prioritarias (ver capítulo anterior) se desarrollan acciones afirmativas que complementan estas orientaciones transversales. 8.1.2 Objetivos sanitarios de la dimensión Atender los determinantes particulares que conllevan inequidades sociales y sanitarias persistentes en la primera infancia, infancia y adolescencia; envejecimiento y vejez; salud y género; salud en poblaciones étnicas; discapacidad y v.ictimas del conflicto Fomentar buenas prácticas de gestión y desarrollo de capacidades que favorezcan la movilización social de todos los sectores, la participación de la sociedad civil y de los grupos organizados en los procesos de planeación y control social a la ejecución de las intervenciones y recursos, controlando los conflictos de intereses. 8.1.3 Metas de la dimensión 1. A 2021, Colombia cuenta con un modelo de atención y prestación de servicios en salud con RESOLUCION NÚMERO o O 01 i 1 DE 2013 HOJA No 129 de 326 28 !giro 2013 adecuación al ciclo de vida, género, etnicidad, y a las necesidades diferenciales de la población con discapacidad y de la poblaciónconflicto víctima del armado. A 2021, Colombia ha aumentado la disponibilidad de información y evidencia sobre la atención diferencial de las personas y colectivos. A 2021, Colombia ha desarrollado modelos de educación y comunicación en salud en el tema de conductas saludables con enfoque diferencial. 4. A 2021, Colombia consolida la participación social en salud a través de redes de organizaciones sociales que influyen de manera positiva en las políticas públicas orientadas a intervenir los Determinantes Sociales de la Salud. 8.1.4 Componentes de la dimensión

Artículo ANEXO (272/509)

1. Desarrollo Integral de las niñas, niños y adolescentes. 2, Envejecimiento y vejez. Salud y género. Salud en población étnica. 5. Discapacidad. 6. Víctimas del conflicto armado. 8.1.4.1 Desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes 8.1.4.1.1 Definición del componente El presente capítulo reconoce a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos, en el marco de la Ley 1098 de 20061, constituyéndose en una plataforma vinculante tanto de las dimensiones del Plan Decenal de Salud Pública, como de los procesos intersectoriales implicados en el abordaje de determinantes sociales, para la generación de las condiciones que aseguren el desarrollo integral; resaltando que en estos trayectos de vida se definen las bases del desarrollo de las capacidades, habilidades y potencialidades humanas, que a su vez determinan el progreso de una sociedad. Los componentes, metas y estrategias recogidas en este numeral son el resultado de la revisión juiciosa y crítica de los siguiente documentos: 1) la consulta realizada a niñas, niños y adolescentes, en el marco del proceso de formulación del Plan Decenal de Salud Pública, efectuada por el Ministerio de Salud y Protección Social en el año 2012; 2) el documento técnico para la primera rendición de cuentas nacional sobre la gestión para la garantía de los derechos de la primera infancia, infancia, adolescencia y juventud 2005-2012;

Artículo ANEXO (273/509)

3) la evaluación ex-post del Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010, a partir de su desarrollo en el nivel territorial, realizada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud; y 4) los resultados del proceso de diálogos territoriales y socialización de lineamientos intersectoriales, desarrollado en el 2012 en el marco de la Estrategia de Atención Integral a la Primera Infancia De cero a siempre. De igual forma se acogen los procesos, estructuras y aprendizajes logrados en el seno de las comisiones intersectoriales relacionadas con primera infancia`, infancia y adolescencia, y promoción y garantía de los Con la expedición del Código de Infancia y Adolescencia, por medio de la Ley 1098 de 2006, Colombia armonizó su legislación con los postulados de la Convención de los Derechos del Niño; en el artículo 29 del mismo se consigna el derecho al desarrollo integral en la primera infancia, entendiendo esta como la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo. emocional y social de todo ser humano. Conformada mediante el Decreto 4875 de 2011, responsable de T..] coordinar y armonizar las políticas. planes, programas y acciones necesarios para la ejecución de la atención integral a la primera infancia, siendo esta la instancia de concertación entre los diferentes sectores involucrados de primera infancia. RESOLUCION NÚMERO noni 8 41 DE 2013 HOJA No 130 de 326 28 MAYO 2013 Continuac ón de la resolución "Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012 — 2021" derechos sexuales y reproduct vos 3 . Las comisiones antes mencionadas se constituyen en una herramienta poderosa para dar continuidad al desarrollo de estrategias intersectoriales dirigidas a afectar positivamente los determinantes sociales que condicionan la calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes.

Artículo ANEXO (274/509)

El Plan Decenal de Salud Pública PDSP. 2012-2021 es un instrumento de política pública llamado a reconocer a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos, cuya gestión trasciende los esfuerzos sectoriales y reconoce que solo en la medida en que se compartan objetivos intersectoriales comunes es posible que ellas y ellos alcancen su desarrollo integral. 8.1.4.1.2 Objetivos del componente Lograr en los territorios la construcción, operación y evaluación coherente y sostenible de las políticas públicas intersectoriales y sectoriales, orientadas a alcanzar el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, a través de procesos de gestión de las políticas públicas, en el ciclo de gestión de lo público, en coordinación y alineación con el sector privado, la cooperación y la comunidad. Garantizar que el sector salud se constituya como un entorno que reconozca a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos. al proveer atención humanizada que cumpla con los atributos de calidad, de acuerdo con las particularidades poblacionales y territoriales, y orientada a los resultados en salud y al acortamiento de brechas de inequidad en el territorio nacional. 3. Lograr en los territorios (municipios y departamentos) la identificación de prioridades de política pública a partir del análisis de situación de los derechos y el seguimiento de los resultados en saiud de las niñas, los niños y adolescentes, fortaleciendo los procesos de gestión, análisis y retroalimentación de la información, generación de conocimiento y vigilancia en salud pública. 8.1.4.1.3 Metas del componente A 2015 se habrá implementado en todo el territorio nacional el marco estratégico y operativo de los Primeros mil días de vida, desde la gestación hasta cumplir los dos años de vida. A 2015 se habrá implementado en todo el territorio nacional el marco estratégico y operativo de promoción de la salud materna, prevención, atención y vigilancia de las anomalías congénitas.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; Normograma-por-tematica-minsalud-2013.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 39), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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