Artículo 1
Modificar la Resolución 677 de 2020 en el sentido de sustituir el anexo técnico que adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo y de la enfermedad COVID 19 en el sector transporte.
Resolución · 1537 · 2020-09-02 · Jerarquía: nivel 8
Modificar la Resolución 677 de 2020 en el sentido de sustituir el anexo técnico que adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo y de la enfermedad COVID 19 en el sector transporte.
La presente modificación rige a partir de la fecha de su publicación.
- 2 SEP FERNANDO RUIÉ GÓMEZ Ministro[de Salud y Protección Social Aprobó: Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Servicios Dirección de Promoción y Prevención Dirección Jurídica - 2 SEP 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO, 321537 oe 2020 HOJA N? 3 1. 3.1 3.1.1. 3.1.3. 3.1.4. 3.1.5. 3.1.6. 3.1.7. 3.1.8. 3.1.9. 3.1.10. ANEXO TÉCNICO OBJETIVO Orientar, en el marco de la pandemia por el coronavirus COVID-19, las medidas generales de bioseguridad que debe adoptar el sector transporte con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a humano, durante el desarrollo de todas sus actividades. MEDIDAS GENERALES DE BIOSEGURIDAD Las medidas generales de bioseguridad son las indicadas en la Resolución 666 de 2020, "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19" ACCIONES ADICIONALES PARA LA MITIGACIÓN DE LA TRANSMISIÓN DE COVID-19 DESDE El.
SECTOR TRANSPORTE En adición a las medidas previstas en el anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, y a aquellas establecidas en la Circular Conjunta 001 det Ministerio de Salud y Protección Social y del Ministerio de Transporte, en el sector transporte se tendrán en cuenta y aplicarán también las siguientes: Medidas generales a implementar por parte de los operadores y conductores de la cadena logística de transporte de carga terrestre y fluvial, empresas y conductores de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros, terminales de transporte terrestre, transporte férreo, entes gestores y concesionarios de los sistemas de transporte masivo en los vehículos y equipos de todas las modalidades de transporte Limpiar y desinfectar con soluciones desinfectantes que tengan actividad virucida, los sitios en los cuales los usuarios, trabajadores y demás personas puedan entrar en contacto directo con tos medios de transporte público, tates como taquillas, sillas, ventanas, después de cada viaje o por lo menos tres (3) veces al día y al iniciar y finalizar la jornada. Implementar medidas para regular el acceso de pasajeros a los portales, taquillas y vehículos y organizar filas con distancia entre personas de mínimo dos metros Evitar las aglomeraciones en terminales de transporte terrestre de pasajeros, portales, paraderos e instalaciones. Los entes gestores y/o concesionarios de los sistemas de transporte masivo deberán coordinar la implementación del protocolo de bioseguridad con las autoridades locales competentes Garantizar que durante el trayecto exista una distancia entre cada usuario de por lo menos un metro, salvo lo dispuesto en cada caso por las autoridades distritales, municipales o metropolitanas para el servicio público de transporte terrestre masivo.
Exigir el uso obligatorio de tapabocas por parte de los usuarios, según lo previsto en el numeral 3.3.1, 3.3.2 y 3.3.3 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020 Mantener ventilado el vehículo o equipo, en la medida de lo posible y en general en toda la infraestructura asociada a la prestación del servicio público de transporte terrestre. Planificar las rutas. Para aquellos recorridos de larga distancia, se deberán identificar previamente los lugares en los cuales se podrán efectuar paradas cada tres (3) horas durante el recorrido, para surtir combustible o hacer uso de baños y asegurarse que estos están dotados de manera constante y suficiente de papel higiénico y agua potable, dispensador de jabón antibacterial y toallas desechables para el lavado de manos. En los servicios intermunicipales deberá realizarse ta toma de temperatura, a través de mecanismos electrónicos tales como termómetros láser, digitales, termográficos, a los usuarios al ingresar al vehículo. Si se detecta un caso sospechoso de coronavirus COVID-19 se deberá impedir su acceso y solicitar que se ponga en contacto con su EPS. Permitir el acceso a la terminal de transporte terrestre de pasajeros exclusivamente al usuario de transporte, salvo aquella persona que por su condición requieran de acompañante. Para el servicio de transporte público terrestre de pasajeros, el grupo familiar podrá movilizarse en un mismo vehiculo sin guardar distanciamiento entre ellos, siempre y cuando se garantice la distancia de por lo menos un metro con el conductor del respectivo vehiculo.
