Por medio de la cual se modifica la Resolución 059 de 2020 por la cual se definen las especificaciones para el reporte de la información al Sistema Nacional de Residencias Médicas al Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud – ReTHUS

Resolución · 1053 · 2020-06-26 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 32

Artículo 1

Modificar el artículo 3 de la Resolución 059 de 2020, el cual quedará así: “Artículo 3. Información a reportar. Las instituciones de educación superior deberán reportar, en los plazos previstos en el artículo 4 de la presente resolución, la siguiente información: 3.1. La inscripción del residente beneficiario, el escenario base de práctica formativa y la información de la cuenta bancaria del residente beneficiario (Anexo técnico 1) 3.2. Soportes documentales correspondientes a suscripción de matrícula, contrato especial para la práctica formativa, certificación de cuenta bancaria, cambio del escenario base de práctica y de las novedades de suspensión y terminación previstas en los artículos 11 y 12 de la Resolución 1872 de 2019 modificada por la Resolución 1052 de 2020 o la norma que la modifique o sustituya. (Anexo técnico 2) 3.3. El registro de detalle de giros, de novedades de suspensión y terminación del contrato de práctica formativa, del cambio de escenario base contemplado en el artículo 30 de la Resolución 1872 de 2019, modificada por la Resolución 1052 de 2020 o la norma que la modifique o sustituya y de cambio de la cuenta bancaria. (Anexo técnico 3)”

Artículo 2

Modificar el artículo 4 de la Resolución 059 de 2020, el cual quedará asi: “Artículo 4. Plazos para el reporte de información. Las instituciones de educación superior reportarán al Ministerio de Salud y Protección Social, la información de la que trata el artículo 3 de la presente resolución, atendiendo la estructura y características detalladas en los anexos técnicos que hacen parte integral de este acto administrativo, en la oportunidad definida a continuación: 26 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO ;- 57 1 (453 DE 2020 HOJA No 3 La Ra 4.1 Dentro de los primeros siete (7) días calendario del mes siguiente a la suscripción del contrato especial para la práctica formativa del residente, se deberá reportar la inscripción del residente beneficiario al Sistema Nacional de Residencias Médicas, el escenario base y la información de la cuenta bancaria. (Anexo técnico 1) : 4.2 Dentro del segundo (2) y el noveno (9) día calendario del mes siguiente a la suscripción del contrato especial para la práctica formativa del residente y del inicio de cada periodo académico, una vez transcurridas 24 horas de la validación del anexo técnico 1 e informado por el Ministerio a las instituciones de educación superior, se reportarán los soportes documentales digitalizados correspondientes al soporte de matrícula, contrato especial para la práctica formativa del residente y certificación de la cuenta bancaria. (Anexo técnico 2) 4.3 Mensualmente, entre el segundo (2) y el noveno (9) día calendario del mes siguiente de la ocurrencia de las novedades, se reportarán los soportes documentales digitalizados de aquellas correspondientes al cambio de escenario base, cambio de la cuenta bancaria y las previstas en los artículos 11 y 12 de la Resolución 1872 de 2019, modificada por la Resolución 1052 de 2020 (Anexo técnico 2) 4.4 Mensualmente entre el décimo segundo día (12) día y el décimo sexto (16) día calendario del mes siguiente a la ocurrencia de las novedades, se deberá realizar el reporte de giros y de las novedades de que trata el numeral 4.3. (Anexo técnico 3). Se rechazará el reporte de la novedad respecto a la cual la institución de educación superior no haya registrado el correspondiente soporte.”

Artículo 3

La presente resolución rige a partir de su publicación, modifica la Resolución 059 de 2020, en sus artículos 3 y 4, sustituye los Anexos Técnicos 1 y 2, e incorpora el Anexo Técnico 3.

