Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2026 para los órganos

Decreto · 618 · 2026-06-17 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 25

Artículo 1°

, Objeto y ámbito de aplicación. el Plan de Austeridad del Gasto que regirá para Presupuesto General de la Nación dura la tiene por objeto órganos que hacen del 2026. Artículo , Modificación de planta de personal, personal. Las entidades que hacen parte del Nación y pertenecen a la Rama Ejecutiva nacional podrán modificar la planta de personal y la sea a costo cero, o deberán contar con la autorización Administrativo de la Presidencia viabilidad presupuestal expedido por la Dirección Nacional - Ministerio de Hacienda y ito Público y, posteriormente, obtener concepto técnico favorable del Departamento Administrativo la Función Pública. 1, entidades que hacen parte del Presupuesto De forma a la Rama Ejecutiva del Poder Público del la Nación y que nacional podrán realizar reformas a la planta de personal y a la gasto, cuando sean consideradas como organizacional metas y políticas del Gobierno nacional en para cumplimiento Desarrollo, lo que requerirá concepto previo favorable con el Plan Nacional Administrativo de la Presidencia de la República, emitido por el obtener viabilidad presupuestal de Dirección de lo cual, las Público Nacional- Ministerio de Hacienda y General de obtener concepto técnico favorable del y, posteriormente, Administrativo Función Pública. conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley o interesadas en realizar un de personal deben contar con el aval previo Administrativo al que pertenecen. DECRETO " ," 8 Uo 2026 3 14 para los Para la modificación de las plantas de estudio a que hace referencia adicionen, modifiquen o reglamenten. , las entidades deberán adelantar el 909 de 2004 y normas que la

Artículo 3°

. Contratación de personal para la prestación servicios profesionales y apoyo a la gestión. entidades que parte del Presupuesto de la Nación realizar una revisión previa de las razones que justifiquen la contratación de personal para la prestación servicios profesionales y apoyo a la gestión. De conformidad con lo previsto en el artículo de Ley 80 de 1993 Y artículo 2.8.4.4.5 y uientes del Decreto número 1068 de 201 Único Reglamentario Sector Hacienda y Público, solo se podrán los contratos que sean estrictamente necesarios para coadyuvar al cumplimiento las funciones y cada entidad, cuando actividades no puedan con personal o requieran especializados. Tampoco se podrán celebrar estos contratos cuando existan contractuales con objeto igual al contrato que se pretende suscribir, salvo autorización expresa del jefe del respectivo órgano, ente o entidad contratante en línea con lo dispuesto en el artículo 2.8.4.4. del Decreto 1068 de 2015. Esta autorización precedida de la sobre las características y técnicas de las contrataciones a realizar y sujetos a la disponibilidad de recursos.

Artículo 4°

. Reducción del gasto en contratos de prestación de servicios. A partir del día a publicación decreto, las entidades y organismos del Presupuesto Nación aplicarán un plan de reducción que genere ahorro sobre contratos de prestación de servicios para la vigencia respecto del gasto la vigencia anterior, evitando duplicidad de contrataciones y buscando la eficiencia que racionalice recursos y optimizando el gasto público, de acuerdo con el documento técnico de austeridad que para el efecto Ministerio de Hacienda y Público. Parágrafo. Las realizaron procesos formalización de sus plantas personal, con anterioridad a entrada en vigencia del decreto, demostrar la reducción en la contratación por profesionales a vigencia anterior. y apoyo a la

Artículo 5°

. Horas y vacaciones. Las entidades que hacen parte del Presupuesto General la Nación deben adelantar acciones que permitan racionalizar el reconocimiento y pago de horas y ajustarlas a las estrictamente necesarias. lo cual se deberá verificar que exista relación entre la necesidad de la prestación servicio con la programación las horas extras, con el fin de evitar los reconocimientos Las entidades y organismos laboren por el la prestación continua y permanente que se adecúen a la de procurando la reducción del número de horas extras flexibles J1 ,., DECRETO ub () o 2026 4 14 UPor el cual se establece el Plan Austeridad del Gasto 2026 para los del General de la Nación" Por regla general, deben contar con un Anual de no deben ser acumuladas ni interrumpidas. por necesidad previa disponibilidad o retiro ser compensadas en d

