Por la cual se adopta la Política de Soberanía en la producción para la Seguridad Sanitaria

Resolución · 1411 · 2022-08-05 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 58

Artículo 1

La presente resolución tiene como objeto adoptar la Política de Soberanía en la producción para la Seguridad Sanitaria contenida en el anexo técnico I, el cual hace parte integral de la presente resolución. La política de soberanía en la producción para la seguridad sanitaria establece el conjunto de actividades que permiten desarrollar y robustecer la capacidad del país para producir y satisfacer las necesidades de tecnologías de salud estratégicas, fortaleciendo así las capacidades para hacer frente a situaciones de emergencia e incidentes agudos que vulneren la salud de la población.

Artículo 2

La Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales y la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social realizarán un seguimiento anual, en el periodo comprendido entre 2023 y 2027, a la ejecución de las acciones propuestas para el cumplimiento del objetivo de la presente política, presentando informes de avance anuales y un informe de cierre final.

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La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. FERNANDO RIÍZ-GOMEZ M istro de Salud y Protección Social) ANEXO 1 Contenido Introducción 5 Antecedentes y justificación 8 2.1 Antecedentes 8 2.2. J ustificación 11 Marco conceptual 14 Diagnóstico 16 4.1. Dificultades en la articulación institucional, la movilización de recursos financieros y las capacidades de vigilancia en salud pública 16 4.1.1. Deficiente articulación institucional 16 4.1.2. Movilización de recursos financieros 18 4.1.3. Dificultades en las capacidades de vigilancia en salud pública 18 4.2. Bajas capacidades industriales de producción local de biológicos, biotecnológicos y tecnologías estratégicas en salud para atender pandemias e incidentes 18 4.2.1. Reducción en las capacidades industriales de producción local 18 4.2.2. Falta de I+D+i para las tecnologías estratégicas en salud en el país 20 4.3. Limitado talento humano para anticipar, preparar y atender situaciones de emergencia e incidentes agudos 22 4.4. Bajas capacidades en torno al uso, disponibilidad, interoperabilidad y transparencia de información y aplicaciones de salud digital necesarios en emergencias e incidentes agudos en salud 23 Definición de la política 26 5.1. Objetivo general 26 5.2. Objetivos específicos 26 Plan de acción 6.1.

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Generar condiciones de gobernanza, flujo de recursos y capacidad de vigilancia en salud pública durante las situaciones de emergencia sanitaria.¡Errorl Marcador no definido. 6.2. Promover las capacidades industriales de producción local de biológicos, biotecnológicos y tecnologías estratégicas en salud para atender pandemias e incidentes agudos 28 6.3. Aumentar la formación de talento humano para anticipar, preparar y atender situaciones de emergencia e incidentes agudos 29 6.4. Fortalecer las capacidades en torno al uso, disponibilidad, interoperabilidad y transparencia de información y aplicaciones de salud digital, necesarios para la planeación y la gestión de emergencias e incidentes agudos..... ¡Error! Marcador no definido.

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Siglas y abreviaciones BPL Buenas Prácticas de Laboratorio BPM Buenas Prácticas de Manufactura CONPES Consejo Nacional de Política Económica y Social EAM Encuesta Anual Manufacturera FOME Fondo de Mitigación de Emergencias INVIMA Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos IGSS Índice Global de Seguridad Sanitaria IPS Instituciones Prestadoras de Salud MSPS Ministerio de Salud y Protección Social OECD Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos OCyT Observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología OMS Organización Mundial de la Salud PAI Plan Ampliado de Inmunización PCR Reacción en Cadena de la Polimerasa PNUD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo REPS Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud RSI Reglamento Sanitario Internacional SIDA Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida TIC Tecnologías de la Información y las Comunicaciones THS Talento Humano en Salud UCI Unidad de Cuidado Intensivo VIH Virus de la Inmunodeficiencia Humana -5 AGO 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 1411 DE 2022 Página 5 de 32 1. INTRODUCCIÓN. Los efectos económicos, sociales y de salud pública de la pandemia por COVID-19 no tienen precedente en el país. Si bien Colombia ha enfrentado situaciones pandémicas y epidémicas en el pasado, la pandemia por COVID-19 ha tenido un gran impacto. Las cifras indican que el país se encuentra en el puesto 10 de los países con mayor mortalidad por COVID-19 en el mundo, con 137.869 muertes, y en el puesto 23 de muertes por millón de habitantes, con 2.663 muertes por millón (worldometer, 2022).

