Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, se crean nuevas

Decreto · 1874 · 2021-12-30 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 37

Artículo 1°

Estructura. Para el desarrollo de sus funciones, el Ministerio de Defensa Nacional, tendrá la siguiente estructura: 1. Despacho del Ministro 1.1 Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TICS 1.2 1.3 1.4 Oficina de Respuesta a Incidentes Cibernéticos-CSIRT Oficina de Control Interno Sectorial Obispado Castrense 2. Viceministerio para las Políticas de Defensa y Seguridad 2.1. Dirección de Seguridad Nacional 2.2. Dirección de Seguridad Ciudadana 2.3. Dirección de Seguridad Pública 2.4. Dirección de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario 2.5. Dirección de Relaciones Internacionales y Cooperación 3. Viceministerio para la Estrategia y Planeación 3.1. Dirección de Planeación y Presupuesto 3.2. Dirección de Proyección de Capacidades e Innovación 3.3. Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública 3.4. Dirección de Logística 4. Viceministerio de Veteranos y del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED 4.1. Dirección Centro Corporativo GSED DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 4 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 4.2. 4.3. 4.4. Dirección General Marítima-DIMAR Dirección Sectorial de Bienestar y Salud Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva 5. Secretaría General 5.1. Dirección de Gestión del Talento Humano 5.2. Dirección Administrativa 5.3. Dirección de Finanzas 5.4. Dirección de Asuntos Legales 5.5. Dirección de Contratación Estatal 5.6. Dirección de Fondo de Defensa Técnica y Especializada de la Fuerza Pública - FONDETEC 5.7. Oficina de Control Disciplinario Interno 6. Secretaría de Gabinete 6.1. Dirección Sectorial de Comunicaciones 6.2. Oficina de Relación con el Ciudadano

Artículo 2°

Unidad de Gestión General. Se debe entender como Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional, la Unidad Ejecutora que abarca los despachos del Ministro, de los Viceministros, de la Secretaría de Gabinete, de la Secretaría General, así como las Oficinas, Direcciones y demás dependencias del Ministerio de Defensa Nacional que no hayan sido consideradas por la ley como Sección Presupuestal o Unidades Ejecutoras Especiales o que no tengan autonomía administrativa o financiera y que no se encuentren comprendidas dentro de ninguna de estas.

Artículo 3°

Despacho del Ministro de Defensa Nacional. Son funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional, además de las contempladas en la Constitución Política y en las disposiciones legales especiales, las siguientes: 1. Coordinar y orientar el desarrollo de las políticas para la defensa de la soberanía. la independencia, la integridad territorial, la seguridad y tranquilidad pública, así como para el· mantenimiento del orden constitucional y la garantía de la convivencia democrática. 2. Formular las políticas generales del Sector a su cargo para el adecuado cumplimiento de las funciones atribuidas al Ministerio de Defensa Nacional. 3. Formular, con la inmediata colaboración del Comandante General de las Fuerzas Militares, los Comandantes de Fuerza, el Director General de la Policía Nacional, los Viceministros, el Secretario de Gabinete y el Secretario General, la estrategia para el desarrollo de los planes y programas en materia de defensa y seguridad. 4. Definir y dirigir todo lo relacionado con la imagen institucional y la divulgación de actividades, planes y programas del Sector Defensa, tanto en el ámbito nacional como internacional. 5. Orientar, controlar y evaluar el ejercicio de las funciones de los organismos y entidades DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 5 Continuación del Decreto "Por medío del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" que conforman el Sector Defensa y ejercer sobre ellos el control de tutela a través de las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional a quien se le asignen estas funciones, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan. 6. Apoyar el ejercicio de las funciones asignadas al Obispado Castrense. 7. Aprobar el Plan Estratégico Sectorial en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, gobierno electrónico y digital, así como los estándares nacionales e internacionales aplicables. 8. Aprobar el Plan Estratégico Sectorial en materia de capacidades de respuesta a incidentes de Seguridad Informática, Ciberseguridad y Ciberdefensa-CSIRT, y realizar el seguimiento, medición, análisis y evaluación. 9. Dirigir las actividades relacionadas con las comunicaciones e información estratégica del Ministerio de Defensa Nacional, en coordinación con los Viceministros, Secretaría de Gabinete y Secretaría General. 10. Establecer las políticas del Sistema de Control Interno del Sector Defensa, realizar las actuaciones necesarias que permitan el ejercicio del control interno y supervisar la efectividad y observancia de sus recomendaciones. 11.Aprobar, previa revisión del Viceministro para la Estrategia y Planeación, el diseño de estructura de fuerza, con fundamento en el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 12. Crear y conformar órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo, que considere necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas al Ministerio y asignarles funciones mediante resolución. 13. Delegar en dependencias y servidores públicos, el ejercicio de las funciones que considere necesarias, para la correcta prestación del servicio del Ministerio de Defensa Nacional. 14. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. Parágrafo. Las faltas temporales del Ministro de Defensa Nacional podrán ser suplidas por el Comandante General de las Fuerzas Militares, cuando así lo disponga el Presidente de la República.

