Por el cual se determina la nomenclatura y clasificación de los procedimientos médicos, quirúrgicos y hospitalarios del Manual Tarifario y se dictan otras disposiciones.

Decreto · 2423 · 1996-12-31 · Jerarquía: nivel 7

En Revisión
Articulado
Artículos 41–60 de 102

Artículo 24

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales diario vigentes para estudios y procedimientos de Medicina Nuclear, son las siguientes: 1. SISTEMA ENDOCRINO 22101 Captación de lodo 131 por tiroides a 4. y/o 24 horas 4.60 22102 Gamagrafía de tiroides 5.96 22103 Rastreo de metástasis 15.23 22104 Estudio de feocromocitoma 35.63 22105 Terapia de CA de tiroides 60.34 22106 Terapia de hipertiroidismo 16.82 22107 Gamagrafía de glándulas paratiroides con Tl y Tc 38.55 22108 Prueba de supresión (retenciones) 3.82 22109 Test de perclorato 5.15 22110 Gamagrafía de suprarrenales con lodo colesterol 7.48 2. SISTEMA HEMATOPOYETICO Y LINFATICO 22203 Volúmen plasmático 5.67 22204 Volúmen de glóbulos rojos 5.67 22205 Vida media de glóbulos rojos 10.39 22206 Estudio de ferrocinética 9.65 22207 Gamagrafía esplénica 6.90 22209 Gamagrafía ganglios linfáticos 11.59 22210 Gamagrafía de médula ósea 8.90 22211 Vida media del hierro 1.62 22212 Test de Shilling 3.97 3. SISTEMA GASTROINTESTINAL 22301 Gamagrafía hepatoesplénica 8.29 22302 Pool sanguíneo hepático 13.48 22303 Gamagrafía hepatobiliar (IDA) 22.49 22304 Investigación de hemorragia digestiva 22.49 22305 Estudio de glándulas salivares 7.42 22306 Investigación de divertículo de Meckel 14.58 22307 Investigación de reflujo gastroesofágico 11.01 22308 Investigación de vaciamiento gástrico 19.57 22309 Tránsito esofágico 7.88 22310 Investigación de reflujo biliar 22.49 22311 Gamagrafía combinada de hígado y pulmón 14.18 4. SISTEMA NERVIOSO 22401 Gamagrafía cerebral estática 8.68 22402 Gamagrafía cerebral perfusoria 9.69 22403 Cisternografía 12.20 22404 Evaluación de derivaciones 9.72 22405 Gamagrafía y perfusión cerebral 7.39 5. SISTEMA CARDIOVASCULAR 22501 Gamagrafía de pool sanguíneo 9.04 22502 Análisis de primer paso (detección de Shunts) 10.36 22503 Fracción de eyección VI 13.61 22504 Fracción de eyección VD 13.61 22505 Fracción de eyección con motilidad del miocardio en reposo 18.65 22506 Fracción de eyección con motilidad del miocardio en reposo y post ejercicio 26.76 22507 Perfusión miocárdica con isonitrilos en reposo 50.22 22508 Perfusión miocárdica con isonitrilos en reposo y post ejercicio 69.11 22509 Gamagrafía de miocardio con pirofosfatos 11.19 22510 Estudios vasculares arteriales (Perfusión) 6.60 22511 Venografía 10.70 6. SISTEMA RESPIRATORIO 22601 Gamagrafía Pulmonar, Perfusión 12.29 22602 Gamagrafía Pulmonar, ventilación 11.59 22603 Búsqueda de hemorragia Pulmonar 10.17 22604 Gamagrafía Pulmonar, Perfusión y ventilación 19.21 7. SISTEMA GENITOURINARIO (NEFROLOGIA) 22701 Renograma secuencial 11.15 22702 Renograma secuencial con filtración glomerular 13.38 22703 Flujo plasmático renal efectivo 7.71 22704 Residuo vesical (sondas) 8.17 22705 Filtración glomerular 7.02 22706 Gamagrafía de perfusión testicular 9.07 22707 Cistografía 8.50 22708 Renograma basal y post captopril 23.63 22709 Gamagrafía renal estática DMSA 9.00 22710 Perfusión renal 5.93 8. SISTEMA OSTEOARTICULAR 22801 Gamagrafía ósea segmentaria 10.34 22802 Gamagrafía ósea corporal total 12.86 9. OTROS 22901 Dacriocistografia o Gamagrafía vías lagrimales 10.17 22902 Gamagrafía para detección de galio 67 22.13 PARAGRAPFO. Los estudios y tratamientos en los que para su realización, se utilice lodo, Talio, Cobalto y Galio, con excepción de los contenidos bajos los códigos 22101 y 22103, el valor de estos radioactivos se reconocerá de acuerdo con su consumo, por el precio comercial de catálogo para venta al público, fijado por la autoridad competente.

Artículo 25

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales diario vigentes para exámenes y procediientos <sic> de nefrología y urología, son las siguientes: 23101 Cistometrograma 2.18 23102 Estudio completo de impotencia (incluye: falodinamia y estudio vascular) 27.21 23103 Cistometría 3.55 23104 Uroflujometría 1.07 23105 Cambio de cateter urinario 1.04 23106 Bloqueo de nervios pudendos 23107 Esfinteromanometría 1.83 23108 Perfíl de presión uretral 1.72 23109 Estudio de urodinamia standard (uroflujometría, electromiografia esfinteriana y cistometría) 1.76 23110 Estudio de urodinamia con test de fentolamina 9.72 23111 Estudio de urodinamia con test de betanecol 8.93 23112 Estudio de urodinamia con test de diazepán 8.93 23114 Perfil de presión uretral con test de denervación uretral 1.78 23115 Aspiración vesical suprapúbica 2.38 23116 Cateterismo vesical 1.04 23117 Instilación vesical 2.00 23118 Litotricia extracorpórea para cálculos complejos (coraliformes) Costo atención integral 344.16 23119 Litotricia extracorpórea para cálculos simples (piélico, calicial y ureteral único) Costo atención integral 286.85 23120 Manometría piélica 2.18 23121 Dilatación uretral (sesión) 1.83 PARAGRAFPFO. La atención integral de litotricia extracorpórea se refiere al número total de sesiones que cada paciente requiera para su tratamiento y comprende los siguientes conceptos: servicio de los profesionales especialistas y del personal técnico que interviene en la realización del procedimiento; consulta pre y post tratamiento inmediato; consulta de urgencias si el caso lo requiere; práctica de procedimiento; servicio de anestesiología en pacientes que lo ameriten; cistoscopia y cateterismo uretral cuando en la realización del procedimiento sea necesaria derechos de sala con los componentes determinados en el Artículo 54 de este Decreto, sonda de foley y de nelatón, catéteres uretrales simples y cystoflow; servicio de recuperación; estudio radiológico de abdomen pre y post tratamiento y los que posteriormente pueda requerir el paciente hasta que sea dado de alta. Cuando se requiera del uso de medios de contraste y catéteres doble J, se reconocerá hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijado por la autoridad competente. En litiasis bilateral, por el procedimiento en el riñón contralateral se reconocerá una tarifa equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de la establecida para este tipo de procedimientos.