Artículo ANEXO (1/29)

Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios 7 HVYYz Director de Desarrollo de Talento Humano en Salud $" - . Jete de la Oficina de Tecnologia de la información y'tá Comunicación poul- Directora Jurídica 26 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO; + 1053 DE 2020 HOJA No 4 ANEXO TÉCNICO 4 REPORTE DE INFORMACIÓN DE REGISTRO DE RESIDENCIAS MÉDICAS Las instituciones de educación superior con programas de especialización medico quirúrgicas deben enviar al Ministerio de Salud y Protección Social los archivos planos con la información del registro al Sistema Nacional de Residencias Médicas. Para este anexo técnico se definen cuatro : capítulos: 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO

Artículo ANEXO (2/29)

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información del registro del Sistema Nacional de Residencias Médicas, que debe ser enviado por las instituciones de educación superior con programas de especialización médico quirúrgicas, debe cumplir con el siguiente estándar: Valores Componente del ses Longitud : Nombre de archivo permitidos o Descripción fija Requerido Módulo de | THS Identificador det módulo de 3 si información información en el Ministerio de Salud y Protección Social para el RETHUS. Tipo de fuente 225 Fuente de la Información: 3 si instituciones de educación superior Tema de información | REME Información del registto de 4 Si residencias médicas Fecha de corte AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada. Es el último dia calendario del periodo de información reportada. 8 Si No se debe utilizar ningún tipo de separador, Ejemplo de fecha válida: 20200731 Tipo de identificación Tipo de identificación de la entidad de la entidad que | NI que reporta de la información. 2 Si reporta Número de Número de identificación (NIT) de la identificación de la entidad que envía los archivos, sin entidad que reporta incluir el digito de verificación. eogoegonesos |< debe usar el carácter CERO de 12 si relleno a la izquierda sí es necesario para completar el tamaño de campo. Extensión del archivo | .txt Extensión del archivo plano. 4 Si NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Reporte de información de registro del Sistema Nacional de|THS225REMEAAAAMMDDN!000999999999.txt 36 Residencias Médicas b.

Artículo ANEXO (3/29)

Contenido del archivo El archivo de la información del Registro del Sistema Nacional de Residencias Médicas está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asi: Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio 26 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO; > 27 1053 PE 2020 HOJA No 5 Unico Naciona! de! Talento Humano en Salud —- ReTHUS* [ Tipo 2 | Registro de detalle de inscripción del residente IL Opcionar | Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) b.1. REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL3 Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. DOl o 382 3 zZEEl oe E No. Nombre del campo 9x5 É Valores permitidos El 33 ¿ O _ | Tipo de registro 1 N_| 1: Valor que indica que el registro es de control. Si 1 [Tipo de identificación de la 2 A | Tipo de identificación de la entidad que reporta la entidad que reporta información. si NENIT 2 | Número de identificación de la 142 N ¡Número de identificación de la entidad que reporta si entidad que reporta la información sin incluir digito de verificación. 3 |Código de la institución de 4 N ¡Código de la institución de educación superior que educación superior reporta la información. Ver la tabla de referencia RMinstitucionPrograma | SI en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos (campo Extra_111). 4 | Fecha inicial del periodo de la 10 F [| En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la información que reporta fecha de inicio del periodo de información si reportada. Ejemplo de fecha válida: 2020-07-01 5 |Fecha final del periodo de la| 10 F ]En formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (4/29)

Debe corresponder a la información reportada fecha fina! del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corie del nombre si del archivo. Último día calendario del mes o periodo que se está reportando. Ejemplo de fecha válida: 2020-07-31 6 |Número total de registros de] 10 N |Debe corresponder a la cantidad de registros de detalle contenidos en el detalle, contenidos en el archivo. El archivo b.2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE DE INSCRIPCIÓN DEL RESIDENTE Mediante el registro Tipo 2, las entidades reportan el detalle de la información de inscripción del residente Los registros tipo 2 se identifican de manera única mediante los campos 5 y 6, por lo cual estos no deben repetirse. Ba FS 2 ZEElo 5 No. Nombre del campo EJE 5 E Valores permitidos 2 363 E 0 Tipo de registro 1 N 1 2: valor que significa que el registro es de detalle de si inscripción de residentes. Consecutivo de registro 10 N | Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer registro de Ss 1 detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final y del archivo. Código del prestador de 12 A [Código del prestador de servicios de salud servicios de salud - incluyendo el código de la sede, que es escenario 2 escenario base base (con la que se tiene suscrito el contrato si especial para lapráctica formativa de residentes), el Cual debe existir en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS). Tipo de identificación del 2 A | NENIT 3 prestador de servicios de Si salud Número de identificación 12 N | Número de identificación tributaria del prestador de 4 del prestador de servicios servicios de salud, sin incluir el digito de verificación. | Si de salud 28 JUN 2020 nm.

