Artículo ANEXO (16/52)
Es necesario precisar la exactitud de este dato; en razón a que, en caso de estar laclando, tener periodos irregulares, estar usando anticonceptivos o presentar sangrados en etapas iniciales del embarazo, podría producirse un error en la estimación de la edad gestacional. En caso de que no sea posible establecer la fecha de la última menstruación, la edad gestacional se puede establecer mediante exámenes físicos como el examen pélvico bimanual o altura uterina, para determinar la edad gestacional. De acuerdo con las Directrices sobre la Atención del Aborto de la Organización Mundial de la Salud (2022), no es recomendable el uso de ecografías antes de las 24 semanas cumplidas de gestación, a menos que sea necesario para tomar una decisión frente al tipo de procedimiento que necesita la mujer o persona gestante. Quienes requieran de ecografías, no deben ser expuestas a la imagen o al audio de la gestación sin su expresa autorización, y deben siempre ser informadas sobre su derecho a rechazar la visualización de la imagen diagnóstica, asi como de su opción de solicitarla. En la historia clínica se debe registrar de manera clara que la paciente que expresa su decisión frente a la IVE e indicar la edad gestacional en la que se encuentra. Además de los aspectos generales, también se deben incluir: finalidad de la consulta, antecedentes personales, historia reproductiva, factores de riesgo, gestación actual, sintomatologia infecciosa y condiciones psicosociales. Para mujeres y personas gestantes en embarazo después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y con el fin de identificar y certificar alguna causal de las señaladas en la Sentencia C-355 de 2006, se debe incluir dentro de la consulta inicial, la valoración de sus condiciones psicosociales y de la posible afectación que el embarazo esté causando en ellas en el momento de la consulta.