Artículo 6°

, Arrendamiento y mantenimiento bienes inmuebles, cambio de sede y adquisición bienes muebles e inmuebles. Las entidades que hacen ir las siguientes directrices parte del Presupuesto de la Nación deberán para el arrendamiento y mantenimiento de inmuebles, cambio de y adquisición de bienes muebles e inmuebles: Implementar ¡entes a reducir talaciones físicas, en consideración a su costo, teletrabajo y/o trabajo a fin de no efectuar de los si corresponde, propias de cada arrendamiento. arrendamiento Ins­ de trabajo en a y en cuenta las condiciones b) mantenimiento de inmuebles de propiedad entidades del Estado solo procederá cuando se de manera preventiva para garantizar el correcto no un impacto a largo plazo; cuando funcionamiento a fin no realizarse se ponga en riesgo la seguridad y/o se las condiciones salud ocupacional de las , en cuyo caso debe q y justificación de su n.:::.r'':::''''l procederá en uno eventos: i) no genere asignado en la ii) cuando sea la construcción o adquisición de la sede, previo io debidamente o iii) cuando el edificio donde funciona la entidad ponga en riesgo la uridad del personal o no brinde las condiciones laborales adecuadas, de conformidad con las normas en el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST). de sede deberá rse sin afectar o aumentar los valores de de mercado que históricamente se hayan venido podrían lugar, a la Sociedad la Nación, Central de I Colector de Activos determinar qué predios o inmuebles, producto r útiles para el cambio d) La uisición de bienes muebles e inmuebles solo se podrá cuando estos sean estrictamente necesarios cumplimiento del objeto misional de las entidades, previa justificación. inmuebles, además el caso la adquisición entidades públicas e identificación de predios de propiedad y construcción de Con desarrollo en esos Instituto Geográfico Agustín Codazzi entidades deberán Activos inmuebles, a la Sociedad avalúo catastral de estos Activos Públicos de la Nación, Central de S.AS y al Colector DE 2026 O'..:>¡,c/u/c:;,vO' c";¡::,,n¡::.r:r::>1 Página 5 de 14 el Plan de Austeridad del Gasto 2026 para los de la Nación" S.A. - CISA determinar qué predio o dominio, podrían ser producto de bienes muebles e inmuebles deberán sin afectar o aumentar los valores en condiciones de mercado que históricamente se hayan venido pagando. Parágrafo. Las entidades contratación que implique embellecimiento, el ornato, la bienes inmuebles. abstenerse de suntuarias u o adecuación cualquier tipo de tales como estéticos de Artículo . Prelación de encuentros virtuales. entidades deberán promover y dar prelación a los encuentros y eventos virtuales y no presenciales sobre actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, manera que estos sean mínimos y plenamente justificados, indicando el rol se cumplirá y la relación directa con las funciones. prelación deberá ser evaluada y sustentada para lo establecido en los artículos 8°, go, 10 Y 11 ° del decreto. 0 Parágrafo. Para la organización se preferirán las se rQf"f"Int"lf"Q virtuales y en los casos gastos aéreo, terrestre, y alimentación a los organizadores, docentes o agendas objeto del que participen en desarrollo la actividad; en caso, privilegiando el de actividades apartadas del país. académicas en las regiones

