Artículo 40°
Asignaciones básicas. A partir del 10 de enero de 2022, fíjese las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para los empleos públicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional: GRADO DIRECTIVO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 19 ASESOR 12.710.428 13.890.142 15.701.899 6.492.446 7.105.062 7.634.678 18.046.13 20.417.530 21.147.043 23.518.438 93 10.657.590 11.881.088 12.710.428 13.890.144 15.701.899 16.495.6~~88 PROFESIONAL TECNICO 2.143.616 n.354.797 I 2.386.940 .607.286 2.660.806 1.754.652 2.947.044 1.960.674 3.287.030 2.104.664 3.571.341 2.170.055 3.826.064 2.261.388 4.348.155 2.399.751 4.807.338 2.535.351 5.451.582 2.701.068 2.995.330 5.900.790 3.291.615 6.320.287 6.798.215 7.247.424 8.242.269 8.953.897 9.645.768 10.598.987 11.710.044 Parágrafo. Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Se podrán crear empleos de medio tiempo, los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación .básica que les corresponda. Se entiende, para efectos de este decreto, por empleos de medio tiempo los que tienen jornada diaria de cuatro (4) horas. .. DECRETO NÚMERO 473 DE 2022 Hoja 16 Continuación del Decreto "Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva. Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, y se dictan otras disposiciones." TíTULO VIII Remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, a las Sociedades de Economía Mixta y a las Entidades de Naturaleza Especial, directas e indirectas, del orden nacional sometidas al régimen de dichas empresas y se dictan otras disposiciones CAPíTULO I Disposiciones Generales