Artículo 26

Las Tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes para Exámenes y Procedimientos de Neumología son las siguientes: 24101 Espirometría simple 1.93 24102 Espirometría simple y con broncodilatadores 3.89 24103 Espirometría simple mas capacidad residual funcional 6.51 24104 Espirometría simple mas volúmen respiratorio y capacidad pulmonar total (incluye: radiografía de tórax AP y LAT) 6.06 24105 Espirometría simple mas difusión de monóxido de carbono 6.51 24106 Gasimetría arterial (cada muestra) 1.41 24107 Espirometría simple mas difusión de monóxido de carbono y gasimetría arterial 7.51 24108 Volúmen de cierre 1.93 24109 Curva de flujo de volúmen 2.31 24110 Curva de flujo de volúmen pre y post- broncodilatadores 4.71 24111 Estudio fisiológico del sueño 5.30 24112 Test de broncomotricidad 6.50 24113 Respuesta ventilatoria a la hipoxia, hiperoxia e hipercapnia 3.82 24114 Medición presión inspiratoria y respiratoria máxima 0.40 24115 Gases arteriales y venosos mixtos, determinación de contenidos, D (a v) 02, extracción periférica y aporte de O2 5.08 24116 Mecánica respiratoria, pletismografía inductiva tórax y abdomen, fuerza y resistencia de músculo respiratorio 5.08 24117 Resistencia total de vías aéreas 2.09 24118 Distensibilidad pulmonar 4.93 24119 ErgoEspirometría completa, (MV,BF,FCO2, RQ, HR, VO2, VCO2, FO2, VO2/HR, VO2/KG, MET, EQO2) 9.33 24120 Cálculo de consumo de oxígeno 3.07 24121 Gases alveolares (gases arteriales, cocientes respiratorios, cálculo espacios muertos en reposo y en esfuerzo y cálculo consumo de oxígeno) 15.72 24122 Punción pleural 3.05 24123 Curva de hiperoxia (5 muestras de arteriales con oxígeno al 100%) 9.04 24124 Test de ejercicio pulmonar 15.07 24125 Saturación percutánea de CO2 10.85 24126 Oximetría de pulso 1.20

Artículo 27

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para exámenes y procedimientos de Cardiología y Hemodinamia, son las siguientes: 25100 Estudio electrofisiológico transesofagico 19.34 25101 Estudio electrofisiológico convencional (no incluye cateterismo) 55.85 25102 Electrocardiograma 1.64 25103 Pericardiocentesis 12.92 25104 Prueba ergométrica o test de ejercicio 9.67 25105 Fonocardiograma y pulsos 4.90 25106 Ecocardiograma modo M 7.37 25107 Ecocardiograma modo M y bidimensional 14.44 25108 Ecocardiograma modo M, bidimensional y doppler 15.99 25109 Ecocardiograma modo M, bidimensional y doppler color 20.62 25110 Ecocardiograma modo M, bidimensional y doppler color intraoperatorio 21.27 25111 Ecocardiograma transesofágico 26.90 25112 Vectocardiograma 4.90 25113 Cateterismo derecho, con o sin angiografía 20.62 25114 Cateterismo izquierdo, con o sin angiografía 24.06 25115 Cateterismo izquierdo y derecho, con o sin angiografía 28.76 25116 Cateterismo transeptal + cateterismo izquierdo y derecho 44.46 25117 Coronariografía (incluye: cateterismo izquierdo, ventriculografía) 34.42 25118 Coronariografía + cateterismo derecho 50.40 25119 Auriculograma izquierdo y/o Arteriografía pulmonar (incluye cateterismo derecho) 21.84 25120 Arteriografía selectiva no coronaria 19.97 25121 Arteriografía renal 20.34 25122 Arteriografía abdominal 20.34 25123 Arteriografía periférica 20.34 25124 Implantación de marcapaso Tránsitorio 16.17 25125 Implantacion de marcapaso definitivo con electrodo venoso 55.28 25126 Electrocardiografía dinámica de 24 horas (Holter) 15.86 25127 Angioplastia coronaria (Incluye: colocación marca- paso y coronariografía post angioplastia inmediata) 51.19 25128 Angioplastia periférica (Incluye: arteriografía post angioplastia) 37.22 25129 Valvuloplastia con balón 93.38 25130 Trombólisis intracoronaria 57.90 25132 Implantación de dispositivo en vena cava inferior 46.07 25133 Aterectomía con cateter 51.19 25134 Implantación de Stent en arteria periférica 37.22 25135 Implantación de Stent intracoronario 51.19 25136 Ablacion por cateter de focos arritmogénicos (sin cateterismo) 55.85 25137 Cardioversión eléctrica de paciente en tratamiento no quirúrgico 12.17 25138 Colocación cateter de Swan Ganz 15.99 25139 Extracción cuerpo extraño intravascular 55.28 25140 Reprogramación de marcapaso 5.08 25141 Ecocardiograma de ejercicio (2 modo M, bidimensional y doppler, mas prueba ergométrica) 41.66 25142 Monitoreo de presión arterial por 24 horas, en paciente ambulatorio 15.86 25143 Estudio de potenciales tardíos 8.53 25144 Mapeo intracoronario con estudio post operatorio 55.85 25145 Evaluación funcional sinusal 24.75 25146 Evaluación conducción AV 22.72 25147 Estimulación auricular 13.79 25148 Cierre de ductus por dispositivo de sombrilla 63.17 25149 Cierre de CIA por dispositivo de sombrilla 79.11 25150 Ecocardiografía de stress farmacológico 47.33 25151 Potenciales EKG y/o electrocardiografía de alta resolución 13.52 PARAGRAFO %o. Los medios de contraste, los catéteres, la guía, la aguja angiográfica y el introductor en los casos que sea necesario, utilizados durante la práctica de los procedimientos, los electrodos de uso en la realización de la prueba ergométrica y el papel polígrafo en el estudio electrofisiológico, se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijado por la autoridad competente. PARAGRAPFO 2o. Los estudios radiológicos que se requiera se reconocerán de acuerdo con las tarifas establecidas en el Artículo 23 - Capítulo Il, adicionalmente se reconocerá el valor de 9.09 Salarios Diarios Mínimos Legales vigentes por estudio sobre los valores determinados en este Artículo, cuando para su realización se realicen registros en película.

