Artículo 12 (10/46)
a) Cupo agregado libre de arancel para carne de bovino deshuesada (cortes finos), clasificada en las fracciones arancelarias 0201.30.00.10 y 0202.30.00.10.1/ <GRÁFICA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.116 de 30 de junio de 2011; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co> 1/ Se entiende por cortes finos el lomo fino (solomillo), el lomo ancho (bife chorizo o chatas) y la punta de anca. Su descripción en la Declaración de Importación debe hacer referencia a la forma como son empacados (enteros, no molidos ni cortados en pedazos, empacados al vacio de manera individual) y etiquetados (especificando el nombre del corte, la planta de sacrificio y proceso, la fecha de sacrificio, la fecha de proceso, fecha de vencimiento, el país de origen y el peso neto). b) Cupo agregado libre de arancel para leche en polvo, clasificada en las fracciones arancelarias 0402.10.10.00, 0402.10.90.00, 0402.21.11.00 y 0402.21.19.00. <GRÁFICA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.116 de 30 de junio de 2011; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co> c) Cupo libre de arancel para mantequilla, clasificada en la fracción arancelaria 0405.10.00.00. <GRÁFICA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O. No. 48.116 de 30 de junio de 2011; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>