Artículo 4°

Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones-TICS. Son funciones de la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones­ TICS, las siguientes: 1. Elaborar, estructurar y organizar la implementación del Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Sectorial e Institucional, así como los demás planes, programas y proyectos de Tecnologías de Información y Comunicaciones en el Sector Defensa 2. Identificar las necesidades o requerimientos estratégicos en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el Sector Defensa, de acuerdo con el contexto interno y externo, así como las políticas de gobierno y seguridad digital. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 6 Continuación del Decreto "Por medio del cual Se modifica la estructura del Ministerio de. Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 3. Implementar los lineamientos de arquitectura tecnológica empresarial, el sistema de seguridad de la información y los servicios digitales que beneficien a la ciudadanía. 4. Elaborar e implementar el Plan de Continuidad Tecnológico del Negocio a nivel sectorial y hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación. 5. Elaborar e implementar el Plan de requerimientos tecnológicos (hardware y software) a nivel institucional y hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación. 6. Elaborar e implementar los Planes y Programas de gestión de la información del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General y hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación. 7. Definir e implementar estrategias, mapas de información institucional y lineamientos TIC para el Sector Defensa. 8. Definir, administrar y hacer seguimiento a las bases de datos del Ministerio de Defensa Nacional, en lo pertinente a organización, seguridad, confiabilidad, integridad, conservación, ubicación, uso y disponibilidad. 9. Estructurar, formular y desarrollar proyectos tecnológicos que permitan la integridad, disponibilidad, confiabilidad, completitud, pertinencia y utilidad de la información del Sector Defensa, y hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación. 10. Definir, administrar y hacer seguimiento y control a los servicios y productos tecnológicos del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General. 11. Diseñar y poner en marcha los programas estratégicos e iniciativas sectoriales en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 12. Dirigir, coordinar y articular acciones tendientes a la gestión del conocimiento en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el Sector Defensa y diseñar e implementar las estrategias de transferencia de tecnología para su desarrollo en el Sector. 13. Administrar, desarrollar, mantener y controlar los sistemas de información del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General. 14. Proponer e implementar la política de uso y desarrollo de los servicios de internet, íntranet y extranet del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General y hacer seguimiento, medición análisis y evaluación. 15. Mantener en óptimo estado de funcionamiento y en red, la infraestructura informática del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General. 16. Coordinar con la Dirección de Gestión del Talento Humano la capacitación a los servidores públicos-civiles y uniformados- que prestan sus servicios en el Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General, en el mantenimiento y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 17. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los Sistemas de Gestión y del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General. 18. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 7 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones"\nArtículo 5°. Oficina de Respuesta a Incidentes Cibernéticos-CSIRT. Son funciones de la Oficina de Respuesta a Incidentes Cibernéticos-CSIRT, las siguientes: 1. Formular e implementar el Plan Estratégico Sectorial en materia de capacidades en Ciberseguridad y Ciberdefensa del Sector Defensa, hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación. 2. Coordinar las capacidades de ciberseguridad y ciberdefensa con la Dirección de Seguridad Nacional y los organismos del Sector Defensa y otros sectores. 3. Formular e implementar las políticas de ciberseguridad y ciberdefensa de la infraestructura crítica del Sector Defensa, con la cooperación de los organismos de seguridad del Sector, hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación. 4. Generar e implementar los protocolos, lineamientos, guías, estándares, buenas prácticas y recomendaciones de ciberseguridad y ciberdefensa para el Sector Defensa y hacer su seguimiento, medición, análisis y evaluación. 5. Definir acciones, servicios de prevención, concientización y sensibilización ante amenazas cibernéticas y dar respuesta frente a incidentes en esta materia en el Sector Defensa. 6. Cooperar con los organismos de seguridad e investigación del Estado en la prevención e investigación de delitos donde medien las tecnologías de la información y las comunicaciones. 7. Formular e implementar planes, programas, proyectos y acciones que permitan generar y producir conocimiento relativo a la ciberseguridad y ciberdefensa para el Sector Defensa. 8. Generar cultura en el Sector Defensa para crear, conservar, compartir, difundir, reconocer y valorar el conocimiento relativo a la ciberseguridad y ciberdefensa y utilizar herramientas para su apropiación, seguimiento, medición, análisis y evaluación. 9. Coordinar y actuar como punto de contacto internacional con homólogos de otros países y con organismos internacionales comprometidos con la ciberseguridad y la ciberdefensa. 10. Gestionar y establecer mecanismos de prevención y control a los incidentes cibernéticos que puedan ocurrir en Ministerio de Defensa Nacional y servir de punto focal especializado del Sector Defensa. 11. Promover dentro de las entidades del Sector Defensa, el reporte obligatorio de incidentes cibernéticos, ofreciendo garantías de confidencialidad, privacidad, y beneficios de los reportes 12. Informar a los miembros del ecosistema cibernético del Sector Defensa acerca de las nuevas vulnerabilidades, advertencias y descubrimientos que afecten la seguridad cibernética. 13. Coordinar con la Dirección de Seguridad Nacional y organismos del Sector, la respuesta a incidentes cibernéticos de seguridad y defensa e implementar la infraestructura necesaria y hacer seguimiento a la gestión relacionada con el riesgo en estas materias. DECRETO NÚMERO. 1874 DE 2021 Hoja 8 Continuación del Decreto "Por medio del ciJal se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 14. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General. 15. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. Parágrafo: Las funciones de CERT nacional, serán asumidas por la Oficina de Respuesta a Incidentes Cibernéticos-CSIRT, durante un periodo de transición, hasta la entrega total de estas funciones a la entidad designada por el Gobierno Nacional.