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El producto interno bruto del país se redujo en 6,8%' en 2020, cifra que no había tenido antes el país. La población en condición de pobreza aumentó a 42,5%2 en 2020, la cifra más alta alcanzada hasta el momento, y se identificó que cerca de 2,4 millones de hogaresa no tuvieron tres comidas al día durante 2020, aumentando en cerca de 1,6 millones. El sistema de salud colombiano no estaba preparado para hacer frente a la pandemia por COVID-19. En marzo de 2020, según datos de la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación, el país solo contaba con 7504 camas de Unidades de Cuidado Intensivo (UCI) con el aislamiento adecuado para atender pacientes de COVID-19 severo, cifra preocupante y que eventualmente se podía traducir en el desbordamiento de las capacidades del sistema de salud. El ministro de salud y protección social también indicó que el sistema tenía limitaciones en la integración territorial entre el sistema de aseguramiento y el sistema de salud pública, además, resaltó la necesidad de recuperar la capacidad de producir vacunas y salir del atraso en temas de ciencia y tecnología en el sistema de salud'. Colombia debe fortalecer su seguridad sanitaria para prevenir, detectar y responder a futuras pandemias. De acuerdo con el Índice Global de Seguridad Sanitaria (IGSS) (Bell & Nuzzo, 2021), Colombia se ubica en el puesto 38 entre 195 países, con una puntuación promedio de 53,2, en relación con varios aspectos de la seguridad sanitaria. Este índice muestra que el país ya tiene algunas condiciones para la prevención, detección y respuesta ante futuras epidemias o pandemias mejor que muchos países.

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Sin embargo, de los 37 criterios evaluados por el índice, Colombia se encuentra por debajo de la media global en asuntos como el despliegue del personal de salud, comunicaciones con los trabajadores de la salud durante una emergencia de salud pública, financiación, riesgo político y de seguridad, y riesgos ambientales. En otros temas como manejo de enfermedades zoonóticas, vigilancia epidemiológica e informes en tiempo real y restricciones comerciales y de viaje el país ha bajado su calificación con respecto al resultado del índice en 2019. Persisten las dificultades para la articulación institucional y la movilización de recursos financieros durante los tiempos de emergencia sanitaria. Durante el desarrollo de la Comunicado de prensa "Producto Interno Bruto (PIB) IV trimestre y año 2020"— DANE. Disponible en: https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/pib/cp_PIB_IVtrim20.pdf 2 Comunicado de prensa "Pobreza Monetaria 2020"— DANE. Disponible en: https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/condiciones_vida/pobreza/2020/Comunicado-pobreza- monetaria_2020.pdf Comunicado de prensa "Pulso Social Febrero 2021"— DANE. Disponible en. https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-temaiencuesta-pulso-socialiencuesta-pulso-social- historicos 4 ¿Está preparado el sistema de salud colombiano para enfrentar el COVID-19?. Disponible en: https://scare.org.co/noticiagesta -preparado-el-sistema-de-salud-colombiano-para-enfrentar-el-covid-19/ 5 Los retos del sistema de salud que dejó la pandemia por covid-19.