RESOLUCIÓN NÚMERO... ¿21537 De 2020 HOJA N* 4 3.2 Medidas a implementar por parte de los conductores de todo tipo de equipos de transporte 3.2.1. — Utilizar el tapabocas de manera obligatoria y permanente si se traslada más de una persona en la cabina o vehiculo y mantener con estas una distancia de por lo menos un metro . En caso de viajar individualmente, el tapabocas se debe utilizar cuando se interactúa con otros. 3.2.2. Los conductores de todo tipo de transporte antes, durante y después de iniciar la operación deben realizar tos siguientes procedimientos, además de tos recomendados para cada servicio: ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO inicio de operación Abrir las puertas del vehículo y permitir que se ventile durante un par de minutos antes de iniciar cada servicio. Retirar de los vehículos elementos susceptibles de contaminación como alfombras, tapetes, forros de sillas acolchados, bayetillas o toallas de tela de uso permanente, protectores de cabrillas o volantes, barra de cambios o consolas acolchadas de tela o textiles con fibras de difícil lavado, entre otros que puedan albergar material particulado. Asear el vehículo con agua y jabón y desinfectar con regularidad las superficies y partes de la cabina de la siguiente manera: iniciar la limpieza mediante la remoción de polvo y suciedad con un paño limpio y húmedo. Continuar aplicando desinfectantes en el tablero, botones, palanca de cambios, manubrio, espejos retrovisores, pasamanos, hebillas de cinturones de seguridad, radio, manijas de puertas y todas las superficies con las que se tiene contacto en la cabina o el vehículo.
Con una toalla desechable limpiar todas estas superficies, hacer esta actividad con guantes, los cuales pueden ser de caucho o normales para actividades de aseo, atendiendo lo previsto en el numeral 3 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, respecto de medidas de bioseguridad, en lo que corresponda. Ante un retén de Policía o autoridad de tránsito Ante el requerimiento por parte de las autoridades en la via, deberá entregar los documentos solicitados y mantener una distancia minima de dos metros. Una vez le regresen los documentos, deberá realizar el lavado de manos con agua y jabón y, de no ser posible, efectuar la desinfección con alcohol! glicerinado minimo al 60% o toallas desinfectantes. Al utilizar tapabocas, tener en cuenta que la autoridad puede solicitarle el retiro de éste para hacer un reconocimiento facial. Alimentación Se recomienda llevar sus propias provisiones de alimentos y lavarse las manos o desinfectarlas con alcoho! glicerinado minimo al 60% después de manipular dinero, de no ser posible debe garantizarse el distanciamiento fisico, previendo por lo menos dos metros entre personas que no pertenezcan al mismo grupo familiar en los sitios en los que realicen paradas para alimentarse. Tanqueo de combustible Mantener una distancia minima de dos metros entre personas, una vez terminado el proceso, lavarse las manos o desinfectarlas con alcohol glicerinado minimo al 60%, después de pagar. Procure realizar el pago por medios electrónicos o con el monto exacto de la compra. Pago de peajes (Cuando aplique) Lavar las manos con agua y jabón o desinfectarlas con alcohol glicerinado minimo al 60% después de efectuar el pago de peaje, recibir el cambio y el comprobante de pago, Procure realizar el pago con el monto exacto. Culminación del recorrido Asear el vehículo con agua y jabón, desinfectar todas las partes con la cuales las personas han tenido contacto.