Artículo 6°

Oficina de Contra/Interno Sectorial. Son funciones de la Oficina de Control Interno Sectorial, además de las consagradas en las disposiciones legales vigentes, las siguientes: 1. Asesorar al Ministro de Defensa Nacional, en la planeación, dirección, organización y evaluación del Sistema de Control Interno del Sector Defensa. 2. Proponer las políticas de control interno, planes y programas que incidan en una adecuada gestión de lo público en el Sector Defensa. 3. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido en el Sector Defensa. 4. Adelantar los programas de auditoría interna, así como los procedimientos y métodos para su aplicación. 5. Verificar el cumplimiento de las políticas, normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Sector Defensa, así como recomendar los ajustes pertinentes. 6. Fomentar la cultura del autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional y sectorial. 7. Actuar como interlocutor con los organismos de control en desarrollo de las auditorías que se practiquen en la entidad, yen la recepción, coordinación, preparación y entrega de la información requerida. 8. Informar a los directivos, instancias y comités respectivos, acerca del estado del control interno del Ministerio de Defensa Nacional y del Sector Defensa. 9. Asesorar a las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional y del Sector Defensa, en la adopción de acciones de mejoramiento recomendadas por los entes de control. 10. Verificar el grado de implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa­ Unidad de Gestión General y del Sector Defensa. 11. Presentar informes de las actividades de la oficina al Ministro de Defensa Nacional y al Comité de Coordinación del Sistema de Controllnlerno Sectorial e Institucional. 12. Verificar el cumplimiento de las políticas, normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Ministerio de Defensa Nacional, así como recomendar los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementación. 13. Promover, desarrollar y evaluar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 9 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" Ministerio y del Sector. 14. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 7°

Obispado Castrense. Son funciones del Obispado Castrense, las siguientes: 1. Evangelizar a los integrantes del Sector Defensa y a sus familias para que llevando una vida auténticamente cristiana sean constructores de paz. 2. Fortalecer en los integrantes de la Fuerza Pública, el amor a la Patria para hacer realidad el espíritu de cuerpo, de comunión y de participación. 3. Promover, fortalecer y defender desde el Evangelio la institución familiar. 4. Hacer presencia en las escuelas de formación, capacitación y demás centros educativos de la Fuerza Pública, para realzar los valores humanos, éticos y cristianos en beneficio de la familia, de la organización militar y policial y de la sociedad. 5. Organizar e implantar una pastoral de solidaridad cristiana que responda a las necesidades y situaciones por las que atraviesan los miembros de la Fuerza Pública. 6. Orientar y dirigir hacia un servicio pastoral eficiente y oportuno la Catedral Castrense. 7. Coordinar la prestación del servicio pastoral a través de personal idóneo, óptimo y eficiente, en las unidades militares del país. 8. Asesorar pastoralmente en los programas sectoriales que lo requieran. 9. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General. 10. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza del Obispado.

Artículo 8°

Viceministerio para las Políticas de Defensa y Seguridad. Son funciones del Viceministerio para las Políticas de Defensa y Seguridad, las siguientes: 1. Asesorar al Ministro de Defensa Nacional en la formulación, apoyo, y seguimiento de las políticas, objetivos estratégicos y sectoriales en materia de defensa y seguridad nacional, seguridad pública y seguridad ciudadana. 2. Liderar la identificación del contexto estratégico y proponer las líneas sectoriales de defensa y seguridad con fundamento en el Plan Nacional de Desarrollo, la Política de Defensa y Seguridad Nacional, el Plan Estratégico Sectorial, el Plan Estratégico Institucional y las políticas del Gobierno Nacional. 3. Proponer las bases del Plan Nacional de Desarrollo - Sector Defensa, en coordinación con las dependencias competentes del Ministerio de Defensa Nacional. 4. Guiar metodológicamente y liderar la construcción y actualización de las Áreas Misionales y del Libro Blanco de Defensa y Seguridad, como documentos rectores sectoriales, e insumos para el diseño e implementación de políticas, planes y estrategias del Sector Defensa, y el desarrollo de las capacidades de la Fuerza Pública. /' i.: DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 10 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 5. Coordinar la construcción del Análisis del Contexto Estratégico de Defensa y Seguridad con el fin de identificar oportuna y acertadamente las amenazas y fenómenos criminales de corto, mediano y largo plazo, así como determinar escenarios de riesgo que sirvan de insumo para el diseño de instrumentos de planeación sectorial y la toma de decisiones de política pública. 6. Coordinar la consolidación de la información estadística del Sector Defensa en materia de seguridad y defensa nacional, y apoyar el estudio y lectura de ésta, promoviendo la calidad del dato, la generación de nuevas variables, la difusión de la información estadística y la utilización de ésta en el proceso de toma de decisiones estratégicas del Sector Defensa. 7. Formular, apoyar y hacer seguimiento a las políticas en materia de protección a la infraestructura crítica nacional, en el ámbito físico y cibernético, y dirigir dentro del marco de las competencias asignadas al Ministerio de Defensa Nacional el acompañamiento a los programas y actividades de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 8. Administrar el componente funcional del sistema de información de seguridad y defensa del Ministerio de Defensa Nacional (SISyD). 9. Establecer lineamientos en los asuntos relacionados con el desminado humanitario en los que participa el Sector Defensa y en todas aquellas competencias que se consideren necesarias para el avance de este proceso a nivel nacional. 10. Formular, apoyar y hacer seguimiento de las políticas, estrategias, planes y programas que debe adoptar el Ministerio de Defensa Nacional, relacionadas con la seguridad y defensa nacional, la seguridad p¡Jblica y la seguridad ciudadana, así como con la cooperación internacional. 11. Formular y liderar la implementación de las estrategias, planes y programas para contribuir al desarrollo del país con enfoque de consolidación territorial, y coordinar, hacer seguimiento y evaluación de la acción integral que se realiza desde el Sector Defensa, en concordancia con la Política de Defensa y Seguridad. 12. Formular, apoyar y hacer seguimiento de las políticas relacionadas con la protección de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario aplicadas por y hacia los miembros de la Fuerza Pública. 13. Hacer seguimiento, análisis y evaluación a las acciones tendientes a proteger los derechos humanos de los miembros de la Fuerza Pública. 14. Dirigir el Observatorio de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa Nacional. 15. Asesorar al Ministro de Defensa Nacional en materia de Relaciones Internacionales de interés para el Sector Defensa, en concordancia con las políticas y directrices emitidas por la Presidencia de la República y el Ministerio de Relaciones Exteriores. 16. Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores la negociación de tratados o convenios internacionales del Sector Defensa, y dirigir su desarrollo, seguimiento y evaluación. 17. Formular, dentro del marco de competencia del Ministerio de Defensa Nacional, de la política en materia de prevención y mitigación de los delitos de impacto social y hacer su seguimiento y evaluación. .' DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 11 ," Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 18. Liderar los programas especiales que, en materia de defensa nacional, seguridad pública, convivencia y seguridad ciudadana, le corresponda desarrollar al Ministerio de Defensa Nacional y hacer seguimiento al cumplimiento de sus objetivos. 19. Formular los lineamientos para la contribución del Sector Defensa a la protección de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente, en el marco de las acciones que desde el Sector Defensa se realizan para apoyar a las autoridades ambientales, entes territoriales y a la comunidad. 20. Liderar las iniciativas para la desmovilización y sometimiento a la justicia en el marco de las competencias del Ministerio de Defensa Nacional y promover la coordinación requerida con las demás entidades del Estado. 21. Formular, apoyar, hacer seguimiento y evaluación de la política en materia de defensa de la libertad personal. 22. Proponer la formulación de los lineamientos estratégicos para el mejoramiento y coordinación de la inteligencia estratégica, y hacer su seguimiento. 23. Proponer iniciativas de comunicación nacional e internacional de los temas de competencia del Viceministerio, en coordinación con la Secretaría de Gabinete. 24. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General. 25. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 9°