Artículo 28

Los exámenes y procedimientos de Neurología tendrán en Salario Mínimos Legales Diarios Vigentes las siguientes tarifas: 26101 Electroencefalograma 2.43 26102 Electroencefalograma con electrodos nasofaríngeos 2.93 26103 Potenciales evocados (visual, auditivo o somato-somato sensorial) 5.76 26104 Punción lumbar 1.83 26105 Bloqueo nervio periférico 3.62 26106 Bloqueo nervio simpático 3.62 26107 Bloqueo seno carotideo 3.62 26108 Bloqueo nervio vago 3.62 26109 Bloqueo regional continuo; incluye controles 1.81 26110 Bloqueo plejo braquial 3.62 26111 Bloqueo unión mononeural 3.62 26112 Bloqueo para cervical 3.62 26113 Bloqueo nervio frénico 3.62 26114 Bloqueo plejo celiaco 5.08 26115 Estudio polisomnografico 50.72 26116 Electrocorticografía 3.02 26117 Telemetría (hora de examen) 7.09

Artículo 29

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para Otorrinolaringología, son las siguientes: 27101 Audiometría de Bekesy 1.35 27102 Audiometría tonal 1.21 27103 Audiometría verbal (logoAudiometría) 1.21 27104 Audiometría de tallo cerebral 6.08 27105 Pruebas de reclutamiento (SISI TDT) c/u 1.04 27106 Pruebas de fatiga (Tone Decay, etc.) c/u 0.77 27107 Estudio vestibular con foto electronistagmografía 13.46 27108 Adaptación de audífono 2.90 27109 Punción seno maxilar 1.35 27110 Impedanciometría 1.27 27111 Nebulizaciones c/u 0.50 27112 Proetz (desplazamiento) c/u 0.50 27113 Acufenometría (inhibición residual) 0.84 27114 Rinomanometría 3.33 27115 Lavado de oídos 0.84 27116 Curación de oído (bajo microscopio) 1.35 27117 Valoración eléctrica de nervio facial(prueba de Hilger) 3.75 27118 Drenaje absceso simple o hematoma de oído externo 2.03 27119 Extracción cuerpo extraño conducto auditivo externo, sin incisión 2.03 27120 Extracción cuerpo extraño nariz 2.03 27121 Taponamiento nasal anterior 2.71 27122 Taponamiento nasal posterior 5.08 27123 Drenaje absceso periamigdalino 2.03 27124 Electronistagmografía 10.11 27125 Curación nariz o senos paranasales 0.84 27126 Infiltración de cornetes 0.84 27127 Pruebas vestibulares calóricas y/o térmicas 2.12 27128 Criocoagulación de cornetes 4.06 27129 Electrococleografía 10.17 27130 Electrocoagulación de mucosa nasal 1.69 27131 Sialometría 5.58

Artículo 30

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para oftalmología, son las siguientes: 28101 Ultrasonografía 6.76 28102 Angiofluoresceinografía unilateral, con fotografías a color de segmento posterior 9.13 28103 Tomografía con pruebas provocativas 19.27 28104 Campo visual central y periférico bilateral 2.63 28105 Sondeo vías lagrimales (mínimo 3. sesiones), incluye: estricturotomía 4.97 28106 Cauterización de puntos lagrimales 2.18 28107 Electrólisis de pestañas 2.18 28108 Extracción cuerpo extraño de la conjuntiva 2.18 28109 Curetaje de la conjuntiva o córnea 2.34 28110 Inyección sub conjuntival 1.83 28111 Drenaje absceso córnea 3.64 28112 Extracción cuerpo extraño superficial de córnea 2.18 28113 Extracción cuerpo extraño superficial de esclerótica 2.18 28114 Examen optométrico 1.69 28115 Evaluación ortóptica 2.16 28116 Evaluación y tratamiento ortóptico (sesión) 0.50 28117 Evaluación y tratamiento pleóptico (sesión) 0.50 28118 Topografía corneal computarizada, unilateral 4.56 28119 Recuento de células endoteliales 4.56 28120 Betaterapia sesión 1.13 28122 Paquimetría (unilateral) 3.49 28123 Biometría ocular (unilateral) 3.49 28124 Electrorretinografía (bilateral) 17.51 28126 Electrooculograma (bilateral) 17.51 28127 Interferometría (unilateral) 2.43 28128 Interferometría (bilateral) 3.63 28129 Fotografía a color de segmento posterior (unilateral) 2.47 28130 Campo visual computarizado (bilateral) 6.35 28131 Drenaje absceso palpebral 1.85 28132 Drenaje chalazión 1.85 28133 Fotocoagulación con Yag láser (capsulotomía, iridectomía ruptura de bandas) 26.76 28134 Fotocoagulación, con láser de argón o kriptón 26.76 28135 Panfotocoagulación de retina, con láser de argón o kriptón 29.58 28136 Fotocoagulación de conjuntiva con láser 19.28

