Actas. De las . sesiones de las Cámaras y sus Comisiones Permanentes, esoecio/mente, se levantarán actas que contendrán una relación sucinta ele 105 temas debatidos, las personas que han intervenido.. los mensajes lEídos, las proposiciones presentadas y leídas, las comisiones designadas, y los decisiones adoptadas. . . Terminada cada una de las sesiones, tanto de las Comisiones como de las Plenarias, la Secretaría respectiva levantará el acta, la cual se enviará por intermedio de la Secretaría General de la Corporación para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso; uno vez publicada se remitirá una copia digital a los integrantes de la respectiva Cámara o Comisión para su conocimiento a través de los medios digitales dispuestos para tal fin, posteriormente la Mesa Directiva de la Comisión o Plenaria la incluirá en el orden del día paro sü discusión y votación. En consideroción el acta, iCJ cual no será ieída, cada Congresista podrá hablar una vez para reclamar acerca de las omisiones o inexactitudes en que se hubiere incurrido en su elaboración, sin perjuicio del derecho de hablar sobre las reclamaciones que hagan otros Congresistas. Quien tenga observaciones las presentará por escrito de manera física o mediante los medios digitales que el Congreso habilite para tal fin, a la Secretaría para que se incluyan en el acta siguiente. 23.9Q' Tratándose de la ú/f'ima sesión, el acta será considerada y aprobada antes de cerrarse la reunión, o facultarse a su mesa directiva para la debida aprobación. Parágrafo. Para la aprobación de las últimas actas del cuatrienio legislativo la corporación podrá autorizar a la mesa directiva su aprobación.