Dirección de Seguridad Nacional. Son funciones de la Dirección de Seguridad Nacional, las siguientes: 1. Diseñar políticas y programas para mantener la seguridad de la infraestructura estratégica física y cibernética de la Nación. 2. Formular políticas y programas en materia de seguridad nacional y de infraestructura estratégica de la Nación, hacer las coordinaciones para su debida ejecución, consolidar los resultados obtenidos y hacer seguimiento y análisis de acuerdo con los lineamientos impartidos en la Política de Defensa y Seguridad. 3. Identificar requerimientos de los sectores económicos en materia de seguridad, tramitarlos con las dependencias competentes y hacer seguimiento a su atención oportuna. 4. Apoyar el diseño y la formulación de políticas, estrategias, planes y programas relacionados con la lucha contra el terrorismo y hacerles seguimiento. 5. Canalizar los requerimientos en temas de seguridad y defensa de la infraestructura estratégica física y cibernética de la nación y coordinar con las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, entidades gubernamentales y privadas la adopción de estrategias, planes y programas para su pebida protección. 6. Dirigir y liderar la ejecución de los programas y directrices del Ministerio de Defensa Nacional en materia de protección a la infraestructura estratégica gubernamental, minera, energética, de hidrocarburos, vial, de transporte, de telecomunicaciones y agroindustrial del país en el ámbito físico y cibernético. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 12 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 7. Articular las acciones de seguridad requeridas para los procesos electorales, atendiendo los requerimientos de los entes competentes y de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales. 8. Elaborar planes, programas y propuestas de seguridad con el sector público y privado para la mitigación del riesgo de seguridad que pueda afectar la infraestructura estratégica del país. 9. Dirigir y liderar la ejecución de los programas y directrices del Ministerio de Defensa Nacional en los asuntos relacionados con el desminado humanitario en los que participa el Sector Defensa y todas aquellas actividades que se consideren necesarias para el avance en el proceso de desminado humanitario. 10. Contribuir con el diseño y la formulación de políticas, estrategias, planes y programas relacionados con ciberseguridad y ciberdefensa y hacerle el seguimiento, en coordinación con las entidades competentes. 11. Apoyar el diseño y la formulación de políticas, estrategias, planes y programas relacionados con la protección de las fronteras nacionales, la integridad territorial y la soberanía nacional, y hacerles seguimiento en coordinación con las demás entidades competentes. 12. Dirigir la consolidación de información que debe ser rendida a las dependencias competentes del Ministerio de Defensa Nacional para la estructuración de las políticas de su competencia. 13. Liderar, impulsar y promover el análisis de las temáticas de seguridad nacional, protección de la soberanía nacional, la integridad territorial, la infraestructura crítica, y la estabilidad de las instituciones del Estado. 14. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General. 15. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 10°

Dirección de Seguridad Ciudadana. Son funciones de la Dirección de Seguridad Ciudadana, las siguientes: 1. Diseñar, formular y monitorear las políticas, estrategias, planes de acción, programas, proyectos y lineamientos generales, relacionados con la seguridad ciudadana, en coordinación con las demás entidades competentes. 2. Apoyar, la participación del Sector Defensa, en las instancias territoriales a nivel nacional, bilaterales o multilaterales, para promover acciones contra los delitos y fenómenos que afectan la seguridad ciudadana. 3. Asesorar al Viceministerio para las Políticas de Defensa y Seguridad, en su gestión en las instancias relacionadas con Seguridad Ciudadana. 4. Apoyar la formulación e implementación del marco normativo requerido en el territorio nacional, que contribuya y responda a las dinámicas de convivencia y seguridad ciudadana. 5. Promover acciones coordinadas a nivel nacional y territorial para la implementación de DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 13 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" políticas, planes, estrategias y normas de seguridad ciudadana. 6. Liderar y promover el análisis de las temáticas de convivencia y seguridad ciudadana. 7. Articular acciones con entidades del Estado Colombiano, organizaciones de la sociedad civil y el sector privado, así como actores públicos y privados de la cooperación internacional, orientadas al fortalecimiento de la seguridad ciudadana. 8. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General. 9. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 11°