Artículo 8°

. Suministro de tiquetes. Las entidades públicas que hacen parte del General de la Nación que para la planeación y desarrollo de sus actividades misionales requieran suministro de transporte o terrestre, planear, por lo menos trimestralmente, los sean necesarios especificando asuntos por fuera ciudad donde tengan su los viajes requeridos d trimestre, con objeto de acceder a mejores de transporte y tiquetes aéreos, desarrollando estrategias que permitan optimizar los recursos. Los nacionales e internacionales de todos los órganos que pertenecen al Presupuesto General de la Nación, hacerse en la condición más económ salvo los debidamente justificados. Para el caso deberán justificarse las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, la Presidencia ante Departamento Administrativo Cuando servidor haga parte la comitiva que Presidente la República o Vicepresidenta República y se transporte en avión presidencial o en el medio de transporte que se designe para transportar al Presidente de la República o Vicepresidenta de República, no habrá lugar al pago de gastos de transporte. Los o por j..! ......... v"" de viaje se autorizarán únicamente si no que organizan los eventos. cubiertos por la entidad n~' 8 Gol·· ¿ DECRETO 2026 6 de 14 el Plan de Austeridad del Gasto 2026 para los de la Nación"\nArtículo 9°. . Reconocimiento viáticos. Las que hacen parte del Presupuesto de la Nación deberán aplicar, con carácter restrictivo y prioritario de austeridad, las medidas reconocimiento viáticos y de a) Para el cumplimiento de las funciones misionales, se pnonzará manera obligatoria la de reuniones, eventos y actividades en modalidad virtual. comisiones servicios con desplazamiento físico solo procederán cuando se por la acredite de forma expresa su indispensabilidad, debidamente entidad. b} Cuando la totalidad de los gastos de manutención, alojamiento, transporte o cualquier otro asociado a comisión de servicios sea asumida por otro organismo o entidad pública o privada, no habrá lugar reconocimiento ni pago de viáticos ni gastos viaje. c) Cuando asociados a sean asumidos de se manera parcial por otro organismo o entidad, el reconocimiento de estrictamente necesaria, debidamente limitará exclusivamente a la d soportada y calculada de forma proporcional, conforme a la normativa vigente, quedando prohibido el reconocimiento automático o pleno. en lugar el d) Cuando la comisión de servicios no requiera reconocimiento no el por ciento (50%) del valor establecido en el de viáticos vigente y deberá ajustarse a los reales lugar de miento, previa verificación y justificación por parte de la entidad. Cuando la comisión de servicios requiera pernoctar en el lugar de reconocimiento viáticos será por el ochenta por ciento (80 %) establecido en de viáticos atendiendo a los costos desplazamiento, previa verificación y justificación por parte de la el f) todos los el reconocimiento de viáticos y gastos de viaje deberá sujetarse estrictamente a los principios de austeridad, necesidad, razonabilidad y eficiencia del público, siendo responsabilidad del ordenador del verificar cumplimiento condiciones.

Artículo 10°

. Delegaciones oficiales. los casos delegaciones oficiales las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional deberán conferir comisión de servicios a los servidores públicos cuya participación sea estrictamente necesaria funciones del que desempeñan con el objeto esta. por la relación de entidades y a sus de soportar razonabilidad y necesidad de la del número plural ún el sus servidores, ividualizando la justificación por cada uno de ellos, comisión, y que no se empleo que desempeña, sus funciones, el objeto afectará la prestación del servicio. DECRETO 06 DE 2026 "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del del General de la Página 7 14 2026 los

Artículo 11°

(;). Autorización previa al trámite de comisiones al exterior. Toda servidores pLlblicos de entidades comisión de servicios y de estudios al exterior que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional. debe justificar la exigencia la presencia física y deberá contar con la autorización previa Departamento la Presidencia la República. Administrativo comlslon servicios otorgada a servidores públicos de los órganos hacen parte del Presupuesto General de la Nación, para cumplir compromisos en representación del Gobierno colombiano con organismos o entidades internacionales las cuales Colombia parte, comunicarse fin de actuar previamente al Ministerio de Relaciones Exteriores, con y mejorar la d Gobierno coordinadamente en nacional.

Artículo 12°

. Eventos. En los oficiales de los organismos que hacen parte Presupuesto I de la Nación, se deben observar las siguientes med austeridad: Privilegiar la virtualidad en organización y desarrollo. b) Cuando, excepcionalmente, el evento sea presencial, se deberá dar prioridad al uso de espacios institucionales. c) eventos 1. 11. 111. capacitación: Se dará prelación a la capacitación en modalidad virtual y no presencial, empleando medios y plataformas digitales, herramientas tecnológicas o entidades que sistemas gestión académica con que dispongan hagan del Presupuesto General de la Nación, para la organización y desarrollo de las actividades. Excepcionalmente, las se manera presencial, deberán desarrollarse en instalaciones propias o institucionales, o en uellas que se obtengan en virtud de convenios interadministrativos o con alianzas de cual el(los) universidades, que no generen costos de alquiler, caso en al r donde se a cabo la capacitador(es) deberán capacitación. Las actividades de estarán a servidores la región o territorio donde se desarrollen, y se realizarán en públicos una sola jornada, con una duración de un (1) día, excepto cuando la naturaleza proceso académico exija una duración diferente, sin exceder su duración en más dos (2) noches. El presupuesto destinado a capacitación deberá en como elaboración material guías, textos electrónicos, material audiovisual, videoconferencias, e­ books y herramientas didácticas no impresas, con el fin de racionalízar uso de papelería, contribuyendo a las políticas ambientales de cero papel. consecuencia, se prohíbe la destinación de recursos públicos a la impresión de memorias, libros, textos, así como agendas, cuadernos, bolígrafos, y toda Se leyes, clase de DECRETO 06 8 2026 Página 8 14 "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2026 para los del misionalidad textos o guias procedímentales cada entidad pública cumplimiento para la la de IV) prohibido el suministro de refrigerios en las actividades en las que se suministre desayuno, almuerzo y/o cena. d} provisión ordenadores les deberán racionalizarse el y a los verificarán cumplimiento días, así como la necesarios. medida.

