Integralidad aprovechamiento. Para efectos de prestación y rem persona prestadora deberá responder por la actividad forma integral que incluye: i) la recolección nsporte selectivo hasta la estación ( , y iii) la clasificación y pesaje clasificación y aprovechamiento CECA). Artículo actividad de aprovechamiento. público aseo en la actividad de la ntendencia de Servicios con lo establecido en numeral 9 del artículo actividad de tarifa, la aprovechamiento de aprovechables, ii) el y aprovechamiento en de de la servicio reg r ante conformidad 1994. prestadoras de la actividad de aprovechamiento que se inscriban la prestación de esta actividad, podrán recolectar residuos presentados por los usua para el inscriban la actividad de recolección y tra bies deberán asumir todas las casos no aplicará el régimen de presente capítulo. La Superinrt:,nn'Q PD) verificará lo aquí dispuesto. Artículo 1.7. Reporte al Sistema Único prestadoras de la actividad Único de Información (SUI) Domiciliarios (SSPD) la información y financiera en los términos y condiciones que dicha entidad. SUBSECCIÓN 2 fACTURACIÓN E INfORMACIÓN DE lA ACTIVIDAD APROVECHAMIENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE Artículo público de aseo. y 1. Obligación de facturación integral del CoAlr''U',.f'''ln las personas prestadoras de la de residuos no aprovechables deberán servicio plJblico de aseo incluyendo la sin exigir trámites, requisitos o información pítulo. DECRETO NÚMERO 1 ' 596 del Hoja No.6 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1 077de 2015 en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio, y se dictan otras disposiciones" Los costos de esta gestión comercial se continuarán remunerando de acuerdo con lo dispuesto en la metodología tarifaria vigente adoptada por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Parágrafo 1.
Las personas prestadoras del servicio público de aseo en la actividad de recolección y transporte de residuos sólidos no aprovechables, deberán adelantar las gestiones ante el concedente de la facturación conjunta, para ajustar los convenios vigentes de acuerdo con lo dispuesto en la metodología tarifaria. Dentro de los ajustes deberán incluirse los necesarios para facturar la actividad de aprovechamiento prestada por terceros.
Parágrafo 2.
Los sistemas comerciales de facturación, recaudo, así como la recepción, reparto y trámite de peticiones, quejas y recursos (PQR) deberán ajustarse para el cumplimiento de las disposiciones del presente capítulo.