Si se utilizan guantes desechables o de trabajo para manipular dinero, documentos, sobres, mercancias, entre otros, se deben aplicar las medidas de higiene de manos antes y después del uso de los guantes. Los guantes desechables, deben disponerse en doble bolsa para residuos ordinarios y los guantes de trabajo deben ser lavados y desinfectados después de su uso. El uso de guantes desechables o de RESOLUCIÓN NÚMERO: ¿21537 pe 2020 HOJA N? 5 ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO trabajo no reemplaza el lavado frecuente de manos Al llegar a casa o al hotel Seguir los lineamientos previstos en el numeral 4.5.2. Recomendaciones en fa vivienda, del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. 3.3 Medidas a implementar en el transporte de carga 3.3.1. Medidas para los conductores de equipos de carga. Los conductores de los equipos de carga deberán evitar recoger personas en la carretera y seguir las siguientes recomendaciones: ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO Proceso de cargue Mantener el distanciamiento físico mínimo 2 metros con otras personas. Mantener el tapabocas y los guantes de trabajo puestos y permanecer con estos durante todo el proceso de cargue. Introducir en una bolsa plástica transparente los documentos de la mercancía a transportar.
Retirarse los guantes de trabajo al salir del lugar de cargue, desinfectarlos y realizar el lavado de manos con agua y jabón o alcohol glicerinado mínimo al 60% Durante el viaje Informar al personal de la empresa de transporte si durante la jornada de trabajo, presenta síntomas asociados al coronavirus COVID-19, de acuerdo con lo previsto en el numeral 6 "Pasos a seguir en caso de presentar una persona con sintomas compatibles con COVID-19" del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, y seguir las indicaciones. La empresa de transporte adelantará las gestiones necesarias para la continuidad en la prestación del servicio de ser preciso. Realizar la higiene de manos antes y después del uso de los elementos de protección personal. Paso por básculas Mantener puestos los guantes de trabajo durante la conducción, de no ser posible, lavarse las manos con agua y jabón o usar alcohol glicerinado minimo al 60% luego de recibir el tiquete de la báscula. Pernoctar en hotel Evitar el contacto cercano con otras personas durante el proceso de registro y hasta el momento de llegar a la habitación y cuando se retire det hote!. Verificar las condiciones de aseo de la habitación. Retirar el overo! o la ropa de trabajo antes de ingresar a la habitación. Seguir los lineamientos previstos en el numeral 4.5,2 Recomendaciones en la vivienda del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. Entrega de la carga Mantener el distanciamiento físico minimo de 2 metros con otras personas. Usar guantes de trabajo al llegar al lugar de descargue. Mantener el tapabocas y los guantes de trabajo puestos y permanecer con estos durante todo el proceso de entrega de la carga Entregar los documentos de la carga en bolsas y guardar los cumplidos en la bolsa nuevamente. Desinfectar los guantes después de su uso y lavarse las manos o desinfectarlas con alcohol glicerinado minimo al 60% después de entregar o recibir documentos y antes de ingresar nuevamente al equipo.
Enturnamiento en puertos Usar guantes de trabajo y tapabocas al llegar al lugar de enturnamiento. Mantener una distancia minima de dos metros con otras personas, siempre que esté fuera de la cabina. Desinfectar los guantes después de su uso y lavarse las manos o desinfectarlas con alcohol glicerinado minimo al 60% después de entregar o recibir documentos y antes de ingresar nuevamente al equipo. RESOLUCIÓN NÚMERO” )153Y7 DE 2020 HOJA N' 6 St, stituir el anexo técnico que adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo y de la ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO Al llegar a casa Seguir los lineamientos previstos en el numeral 45. 2. Recomendaciones en la vivienda, del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. 3.3.2. Medidas a implementar por parte de los actores de la cadena logística de carga: 3.3.2.1. En los lugares de cargue y descargue, se debe habilitar sitios de espera con baños en buen estado, con suministro permanente de agua, con jabón líquido, papel higiénico y toallas desechables. 3.3.2.2.