Artículo 13°

. de seguridad. La Unidad Nacional Protección y Dirección de Protección de la Policía Nacional, con acatamiento del marco legal y una revisión a los esquemas reglamentario, deberán en lo posible seguridad de los servidores públicos de entidades de la rama ejecutiva del orden su conformación Estas deberán nacional y procurar enmarcadas en el a la vida e servidores. entidades harán monitoreo constante a uridad. horas extras los esquemas

Artículo 14°

, Vigilancia. Las entidades podrán adoptar medidas dirigidas a reducir el con este tipo contratos, la implementación de dispositivos tecnológicos como alarmas o tecnologías similares, cuando se realicen de y racionalidad medida. las entidades incluir en sus procesos de selección de contratistas, cuando corresponda, disposiciones a la subcontratación del servicio, ndo en todo momento las condiciones economía y rencia, previa autorización expresa de entidad estatal.

Artículo 15°

. Vehículos oficiales. Las que hacen Presupuesto la Nación podrán vehículos cuando automotor presente una obsolescencia superior a seis (6) años, contados a partir de matrícula del vehículo. La necesidad de la sustitución deberá estar debidamente justificada iante estudios técnicos que acrediten su conveniencia y el ahorro para la entidad. tienen asignado el uso procurarán en todo momento de tránsito. no podrán los vehículos asignados a servidores en sitios prohibidos en la vía pública y su uso debe ser exclusivo para el cumplimiento de sus funciones. Los vehículos oficiales sólo podrán ser utilizados de lunes a fines semana y festivos ser justificado en necesidades razones seguridad. y su uso en servicio y en DECRETO n'.. . ~ Q 00.10 DE 2026 Página 9 de 14 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2026 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación" Parágrafo. Se podrá adquirir vehículos, siempre y cuando sea para el uso exclusivo de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, para defensa, seguridad nacional y convivencia ciudadana. La Fiscalía General de la Nación podrá adquirir vehículos, siempre y cuando sea para el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Protección y Asistencia. Igualmente, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia podrá adquirir vehículos para el cumplimiento de su labor de autoridad de vigilancia y control migratorio del Estado colombiano.

Artículo 16°

. Ahorro en publicidad estatal. Las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán abstenerse de celebrar contratos de publicidad y/o propaganda que promocione la gestión del Gobierno nacional, tales como: agendas, almanaques, libretas, pocillos, vasos, esferos, adquirir revistas o similares, informes impresos, folletos o textos institucionales. Las entidades deberán seguir los siguientes lineamientos, para ahorrar en publicidad estatal: a) Todo gasto de publicidad de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, incluidos los que se realicen en desarrollo de contratos de operación logística, así como los efectuados con recursos provenientes de la Banca Multilateral, tendrá que ser informado al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y contar con su visto bueno antes de iniciar los procesos de contratación. b) Todo gasto de publicidad estatal deberá enmarcarse en el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos destinados a la contratación, con el fin de evitar el uso excesivo, controlar el gasto público y garantizar la austeridad. c) Todas las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación ve­ larán por el adecuado control y vigilancia de los rubros que se destinen en sus presupuestos a la publicidad estatal. Parágrafo. El Ministerio de Defensa Nacional- Fuerzas Militares y Policía Nacional, establecerán un plan de reducción de costos para la contratación o realización directa de ediciones, impresiones o publicaciones de documentos, a fin de que la adquisición sea estrictamente la necesaria para adelantar los programas y las funciones que legalmente debe cumplir. En todo caso, bajo las consideraciones que se establecen en el presente decreto respecto a la reducción de impresos, se deberá privilegiar el uso de medios electrónicos para su difusión.