Dirección de Seguridad Pública. Son funciones de la Dirección de Seguridad Pública, las siguientes: 1. Diseñar y formular políticas públicas, estrategias o planes, en materia de seguridad pública, especialmente en temas como, lucha contra el crimen organizado, la libertad personal, la acción integral, la atención humanitaria al desmovilizado, el apoyo al sometimiento individual a la justicia y el lavado de activos. 2. Diseñar y formular políticas, estrategias, planes y programas para apoyar el desarrollo del país con enfoque de consolidación territorial, coordinar, realizar seguimiento y evaluación de la acción integral que se realiza desde el Sector Defensa, en concordancia con la Política de Defensa y Seguridad. 3. Formular y hacer seguimiento a las políticas, planes, programas y estrategias relacionadas con la lucha contra el narcotráfico. 4. Apoyar las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Lucha contra el Secuestro y demás Atentados contra la Libertad Personal (CONASE) y las acciones sectoriales en el marco de la lucha contra la trata de personas. 5. Coordinar la ejecución de las iniciativas para la atención humanitaria al desmovilizado y el apoyo al sometimiento individual a la justicia en el marco de las competencias del Ministerio de Defensa Nacional y adelantar la coordinación requerida con las demás entidades del Estado. 6. Coordinar el desarrollo de programas o proyectos especiales, a cargo del Ministerio de Defensa Nacional, que le sean formalmente encomendados y hacer seguimiento a la implementación de los mismos. 7. Proponer la política para el cumplimiento de la función legal del Sector Defensa en relación con la protección del Medio Ambiente y hacerle seguimiento. 8. Formular, acompañar la implementación y hacer seguimiento a la estrategia sectorial contra la explotación ilícita de yacimientos mineros. 9. Apoyar la participación del Sector Defensa en las instancias bilaterales o multilaterales en las que se promuevan acciones para luchar contra las amenazas a la segurjdad pública. 10. Acompañar los procesos de caracterización de actores armados ilegales como los Grupos Armados Organizados (GAO) y los Grupos de Delincuencia Organizada DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 14 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" (GDO). 11. Proponer lineamientos de política para la regulación y control del comercio de armas, municiones, explosivos y sustancias químicas. 12. Liderar y promover el análisis de las temáticas de la seguridad pública y la lucha contra las amenazas que la afecten. 13. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General. 14. Ejercer las demás fUnciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 12°

Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Son funciones de la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, las siguientes: 1. Formular las políticas en materia de promoción, respeto y garantía de los Derechos Humanos y de aplicación del Derecho Internacional Humanitario para el Sector Defensa, y realizar seguimiento y análisis. 2. Dirigir y coordinar las acciones encaminadas a preservar el respeto y protección de los Derechos Humanos por parte de los miembros de la Fuerza Pública. 3. Formular las políticas sectoriales de capacitación, protección, difusión, respeto y defensa de los derechos fundamentales, de ·Ios Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, hacer seguimiento y análisis. 4. Articular, con las entidades del Estado competentes y con las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, la gestión de la defensa de los intereses institucionales ante las instancias nacionales e internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, de conformidad con las políticas nacionales y sectoriales sobre la materia. 5. Hacer el seguimiento de las acciones desarrolladas al interior del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, en el marco de las medidas cautelares y provisionales solicitadas por las instancias nacionales e internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 6. Organizar y administrar el observatorio, bajo metodologías nacionales e internacionales y planes de acción necesarios para afianzar la cultura de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario al interior de la Fuerza Pública, alineados con la normatividad nacional e internacional vigentes en esta materia. 7. Dirigir y coordinar el trámite de las quejas relacionadas con presuntas violaciones de Derechos Humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario en el Ministerio de Defensa Nacional. 8. Definir canales, herramientas y medios de comunicación y relacionamiento con el ciudadano en lo referente a Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario al interior de la Fuerza Pública, así como coordinar las acciones pertinentes con la Oficina de Relación con el Ciudadano. 9. Realizar análisis periódicos de casos y situaciones relevantes que aporten a la toma DECRETO NÚMERO ' 1874 DE 2021 Hoja 15 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" de decisiones del Sector Defensa para el fortalecimiento de la actuación de la Fuerza Pública en materia de protección y respeto de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario. 10. Coordinar los asuntos relacionados con la Restitución de Tierras en los que participa el Sector Defensa con las instituciones, entidades, instancias y autoridades que se consideren necesarias. 11. Liderar y promover el análisis de las temáticas de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 12. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General. 13. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 13°

Dirección de Relaciones Internacionales y Cooperación. Son funciones de la Dirección de Relaciones Internacionales y Cooperación, las sigui,entes: 1. Liderar, planear y coordinar las relaciones y la cooperación internacional del Sector Defensa, en desarrollo de las políticas y lineamientos establecidos por el Ministerio de Defensa Nacional, y en coordinación con las entidades del orden nacional responsables de la política exterior y la política de cooperación internacional del país. 2. Dirigir el análisis del entorno internacional bajo la perspectiva de los intereses nacionales en materia de seguridad y defensa, para la definición y gestión de políticas, acciones e iniciativas en el contexto internacional. 3. Articular y evaluar la estrategia internacional para la seguridad y defensa nacional, de conformidad con las políticas establecidas por el Ministerio de Defensa Nacional. 4. Asesorar al Sector Defensa en materia de relaciones internacionales, con base en los intereses nacionales en el contexto regional, hemisférico y global. 5. Coordinar la agenda internacional del Ministro de Defensa Nacional y de los Viceministros, para el desarrollo de la estrategia internacional en materia de defensa y seguridad. 6. Planear, liderar y coordinar la gestión de los recursos de cooperación internacional para el Sector Defensa y realizar seguimiento, análisis y evaluación de los mismos. 7. Promover los canales de comunicación del Sector Defensa con actores relevantes a nivel internacional, en coordinación con las entidades del orden nacional comprometidas con la formulación y ejecución de la política internacional y la promoción de la cooperación internacional técnica y financiera aplicable al Sector Defensa. 8. Liderar y promover el análisis de las temáticas de relaciones internacionales, cooperación internacional y política exterior relacionadas con el Sector Defensa. 9. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 16 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 10. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 14°