Los generadores de carga y receptores de ésta deben realizar sus labores ágilmente, para evitar la aglomeración de personas en pequeños sitios de espera 3.4 Medidas a implementar por parte de conductores de transporte público de pasajeros individual tipo taxi, especial, colectivo, mixto, por carretera intermunicipal, transporte férreo de pasajeros, y transporte de pasajeros por cable Los conductores de transporte público de pasajeros individual tipo taxi, especial, colectivo, mixto, por carretera intermunicipal, transporte férreo de pasajeros y transporte de pasajeros por cable, deberán atender además de las medidas señaladas en los numerales 3.1 y 3.2 de este protocolo, las siguientes: ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO - Asegurarse que la entrada del conductor na se comparta con la entrada de los pasajeros. El abordaje de la puerta central o trasera puede reemplazar temporalmente el acceso por la puerta delantera del vehículo, Proceso recogida para proteger a los conductores que no tienen cabinas separadas. de pasajeros - Mantener el distanciamiento físico de dos metros entre personas y mantener el tapabocas y los guantes de trabajo puestos. Lavarse las manos o desinfectarlas con alcohol glicerinado mínimo de 60% después de manejar dinero en efectivo. - — Avisar a la empresa de transporte, si durante el recorrido algún usuario presenta síntomas asociados al COVID-19. Solicitar al usuario que informe a la secretaría de salud municipal o distrital, que se ponga en contacto con su EPS y se aísle a una distancia de por lo menos dos metros de los demás usuarios y del conductor. - informar a la empresa de transporte y a la secretaría de salud municipal Durante el viaje o distrial, si durante la jornada de trabajo presenta sintomatología asociada al COVID-19, y suspender la actividad de transporte.
La empresa de transporte adelantará las gestiones necesarias para la continuidad en la prestación del servicio, de ser preciso - Retirar los guantes de trabajo y desinfectarlos al terminar el servicio y realizar la higiene de manos antes y después del uso de los elementos de protección personal. - Realizar limpieza y desinfección del tablero, botones, palanca de Después de cada cambios, manubrio, pasamanos, puertas, ventanas, sillas y todas las viaje o mínimo 3 superficies con las que tienen contacto el conductor y los pasajeros. veces al día - Retirar los guantes de trabajo al terminar el servicio, desinfectarlos y realizar el lavado de manos. - Seguir los lineamientos previstos en el numeral 4.5.2 Recomendaciones Al llegar a casa en la vivienda, del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. Para el transporte férreo de pasajeros y de cable, aplicarán las instrucciones anteriores, siempre que sean propias para estos modos de transporte. 3.5 Medidas a implementar por parte de trabajadores, contratistas, colaboradores, conductores y controladores del transporte público masivo - 2 SE? 20M RESOLUCIÓN NÚMERO «2. 1537DE 2020 HOJA N* 7 Los trabajadores, contratistas, colaboradores, conductores y controles del transporte público masivo además de atender las medidas previstas en los numerales 3.1 y 3.2 del presente protocolo, deberán: ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO .* Inicio de la operación Asegurar que la entrada del conductor no se comparta con la entrada de los pasajeros y que se mantenga una distancia mínima de un metro entre el conductor y los pasajeros durante el trayecto.