Artículo 17°

. Papelería y telefonía. Para el uso adecuado de papelería y telefonía, las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán: a) Utilizar medios digitales, de manera preferente, y evitar impresiones. DECRETO 2026 10 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de hacen del General de la del Gasto 14 los b) Las publicaciones de toda web. manera preferente en su c) Reducir el consumo, reutilizar y reciclar implementos oficina. nacionales y a celulares y d) Racionalizar las llamadas telefónicas privilegiar sistemas basados en protocolo de y planes telefonía móvil, e) Abstenerse de renovar o adquirir teléfonos Internet y datos para los servidores públicos cualquier nivel, debiendo des­ actualmente contratados. montar gradualmente los planes o servicios que Se exceptúan aquellos que se destinen para la prestación del servicio de atención al ciudadano, la transmisión de datos de cond hid icas, y los requeridos como parte de la dotación del personal que g la seguridad de beneficiarios de esquemas, de acuerdo con lo en el Decreto 1066 de 2015 o el que haga sus veces. Parágrafo. Se podrán adquirir y asignar teléfonos móvil, Internet y datos, de manera exclusiva, de inteligencia y contrainteligencia a cargo ejercen esta función, sin que esta asignación pueda

Artículo 18°

, Suscripción a periódicos y suscripciones a bases de datos. especializadas se efectuarán solamente objeto misional de las entidades. Las para suplir las n,;;"',;;,,,,.n mínimas y planes de telefonía actividades que permanente. y bases de o sea el cumplimiento se adquirirán en del servicio.

Artículo 19°

. Austeridad en eventos y regalos corporativos, Hsouvenirs" o recuerdos. Está prohibida la realización de recepciones, o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos de la Nación. En los casos de muestras culturales o que Entidades se deberá aprobar por el ordenador del gasto respectivo. exceptúan de la anterior disposición los gastos que Administrativo de la Presidencia de la República y los gastos para protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios , de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para encaminadas al fomento del comercio exterior). entidades deberán abstenerse de adquirir regalos corporativos, o recuerdos. No se financiarán regalos corporativos ni artículos promociona les o mercadeo por parte de las entidades que hacen parte del la Nación. Artículo 20°. Condecoraciones. Queda prohibido condecoraciones de cualquier tipo que generen erogación. otorgamiento exceptúan las condecoraciones que debe otorgar Nacional Militares y Policía Nacional para dar cumplimiento a . DECRETO 06 18 DE 2026 Página 11 de 14 Continuación del Decreto "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2026 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación" de carrera y las disposiciones en materia de estímulos y ascenso, las cuales deberán generar un ahorro en los gastos causados por estos conceptos por lo menos del 10%, respecto a la vigencia anterior. Igualmente, estarán exceptuadas las condecoraciones que imponga u otorgue el Presidente de la República, así como las que generen erogación a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o del Ministerio de Relaciones Exteriores en lo relacionado con el ejercicio de las funciones que le son propias.

Artículo 21°

. Racionalización en la Contratación de Estudios. Antes de contratar estudios y/o diseños, cada entidad verificará si cuenta con otros estudios con el mismo o similar objeto (esto se podrá determinar considerando el alcance y los entregables de los estudios) . En estos casos, la respectiva entidad revisará si es posible utilizar, total o parcialmente, los estudios que ya se tienen, para obtener el fin que se propone, o si es necesario actualizar o complementar el estudio o el diseño que ya se tiene, en cuyo caso se aplicarán los principios de la contratación pública y solo contratará los trabajos adicionales que sean necesarios para actualizar o complementar dichos estudios.