Artículo 31

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para Medicina Física y Rehabilitación, son las siguientes: 29101 Electromiografía (cada extremidad) 2.12 29102 Neuroconducción (cada nervio) 1.75 29103 Neuroconducción bilateral 2.65 29104 Test de Lambert 2.13 29105 Reflejo trigémino facial 2.13 29106 Reflejo H, F o palpebral 2.13 29107 Potenciales evocados(visual,auditivo o somatosensorial) 5.76 29108 Test de fibra única 3.33 29109 Bio feed back 0.68 29110 Estimulación eléctrica transcutánea 0.44 29111 Fenolizaciones o neurólisis de punto motor o nervio periférico 2.65 29112 Terapia física, sesión 0.77 29113 Terapia ocupacional, sesión 0.77 29114 Terapia del lenguaje, sesión 0.77 29115 Terapia para rehabilitación cardíaca, sesión 2.03 29116 Estimulación temprana, sesión 0.77 29117 Terapia respiratoria: higiene bronquial (espirómetro incentivo, percusión, drenaje y ejercicios respiratorios), sesión 0.77 29118 Inhaloterapia, sesión (nebulizador ultrasónico o presión positiva intermitente) 0.77 29119 Test con tensilón 2.30 29120 Electromiografía laríngea 9.03 29121 Terapia grupal de medicina física y rehabilitación 1.83

Artículo 32

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para los procedimientos de Banco de Sangre, son las siguientes: 1. PROCESAMIENTO DE SANGRE Y DERIVADOS 30101 Unidad de crioprecipitados 2.17 30102 Unidad de plaquetas 2.17 30103 Unidad de plasma o plasma fresco 2.17 30104 Unidad de glóbulos rojos 10.01 30105 Unidad de sangre pobre en leucocitos 12.96 30106 Unidad de sangre total 12.96 30107 Plasmaféresis, leucoféresis, plaquetaféresis o eritroféresis 40.12 30108 Autotransfusión 12.96 30111 Unidad de glóbulos rojos lavados 14.77 30112 Concentrado de leucocitos 2.17 2. APLICACION DE SANGRE Y DERIVADOS 30201 Aplicación de crioprecipitados, plaquetas o plasma 1.52 30202 Aplicación de glóbulos rojos o sangre, en paciente hospitalizado 2.68 30203 Aplicación de glóbulos rojos o sangre, en paciente ambulatorio 1.98 30204 Aplicación de glóbulos rojos o sangre, en el domicilio paciente 2.96 30205 Exanguíneo transfusión o plasmaféresis (honorarios) 5.28 30206 Exanguíneo transfusión o plasmaféresis (derechos de sala) 2.62 30207 Flebotomía 3.18 PARAGRAPO fo. El valor de la pruebas de laboratorio clínico que de acuerdo con el Decreto 1.571 de 1.993, se practiquen a la unidad de sangre o componentes previa a su transfusión, está incluído en la tarifa de procesamiento; igualmente el correspondiente a la bolsa recolectora. PARAGRAPFO 2o. El equipo para administración de sangre o sus derivados, así como los elementos que se requieran en la práctica de la Féresis, se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijado por la autoridad competente. ARTICULO 33 Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para exámenes y procedimientos Ecográficos, Vasculares no invasivos y Resonancia Magnética, son las siguientes: 1. ECOGRAFIAS 31100 Obstétrica 2.63 31101 Ginecológica o pélvica 3.21 31102 Vaginal para diagnóstico ginecológico u obstétrico 4.11 31103 Obstétrica con Evaluación de circulación placentaria y fetal, con doppler 5.38 31104 Pélvica con Evaluación doppler 4.11 31105 Abdomen superior, incluye: hígado, páncreas, vías biliares, riñones, bazo y grandes vasos 6.17 31106 Masas abdominales y de retroperitoneo 3.89 31107 Hígado, vías biliares, páncreas y vesícula 3.89 31108 Riñones, bazo, aorta o adrenales 3.89 31109 Abdomen total, incluye: hígado, páncreas, vesícula, vías biliares, riñones, bazo, grandes vasos, pelvis y flancos 7.77 31110 Vías urinarias (riñones, vejiga y próstata transbdominal) 4.71 31111 Vascular testicular (varicocele, torción), con análisis doppler 5.41 31112 Tiroides, glándulas salivares, testículo, pene, tejidos blandos, pared abdominal u ojo 4.00 31113 Control de ovulación con ecografía transabdominal 1.36 31114 Control de ovulación con eco vaginal 2.74 31115 Perfil biofísico 4.03 31116 Cerebral (ecografía transfontanelar) 4.06 31117 Dinámica Modo "B”, ocular y contenido orbitario 5.49 31118 Sonomamografía o ultrasonido de seno, con transductor de alta frecuencia 4.22 31121 Pericardio, pleura o tórax 3.66 31122 Extremidades, articular, cadera pediátrica, hombro o rodilla 4.20 31123 Transrectal 3.39 31124 Biopsia percutánea, punción, aspiración: (procedimiento completo) 9.07 31125 Derivación o drenaje; a la zona, agregar: 8.10 2. VASCULARES NO INVASIVOS 31201 Imagen y doppler pulsado espectral (DUPLEX SCANNING), de: arterias carótidas, arterias vertebrales, arterias axilares y humerales, aorta abdominal, tronco celíaco, arterias ilíacas, arterias renales, arterias mesentéricas, arterias femorales y poplítea, arteria de piernas, venas yugulares internas, venas axilares y humerales, vena cava inferior, vena aorta, venas ilíacas, venas renales, venas femorales iliopoplíteas, venas profundas de pierna, mapeo de venas superficiales de MM.!Il, mapeo de venas superficiales de MM.SS, masas vasculares o transcraneal. 12.63 31202 Oculopletismografía 5.69 31203 Pletismografía venosa o arterial de MMSS o MMII 5.69 31204 Pletismografia venosa o arterial de MMSS o MMII en reposo y post ejercicio 9.68 31205 Fotopletismografía arterial o venosa 5.69 31206 Pletismografía arterial digital 5.69 31207 Pletismografía arterial peneana 5.69 31208 Pletismografía de tiempo recuperación de llenado venoso MMII 5.69 31209 Pletismografía de pies y gruesos artejos 5.69 31210 Doppler continuo bidireccional, periorbitario, arterial o venoso de MMSS aorta abdominal y arterias ilíacas, venas cava inferior e ilíacas, arterial o de venas profundas de MMII, circulación peneana, circulación venosa o arterial escrotal. 5.09 31211 Doppler continuo bidireccional, carótidas, arterias vertebrales, arterial o venoso de MMII 5.09 31212 Doppler continuo bidireccional, digital 6.65 31213 Doppler continuo bidireccional para mapeo arterial 6.65 31214 Doppler con análisis espectral, periorbitario, arterial o venoso de MMSS, aorta abdominal y arterias i¡líacas, venas cava inferior e ilíacas, arterial o de venas profundas de MMII, circulación peneana, circulación venosa o arterial escrotal. 5.09 31215 Doppler con análisis espectral, carótidas, arterias vertebrales, arterial o venoso de MMII, aorta abdominal y arterias ilíacas, o de venas cava inferior e ilíacas. 5.09 31216 Fonoangiografía carotidea 5.69 31217 Examen obstétrico con Evaluación de circulación placentaria 5.69 31218 Estudio de impotencia 9.68 31219 Estudio de riñón trasplantado con análisis Doppler 6.65 31220 Estudio de otros órganos trasplantados 8.10 31221 Estudio de control de trasplantes 4.53 Cuando el examen se realice con doppler color, se reconocerá adicionalmente un 30% sobre el valor de la tarifa establecida para el estudio practicado. 3. RESONANCIA MAGNETICA 31301 Articulaciones: pie y cuello del pie, rodilla, cadera, codo, hombro, temporo mandibular 34.40 31302 Comparativas de las articulaciones anteriores 68.77 31303 Cráneo (base de Cráneo, órbitas, cerebro, silla turca), columna, cervical, columna torácica, columna lumbosacra, tórax (corazón, grandes vasos, mediastino y pulmones), abdomen y pelvis, sistema músculo esquelético 85.97 31304 Examen de control en las regiones anteriores, por la misma causa que originó el examen inicial y en un lapso no mayor a seis (6) meses 80.24 31305 Segmento adicional de columna vertebral 74.51 31306 Angiografía por resonancia magnética 68.77 31307 Examen para magnético (Gadolinio DTPA); al valor del examen, agregar: 32.54 Las tarifas corresponden a la práctica de los estudios en forma completa, que incluye: cortes axiales, sagitales y coronales en secuencias T1 y T2. Cuando practicado el examen inicial se requiera de uno adicional con medio de contraste, su tarifa será el equivalente al veinticinco por ciento (25%) del valor inicial. El medio de contraste que se utilice en la práctica del examen, se reconocerá hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijado por autoridad competente.