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emergencia sanitaria declarada ante la pandemia por COVID-19, el gobierno nacional expidió más de treinta actos administrativos, entre decretos y resoluciones, dando orientaciones a los distintos sectores, como educación, trabajo, tecnologías de la información, salud o transporte, sobre cómo proceder durante la emergencia, dejando claro la falta de un plan de articulación institucional. Esta situación también se extiende a la consecución de recursos financieros para atender la emergencia, pues no se tenía claro cuál iba a ser su fuente ni como se iba a administrar. El Fondo de Mitigación de Emergencias fue estructurado rápidamente lo que permitió una reacción más oportuna. Esta se convierte en una buena experiencia para generar mecanismos de respuesta más rápidos y eficientes que no requieran tener recursos financieros inactivos. Se están perdiendo las capacidades de producción de medicamentos y tecnologías estratégicas en salud en el país. De acuerdo con la Encuesta Anual Manufacturara (EAM) entre 2015 y 2020 se redujo en un 15% el número de establecimientos dedicados a la fabricación de productos farmacéuticos en el país. En el mismo sentido, el total de vacunas que se comercializan en el país, según los registros el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (lnvima), son importadas, lo cual no ocurría 20 años atrás, pues en Colombia se producían vacunas para la fiebre amarilla, antirrábica humana, contra la tuberculosis y DPT (difteria, pertussis, tétanos)6.

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Aunque Colombia tiene un sistema de salud robusto, con amplia cobertura y acceso, en el país no se producen principios activos de medicamentos, ni de síntesis química ni biológicos, como tampoco otros insumos esenciales para la producción de medicamentos. Aunque el país ha tenido un desarrollo industrial y las capacidades productivas de tecnologías de salud crecieron con el crecimiento del sistema de salud, el país no cuenta con una política industrial farmacéutica y de dispositivos médicos que le apunte a estar mejor preparados para responder a emergencias como la actual. Esta limitada capacidad puso al país en una situación de desventaja durante la pandemia al depender por completo de la producción extranjera. La pandemia por COVID-19 dejó ver el limitado talento humano con que dispone el país para las situaciones de emergencia. En el campo del talento humano se distinguen dos grupos relevantes para atender la emergencia. Por una parte, está el talento humano requerido para la producción de medicamentos y tecnologías estratégicas en salud, donde el estudio de Cualificaciones del Sector Químico-Farmacéutico evidenció que existe una demanda laboral insatisfecha alrededor de talento humano para áreas estériles y producción de medicamentos inyectables, claves para la producción, por ejemplo, de vacunas y reactivos de diagnóstico in vitro. El personal con capacidad de realizar actividades de investigación, desarrollo e investigación, aunque ha venido en aumento, sigue siendo limitado. La formación de doctores y posdoctores que tengan capacidades de liderar procesos de investigación que lleven a descubrimiento de nuevos medicamentos es una apremiante necesidad del país.

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Por otra parte, está el talento humano para la atención médica de los pacientes, donde se estimó en el año 2020 que la densidad de profesionales de la salud (médicos y enfermeras) en Colombia es de 39,6 profesionales por cada 10.000 habitantes a nivel nacional, pero si se estima solo para los municipios de zonas dispersas el dato es de 19,6 profesionales por cada 10.000 habitantes, ante lo cual, la atención médica en esas zonas se vería restringida frente una situación de emergencia, como la causada por el COVID-19. 6 Así fue como Colombia dejó de producir vacunas. Disponible en: https://www.eltiempo.com/salud/covid- Además de las acciones en materia de gobernanza, producción de tecnologías y talento humano, es necesario desarrollar las capacidades de salud digital y sistemas de información para la preparación, detección y respuesta en tiempos de emergencia. Hay al menos tres aspectos en los cuales fueron evidentes las dificultades del país en torno a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). El primero es la brecha digital entre los territorios del país, pues el 39% de los departamentos tiene un medio-bajo o bajo acceso a las TIC, situación que afecta a las Instituciones Prestadores de Salud (IPS) y centros centinelas de vigilancia que se encargan de reportar los casos de contagios, muertes y pruebas realizadas sobre enfermedades incidentes en los territorios. El segundo fue la limitación en la creación de sistemas de información interoperables para el seguimiento de los contagios de COVID-19, pues el país no contaba dentro de sus sistemas de información con alguno que pudiera realizar esta labor, por lo que fue necesario crearlos con el avance de la actual pandemia y ahora deben preservase para futuras pandemias.