Viceministerio para la Estrategia y Planeación. Son funciones del Viceministerio para la Estrategia y Planeación, además de las funciones contempladas en las normas vigentes, las siguientes: 1. Liderar y coordinar la implementación del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 2. Revisar, para la aprobación del Ministro de Defensa Nacional, el diseño de estructura de fuerza, con fundamento en el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 3. Dirigir la planeación, la programación y el seguimiento a la ejecución presupuestal de recursos para el Sector Defensa. 4. Proponer y articular las Bases del Plan Nacional de Desarrollo - Sector Defensa, en coordinación con las dependencias competentes del Ministerio de Defensa Nacional. 5. Formular y realizar seguimiento al Plan Estratégico Sectorial del Sector Defensa yal Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General. 6. Liderar las iniciativas de Mejoramiento y Sostenibilidad Presupuestal del Sector Defensa. 7. Formular las políticas sectoriales de Educación y de Desarrollo Humano para la Fuerza Pública y proponer su direccionamiento estratégico. 8. Liderar los sistemas de Estandarización y Catalogación del Sector Defensa. 9. Proponer el direccionamiento estratégico de los procesos logísticos sectoriales, en los componentes de aseguramiento de la calidad, abastecimiento y mantenimiento. 10. Formular la política de gestión inmobiliaria del Sector Defensa. 11. Liderar los procesos de concertación del Sector Defensa con las entidades territoriales para los planes y esquemas de ordenamiento territorial. 12. Dirigir la incorporación de prácticas de clase mundial y modelos de excelencia a la gestión institucional, para la maximización de resultados en el Sector Defensa. 13. Formular la política de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Sector Defensa, bajo el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 14. Formular la política de gestión del conocimiento e innovación para el Sector Defensa, en coordinación con las dependencias competentes. 15. Dirigir e impulsar la implementación de los sistemas de gestión bajo estándares nacionales e internacionales que sean adoptados por el Ministerio de Defensa y del Sector. 16. Liderar y coordinar la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio y Sector Defensa. 17. Proponer iniciativas de comunicación nacional e internacional de los temas de competencia del Viceministerio, en coordinación con la Secretaría de Gabinete. 18. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a,la naturalez,a DECRETO NÚMERO. 1874 DE 2021 Hoja 17 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" de la dependencia.

Artículo 15°

Dirección de Planeación y Presupuesto. Son funciones de la Dirección de Planeación y Presupuesto, las siguientes: 1. Dirigir la gestión de planeación presupuestal al interior del Sector Defensa a corto, mediano y largo plazo, con la adopción de herramientas e instrumentos que permitan eficiencias en la administración de los recursos y la articulación con el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza püblica. 2. Liderar la programación anual del Presupuesto para las Unidades Ejecutoras del Sector Defensa, y la Policía Nacional, conforme a cronograma, criterios y lineamientos establecidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación. 3. Proponer y realizar seguimiento a alternativas de gasto con diferentes fuentes de financiación, para el cumplimento de los objetivos estratégicos del Sector Defensa, enmarcados en el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 4. Coordinar el proceso de planeación de las adquisiciones de bienes y servicios para uso y beneficio de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, a través del Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos. 5. Coordinar el proceso de planeación y seguimiento a la ejecución de la Política de Cooperación Industrial y Social - Offset. 6. Proponer las bases del Plan Nacional de Desarrollo - Sector Defensa en coordinación con las instancias competentes. 7. Liderar la elaboración del Plan Estratégico Sectorial y del Plan Estratégico Institucional, así como hacer el seguimiento periódico de sus avances. 8. Orientar el seguimiento a la programación y ejecución presupuestal, emitir lineamientos para las modificaciones presupuestales y ajustes de plantas de personal, y monitorear avances en los programas y proyectos estratégicos del Sector Defensa. dentro del marco de su competencia. 9. Emitir lineamientos para la implementación del Modelo de Operación por Procesos del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General y del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en el Ministerio de Defensa y el Sector. 1O.lncorporar prácticas de clase mundial y modelos de excelencia a la gestión institucional. para la maximización de resultados en el Sector Defensa. 11. Estructurar, conjuntamente con las demás dependencias del Ministerio de Defensa Nacional y entidades del Sector Defensa, los informes de gestión y rendición de cuentas a la ciudadanía, en coordinación con la Secretaría de Gabinete para aprobación del Ministro de Defensa Nacional. 12. Fomentar la cultura de mejoramiento continuo en los Sistemas de Gestión y Desempeño Institucional en el Ministerio de Defensa Nacional y el Sector. 13. Implementar, mantener y mejorar los sistemas de gestión bajo estándares nacionales e internacionales y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que sean adoptados r DECRETO NllMERO 1874 DE 2021 Hoja 18 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" por el Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General. 14. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 16°