Artículo 34

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para los Estudios de Genética, son las siguientes: 32101 Cariotipo con bandeo G de alta resolución 13.81 32102 Cariotipo con bandeo R de alta resolución 13.81 32103 Cariotipo con bandeo Co Q 12.67 32106 Cariotipo para cromosoma X frágil 13.81 32107 Cariotipo para estados leucémicos 13.81 32108 Cariotipo para cromosoma Philadelphia 12.67 32109 Cariotipo con bandeo G de restos ovulares 19.72 32110 Cariotipo con bandeo R de restos ovulares 19.72 32111 Cariotipo para intercambio de cromatides hermanas 15.78 32112 Cariotipo en vellosidades coriónicas 29.58 32113 Cariotipo en líquido amniótico 12.67 32114 Estudio de cromosomas en cultivo de fibroblastos 5.33 32115 Hibridización in situ con fluorescencia 49.30 32116 Test de cromatina 2.81 32117 Diagnóstico molecular de enfermedades 59.17 32118 Estudio de penetración de espermatozoides en oocitos desnudos de Hamster (incluye: preparación de los espermatozoides del paciente en caso de proceder a inseminación artificial) 13.75 32119 Consejería genética 1.24

Artículo 35

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes para los procedimientos de Oncología, son las siguientes: 1. TELECOBALTOTERAPIA 33101 Tipo | Campo único en: encéfalo, cara, tronco, pelvis/periné, extremidades, cuello o axila/axilo supraclavicular 62.04 33102 Tipo Il Unilateral en cara y cuello; profilaxis de encéfalo; campos múltiples en cara, cuello, mediastino, axilo supra clavicular; campos múltiples y/o bilateral en axila; mediastino supraclavicular 77.35 33103 Tipo lll Profilaxis de encéfalo y raquis; campos múltiples en encéfalo, tórax, abdominal parcial, pelvis, raquis, extremidades o glándula mamaria; ganglionar pre y post operatorio de mama; cuello y mediastino; hemitórax o hemiabdomen, bilateral en cara y cuello. 93.41 33104 Tipo IV Cara, cuello y mediastino; ganglionar supradiafragmática o infradiafragmática; baño torácico; abdominal total; encéfalo y raquis; completa de mama; corporal total 107.68 33105 Tipo Especial Entidades benignas; paleación en una dosis parcial, pelvis, raquis o extremidades; o glándula mamaria; ganglionar pre y post operatorio de mama; cuello y mediastino; hemitórax o hemiabdomen, bilateral en cara y cuello 36.37 2. RADIOTERAPIA ORTOVOLTAJE 33201 Tipo | Tratamientos superficiales y combinados o dosis de refuerzo, con Rx hasta 139 Kvp 29.68 33202 Tipo Il Tratamientos superficiales y exclusivos con Rx de más de 140 Kvp 59.23 3. CURIETERAPIA GINECOLOGICA 33301 Tipo | Combinada, un tiempo 46.93 33302 Tipo Il Combinada, dos tiempos 69.24 33303 Tipo lIl Exclusiva un tiempo 75.83 33304 Tipo IV Exclusiva dos tiempos 87,49 4. CURIETERAPIA INTERSTICIAL 33401 Tipo | Combinada, planar simple 29.78 33402 Tipo Il Combinada, biplanar 38.54 33403 Tipo Ill Combinada, volumétrica 44.49 33404 Tipo IV Exclusiva planar simple 59.19 33405 Tipo V Exclusiva, biplanar 76.94 33406 Tipo VI Exclusiva, volumétrica 88.75 5. TERAPIA CON ELECTRONES 33501 Tipo | Tratamientos combinados o dosis de refuerzo 29.78 33502 Tipo ll Tratamientos exclusivos, campo único 59.19 33503 Tipo lIl Tratamientos exclusivos, campos múltiples 88.75 6. QUIMIOTERAPIA 33600 Quimioterapia intratecal 8.45 33601 Monoquimioterapia (ciclo completo de tratamiento) 11.30 33602 Poliquimioterapia (ciclo completo de tratamiento) cualquier esquema de protocolo 19.04 Las tarifas mencionadas en este artículo, incluyen además de la aplicación del tratamiento, los controles ambulatorios que requiere el paciente. PARAGRAFO 1o. Las tarifas señaladas para los procedimientos de telecobaltoterapia, radioterapia, curieterapia y terapia con electrones, corresponden al costo total del tratamiento prescrito e incluyen los servicios básicos para su planeación y ejecución, entre ellos la elaboración del plan de tratamiento y el cálculo de dosis. Adicional a los valores para la aplicación de estos procedimientos, se pagarán las consultas de especialistas necesarias para definir el diagnóstico y orientar el tratamiento; así mismo las interconsultas que en concepto del especialista responsable de la atención se requieran en el lapso en que el paciente recibe el tratamiento. PARAGRAPFO 2o. El valor de las drogas y medicamentos que se consuman en la práctica de los tratamientos de quimioterapia, se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijados por la autoridad competente. PARAGRAPO 3o. Cuando el procedimiento se realice con acelerador lineal, se reconocerá un valor adicional del treinta por ciento (30%) sobre la tarifa correspondiente al tipo de tratamiento ordenado. Así mismo, cuando complementariamente se utilicen equipos de simulación, la tarifa del tipo de tratamiento practicado se incrementará en 8.84 salarios diarios mínimos legales vigentes.