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El monitoreo y respuesta a emergencias, particularmente de tipo infeccioso, se beneficia grandemente del acceso oportuno a información clínica de quienes reciben servicios de salud. La interoperabilidad de los sistemas, en este caso de la historia clínica, permitiría una mejor vigilancia epidemiológica. El tercer aspecto fue la propagación de información por redes sociales que, en ocasiones, desinformaron a la ciudadanía sobre el trascurso de la pandemia. Considerando lo anterior, el objetivo es fortalecer el sistema de salud y las capacidades del país para dar respuesta a las situaciones de emergencia e incidentes agudos que vulneran la salud de la población, definiendo los lineamientos para articular las acciones que diferentes entidades y actores pueden hacer en torno a lograr una soberanía en la producción de tecnologías de salud estratégicas que fortalezcan la seguridad sanitaria. Las entidades y otros actores deben tener un rol activo, predictivo, preventivo y planeado ante las futuras epidemias o pandemias que se puedan originar en el país o que provengan del exterior. Estos lineamientos recapitulan varias de las recomendaciones del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) e informes de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para la preparación de los países para pandemias, que no han sido acogidas en el país, como la producción local de vacunas y el abastecimiento de tecnologías en salud. También está alineado con el Documento CONPES 3999 de 2020 Estrategia de respuesta inicial ante los efectos de la pandemia del covid-19 sobre la salud pública, los hogares, el aparato productivo y las finanzas públicas', como complemento a este en los temas de preparación institucional para futuras pandemias. En relación al Documento CONPES 4069 de 2021, Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación,' incorpora acciones relacionadas con las tecnologías estratégicas en salud que no aparecen directamente en dicho documento y que se dirigen a fomentar la investigación, desarrollo e innovación de tecnologías de salud estratégicas.

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En cuanto a la Política de Talento Humano en Salud' del Ministerio de Salud y Protección Social, en el presente documento se hace un énfasis particular en el talento humano necesario para atender emergencias sanitarias. Este documento está organizado en cinco secciones, siendo la primera la presente introducción, la segunda sección contiene los antecedentes y su justificación, la tercera presenta el marco conceptual, la cuarta expone el diagnóstico y finalmente, la quinta sección 7 Disponible en: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ8/0C3%B3micos/3999.pdf Disponible en: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4069.pdf 9 Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/TH/politica-nacional- talento-humano-salud.pdf - 5 AGO 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 411 DE 2022 Página 8 de 32 contiene la definición de la política, donde se encuentran las acciones con un horizonte temporal de 5 años (2023-2027), el seguimiento y su financiación. 2. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN. 2.1. Antecedentes. Colombia está suscrito al RSI 2005 que entró en vigencia de 2007. Mediante el Decreto 3518 de 2006 se creó el Centro Nacional de Enlace, que es la unidad de inteligencia epidemiológica y sanitaria encargada de notificar a la OMS las emergencias de salud pública de importancia internacional que se registren en el país. En el 2007 el Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Plan Nacional Intersectorial para la Implementación del RSI 2008-2012".

