Por medio de la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 5095 de 2018, en cuanto adicionar el Anexo Técnico 2 “Estándares de Acreditación para para Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con énfasis en servicios de baja complejidad”

Resolución · 1328 · 2021-08-30 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 41–51 de 51

Artículo ANEXO (39/49)

6. Se realiza educación en el puesto. de trabajo sobre nuevos procedimientos, tecnología y materiales peligrosos. 8.5 Grupo de Estándares de Gerencia del Ambiente Fisico Estándares del 33 al 35 Intencionalidad del Grupo de Estándares de Gerencia del Ambiente Físico (GAF) La adición de estos estándares busca que la organización con su cumplimiento, de cuenta que la:atención de los pacientes, acompañantes y familia, cuenten con el ambiente fisico.que garanticen la atención humanizada. en condiciones seguras y medioambientalmente responsables, tanto en la intramuralidad como en la: extramuralidad. Inciusiones 33. (GAF11) Seguridad de la infraestructura e instalaciones. 34. (GAF12) Entorno seguro, saludable y medioambientalmente responsable, Z 35. (GAF13) Seguridad en la gestión de insumos y suministros, O 30 AGO 2021 RESOLUCIÓN NÚMERO 2: 1328 De 2021 HOJANo 20 articulo 1. de la Resolución 5095 de 2018. en-el sentida de adoptar los “Estándares de acreditación para instituciones prestadoras de servicios de salud con énfasis en servicios de baja complejidad” Estándar 33. Código: (GAF11) La organización ha definido y se aplican las actuaciones necesarias para. garantizar y asegurar en todo momento las condiciones de seguridad de la infraestructura e instalaciones. 1. La institución conoce las necesidades de mantenimiento de tas instalaciones físicas. 2. Plan de mantenimiento de la planta fisica actualizado, no existen incidencias sin resolver o injustificadas. 3. Mecanismos definidos y socializados que garantizan la comunicación oportuna a los encargados. del mantenimiento de la institución informando: la falta de mantenimiento :a mal funcionamiento de las instalaciones clave que dan soporte a la.atención en salud. Estos incluyen registros y resolución de las solicitudes.

Artículo ANEXO (40/49)

4. Inspecciones, revisiones y mantenimientos con documentación técnico-legal, evaluaciones, autorizaciones o informes, realizándose el correspondiente seguimiento de dichas actuaciones para emprender las medidas necesarias en caso de posibles incidencias. 5. La institución asegura que el talento humano o tercero contratado para realizar jas inspecciones, revisiones y/o mantenimiento de las instalaciones fisicas de la institución están debidamente cualificados. homologados y autorizados para el desarrollo de estas actividades en función de la complejidad requerida y garantizan el cumplimiento de toda reglamentación medioambiental. (5) Estándar 34. Código: (GAF12) La organización garantiza la implementación de mecánismos para manteñer un entorno seguro y saludable mediante la intervención y el control de vectores, roedores, plagas, entre otros y las actividades que desarrolla en estos aspectos son medivambientalmente responsables. Estándar 35. Código: (GAF13) La organización asegura la gestión de insumos y suministros en áreas o ambientes que garanticen el almacenamiento seguro de-los reactivos, medicamentos, dispositivos médicos e insumos, para el uso en atenciones intramurales y extramurales, con la respectiva salvaguarda del medioambiente. 1. Planificación e implementación de un programa para la gestión de insumos y suministros de forma segura. 2. Lainstitución.conoce las necesidades de las instalaciones fisicas para la gestión de los insumos. 3. Conocimiento y cumplimiento de los requisitos legales para el almacenamiento de los reactivos, medicamentos, dispositivos médicos e insumos, acorde con las recomendaciones del fabricante, 4. Garantizar la cadena de frio en la conservación y traslado de muestras biológicas, inmmunnobiológicos, reactivos, medicamentos, dispositivos médicos e insumos a nivel intramural o extrámural para los casos que aplique. 5. Se identifica la. cadena de suministros críticos.