Artículo ANEXO (5/29)

RESOLUCIÓN NÚMERO: + 1953 HOJA No 6 DE 2020 Único Naciona! del Talento Humano en Salud — ReTHUS” 0] 3 2É£gElo E No. Nombre del campo E E Valores permitidos 2 363 Es Tipo de identificación del 2 A | Tipo de identificación del residente a inscribir. residente Valores permitidos CC: Cédula de ciudadania 5 CE: Cédula de extranjeria SI PA: Pasaporte Ver la tabla de referencia TipolDTICCCEPA en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Número de identificación 17 A [Número de identificación del residente a inscribir, del residente profesional en medicina que cursa el programa de 6 especialización médico quirúrgica, quien deberá SI estar inscrito previamente en ReTHUS. No se permiten puntos, comas o guiones. Código programa de 6 N | Código SNIES del programa de educación superior especialización de especialización médico quirúrgica que cursa el residente, en la institución que reporta, 7 El] Ver la tabla de referencia RMinstitucionPrograma en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos (campo Extra_I1V). Fecha de inicio de la 10 F | En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la práctica formativa fecha inicial de las prácticas formativas del 8 residente. si Ejemplo de fecha válida: 2020-07-01 Fecha de terminación de la 10 F | En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la o práctica formativa fecha final de las prácticas formativas del residente. sI Ejemplo de fecha válida: 2022-12-31 Código de la entidad 4 N [Código de la entidad financiera de la cuenta financiera de la cuenta del bancaria del residente beneficiario a la cual se gira residente el valor del apoyo de sostenimiento educativo mensual. 10 Si Ver la tabla de referencia CMACodigoEntidadFinanciera en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.

Artículo ANEXO (6/29)

Tipo de cuenta bancaria de 1 A | Tipo de cuenta bancaria det residente. la cuenta del residente C: Cuenta corriente A: Cuenta de ahorros 11 El Ver la tabla de referencia CMATipoCuentaBancaria en web.sispro,gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Número de la cuenta 20 N |] Número de la cuenta bancaria del residente a la cual 12 bancaria del residente se gira el valor del apoyo de sostenimiento educativo si mensual. No se permite espacios, puntos, comas o guiones. Indicador del registro 1 A | Los valores permitidos son: 1: insertar el registro del residente beneficiario en el Sistema, se inserta el registro del residente si no 13 existe en el sistema. si E: eliminar el registro del residente en el Sistema, solo se permite etiminar si no ha tenido giros del apoyo de sostenimiento educativo mensual. 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. Enelanexo técnico de los archivos, el tipo de dato corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico_N-Numérico_ D-decimal F-Fecha__T-Texto con caracteres especiales a. 2 6 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO. 10953 De 2020 HOJA No 7 Unico Nacional del Talento Humano en Salud — ReTHUS" b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt c. Los nombres de archivos y los datos de estos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d. El separador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|).

Artículo ANEXO (7/29)

e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no ¡llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacio se reportará asi: dato1|idato3. f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. g. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. ¡. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. ji. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. L Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de regístro m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las instituciones reporten ta información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el sitio web del SISPRO y luego se registran los usuarios de la entidad. Registrar entidad: https:/fweb. sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en linea o mediante anexo técnico por PISIS.

