Funciones de la Subdirección de Comercialización y Financiamiento Agropecuario Rural. Son funciones de la Subdirección de Comercialización y Financiamiento Agropecuario Rural, las siguientes: 1. Coordinar el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos, en relación con la reforma agraria, comercialización interna y externa, agroindustria y desarrollo empresarial rural, competitividad, inteligencia de mercados, sistemas de información, financiamiento y capitalización e infraestructura rural (incluyendo vivienda rural y adecuación de tierras). 2. Realizar estudios y análisis de coyuntura nacional e internacional sobre los temas de su competencia, en coordinación con otras direcciones del Departamento Nacional de Planeación y entidades pertinentes. 3. Preparar y gestionar normas sobre la organización, funcionamiento y gestión institucional requeridos para adelantar las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural sostenible en el ámbito de su competencia. 4. Preparar conceptos y realizar diagnósticos y estudios sobre temas relacionados con la exportación e importación de bienes agrícolas y agroindustriales, política arancelaria y comercial, integración económica y negociaciones bilaterales y multilaterales, en conjunto con la Dirección de Innovación y Desarrollo Empresarial, los Ministerios y entidades correspondientes. 5. Elaborar conceptos técnicos y brindar asesoría y asistencia técnica relacionada con iniciativas de política, regulación y con planes y programas de inversión, en el ámbito de su competencia. 6. Realizar el control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión que tengan . relación con los temas de su competencia. 7. Proponer, evaluar y promover la adopción de mecanismos financieros, garantías y facilidades de financiamiento para los planes, programas y proyectos del sector rural, en coordinación con otras dependencias del DNP, así como con las entidades pertinentes. 8. Orientar, participar y promover la formulación, en forma conjunta con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de políticas, planes, programas y proyectos de inversión en el sector caficultor. 9. Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas. ~------------------------------~~,4 " · DECRETO NÚMERO 2189 DE 2017 Página 64 de 78 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación"\nArtículo 54°. Funciones de la Dirección de Desarrollo Urbano. Son funciones de la Dirección de Desarrollo Urbano, las siguientes: 1. Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del Departamento Nacional de Planeación en los ámbitos de desarrollo urbano, vivienda, servicios públicos, agua potable, saneamiento básico y equipamiento, en coordinación con los organismos y entidades pertinentes, y en el marco del Plan Nacional de Desarrollo. 2. Orientar, participar y promover la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en los sectores de su competencia, incluyendo la formulación de indicadores sectoriales, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes. 3. Formular documentos de política, en los temas de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con u na visión del Estado en el largo plazo. 4. Apoyar técnicamente la elaboración y acompañamiento de la ejecución del presupuesto de inversión nacional de los sectores de su competencia. 5. Orientar, promover y realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, planes, programas, proyectos e instrumentos de concertación y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios. 6. Orientar y promover la aplicación de indicadores que permitan identificar las necesidades de inversión pública en los sectores de su competencia, en coordinación con otras dependencias del Departamento Nacional de Planeación. 7. Acompañar y asesorar técnicamente a las entidades territoriales y a las empresas de servicios públicos· en la formulación, solicitud y desarrollo de proyectos con endeudamiento externo e interno y/o aval de la Nación, en los ámbitos de su competencia. 8. Analizar la normatividad nacional e internacional pertinente, preparar y gestionar normas sobre la organización, funcionamiento y gestión institucional requeridas para adelantar políticas, planes, programas y proyectos de los sectores de su competencia y realizar seguimiento y evaluación a los procesos de reforma institucional. 9. Diseñar y orientar programas para el fortalecimiento de la planeación territorial en los sectores de desarrollo, vivienda, agua potable, saneamiento básico y equipamiento urbano. 10. Diseñar políticas y hacer seguimiento al mercado de financiación hipotecaria, de desarrollo urbano, y servicios públicos domiciliarios de su competencia. 11. Preparar conceptos técnicos y brindar asesoría y asistencia técnica relacionada con iniciativas de política, regulación y con planes y programas de inversión, en los ámbitos de su competencia. ~ e ________________________________________________ ~D ~ _ ~ ~ . DECRETO NÚMERO 2189 DE 2017 Página 65 de 78 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Plane a ción" 12. Apoyar técnicamente a la Dirección General del DNP en sus labores en las Comisiones de Regulación de los sectores de su competencia, además de realizar el seguimiento y evaluación técnica y presupuestal de las mismas. 13. Formular, en coordinación con las entidades competentes, directrices, orientaciones, objetivos, estrategias y documentos de política nacional urbana, orientados al desarrollo físico, social, económico y ambiental, en el marco de la sostenibilidad. 14. Realizar acciones que propicien la articulación y coordinación de las políticas públicas y de las actuaciones sectoriales localizadas en el ámbito urbano, orientado al .mejoramiento de la calidad de vida urbana de competencia de la Dirección. 15. Promover la formulación de macroproyectos urbanos, proyectos de renovación urbana, desmarginalización y mejoramiento de barrios y recuperación de espacio público, articulando las políticas de vivienda, agua potable, servicios públicos, transporte urbano, ambiente y prevención y atención de desastres y demás relacionadas con el ámbito urbano. 16. Definir criterios para la distribución del Sistema General de Participaciones para agua potable y saneamiento básico, en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. 17. Evaluar y dar recomendaciones sobre proyectos de recuperación y rehabilitación del patrimonio inmueble de las ciudades, orientados a su aprovechamiento para usos habitacionales, comerciales y de otra índole. 18. Promover la integración de la información catastral y cartográfica y los sistemas de información geográfica, a la planificación urbana y desarrollar estrategias para su integración. 19.Apoyar anualmente y en coordinación con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la elaboración del documento CONPES de reajuste de avalúos catastrales por concepto de conservación. 20. Participar y coordinar el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas e instrumentos de promoción para el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y la propiedad intelectual, en los sectores de su competencia, en coordinación con la Dirección de Innovación y Desarrollo Empresarial. 21. Promover la preparación de normas, en coordinación con la oficina Asesora Jurídica, sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar políticas, planes, programas y proyectos en los sectores y áreas de su competencia. 22. Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.