Artículo 22°

. Sostenibi/idad ambiental. Las entidades deberán adoptar acciones orientadas a la sostenibilidad ambiental y al uso eficiente de los recursos públicos, en concordancia con las medidas de austeridad y racionalización del gasto, para lo cual procurarán implementar, como mínimo, las siguientes medidas: a) Implementar sistemas de reciclaje y reutilización de aguas, aprovechamiento de aguas lluvias, e instalación de dispositivos hidrosanitarios ahorradores, así como programas de mantenimiento preventivo que permitan reducir pérdidas y consumos innecesarios. b) Fomentar una cultura institucional de ahorro y uso eficiente de la energía y el agua mediante programas pedagógicos permanentes, dirigidos a servidores públicos y contratistas, orientados a modificar hábitos de consumo y a promover prácticas sostenibles. c) Instalar, cuando sea técnica y financieramente viable, sistemas de ahorro de energía, temporizadores, sensores de movimiento, tecnologías de iluminación eficiente y demás mecanismos que contribuyan a la reducción del consumo energético ya la optimización de la infraestructura física. d) Implementar políticas de reutilización y reciclaje de elementos de oficina, maximización de la vida útil de los bienes y herramientas de trabajo, y gestión responsable de residuos tecnológicos, promoviendo su disposición final adecuada o su reaprovechamiento. e) Crear e implementar programas de fomento al uso de medios de transporte ambientalmente sostenibles, tales como bicicletas y transporte público, y articular dichas acciones con políticas de control y racionalización del uso de vehículos oficiales, orientadas a reducir el consumo de combustibles y las emisiones asociadas. 8 n""\" ubl.· el uso de herramientas d uzcan los costos asociados a con las políticas Página 12 14 y plataformas de comunicación virtual servicios de telecomunicaciones, en y ambiental de la Medidas de eficiencia y austeridad en los gastos operativos (;Ii:l!U(J!,s a la inversión. Con de optimizar el uso recursos públicos y reducir los gastos operativos a la ejecución de los y inversión, las entidades y organismos del orden nacional adoptar los siguientes criterios de eficacia y economía: Artículo a) entidades deberán generar ahorros medibles y verificables en los inversión que incluyan productos de fortalecimiento institucional o com operativos, en particular aquellos contemplen la contratación de especializados, profesionales o apoyo a la gestión. b) nueva contratación o renovación proyectos inversión deberá estar su eficiencia y cm;to··etE!Cm recursos y la capacitación, contratos asociados a la de un análisis técnico que alternativas o aprovechamiento del deberán fortalecer de austeridad en los administrativos vinculados a los proyectos de inversión, limitando dichos a los estrictamente indispensables para el cumplimiento los objetivos, productos y resultados previstos. la adquisición de servicios especializados y demás deberán implementar asociados a la inversión, las de demanda, consolidación procesos contractuales y coordinadas, con el fin de obtener competitivos y maximizar identificarán, y reducirán prog la contratos y administrativos relacionados con la inversión, promoviendo la articulación interinstitucional y la funciones. f) recursos de inversión deberán orientarse prioritariamente a proyectos alto impacto social y económico, alineados con las metas del Plan Nacional Desarrollo, restringiendo la asignación de recursos a componentes operativos no Artículo publicar en sus sitios web su plan interno de y evaluación entidades deben de tal forma que ejecución presupuestal, diseño y la adopción del plan interno se debe materializar en la contención y/o reducción efectiva y DECRETO que establece el presente decreto, en 2021. 2026 Página 13 de 14 con 19 de la Ley 21 de Adicionalmente, cada entidad debe integrar sus y propias de Austeridad para la vigencia fiscal 2026 con adopción del Modelo Integrado de , según lo por normas correspondientes, Planeación y Gestión -MI especialmente en las dimensiones de Direccionamiento Estratégico, Evaluación de Resultados y Control Interno.

Artículo 25°

. Contenido mínímo de los planes internos de austeridad. Los planes internos de austeridad deben definir una meta cuantitativa de ahorro para la vigencia 2026, y mecanismos para su cumplimiento. Lo anterior, desde una perspectiva integral de su en la a: i) informar a la ciudadanía sobre la meta cuantitativa de ahorro cumplim 2026; ii) monitorear, hacer seguimiento y revisar ahorro anual y de las medias previstas para alcanzar medidas dirigidas a simplificar procesos y eliminar institucional; iv) impulsar la digitalización de documentos sobrecostos en las compras de bienes y servicios y; vi) institucionales responsables de la ejecución del plan interno encaminada la vigencia la meta de iii) adoptar gestión v) evitar los

Artículo 26°

. Medición de Resultados Cuantitativos. de las categorías de gasto incluidas en los Planes de forma semestral. Con este propósito se pesos del ahorro que se obtiene en con al mismo periodo del anterior, para todas las categorías de gasto definidas en Las Oficinas de Control Interno de las entidades Nación calcularán este indicador y lo incluirán en una informes de seguimiento relativos al cumplimiento , así como en sus informes rendición ciudadanía.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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