Artículo ANEXO (8/29)

Registro de usuarios institucionales en línea: httos:/fweb.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEG500UsSIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Guía de Usuario de Seguridad en https://web.sispro.gov.co Control de calidad de los datos La plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico y realiza el proceso de validación, asi: . Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a quien reporta la información. > Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación, se realiza el control de calidad de contenido e integridad de la información y se informa a quien reporta, e! resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte, una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda RESOLUCIÓN NÚMERO” 2" 1953 DE Zoo JUN 2020 HOJA No 8 Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https:/fwww.sispro.gov.cofayudas/Pages/Ayudas.aspx + . Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web.sispro.gov.co/WebPublico/ExplorarCarpetas.aspx?pCarpeta=GuiasUsuario8pTitle=Guias de Usuario

Artículo ANEXO (9/29)

4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO La periodicidad del reporte de información es mensual y se envía los primeros siete (7) dias calendario del mes siguiente a la suscripción del contrato especial para práctica formativa del residente. En caso de no tener residentes inscritos en el mes, se reportará el archivo con solo el registro de contro! y número de registros de detalle en cero (0). Periodo de la Información a reportar Plazo para enviar el archivo plano Fecha Inicial Fecha de Corte Desde: Hasta: 2020-07-01 2020-07-31 2020-08-01 2020-08-07 2020-08-01 2020-08-31 2020-09-01 2020-09-07 Y así sucesivamente: Primer día Ultimo día calendario del | Primer día calendario | Séptimo día calendario calendario del mes___¡mes del siguiente mes del siguiente mes RESOLUCIÓN NÚMERO "771053 DE 2020 JUN A boya No 9 Único Nacional del Talento Humano en Salud — ReTHUS* ANEXO TÉCNICO 2 REPORTE DE SOPORTES DOCUMENTALES DEL REGISTRO DE RESIDENCIAS MÉDICAS Las instituciones de educación superior con programas de especialización médico quirúrgica deberán reportar al Ministerio de Salud y Protección Social, en formato PDF, los documentos de inscripción del residente beneficiario, esto es, soporte de la matricula, contrato especial para la práctica formativa del residente, certificación de la cuenta bancaria y soportes de novedades, de acuerdo con la estructura y especificaciones técnicas definidas en este anexo. Para este anexo técnico se definen cuatro capitulos: 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS. 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS. 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO. 1.

Artículo ANEXO (10/29)

ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS. 5 Estructura y especificación del nombre del archivo El nombre de los archivos de los soportes documentales que debe ser reportado por las instituciones de educación superior con programas de especialización médico quirúrgica, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente del: (* .* Valores , .. . » nombre de permitidos o $ Ea do Descripción Longitud Requerido + ¿ archivo formato . MS es. , 4 Módulo de | THS Identificador dei módulo de 3 Sl] información información en el Ministerio de Salud y Protección Social para el RETHUS. Tipo de fuente 225 Fuente de la Información: 3 El instituciones de educación superior. Tema de | RMSD Soportes documentales de 4 SI información información del registro del , Sistema Nacional de Residencias Médicas y novedades. Fecha de corte AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada. Es ei último día! calendario del periodo de información reportada. No se debe 8 SI utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo de Fecha Valida: 20200731 Tipo de Tipo de identificación de la entidad identificación de la : A institución que NI que reporta la información. 2 E reporta Número de Número de identificación (NIT) de identificación de la la entidad que envía los archivos, entidad que reporta sin incluir el dígito de verificación Se debe usar el carácter CERO de 999999999999 relleno a la izquierda si es 12 si necesario para completar el tamaño de campo. Tipo de AA Tipo de identificación del residente identificación del beneficiario a quien corresponde residente el documento.

Artículo ANEXO (11/29)

Valores permitidos: CC: Cédula de ciudadania 2 SI CE: Cédula de extranjeria PA: Pasaporte Ver_la tabla de referencia nm RESOLUCIÓN NÚMERO: : “+ 1053 pe20%8 JUN M2 hoya no 10 Componente del nombre de * archivo Valores permitidos o formato Descripción Longitud fija Requerido TipolDTICCCEPA en web. sispro.gov.co — -s - Número de identificación del residente 999999999999 99999 Número de identificación del residente a quien corresponde el documento. En caso de tener una longitud menor de 17 caracteres completarlos con cero (0) a la izquierda. No se permite puntos, comas o guiones. Si Tipo de documental soporte Tipo de soporte documental: M: Archivo digitalizado que contiene las certificaciones de suscripción de matrícula. C: Archivo digitalizado que contiene contrato especial para la práctica formativa del residente. B: Archivo digitalizado que contiene certificación bancaria de la cuenta del residente beneficiario. O: Archivo digitalizado que contiene el otrosí del contrato. N: Archivo digitalizado que contiene las novedades que afectan el pago de apoyo de sostenimiento educativo mensual. . : E: Archivo digitalizado que contiene las novedades de cambio de escenario base.