Artículo 36

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para los procedimientos de Alergología, son las siguientes: 34101 Test de alergias, estudio completo de prueba por escarificación, intradérmica, puntura o parche, de eroalergenos o alimentos 12.94 34103 Tratamiento mensual inmunoterapéutico completo (hipo sensibilización) Incluye: preparación, suministro y aplicación de antígenos con uno o más extractos alergénicos y controles médicos 13.22 34104 Tratamiento inmunoterapéutico completo (hipo- sensibilización), de alergia en menores de 6 años por picadura de pulga 4.06 34105 Tratamiento inmunoterapéutico completo (hipo- sensibilización), de alergia en mayores de 6 años por picadura de pulga 8.11

Artículo 37

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para los procedimientos de Psiquiatría y Psicología, son las siguientes: 35102 Valoración por Psicólogo 0.82 35103 Psicoterapia individual por Psiquiatra, sesión 1.63 35104 Psicoterapia individual por Psicólogo, sesión 0.74 35105 Psicoterapia de grupo por Psiquiatra, sesión 1.85 35106 Psicoterapia de grupo por Psicólogo, sesión 0.96 35107 Psicoterapia de pareja por Psiquiatra, sesión 1.85 35108 Psicoterapia de pareja por Psicólogo, sesión 0.98 35109 Psicoterapia de familia, sesión 2.16 35110 Examen Psicopedagógico 0.87 35111 Test de Rorschach 2.61 35112 Inventario de personalidad (MMPI) 1.08 35113 Pruebas de percepción temática (CAT o TAC) 1.30 35114 Escala de Weschler para niños y adultos 1.51 35115 Escala infantil de inteligencia Therman 1.51 35116 Terapia electroconvulsiva, sesión (sin anestesia ni relajante) 1.04