Artículo ANEXO (41/49)

6. Se evalúa la integridád de cada proveedor de la cadena. 7. La toma decisiones sobre los recursos tiene en cuenta fos riesgos de la cadena de suministros 8.6 Grupo de Estándares de Gestión de Tecnología Estándares 36 y 37, intencionalidad de Grupo de Estándares de Gestión de Tecnología (GT) Los estándares se orientan á la obtención de resultados eficientes, efectivos y seguros, tanto para las personas como para el medio ambiente en consistencia con el direccionamiento estratégico y en el marco de Una cultura institucional para-el buen manejo de la tecnologia. peo 0 AGO 202 RESOLUCIÓN NÚMERO - 91328 2021 HOJANo 21 articulo 1 de la Resolución 5095 de 2018. en el sentido.dlé adoptar loz “Estándares de- acreditación para instituciones prestadoras de servicios de salud con énfasís en servicios de baja complejidad” inclusiones [EStR A : EEN 36. (GT10) Uso seguro de tecnologías en salud y equipamiento biomédico. Ñ a a 37. (GT11 Disponibilidad y acceso rea] de las tecnologías en modalidades extramural y! Ñ ) telemedicina. a £ 0% Va A 12 ¡A Estándar 36. Código: (6110) o La organización asume en la gestión de las tecnologias.en salud el:equipamiento biomédico y las actuaciones necesarias para garantizar su utilización segura. 1. Planificación e implementación de un programa para la gestión de los equipos biomédicos. define responsables. 2. La institución conoce. las necesidades de equipos biomédicos de acuerdo con la oferta de servicios y procedimientos en particular los relacionados con testeo rápido y equipos para la operación de las modalidades. de telesalud. 3. Conocimiento y cumplimiento de los requisitos legales para la gestión de las tecnologías en salud. incluidas las recomendaciones del fabricante.

Artículo ANEXO (42/49)

4. La institución asegura gue el talento humano o tercero contrátado para realizar las inspecciones, calibraciones, revisiones y/o mantenimiento de. los equipos biomédicos de ta institución están debidamente cualificados, homologadós y autorizados para el desarrollo de estas actividades 5. La gestión de tos equipos biomédicos incluye: * Identificación e inventariado de los equipos. » Ficha técnica que incluya las condiciones para el uso seguro, + Mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo, se atienden las recomendaciones del fabricante. + formación delos usuarios en el uso y riesgos de los equipos. + Registro y gestión de incidencias y fallas relacionadas con el uso de lós equipos biomédicos, Estándar 37. Código: (GT11) La organización realiza evaluación de la disponibilidad, distribución y acceso real de las tecnologias, en cuando se realizan atenciones en modalidad extramural y telemedicina, si aplica. Incluye: 1. Tecnologias de la información y comunicación acordes con la modalidad ofertada, con el cumplimiento de los: requisitos normativos y legales para el uso de estas tecnologías 2. Existencia de mecanismos para garantizar ta unificación de la información y registros clínicos generados de estas atenciones a distancia en la Historia Clínica. 3. Cuando se oferte telemedicina existe garantía de aceptación por parte del usuario del uso de estas tecnologías mediante la firma del: consentimiento informado.

Artículo ANEXO (43/49)

4. La Institución desarrolia la modalidad de Telemedicina, orientada a facilitar el acceso y mejorar la oportunidad y resolutividad en ta prestación de los servicios de salud con énfasis en la. baja complejidad. 8.7 Grupo de Estándares de Gerencia de la Información Estándares del 38:al 41 intencionalidad de Grupo de Estándares de Gerencia de la Información (G1 Los estándares adicionados esperan dar cuenta de la integración de la información tanto intramural como extramural en el sistema de información, así mismo cumplen con las. condiciones para la práctica de la telemedicina y es relevante a la atención desde la perspectiva del individiso, la familia y la comunidad. RESOLUCIÓN NÚMERO.>- 9 34398 DES0 AGO 202b21 Hoya No 22 articulo 1 de la Resolución 5095 de 2018. en el sentido de adentar los “Estándares de acreditación para instituciones prestadorás de servicios de salud con énfasis en servicios de baja complejidad” Inctusiones == 38. (GH14) Integración de la información a historia clinica electrónica. a 39. (GH5) Sistemas de información acorde con normativas de telemedicina y telesalud 40, (G!16) Garantía y disponibilidad de información en unidades y apoyo diagnóstico, 41. (GH7) Garantía de disponibilidad en tiempo real de información en modalidal : extramural. Estándar 38. Código: (Gl14) Los sistemas de información de ta organización y las unidades o servicios de apoyo diagnóstico, asi como la información generada de las atenciones exiramurales y telemedicina están integrados con la Historia Clínica electrónica: Criterio:

Artículo ANEXO (44/49)

1. Se dispone de sistemas para acceder a la información clínica de un paciente, incorporando los resultados de las unidades o servicios de apoyo diagnóstico, de las atenciones extramurales. y telemedicina en la historia clínica electrónica, Estándar 39. Código: (GM 5) Los sistemas de información de la organización, permiten la interacción con los usuarios o con. sus sistemas y cumplen con lo que define la reglamentación en telesalud y los parámetros para la práctica de la telemedicina en el país, cuando se oferte, 1. Los sistemas de información se orientan al cliente y a sus necesidades para facilitar la comunicación y accesibilidad a los usuarios u organizaciones externas 2. La información y medios de comunicación están disponibles para los usuarios-o sus sistemas, que faciliten la toma de decisiones respecto de la atención 3. El tipo y especificaciones de los dispositivos de transmisión usados. serán los adecuados para las actividades asistenciales realizadas. 4. Se documentan las políticas y procedimientos de seguridad de ta identificación de pacientes. a o Y CN Estándar 40. Código: (GI16) Se tienen definidos mecanismos -con los sistemas de información de las unidades o servicios de apoyo diagnóstico, para. almacenar y gestionar los resultados de los estudios y exámenes realizados y facilitar el acceso y disponibilidad de los servicios clínicos existentes. Criterio: 1. Se garantiza el-almacenamiento, seguridad y acceso delos estudios y exámenes quese realizan en la institución, mediante mecanismos estandarizados para los diferentes servicios existentes. Lx A Estándar 41. Código: (G117) Los sistemas de información de la organización, permiten la interacción y registro en tiempo real de las atenciones extramurales realizadas .como-es el caso de tas domiciliarias, cuando se oferté. 1. Los sístemas de información se orientan a las necesidades de las atenciones extramtirales para facilitar el registra y fa accesibilidad a los colaboradores que hacen uso de ellos.

Artículo ANEXO (45/49)

2. La información y medios de comunicación están disponibles para los colaboradores, facilitando la toma de decisiones Fespecto de ta atención 3. El tipo y especificaciones de tos dispositivos de transmisión usados serán los adecuados para las actividades asistenciales realizadas. 4. Se documentan las-políticas y procedimientos de seguridad de Ja identificación de pacientes. RESOLUCIÓN NÚMERG? ES tes 331328 30 AGO 2021 E 2021 HOJA No 23 artículo 1 de la Resolución 5095 de 2078, en el sentido de adoptar los “Estándares de acreditación para instituciones prestadoras de servicios de salud con énfasis en servicios de baja complejidad" 8.8 Grupo de Estándares de Mejoramiento de la Calidad intencionalidad del Grupo de Estándares de Mejoramiento de la Calidad (MCC) Para este grupo no se realizó inclusión de nuevos estándares. 9. CONTEXTO NORMATIVO [DESARROLLO ¿NOTAS DE VIGENCIA Y Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se Articulo 173. De las funciones] de! Ministerio de Salud Ley 100 23 |12 11993 [dictan otras disposiciones Aríículo 186, Del Sistema de Acreditación. Vigente con modificaciones. —: Por la cual se dictan normas; Articulo 42. Competencias en orgánicas en materia de recursos | salud por parte de la Nación, y competencias de conformidad ¡Vigente con modificaciones. |! con los artículos 151, 288, 356 y Ley 715 24 |12 ¡2001 |357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de ta Constitución Politica y se. dictan otras disposiciones para organizar la. prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. A 0 Por la cual se definen Jas!Derogada por la Resolución Resolución 1445 12 los l005 |funciones de la Entidad[2082 de 2014,

