Procedimiento para el reconocimiento y pago de los costos por verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19 a las entidades responsables del aseguramiento en salud. El reconocimiento y pago de los costos asociados a la verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19 a las entidades responsables del aseguramiento en salud, a saber: a las entidades promotoras de salud, a los administradores de los regímenes especiales y de excepción en salud, al Fondo Nacional de Salud de las
16 FEB 2021
AAA A A RESOLUCIÓN NÚMERO VU O0166 DE 2021 HOJANO 7
personas privadas de la libertad y a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales con respecto a las personas no afiliadas, atenderá el siguiente procedimiento:
8.1. Las entidades responsables del aseguramiento en salud, realizarán el proceso de verificación y apoyo en el que corroboren que el prestador de servicios de salud cumplió con la obligación del agendamiento, así como el proceso de validación por dosis aplicadas, a través de las siguientes acciones:
3.1.1. Comprobar que las dosis aplicadas de la vacuna objeto de cobro por la institución encargada dei proceso de vacunación, se encuentren registrados en el sistema PAIWEB.
8.1.2.Determinar una muestra para realizar llamadas telefónicas o la utilización de alternativas electrónicas:
8.1.2.1. Para la verificación y apoyo del agendamiento se obtiene por cada prestador una muestra de tamaño n-sobre el total de personas asignadas para vacunación, de la siguiente manera: n = 0,3 x* N, cuando el total de personas asignadas para vacunación sea menor a 2.500.
A partir de N = 2.500 aplicar la siguiente formula:
1,962: 0,5? + N "O OB +(N—= 1) + 0,52 + 1,962
Donde N corresponde al total de la población asignada para vacunación por etapa a cada IPS. El tamaño de la muestra se distribuirá entre los días que dure la respectiva etapa. 8.1.2.2. Para la validación de las vacunas aplicadas por cada prestador se obtiene
Una muestra de tamaño n sobre el total de las dosis facturadas, de la siguiente manera:
n = 0,3 «* N, cuando el total de dosis aplicadas sea menor a 900, A partir de N = 900 aplicar la siguiente formula:
1,96? x 0,52 + N "E 057 +(N—=D 40,5? + 1,962
Donde N corresponde al total de las dosis facturadas por prestador.
8.2. Las entidades responsables del aseguramiento en salud facturarán, dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, ei valor de la gestión de verificación, apoyo y validación de las dosis aplicadas, de conformidad con lo facturado por los prestadores de servicios de salud y una vez realizada la validación del cumplimiento de las dosis aplicadas. La factura electrónica debe expedirse a nombre del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con los requisitos establecidos en el artículo 1.6.1.4.8 del Decreto 358 de 2020, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución No. 042 de 5 de mayo de 2020 expedida por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Resolución 084 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, y las normas que las modifiquen o sustituyan, acompañada de la siguiente documentación:
8.2.1. Soporte que acredite la realización de llamadas o la utilización de alternativas electrónicas de verificación y apoyo al agendamiento de aplicación de la vacuna, y validación de la aplicación de las dosis facturadas, mediante la relación en archivo txt,
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8.2.1. Soporte que acredite la realización de llamadas o la utilización de alternativas electrónicas de verificación y apoyo al agendamiento de aplicación de la vacuna, y validación de la aplicación de las dosis facturadas, mediante la relación en archivo txt, conforme las especificaciones del Anexo 5 Relación de llamadas o alternativas electrónicas (FORMATO 3) que hace parte integral de la presente resolución.
8.2.2. Certificado firmado por el Representante legal de la entidad, en el que se detalle todas actividades ejecutadas para la verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19, utilizando el formato del Anexo No. 6 Certificado de actividades ejecutadas, contenido en esta Resolución (FORMATO 4).
La factura y sus soportes deberán enviarse a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) a través del correo electrónico pagosvacunasMDgestiondelriesgo.gov.co o el medio que dicha Unidad disponga. Adicionalmente, las entidades responsables del aseguramiento en salud deberán reportar dicha información en el mecanismo que disponga la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) de este Ministerio, para que las UNGRD pueda realizar las consultas respectivas.
8.3. La Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre -UNGRD hará el giro directo del valor total de la factura a las entidades responsables del aseguramiento en salud o quienes hagan sus veces a la cuenta inscrita en los términos previstos en el artículo 5 de este acto administrativo. Las entidades responsables del aseguramiento en salud deberán diligenciar los certificados previstos en el Anexo 3, 4 y 5 de la presente resolución de manera mensual. La UNGRD realizará el giro dentro de los diez (10) hábiles siguientes al recibo de la factura con sus respectivos soportes.