Dirección de Proyección de Capacidades e Innovación. Son funciones de la Dirección de Proyección de Capacidades e Innovación, las siguientes: 1. Coordinar la implementación del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 2. Elaborar conceptos operacionales, en coordinación con las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, a partir del conjunto de amenazas identificadas en el marco del Análisis del Contexto Estratégico de Defensa y Seguridad. 3. Coordinar y dirigir ejercicios que permitan la identificación de brechas de capacidad por componentes de capacidad, de acuerdo con el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 4. Dirigir el ejercicio de priorización de necesidades que sirvan como insumo para la toma de decisiones en materia de planeación estratégica y presupuestal. 5. Elaborar el Plan de Financiación de Capacidades de la Fuerza Pública. 6. Dirigir y coordinar los procesos de identificación de iniciativas de Mejoramiento y Sostenibilidad Presupuestal del Sector Defensa. 7. Realizar seguimiento al cierre de brechas de capacidad del Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 8. Proponer la Polftica de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Sector Defensa, bajo el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. I 9. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General. 10. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 17°

Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública. Son funciones de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, las siguientes: 1. Proponer el direccionamiento estratégico del Desarrollo Humano de la Fuerza Pública. 2. Formular y realizar seguimiento a las políticas sectoriales de Educación y de Desarrollo Humano de la Fuerza Pública. 3. Realizar monitoreo, seguimiento y evaluación a la implementación de las políticas sectoriales de Educación y de Desarrollo Humano de la Fuerza Pública. 4. Preparar, para la revisión del Viceministro para la Estrategia y Planeación, el diseño de estructura de fuerza con fundamento en el Modelo de Planeación y Desarrollo de Capacidades de la Fuerza Pública. 5. Realizar análisis de datos sobre los procesos de educación y desarrollo humano de la Fuerza Pública, para la toma de decisiones estratégicas en la materia. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 19 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 6. Producir análisis de carácter investigativo y prospectivo, en educación y desarrollo humano de la Fuerza Pública para la toma de decisiones estratégicas en la materia. 7. Gestionar recursos para la implementación de las políticas sectoriales de Educación y Desarrollo Humano de la Fuerza Pública. 8., Proponer lineamientos de gestión del conocimiento e innovación aplicables a los procesos educativos y de desarrollo humano de la Fuerza Pública. 9. Proponer lineamientos para la estandarización del desarrollo humano en la Fuerza Pública. 10. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General. 11. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 18°

Dirección de Logística. Son funciones de la Dirección de Logística, las siguientes: 1. Proponer el direccionamiento estratégico de los procesos logísticos sectoriales, en los componentes de aseguramiento de la calidad, abastecimiento y mantenimiento. 2. Formular y realizar seguimiento a la implementación de la política logística para el Sector Defensa. 3. Formular la Política de Gestión Inmobiliaria del Sector Defensa, entendida como el conjunto de procesos de adquisición, enajenación, administración, control y seguimiento de los bienes inmuebles. 4. Preparar los insumos para los procesos de concertación del Sector Defensa con las entidades territoriales para los planes de ordenamiento territorial, los planes básicos de ordenamiento territorial y los esquemas de ordenamiento territorial. 5. Realizar el análisis de datos sobre los procesos logísticos del Sector Defensa, para la toma de decisiones estratégicas en la materia. 6. Coordinar la elaboración, actualización y evaluación de la conformidad de las normas técnicas de los bienes adquiridos por la Fuerza Pública, como apoyo a los procesos de adquisición del Sector Defensa. 7. Proponer y definir la estructura, procedimiento y funcionamiento de los sistemas de Estandarización y Catalogación del Sector Defensa. 8. Administrar el Sistema OTAN de Catalogación del Sector Defensa. 9. Realizar seguimiento a la administración, por parte de la Fuerza Pública, de los bienes decomisados entregados al Ministerio de Defensa Nacional. 10. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General. 11. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 20 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones"\nArtículo 19°. Viceministerio de Veteranos y del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED. Son funciones del Viceministerio de Veteranos y del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED, las siguientes: 1. Proponer la política de gobierno corporativo, direccionamiento estratégico y gerencia de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, así mismo generar los mecanismos de gestión y funcionamiento organizacional entre ellas y el Ministerio de Defensa Nacional, con sujeción a lo establecido en las disposiciones legales que las rijan. 2. Proponer la política de control administrativo del Ministerio de Defensa Nacional sobre sus entidades adscritas o vinculadas, y los mecanismos de evaluación, seguimiento y control aplicables a dicha política. 3. Formular las estrategias de competitividad empresarial para las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED, teniendo en cuenta las necesidades de la Fuerza Pública y las oportunidades de negocio en el mercado local e internacional. 4. Proponer proyectos de cooperación, convenios y alianzas a nivel nacional e internacional tendientes a fortalecer la competitividad y productividad de las entidades del Grupo GSED. 5. Formular las estrategias, planes y proyectos que permitan el intercambio de información, entre las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED y la Fuerza Pública. 6. Proponer la política de bienestar y salud para los miembros de la Fuerza Pública y asistir al Ministro de Defensa Nacional en la formulación de políticas en materia de salud para el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional (SSMP) y verificar su cumplimiento, de acuerdo con los lineamientos que se aprueben por parte del Ministerio de Defensa Nacional y del Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional (CSSMP). 7. Proponer la política de rehabilitación integral para los miembros de la Fuerza Pública, dirigir y coordinar el desarrollo y articulación de los planes y programas que conlleven a la operatividad del Sistema de Gestión del Riesgo y Rehabilitación Integral (SGRRI) en el Ministerio de Defensa Nacional. 8. Diseñar y proponer la estrategia general, el modelo de planeación estratégiC,a, presupuestal, financiera, de resultados y el sistema de seguimiento de la gestión de las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED, en el marco de la articulación con la planeación estratégica sectorial. 9. Proponer, gestionar y coordinar la definición de sinergias, alianzas estratégicas, negociaciones conjuntas, servicios compartidos y unificación de procesos entre las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED. 10. Proponer la política para la atención, bienestar, reconocimiento, exaltación y homenaje, para el mejoramiento de la calidad de vida de los Veteranos de la Fuerza Pública y su núcleo familiar. 11. Evaluar la política y hacer seguimiento a la administración y dirección del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, en los términos que señalen las normas vigentes DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 21 ,. Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" sobre la materia. , : 12. Definir y realizar acciones estratégicas de seguimiento y apoyo a la administración de la Dirección General Marítima. 13. Dirigir los planes y programas sobre gestión del conocimiento e innovación requeridos para las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa­ GSED, de acuerdo con estándares nacionales e internacionales y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG, en coordinación con el Viceministerio para la Estrategia y Planeación. 14. Dirigir el reconocimiento y pago de las pensiones de invalidez y sobrevivientes de los miembros uniformados de las Fuerzas Militares y las pensiones del personal civil no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 15. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General y de las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED. 16. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 20°

Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED. Para los fines de este Decreto se entiende por el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa-GSED el conjunto de Entidades conformadas por la Industria Militar - INDUMIL, la Agencia Logística de las Fuerzas Militares - ALFM, la Corporación de la Industria Aeronáutica - ClAC, el Fondo Rotatorio de la Policía - FORPO, el Hospital Militar Central - HOMIL, la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares - CREMIL, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía - CASUR, la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, el Instituto de Casas Fiscales del Ejército - ICFE, el Club Militar de Oficiales, Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, la Sociedad Hotelera Tequendama S.A., la Defensa Civil Colombiana - DCC, el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA, la Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial - COTECMAR, la Corporación de Alta Tecnología para la Defensa - CODALTEC, la Universidad Militar Nueva Granada - UMNG, la Dirección General Marítima - DIMAR, la Corporación Gustavo Matamoros D'Costa y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Artículo 21°

Dirección Centro Corporativo-GSED. Son funciones de la Dirección Centro Corporativo GSED, las siguientes: 1. Asesorar y coordinar la propuesta de política de orientación, coordinación, control y seguimiento de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED y liderar la coordinación entre dichas entidades y el sector central de la administración pública nacional. 2. Elaborar las directrices para el desarrollo e implementación del proceso de planeación estratégica, en el marco de la planeación estratégica sectorial, con alcance presupuestal, financiero y de 'resultados para las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 22 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones" 3. Coordinar y evaluar la viabilidad de los proyectos, sinergias, alianzas y estandarización de procesos de carácter estratégico para la sostenibilidad y competitividad de las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED. 4. Proponer estrategias comerciales para las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED, teniendo en cuenta las necesidades de la Fuerza Pública y las oportunidades de negocio en el mercado local e internacional que generen competitividad y sostenibilidad, de acuerdo con las capacidades y el objeto de dichas entidades. 5. Proponer y acompañar el proceso de adopción de mejores prácticas de Gobierno Corporativo para la toma de decisiones que permita determinar y desarrollar una estrategia corporativa unificada de las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED, en cumplimiento de las políticas, lineamientos, planes y programas establecidos por el Gobierno Nacional. 6. Adelantar el proceso de análisis y seguimiento financiero y presupuestal de las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED, y proponer mejores prácticas de Gerencia Financiera y Presupuestal para el Grupo. 7. Apoyar las actuaciones administrativas para los procesos de rediseño institucional ~n cuanto a la modificación de estatutos, estructura y planta de las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED, en coordinación con la Secretaría General de acuerdo con los lineamientos del Ministerio de Defensa Nacional. 8. Gestionar los aspectos regulatorios y reglamentarios por medio de los cuales se dé cumplimiento a las políticas, planes y programas de nivel nacional y sectorial, incluyendo, leyes, decretos, resoluciones, directivas y actos administrativos de diversa naturaleza, en cuanto a las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED , en coordinación con las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional- Unidad de Gestión General. 9. Coordinar y apoyar la gestión de activos inmobiliarios de las entidades representadas en el Grupo Social Empresarial del Sector Defensa- GSED, de acuerdo con la política de Gestión Inmobiliaria del Sector Defensa. 10. Asesorar y apoyar el seguimiento a la administración y dirección del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, de acuerdo con sus estatutos. 11. Realizar seguimiento, análisis y evaluación a la información que se presente al Comité Asesor de Evaluación de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 12. Articular y coordinar la comunicación entre las entidades que conforman el GSED y el Ministerio de Defensa- Unidad de Gestión General en asuntos vinculados a la Gestión del Conocimiento en Innovación para las entidades del GSED. 13. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional- Unidad de Gestión General. 14. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. DECRETO NÚMERO 1874 DE 2021 Hoja 23 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones"\nArtículo 22°. Dirección General Marítima-DIMAR. La Dirección General lVIarítima DIMAR- es una dependencia interna del Ministerio de Defensa Nacional, con autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, de conformidad con lo dispuesto en el

Artículo 54°

, literal j) de la Ley 489 de 1998, Y le corresponde, de acuerdo con las directrices impartidas por el Ministro de Defensa, ejercer las funciones señaladas en la ley, en coordinación con la Armada Nacional, tal como está previsto en el artículo 30 del Decreto 1512 de 2000. La Dirección General Marítima -DIMAR, continuará con la estructura administrativa y las funciones definidas en el Decreto 5057 de 2009 y demás normas que gobiernan su funcionamiento. i

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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