Asegurar que el lugar de trabajo esté limpio y desinfectado Durante la operación Evitar el contacto cercano con otras personas y usar el tapabocas de manera permanente. Los guantes de trabajo se usarán de acuerdo con el análisis de riesgo realizado por la empresa No consumir alimentos ni bebidas dentro del vehiculo. Usar los elementos de protección personal y reportar cualquier novedad o cambio que se requiera. Avisar a la empresa de transporte si durante el recorrido algún usuario presenta o manifiesta síntomas asociados al COVID-19, quienes avisarán a la secretaría de salud municipal o distrital o la entidad que haga sus veces, del lugar que transita el vehículo. El conductor le solicitará al usuario que se aisle a una distancia de por lo menos dos metros de los demás usuarios y del conductor. En el caso del trabajador, sí durante la jornada de trabajo, presenta sintomatología asociada al COVID-19, informar a la empresa de transporte y suspender actividades. La empresa de transporte adelantará las gestiones necesarias para la continuidad en la prestación del servicio, de ser necesario. Realizar la higiene de manos antes con agua y jabón o con alcohol glicerínado mínimo al 60% y después del uso de los elementos de protección personal. El conductor deberá informar a! respectivo Centro de Control a fin que se disponga la logística necesaria para darle atención adecuada a la persona que presente síntomas de COVID-19 Al finalizar la operación Retirar los elementos de protección personal desechables e introducirlos en doble bolsa para residuos ordinarios y realizar el lavado de manos al terminar el servicio. Si se utilizan guantes desechables o de trabajo para manipular dinero, documentos, sobres, mercancías, entre otros, se debe aplicar las medidas de higiene de manos antes y después del uso de los guantes. Los guantes desechables, deben disponerse en doble bolsa para residuos ordinarios y los guantes de trabajo deben ser lavados y desinfectados después de su uso. El uso de guantes desechables o de trabajo no reemplaza el lavado frecuente de manos.
Disponer de personal idóneo para realizar las actividades de limpieza y desinfección como tableros, botones, palanca de cambios, manubrio, pasamanos, puertas, ventanas, sillas y todas las superficies con tas que tiene contacto el conductor y los pasajeros. Al llegar a casa Seguir los lineamientos previstos en el numeral 4.5.2 “Recomendaciones en la vivienda, del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. 3.6 Medidas a implementar en las terminales de transporte terrestre de pasajeros e infraestructura asociada a los sistemas de transporte masivo 3.6.1. — Los operadores de las terminales de transporte terrestre de pasajeros y los entes gestores y concesionarios de los sistemas de transporte masivo deberán: 3.6.2. Revisar y actualizar la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos del terminal de transporte terrestre de pasajeros y la infraestructura asociada a los sistemas de transporte masivo, donde se incluya y analice el factor de riesgo biológico por contagio de coronavirus COVID-19, estableciendo los controles necesarios en el área administrativa y operativa, así como también los elementos de protección personal requeridos, y medidas -2 SEP 202 RESOLUCIÓN NÚMERO 1; 1537 DE 2020 HOJA N? 8 3.6.3. 3.6.4. 3.6.5. 3.6.6. 3.6.7. 3.6.8. 3.6.9. encaminadas a cómo proceder en caso de sospecha de contagio del virus para establecer aislamiento inmediato.
Garantizar que se mantenga el | distanciamiento fisico de dos metros entre personas, evitando aglomeraciones en las terminales de transporte terrestre de pasajeros e infraestructura asociada a los sistemas de transporte masivo tales como portales, estaciones, paraderos, pasadores. Señalizar las áreas y vías de circulación de pasajeros y demarcar los sitios en los que debe realizarse las filas. Limpiar y desinfectar frecuentemente las superficies tales como los puntos de venta de pasajes en mostrador, puntos de venta de pasajes automático, verificador de carga de pasajes, torniquetes, pasos, pasillos y demás mobiliario con el que se tiene contacto frecuente, tales como sillas, puertas, perillas, ventanas, baños. Mantener ventiladas las estaciones e instalaciones. Garantizar que se disponga de lavamanos con abastecimiento de agua, jabón liquido, toallas de papel desechables y bolsas de plástico o canecas con tapa para disponer los residuos que se generen. Disponer de dispensadores de alcohol glicerinado mínimo al 60% en las puertas de ingreso y salida de pasajeros, conductores y personal de apoyo. Retirar tapetes, alfombras, elementos porosos, absorbentes y otros que dificulten el correcto proceso de limpieza y desinfección. 3.7.