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Este plan tenía como objetivo cumplir con, lo estipulado en el RSI 2005, considerando que las exigencias de este reglamento son más altas y hacen énfasis en la responsabilidad que tienen todos los países de instaurar sistemas eficaces de detección y control de riesgos para la salud pública para el año 2012. El plan tenía siete acciones estratégicas para aplicar el RSI: "(...) 1. Impulsar las alianzas mundiales; 2. Fortalecer los sistemas nacionales de vigilancia, prevención, control y respuesta a las enfermedades; 3. Fortalecer la seguridad sanitaria en los viajes y los transportes; 4. Fortalecer los sistemas mundiales de alerta y respuesta de la OMS; 5. Fortalecer la gestión de riesgos específicos; 6. Respaldar los derechos, obligaciones y procedimientos; 7. Realizar estudios y vigilar los progresos realizados (...)" Mediante la Resolución 1841 de 201311 el Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021. En este plan, dentro de las dimensiones de Vida saludable y enfermedades transmisibles y Salud pública en emergencias y desastres, se definió, como parte de sus objetivos, crear condiciones y capacidades para reducir la exposición de la población a enfermedades trasmisibles y aumentar la capacidad de resiliencia y recuperación de las comunidades, aportando a la seguridad sanitaria. El 12 de marzo de 2020 el Ministerio de Salud y Protección Social expide la Resolución 385 de 202012 y, con posterioridad, el Decreto 417 de 202013, mediante los cuales declaró la emergencia sanitaria debida al coronavirus SARS-CoV-2. El 11 de marzo de 2020, mediante una rueda de prensa14 , la OMS declaró como pandemia la enfermedad por coronavirus, COVID-19, debido a los alarmantes niveles de propagación, gravedad de la enfermedad y niveles de infección.

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Ante esta situación, el gobierno de Colombia, adoptó medidas sanitarias con el objeto de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos. 10 Áreas de trabajo estratégicas para la aplicación del reglamento sanitario internacional. Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDENS/EDNSP/Bolet%C3%ADn%20Informativo%205%20Julio %202008.PDF 11 Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/sitestrid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-1841-de-2013.pdf 12 Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%133n%20No.%200385%20de%202020.pdf 13 Disponible en: https://dapre.presidencia.gov.coinormativainormativa/DECRETO%20417%20DEL%2017%20DE%20MARZO%20DE%20202 0.pdf 14 La OMS caracteriza a COVID-19 como una pandemia. En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Plan de contingencia para responder ante la emergencia por COVID-1915 . Este plan tuvo como objetivo coordinar y organizar sectorial e intersectorialmente la implementación de acciones como respuesta a los casos de COVID-19. El plan se concibió en tres fases, la primera de preparación, la segunda de contención y la tercera de mitigación. Mediante la Resolución 779 de 202018 el Ministerio de Salud y Protección Social formalizó la estrategia de respuesta sanitaria para enfrentar la pandemia por COVID-19.

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En esta estrategia se creó el Comité Transectorial compuesto por infectólogos, epidemiólogos, virólogos y expertos en biocontención para analizar y realizar seguimiento a las recomendaciones diagnósticas, farmacológicas y no farmacológicas más efectivas y también se creó el Comité de Manejo de Desastres y Puesto de Mando Unificado para el seguimiento, generar alertas tempranas y emitir recomendaciones en torno a las medidas que se deban tomar para mitigar la propagación del virus. Adicionalmente, se expidió el CONPES 3999 de 2020 - Estrategia de respuesta inicial ante los efectos de la pandemia de CO VID-19 sobre la salud pública, los hogares, el aparato productivo y las finanzas públicas'. En este CONPES, el objetivo era realizar el balance de las medidas de respuesta inicial más significativas del Gobierno nacional, definidas en el marco de la emergencia económica, social y ecológica, con el fin de fortalecer la estrategia de respuesta inicial ante los efectos de la crisis generada por elCOVID-19 y promover la reactivación gradual de la economía, describiendo una serie de medidas implementadas en el corto plazo con el fin de reducir el impacto del COVID-19 sobre la salud de la población del país. Por otra parte, en el marco de la declaración de emergencia sanitaria se constituye el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME). Mediante el Decreto Legislativo 444 de 202018, con el fin de garantizar la prestación de los servicios requeridos para atender la emergencia sanitaria, aliviar los efectos adversos sobre los hogares y las empresas, y dar los insumos necesarios para mantener y restablecer la actividad económica del país dependiendo de la evolución de la pandemia.