Artículo ANEXO (12/29)

Ver la tabla de referencia RMTipoSoporteDocumental en web. sispro.gov.co si Identificador del documento 9999999999 9999999999 Identificador asignado por la institución de educación superior y corresponde a uno de los siguientes datos, según el tipo de documento: - Número de matricula de residencia, para tipo de documento M. - Número de contrato especial para la práctica formativa del residente, para tipo de documento C. - Número de cuenta bancaria del residente beneficiario, para tipo de documento B. - — Número del otrosí del contrato especial para ta práctica formativa del residente, para tipo de documento O. - identificador único de la novedad de suspensión oO terminación, para tipo de documento N. - Código del nuevo prestador de servicios de salud, incluyendo la sede del escenario base, para tipo de documento E. En caso de tener una longitud menor de 20 caracteres completarlos con cero (0) a la izquierda. Si 2 6 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO + - "10953 DE 2020 HOJA No 11 Unico Nacional del Talento Humano en Salud - ReTHUS* Componente del Valores nombre de permitidos o Descripción ca Requerido archivo formato Extensión del | .PDF Extensión del archivo, archivo pdf 4 St archivo Lt y NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Reporte de soportes documentales digitalizados de la THS225RMSDAAAAMMDONI000999999999 76 información del registro y| [documento omitido]999M99999999999999999999.PDF novedades del residente 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS Los archivos de los soportes documentales para el registro de residencias médicas deben ser digitalizados y estar en formato estándar PDF/A, de manera que permita su archivo a largo plazo y asegurar que pueda ser reproducido en el futuro, 3.

Artículo ANEXO (13/29)

PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web del SISPRO y luego se registran los usuarios de la entidad. Registrar entidad: , httos://web.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en línea o mediante anexo técnico por PISIS. Registro de usuarios institucionales en línea: https://web.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEGSO0USIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Gula de Usuario de Seguridad en httos://web.sispro.gov.co Control de calidad de los datos La plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico y realiza el proceso de validación, asi: . Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a quien reporta. . Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación, se realiza el control de calidad de contenido e integridad de la información y se informa el resultado a quien reporta el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte, una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda.

Artículo ANEXO (14/29)

Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enface: httos://www,.sispro.gov.co/ayudas/Pages/Ayudas.aspx 2 6 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO: ” 7 "1053 DE 2020 HOJA No 12 Único Nacional del Talento Humano en Salud — ReTHUS* Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web.sispro.gov.co/WebPublico/ExplorarCarpetas.aspx?pCarpeta=GuiasUsuario8pTitle=Guias de Usuario : 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO Los soportes documentales digitalizados, correspondientes a la inscripción del residente beneficiario, la suscripción de matricula, el contrato especial para la práctica formativa del residente y la certificación de la cuenta bancaria deberán reportarse dentro del segundo (2) y el noveno (9) día calendario del mes siguiente a la suscripción del contrato especia! para la práctica formativa de residente, y del inicio de cada periodo académico. Este reporte deberá efectuarse una vez transcurridas veinticuatro (24) horas de la validación del Anexo Técnico 1 e informado por este Ministerio a las instituciones de educación superior. Los soportes documentales digitalizados correspondientes a las novedades de que tratan los artículos 11 y 12 de la Resolución 1872 de 2019, modificada por la Resolución 1052 de 2020, asi como del cambio de escenario base de práctica formativa y de ja cuenta bancaria, deberán reportarse mensualmente dentro del segundo (2) y el noveno (9) día calendario del mes siguiente a la presentación de la novedad. En caso de no enviar los soportes documentales de los residentes, tos respectivos registros de giro y novedades serán rechazados.