Estrategias de comunicación a implementar por parte de las terminales de transporte terrestre e infraestructura asociada a los sistemas de transporte masivo. 3.7.1. 3.7.2. 3.7.3. 3.7.4. 3.7.5. 3.7.6. 3.7.7. 3.7.8. 3.3 Las terminales de transporte terrestre y los entes gestores y concesionarios de los sistemas de transporte masivo informarán permanentemente a los usuarios las medidas adoptadas para prevenir el contagio del virus de conformidad con las recomendaciones emitidas para el efecto por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y al tiempo suministrarán información a sus empleados y contratistas de las medidas adoptadas y las herramientas de prevención que pueden utilizar para su protección. La información para difundir deberá ser clara, precisa e inclusiva. Las estrategias de divulgación de información deberán incluir: Sensibilización a través de acciones pedagógicas sobre la importancia de prevenir el coronavirus COVID-19, Instalación de piezas gráficas en la infraestructura, sobre la prevención del coronavirus COVID-19. Protocolo sobre lavado de manos, etiqueta respiratoria, uso obligatorio y correcto del tapabocas y distanciamiento físico. Comunicación verbal y escrita a los usuarios sobre los productos de limpieza dispuestos en la infraestructura. Piezas de información de la limpieza y desinfección de la infraestructura. En los sistemas de reproducción de audios y emisión de videos disponibles en la infraestructura difundir mensajes de auto cuidado para concientizar a los usuarios sobre la importancia de prevenir el coronavirus COVID-19 Entrega de información a través de los canales de comunicación interna a funcionarios de la infraestructura Medidas a implementar por parte de tripulantes de servicio de transporte fluvial de carga. y .
Los tripulantes de servicio de transporte fluvial de carga, además de atender las medidas previstas en los numerales 3.1 y 3.2 del presente protocolo en lo que sea aplicable, deberán implementar las siguientes medidas: ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO Operación embarcaciones y artefactos navales con los que se presta el servicio - Asear todos los días la embarcación, establecimientos y empresas - Realizar limpieza y desinfección del puesto de mando de las de transporte fluvial, tales como tablero de control, timón, brújula, señalización fluvial y de los chalecos salvavidas. RESOLUCIÓN NÚMERO." 271537 DE 2020 9 SP 00M HOJA N* 9 ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO Reportar al capitán a cargo del equipo, los casos de tripulantes a bordo que presenten o manifiesten síntomas relacionados con COVID-19, el cual a su vez contactará de manera inmediata a la autoridad civil más cercana a la embarcación y coordinarán el protocolo y proceso de desembarco del tripulante. Seguir lo previsto en el numeral 6 "Pasos a seguir en caso de presentar una persona con síntomas compatibles con COVID-19" del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, según aplique, y suspender la actividad de tripulante, si no es posible garantizar su aislamiento en una cabina o recinto diferenciado se deberá aislar a una distancia de por lo menos dos metros de la tripulación y del capitán. Proceso de cargue Evitar el contacto cercano con otras personas, mínimo de dos metros de distancia, utilizar tapabocas y guantes de trabajo y permanecer con estos durante todo el proceso de cargue. Una vez recibidos los documentos de la mercancía a transportar, introducirlos en una bolsa plástica transparente.