Artículo ANEXO (46/49)

artículo 14. acreditadora y se adoptan salvo el Anexo ] otras disposiciones. Técnico 40 a Lineamientos para una Política ¡2. El Sistema Obligatorio de CONPES 30 |10 [2006 ¡ Nacional de la Calidad, Garantía de la Calidad de la 3446 Atención de Salud y su relación con el SNNCM. Vigente. ca Por la cual se hacen algunas; Articulo 25. De la regulación! Ley 1122 19 1 2007 | modificaciones 'en el Sistemaen la prestación de seivicios General de sálud. de Seguridad Social en Salud y se : Vigente con modificaciones. dictan otras disposiciones. - A Por la cual se expide la Guía| Artículo 2: Lineamientos. Aplicativa del Sistema Obligatorio | "Implementar el componente Resolución 2181 116" (06 ¡2008 |de: Garantía de Calidad de' la ¡de acreditación en salud”. Atención de Salud, para las! Vigente. Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de carácter público. A Política de transformación! "Sector turi CONPES 21 ¡07 12010 ¡productiva; un modelo de|Vigente. desarrollo sectorial para Colombia. A A Por la cual se establecen los | Vigente ¡ Ley 1419 13 ¡10 ¡2010 | lineamientos para el desarrollo de | la Telesalud en Colombia A ¡ Por medio de la cual se reforma el ¡ Articulo 100 Hospitales Sistema General de Seguridad | Universitarios Artículo 107. Ley 1438 19 ¡01 12011 ¡Social en Salud y se dictan otras; Garantía de calidad y disposiciones resultados en la atención en el sistema general de seguridad social de salud. Reglamentada por la Resolución MinSalud 2535 de 2013, Vigente con modificaciones. | RESOLUCIÓN NÚMERO 2931328 30 AGO 2021 DE 2021 HOJANO 24

Artículo ANEXO (47/49)

articulo 1 de la Resolución 5095 de 2018, en-el sentido de adopterios “Estándares de acreditación para instituciones prestadores de servicios de salud con énfasis en servicios de baja complejidad” "NOTAS DE VIGENCIA Y "DESARROLLO Decreto Ley 4107; 2 11 2011 Por ei cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social. Artículo 41. Funciones de la Oficina de Calidad.

Artículo ANEXO (48/49)

Artículo 22, Funciones de la Dirección de Prestación de | Servicios y Atención Primaria Vigente con modificaciones Decreto 903 13 ¿05 2014 Por la cual se dictan disposiciones] en felación con el Sistema Único de Acreditación en Salud. Vigente Resolución 2082 de 2014 2014 Por la cual se dictan disposiciones; para la operatividad del Sistema, Único Vigente Ley Estatutária 1751 de 2015 109 [02 2015 “Por medio de lá cual se regula el derecho furidamental a lá salud y; se. dictan otras disposiciones” Vigente Decreto 780 de 2016 06 [05 2016 “Por medio del cual se expide el Decreto Unicó Reglamentario del Sector Salud y Protección Social" Vigente con modificaciones | Resolución 2654 de 2019 03 |10 2019 “Por la cual se establecen disposiciones para la telesalud y parámetros para la práctica de lal telemedicina” Vigente A i Resolución 3100 de 2019 25 11 2019 “Por ta cual se definen los procedimientos y condiciones de; inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y sel adopta el Manual de Inscripción de: Prestadores y Habilitación de: Servicios de Salud" Vigente con modificaciones Ley 2015 de 2020 31 ¡01 l 2020 “Por médio de la cual se crea la Historia Clínica Electrónica Interoperable y se dictan otras; disposiciones" Vigente

Artículo ANEXO (49/49)

10. ÍNDICE DE ESTÁNDARES NUMERAL CONSECUTIVO DERECHOS DE LÓS PACIENTES ASDP SEGURIDAD DEL PACIENTE ASSP ACCESO ASAG REGISTRO E INGRESO ASREG A DT. [EVALUACIÓN DE NECESIDADES AL INGRESO | AsEV ENTE PLANEACIÓN DE LA ATENCIÓN ASPL Asistencial [EJECUCIÓN DEL TRATAMIENTO ASEJ EVALUACIÓN DE LA ATENCIÓN ASEVA SALIDA Y SEGUIMIENTO ASSAL REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA ASREF SEDES INTEGRADAS EN RED ASSIR DIRECCIONAMIENTO DiR GERENCIA GER GERENCIA DEL TALENTO HUMANO TH OT GERENCIA DEL AMBIENTE FÍSICO GAF GESTIÓN DE TECNOLOGÍA GT GERENCIA DE LA INFORMACIÓN Gl ESTÁNDARES DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD MEC

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 175), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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