Artículo 38

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para los procedimientos de Servicios Ambulatorios de Salud Oral, son las siguientes: 1. ACTIVIDADES DIAGNOSTICA Y DE URGENCIA 36100 Consulta especializada 1.41 36101 Examen clínico de primera vez 0.82 36102 Consulta de urgencias (para solución de problemas agudos, dolorosos, hemorrágicos, traumáticos o infecciosos) 0.89 36103 Radiografías intraorales (periapicales y/o coronales) 0.37 36104 Radiografías intraorales (oclusales) 0.68 36105 Radiografías intraorales (perfil de cara con cefalostato) 2.24 36108 Impresión de arco dentario superior o inferior, con modelo de estudio y concepto 1.29 36109 Fotografía clínica extraoral en blanco y negro, frontal o lateral 0.83 36110 Examen y estudio para cirugía ortognática comprende: registros, cefalometría estudio de fotos 2.90 36111 Estudio de oclusión y ATM 2.90 2. OPERATORIA DENTAL 36201 Obturación de una superficie en amalgama de plata o resina compuesta de autocurado 0.84 36202 Obturación de una superficie adicional en amalgama de plata o resina compuesta de autocurado 0.43 36203 Obturación de una superficie en resina de fotocurado 1.45 36204 Obturación de superficie adicional en resina de fotocurado 0.72 36205 Obturación definitiva de una superficie en iinómero de vidrio 1.07 36206 Obturación definitiva de una superficie adicional en ionómero de vidrio 0.53 36207 Corona acrílica para dientes anteriores 5.95 36208 Colocación de pin milimétrico 0.98 36209 Reconstrucción de ángulo incisal con resina de fotocurado 3.67 36210 Reconstrucción tercio incisal con resina de fotocurado 7.37 3. PERIODONCIA 36301 Tallado selectivo, por arcada (sin estudio de oclusión y ATM) 2.90 36303 Detartraje (por cuadrante) 3.33 36304 Injerto gingival (cada diente) 3.57 36305 Gingivoplastia (cada diente) 3.57 36306 Gingivectomía (cada diente) 4.26 36307 Curetaje y/o alisado radicular campo cerrado (cada diente) 3.57 36308 Curetaje y/o alisado radicular campo abierto (cada diente) 4.26 4. ENDODONCIA 36401 Tratamiento de conductos en dientes unirradiculares con radiografía previa y de control; no incluye valor de RX 2.81 36402 Tratamiento de conductos en dientes birradiculares con radiografía previa y de control; no incluye valor de RX(cada conducto) 3.52 36403 Tratamiento de conductos en dientes multirradiculares con radiografía previa y de control; no incluye valor de RX (cada conducto) 4.24 5. ORTODONCIA 36501 Examen y estudio del caso (comprende: registros, cefalometría y estudio de fotos) 2.90 36502 Placa removible con accesorios 9.67 36503 Placa con tornillo de expansión 13.53 36504 Mantenedor fijo de espacio 9.67 36505 Arco lingual y botón de Nance 9.67 36506 Extracción seriada, previo estudio del caso 7.73 36507 Mentonera como tratamiento único 7.13 36508 Ortodoncia correctiva (cada arcada) 96.69 36509 Aparatos Cráneo maxilares como tratamiento único 36510 Plano inclinado 7.73 36511 Control mensual 0.98 36513 Control de crecimiento y desarrollo, sesión 0.98 36514 Rejilla fina para control de hábitos 7.73 36515 Máscara facial, como tratamiento 11.49 36516 Protractor 11.49 6. CIRUGIA ORAL 36601 Exodoncia simple de unirradiculares 0.76 36602 Exodoncia simple de multirradiculares 0.93 36603 Exodoncia unirradicular (vía abierta), con radiografía previa y de control; no incluye valor de RX 2.12 36604 Exodoncia multirradicular (vía abierta), con radiografía previa y de control; no incluye valor de RX 3.52 36605 Apicectomía de dientes unirradiculares; incluye el relleno radicular; no incluye no incluye valor de RX 4.22 36606 Apicectomía de dientes multirradiculares, incluye el relleno radicular; no incluye valor de RX 6.34 36607 Regularización de rebordes (cada arcada); no incluye radiografías previa y de control 4.06 36608 Amputación radicular con hemisección; no incluye tratamiento de conductos 4.26 36609 Injerto óseo autógeno por diente; incluye: toma de injerto intraoral 6.40 36610 Injerto aloplástico cerámico (cada diente) 4.26 36611 Fijaciones temporales (cada cuadrante) 3.57 36613 Tratamiento quirúrgico hemorragia post exodoncia o por alveolitis 2.19 36614 Reimplante o trasplante de diente 5.02 36616 Resección de capuchón pericoronario 2.68 7. PROTESIS Y ORTESIS ACTIVIDAD DEL ODONTOLOGO EN LA ELABORACION 36701 Prótesis total 1/2 caso (superior o inferior); no incluye modelos 7.12 36702 Prótesis removible (superior o inferior); no incluye modelos 5.69 36703 Prótesis fija, cada unidad (soportes y ponticos) 7.12 36704 Férulas acrílicas (superior o inferior) 1.91 36705 Férulas coladas (superior o inferior) 2.83 36706 Núcleos metálicos 2.90 36707 Placa obturadora para pacientes con secuela de labio y paladar hendido; no incluye modelos 5.71 36708 Unidad puente fijo tipo Maryland 7.12 36709 Placa neuro miorrelajante, previo estudio del caso; no incluye modelos 7.73 ACTIVIDAD DEL ODONTOLOGO EN LA REPARACION 36710 Prescripción y controles para reparación de Prótesis 1.94 8. ODONTOPEDIATRIA 36801 Corona en acero inoxidable 1.30 36802 Corona en policarbonato o forma plástica 1.30 36803 Tratamiento de conductos dientes temporales 1.41 36804 Exodoncia diente temporal 0.43 36805 Frenectomía o freniectomía 2.68 36806 Resina preventiva presellante 0.43 9. PREVENCION 36901 Control de placa, clasificación de riesgo e instrucción de higiene oral 0.56 36902 Control de placa y de cepillado 0.56 36903 Educación en salud oral y control de riesgo 0.56 36904 Aplicación tópica seriada de fluoruros, niños; incluye: profilaxis 0.82 36905 Aplicación tópica de fluoruros, en adultos; incluye: profilaxis 0.82 36906 Terapia de mantenimiento, sesión; incluye: profilaxis 0.71 36907 Aplicación de sellante de autocurado en fosetas y fisuras (cada diente) 0.28 36908 Aplicación de sellantes de fotocurado en fosetas y fisuras (cada diente) 0.72 PARAGRAFO %o. La mano de obra y los materiales que se utilicen en la elaboración y reparación de prótesis y ortesis, se pagarán a los precios oficiales fijados por los laboratorios dentales para estas actividades. PARAGRAFO 2o. Los materiales que se utilicen en la práctica de la cirugía periodontal con reposición ósea, se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijado por la autoridad competente.