Una vez salga de! lugar de cargue, retirarse los guantes de trabajo y proceder a desinfectarlos y realizar el lavado de manos. Ante un retén de Policía, Patrulla de la Armada Nacional o la DIMAR Utilizar guantes y tapabocas para atender a ta autoridad, una vez se ha detenido, procurando mantener una distancia mínima de dos metros. Tener en cuenta que la autoridad puede solicitarle que se retire el tapabocas para hacer un reconocimiento facial. Entrega de la carga Evitar al máximo el contacto cercano con otras personas garantizando el distanciamiento mínimo dos metros, usar tapabocas y guantes de trabajo. Entregar los documentos de la carga en la bolsa y guardar los cumplidos en la bolsa nuevamente. Después de entregar o recibir documentos y antes de subir a la embarcación, desinfectar los guantes y lavarse las manos, así como desinfectar chalecos salvavidas. 3.9 Medidas a implementar por parte de operadores de servicio de transporte fluvial de pasajeros Los operadores de servicio de transporte fluvial de pasajeros además de atender las medidas previstas en los numerales 3.1 y 3.2 de este protocolo en lo que sea aplicable, deberán implementar las siguientes: jornada diaría ACTIVIDAD PROCEDIMIENTO Asear y desinfectar diariamente la embarcación, limpiar y desinfectar inicio de la chalecos salvavidas, sillas, barandas, timón, brújula, tablero de control, y todas las partes de la embarcación con las que tienen contacto frecuente los pasajeros y la tripulación. Proceso recogida de pasajeros Evitar el contacto cercano con otras personas. Utilizar tapabocas y guantes de trabajo y permanecer con estos durante todo el servicio, recibido el dinero, introducirlo en una bolsa plástica transparente. Lavarse las manos o desinfectarlas con alcohol glicerinado mínimo al 60%, después de manejar dinero en efectivo. Una vez termine el servicio, retirarse los guantes de trabajo y desinfectarlos.
Lavarse las manos antes y después de utilizar los guantes. Durante el viaje Informar a la empresa de transporte, si durante el viaje algún usuario presenta síntomas asociados al COVID-19. Así mismo, el tripulante deberá solicitar que el usuario informe a la autoridad de salud y se aísle a una distancia de por lo menos dos metros de los demás usuarios y la tripulación. Informar a la empresa de transporte y a la autoridad de salud del municipio que corresponda, si durante la jornada de trabajo, el RESOLUCIÓN NÚMERO.” 71537 DE 2020 HOJA N' 10 triputante u operario presenta sintomatología asociada al COViD-19, de acuerdo con lo previsto en el numeral 6 “Pasos a seguir en caso de presentar una persona con síntomas compatibles con COVID-19” del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, y suspender la actividad del trabajador para facilitar su protección respiratoria. La empresa de transporte adelantará las gestiones necesarias para la continuidad en la prestación del servicio, de ser necesario.
Se deberá mantener una distancia de por lo menos dos metros de los demás usuarios y la tripulación. - Suministrar alcoho! glicerinado mínimo al 60% para los tripulantes y pasajeros durante el recorrido viaje Después de cada de transporte fluvial, tales como tablero de control, timón, brújula, - Realizar limpieza y desinfección del puesto de mando de las embarcaciones y artefactos navales con los que se presta el servicio señalización fluvial, chalecos salvavidas, sillas, barandas y todas las partes de la embarcación con las que tienen contacto frecuente los pasajeros y la tripulación 3.10 3.10.1. 3.10.2. 3.10.3, 3.11 Medidas especiales para vehículos particulares Los conductores de vehículos de servicio particular deberán atender las medidas descritas en el numeral 3.2 de este protocolo y las siguientes: Mantener ventilado el vehículo, en la medida de lo posible. Utilizar el tapabocas de manera permanente cuando se traslada más de una persona y mantener una distancia de por lo menos un metro entre personas, por ejemplo, el acompañante puede ir en la parte de atrás. Las personas que son de un mismo grupo familiar podrán movilizarse en el mismo vehículo de acuerdo con su capacidad máxima. Lavar tas manos con agua y jabón de manera frecuente o desinfectarlas con alcohol glicerinado minimo al 60%. Medidas especiales para motocicletas Los conductores de motocicletas deberán atender las medidas descritas en el numeral 3.2 de este protocolo y las siguientes: 3.111. 3.11.2. 3.1.3. 3.12 3.12.1. 3.12.2. 3.12.3. 3.13 Utilizar el tapabocas de manera permanente cuando se traslada más de una persona. Lavar las manos con agua y jabón de manera frecuente o desinfectarlas con alcohol glicerinado mínimo al 60%.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Resolución
Estado: Derogado
Nivel jerárquico: 8
Fuente auxiliar: No
Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 158), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original