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En el Libro Blanco sobre el FOME'8 publicado el 24 de marzo de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó el detalle de las fuentes y usos de los recursos, con corte al 31 de diciembre de 2020, donde se indica que los recursos del FOME se han destinado a atender los 3 ejes de acción de la atención emergencia durante la vigencia 2020: "(...) 1. La atención de la emergencia sanitaria con recursos aprobados por $15,88 billones (39,2% del total de los recursos del FOME); 2. La protección a la población más vulnerable con recursos aprobados por $14,15 billones (34,9% del total de los recursos del FOME); 3. Protección del empleo y a la actividad económica con recursos aprobados por $10,48 billones (25,9% del total de los recursos del FOME) ishttps://vvww.minsalud.gov.coisaludipublica/PET/Documents/PLAN%20DE/02000NTINGENCIA%20PARA%2ORESPONDE R7020ANTE%20LAW020EMERGENCIA%2OPOR%2000VID-19.pdf Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3V0B30/020No.%20779%20de%202020.pdf 17 Disponible en: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%133micos/3999.pdf 18 Disponible en: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=110678 19 Disponible en: https://~v.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeld=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER- 158801%2P/02FicicPrimaryFile&revision=latestreleased - 5 AGO 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 1411 DE 2022 Página 10 de 32 Posteriormente, se ordenó el aislamiento preventivo de todas las personas habitantes de la República de Colombia.

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Dado el avance de la pandemia y los casos de COVID-19 presentes en el país, el gobierno expidió el Decreto 457 de 202020, mediante el cual, desde el 25 de marzo de 2020 hasta, inicialmente, el 13 de abril de 2020. No obstante, este periodo fue prolongado hasta el 1 de septiembre de 2020. Así mismo, se establecen los servicios y tecnologías en salud que integran las canastas para la atención del COVID-19. Como mecanismo para mejorar las condiciones de atención en el sistema de salud de los pacientes con COVID-19, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1161 de 202021, en la que se define la canasta COVID-19 y se regula el pago anticipado por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios. Se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 mediante el Decreto 109 de 202122. Para 2021, con el desarrollo de la vacunas contra elCOVID-19 y la decisión del gobierno de realizar su compra y aplicación a la población residente en Colombia, se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, conformado por dos etapas y cinco fases, con el objetivo de reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica por COVID-19, disminuir la incidencia de casos graves y la protección de la población que tiene alta exposición al virus y reducción el contagio en la población general. En el marco de este plan, se han aplicado más de 8223 millones de dosis entre esquema de monodosis, esquema de dos dosis y dosis de refuerzo. A la par de la expedición de este decreto, se expide el Documento CONPES 402324, que entre sus estrategias definió la estrategia para la adquisición, almacenamiento, distribución y administración de las vacunas contra el COVID- 19, la cual, con corte al segundo semestre de 2021, presenta un cumplimiento del 100%25 en las acciones definidas.

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Finalmente, es importante mencionar algunas recomendaciones de la OMS entre las que están: "Fortalecimiento de la producción local de medicamentos y otras tecnologías de la salud para mejorar el acceso" reconoció varios elementos fundamentales para mejorar la capacidad de respuesta de países en desarrollo frente a situaciones de emergencia sanitaria. En ella, los Estados miembros reconocieron que "la pandemia de COVID-19 ha puesto de relieve la necesidad crítica de prepararse para posibles perturbaciones de la cadena de suministro de medicamentos esenciales y otras tecnologías de la salud, en particular mediante el fortalecimiento de la producción local". Así mismo, reconocieron que "la integración de la producción local en el fortalecimiento general de los sistemas de salud puede promover el acceso sostenible a medicamentos y otras tecnologías de la salud que sean seguros, eficaces, asequibles y de calidad garantizada, y puede ayudar a prevenir o abordar la escasez de productos médicos, lograr la cobertura sanitaria universal, reforzar la preparación y respuesta a nivel nacional frente a emergencias de salud y minimizar los peligros relacionados con la salud pública" (RESOLUCIÓN WHA.74.6). " Disponible en: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20457%20DELY020227020DE%20MARZ07020DE%20202 0.pdf 21 Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/Norrnatividad_Nuevo/Resoluci%C3V0133n%20No.%201161%20de%202020.pdf 22 Disponible en: https://dapre.presidencia.gov.co/norrnativainormativa/DECRET0-109-29-ENERO-2021.pdf 23 Vacunas aplicadas contra COVID-19 fecha de corte 20 de abril de 2022.

