Asignaciones básicas. A partir del 10 de enero 2020, la escala asignación para las distintas denominaciones de empleos públicos del FONDO ADAPTACiÓN, siguiente: DECRETO NÚM 2020 304 Hoja 20 remuneraciones de los empleos que sean y Corporaciones Autónomas GRADO 10 11 12 13 ASIGNACION BASICA 1 18.859.1 20.954.648 24.652.527 la escala de asignación fijada en el presente artículo la primera columna los de remuneración y la segunda indica la asignación mensual establecida para cada grado. TíTULO IX Disposiciones comunes Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos Artículo empleados públicos del nacional. Los incrementos salariales empleados 0 a públicos orden nacional, a que se refiere el artículo 1 la Ley 4 1992, se dispongan de manera retroactiva, deberán tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral. Para tal entidades empleadoras deberán realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a más tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la nómina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo. De conformidad con la Ley 100 de 1993, la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral, en el término establecido en este artículo, causará intereses mora. Liquidación del auxilio de de todos los empleados públicos Artículo orden nacional. incrementos salariales de los empleados públicos del nacional, a que se refiere el artículo 1° la Ley de 1992, se dispongan de manera retroactiva, tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantía. Cuando reajuste retroactivo ~~Q,...tQ las liquidaciones y pagos cesantías realizados en la presente vigencia fiscal, entidades empleadoras deberán respectivas reliquídaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantías, a más tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la nómina en la que se dispone el salarial retroactivo. falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el término establecido en artículo, causará intereses de mora.
Parágrafo 2.
Las asignaciones básicas fijadas en las escalas salariales, corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo. empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remunerarán en forma proporcional tiempo laborado.