Artículo 39

Las tarifas establecidas en Salarios Mínimos Legales Diario Vigentes para los procedimientos de Diagnóstico y Terapéuticos, son las siguientes: 1. GINECO OBSTETRICIA 37100 Examen bajo anestesia 1.69 37101 Cauterización de cervix 1.76 37102 Extirpación pólipo pediculado sesil (cuello uterino) 2.12 37103 Criocirugía de cervix 3.52 37104 Dilatación instrumental o manual de la vagina, sesión 1.76 37105 Monitoría fetal anteparto, sesión 0.90 37106 Monitoría fetal intraparto, durante todo el trabajo de parto 3.88 37107 Colpocentesis 1.91 37108 Inserción o retiro de dispositivo intrauterino de cualquier tipo; incluye: consulta y dispositivo 1.92 37109 Taponamiento vaginal 2.47 2. ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA 37201 Artrocentesis 1.76 37202 Tratamiento esguinces 3.52 37203 Infiltración intra articular, bolsa sinovial, ligamentosa, neuroma o de punto muscular doloroso 0.65 37205 Inmovilización coccix por luxación 3.52 37206 Inmovilización miembro superior o inferior total O parcial 1.88 CAMBIO DE YESOS 37207 Hombro, MMSS o tobillo 1.88 37208 Muslo y/o pierna 2.80 37209 Tórax y/o pelvis 3.73 3. CIRUGIA DE MANO 37301 Tratamiento ortopédico dedo en martillo 4.80 37302 Tratamiento esguince metacarpofalángico (una a dos) 3.52 37303 Tratamiento esguince metacarpofalángico (tres ó mas) 4.80 37304 Tratamiento esguince interfalángico (una a dos) 3.52 37305 Tratamiento esguince interfalángico (tres ó mas) 4.80 4. CIRUGIA PLASTICA 37401 Curación simple con inmovilización 1.76 37402 Tratamiento médico queloide: incluye: Infiltraciones y otros 5.25 37403 Crioterapia (sesión) 2.18 37404 Drenaje piel y/o tejidos celular subcutáneo, incluye: Absceso superficial, hematoma, panadizo 2.18 Cauterización o fulguración en piel (sesión), incluye verrugas y lunares: 37405 De una a tres 1.76 37406 De cuatro a siete 3.17 37407 De ocho ó mas 5.28 5. CIRUGIA GENERAL 37501 Paracentesis abdominal 2.31 37502 Disección venosa 1.91 37503 Lavado gástrico 1.02 37504 Venodisección y catéter subclavio 4.20 37506 Colocación línea arterial 4.20 37507 Intubación orotraqueal (exclusivamente en casos de reanimación) 4.20 37508 Colecistectomía laparoscópica 240.02 37509 Escleroterapia venosa; tratamiento completo uni o bilateral por paciente, en varices grado l o ll; incluye las soluciones veno esclerosantes 30.99 6. DIETETICA 37601 Determinación de régimen dietético en paciente ambulatorio 0.87 37602 Interconsulta de soporte nutricional especializado, en paciente hospitalizado que requiera nutrición parenteral o soporte enteral especial 0.84 7. TRABAJO SOCIAL 37701 Consulta social, sesión 0.62 37702 Consulta familiar, sesión 0.69 37703 Terapia familiar, sesión 0.92 37704 Acciones socio educativas a grupo, sesión 0.55 8. OTROS 37801 Quimiofototerapia (tratamiento para psoriasis, vitiligo y linfomas), sesión 1.04 37804 Tratamiento con toxina botulinica, sesión 14.24 37805 Oxigenación hiperbárica, sesión 14.48 PARAGRAPO. La tarifa del procedimiento 37508 Colecistectomía Laparoscópica, corresponde a su realización en forma integral e incorpora los siguientes conceptos: servicios profesionales de cirujanos, anestesiólogo y ayudante quirúrgico, incluídos el control pre y los postquirúrgicos intrahospitalarios y ambulatorio; derechos de sala de cirugía con los componentes determinados en el Artículo 52 de este Decreto; material de sutura y curación de cualquier clase; (incluye: trócares; pistola; cánulas de aspiración, irrigación y disección; agujas de verres, ganchos, ligaclips, electrodos); medicamentos y soluciones, que se consuman en el quirófano, sala de recuperación y en el servicio de hospitalización; oxígeno, agentes y gases anestésicos; permanencia del paciente en la sala de recuperación y en el servicio de hospitalización; estudio anatomopatológico de la pieza quirúrgica. CAPITULO V. SERVICIOS INTRAHOSPITALARIOS Y AMBULATORIOS ESTANCIAS, SERVICIOS PROFESIONALES, DERECHOS DE SALA, MATERIALES, SUMINISTROS Y EQUIPOS CONTENIDO Y TARIFAS ¡ARTICULO 40. La estancia en todos los casos comprende los siguientes servicio básicos: a. Médico general hospitalario de piso b. Enfermera c. Auxiliar de enfermería d. Dotación básica de elementos de enfermería e. Material de curación f. Alimentación adecuada al estado del paciente (excepto sustancias de nutrición enteral o parenteral) g. Suministro de ropa de cama h. Aseo ¡. Servicios públicos de energía eléctrica y agua j. Servicios y recursos de la Institución Prestadora de Servicio para comodidad del paciente (ascensores, calderas, llamado de enfermeras, teléfono local, aire acondicionado, etc.,) PARAGRAPO lo. Se entiende como dotación básica de elementos de enfermería, aquella utilizada por este personal, durante la realización de actividades relacionadas con control de signos vitales, valoración de talla y peso, administración de medicamentos por vía tópica y oral, así como los elementos de protección personal necesarios para el manejo de pacientes aislados o de cuidado especial. De este concepto se excluyen, los elementos y materiales utilizados en la administración de medicamentos por vía parenteral y la realización de limpieza y curación de heridas. PARAGRAPO 2o. Por material de curación se entiende todos los suministros que se utilizan en el lavado, desinfección y protección de lesiones de piel, cualquiera que sea el tipo de elementos empleados. PARAGRAPO 3o. Adicional a la tarifa de la estancia, durante los días que al paciente se le realicen curaciones, como parte del tratamiento de su complicación, por concepto de materiales se reconocerá diariamente la suma de: 39300 Materiales de curación por complicaciones intra hospitalarias 1.58 Este valor se reconocerá únicamente en los siguientes casos: a. Pacientes que en el postoperatorio se complican con fascitis necrosante, fístulas, osteomielitis y abscesos de pared abdominal, o se les realice curación en abdomen abierto b. Pacientes con quemaduras o heridas traumáticas que presenten pérdida de sustancias Cc. Pacientes con escaras de decúbito, úlceras isquémicas o gangrena gaseosa

Artículo 41

La estancia en Instituciones hospitalarias para cuidado de paciente crónico somático, comprende además de los servicios básicos, la atención de médicos generales y de especialistas correspondientes a la misma especialidad a la que pertenece la afección crónica que padece el paciente, de acuerdo a lo establecido en el Código 38325 de este Manual.

Artículo 42

La estancia en la Unidad de Trasplante, comprende además de lo servicios básicos, la utilización de equipos de monitoría, ventilación, desfibrilación y adicionales requeridos, de acuerdo a lo establecido en el Código 38435 de este Manual.

Artículo 43

La estancia en la Unidad de Cuidado Intensivo, comprende ademá de los servicios básicos, la atención médica de especialista en cuidado intensivo, de personal paramédico, la utilización de los equipos de: Monitoría cardioscópica y de presión, ventilación mecánica, de presión y volúmen, desfibrilación, cardioversión, y la práctica de los electrocardiogramas, electroencefalogramas y gasimetrías que se requieran, de acuerdo a lo establecido en el Código 38525 de este Manual. PARAGRAPO. Los servicios profesionales de los especialistas, diferentes a los comprendidos en la estancia y que deban intervenir en la atención del paciente de Cuidado Intensivo, se reconocerá según la tarifa de interconsulta establecida en el Artículo 49 de este Decreto.

Artículo 44

La estancia en la Unidad de Cuidado Intermedio, comprende lo mismos servicios esblecidos para la Unidad de Cuidado Intensivo, con excepción de la asistencia ventilatoria, de acuerdo a lo establecido en el Código 38825 de este Manual.

Artículo 45

La estancia en la Unidad de Quemados, comprende además de lo servicios básicos, la atención médica especializada en el manejo de este tipo de pacientes, personal de enfermería y nutrición capacitado en esta disciplina y la utilización de los equipos médicos especializados. PARAGRAPO. Los materiales de curación, utilizados en la Unidad de Quemados están excluídos de la tarifa de la estancia y se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para la venta al público fijado por la autoridad competente.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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