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Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/salud/publicaNacunacion/PaginasNacunacion-covid-19.aspx 24 Disponible en: https://colaboracion.dnia.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4023.pdf 25 El resultado puede ser consultado a través de SisConpes en el siguiente enlace: En la misma resolución, los Estados también reconocieron "que la producción local puede contribuir a otros objetivos nacionales de desarrollo, entre ellos la promoción de la capacidad local en la esfera de la innovación, el mejoramiento del capital humano y los conocimientos especializados y la creación de una economía basada en el conocimiento". Y reconocieron "la importancia de alentar la competencia para mejorar la disponibilidad y asequibilidad de las tecnologías de la salud, de manera compatible con las políticas y necesidades de salud pública y por medio, entre otras cosas, de la producción e introducción de versiones genéricas, en particular de medicamentos esenciales, en los países en desarrollo". En otro de sus apartes, la resolución menciona que "la producción local de medicamentos y otras tecnologías de la salud puede proporcionar una mayor sostenibilidad a las cadenas de suministro, especialmente en emergencias de salud pública". Con base en estas consideraciones, en la parte resolutiva de la Resolución WHA74.6 la Asamblea insta a los Estados a adoptar medidas relativas al fortalecimiento de producción local sostenible y de calidad de medicamentos y otras tecnologías de salud, la adopción de enfoques integrales para fortalecer la producción local considerando la investigación y el desarrollo, el fortalecimiento del sistema regulatorio, el acceso a financiación sostenible y asequible, el desarrollo de recursos humanos cualificados, la transferencia de tecnologías para la producción y la innovación, y el ofrecimiento de incentivos adecuados para la inversión del sector privado, entre otros aspectos.

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También se refiere a las iniciativas de cooperación, al aprovechamiento de plataformas de integración económica regional para mejorar la sostenibilidad de la producción local y la colaboración entre las múltiples partes interesadas en este campo. En línea con las recomendaciones de la OMS, el Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud OPS también adoptó en septiembre de 2021 la Resolución CD59.R3 titulada "Aumento de la capacidad de producción de medicamentos y tecnologías sanitarias esenciales". 2.2. Justificación Las situaciones de emergencia y eventos agudos en salud son impredecibles pero recurrentes y afectan de forma grave las condiciones de salud de las personas y desestabilizan las condiciones socioeconómicas de los países. Por lo cual, resulta prioritario establecer todas aquellas actividades que permitan dar respuesta a futuras epidemias o pandemias que se puedan presentar en el corto y largo plazo, con el fin de salvar vidas, prevenir y minimizar el impacto social y económico de las enfermedades. Una característica relevante de estas emergencias y eventos agudos es que la propagación de los brotes y epidemias son más rápidas debido a la globalización. La creciente movilización de personas en todo el mundo, debido a, por ejemplo, el turismo o la migración, o el aumento del comercio de productos biológicos o alimenticios, que son actividades humanas y económicas difíciles de detener, facilitan la rápida propagación de brotes o epidemias entre regiones distantes geográficamente. Particularmente en Colombia, la ubicación geográfica del país, las condiciones de vida de las personas y los efectos del cambio climático, la deforestación y los desplazamientos de la población, constituyen un riesgo adicional para la aparición o ingreso de nuevas enfermedades con potencial epidémico, que traerían como consecuencia afectaciones N 521 rs CO negativas a la salud y un deterioro de las condiciones socioeconómicas de la población que habita en el territorio colombiano.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 100), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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