Artículo ANEXO (15/29)

Periodo de la Información a reportar Plazo para enviar el archivo plano Fecha Inicial Fecha de Corte Desde: Hasta: 2020-07-01 2020-07-31 2020-08-02 2020-08-09 2020-08-01 2020-08-31 2020-09-02 2020-09-09 Y así sucesivamente: Primer día calendario Uitimo día calendario det Segundo día calendario | Noveno dia calendario del del mes mes de! siguiente mes siguiente mes 2 6 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO * 7" 1053 De 2020 HOJA No 13 Único Nacional del Talento Humano en Salud — ReTHUS* ANEXO TÉCNICO 3 REPORTE DE INFORMACIÓN DE GIROS Y NOVEDADES DE RESIDENCIAS MÉDICAS Las instituciones de educación superior con programas de especialización medico quirúrgicas deben enviar al Ministerio de Salud y Protección Social los archivos planos con la información de giros y novedades previstas en los artículos 11 y 12 de la Resolución 1872 de 2019, modificada por ta Resolución 1052 de 2020 y de cambio de escenario base y de la cuenta bancaria. Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS PERIODO DE REPORTE Y PLAZO apra 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

Artículo ANEXO (16/29)

a. Estructura y especificación del nombre del archivo El nombre de los archivos de la información de giros y novedades de residencias médicas, que deben ser reportados por las instituciones de educación superior con programas de especialización médico quirúrgica, debe cumplir con el siguiente estándar: Valores . Componente del 5 os Longitud . nombre de archivo ren o Descripción fija Requerido Módulo de ¡ THS identificador del módulo de 3 Si información información en el Ministerio de Salud y Protección Social para e! RETHUS. Tipo de fuente 225 Fuente de la Información: 3 Ss! instituciones de educación superior Tema de información | RMGN información de giros y novedades 4 si de residencias médicas Fecha de corte AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada. Es el último dia calendario del período de 8 Si información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador Ejemplo de fecha válida: 20200731 Tipo de identificación Tipo de identificación de la entidad ona entidad que [ NI que reporta la información. 2 si Número de Numero de identificación (NIT) de identificación de ta la entidad que envía los archivos, entidad que reporta sin incluir el digito de verificación. 999999999999 | Se debe usar el carácter CERO de 12 Si relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño de campo. Extensión del | .txt Extensión del archivo plano. 4 st archivo NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Reporte de información de giros y | 45225RMGNAAAAMMDDNIO00999999999.txt 36 novedades de residencias médicas b.

Artículo ANEXO (17/29)

Contenido del archivo El archivo de la información de giros y novedades de residencias médicas está compuesto por un único registro de control, esto es Registro Tipo 1, utilizado para identificar la entidad fuente de la información, y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada así: yo RESOLUCIÓN NÚMERO * ng hu 1052 De 2020 26 JUN 2020 HOJA No 14 Único Nacional del Talento Humano en Salud — ReTHUS" Registro Descripción Reporte Tipo + Registro de contro! Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle de giros Opcional Tipo 3 Registro de detalle de novedades . Opcional Tipo 4 Registro de detalle de cambio de escenario base + Opcional Tipo 5 Registro de detalle de cambio de cuenta bancaria del ETA Opcional Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) b.1. REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. Bo E $ SE€€E o E No. Nombre del campo EE Hi] E Vatores permitidos 3 3€3 ¿ O | Tipo de registro 1 N | 1: Valor que indica que el registro es de control. si 1 |Tipo de identificación de la 2 Tipo de identificación de la institución de institución de educación superior educación superior que reporta la información. | Sl que reporta NIENIT 2 |Número de identificación de ta] 12 N | Número de identificación de la entidad que Si entidad que reporta reporta sin incluir dígito de verificación. 3 [Código de la institución de 4 N | Código de la institución de educación superior educación superior que reporta. Ver la tabla de referencia Si RMinstitucionProgama en web.sispro.gov.co . donde se encuentran los valores permitidos (campo Extra_111). 4 |Fecha inicial del periodo de la| 10 F [En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder información reportada a la fecha de inicio del período de información si reportada.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 115), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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