Por el cual se sustituye el Capítulo 3 del Título 1, Parte 2 y se modifican otras

Decreto · 162 · 2024-02-14 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–21 de 21

Artículo 6°

VIGENCIA Y DEROGA TORIAS. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Capítulo 4 del Título 1, Parte 2 del Decreto 1625 de 2016, artículos 2.2. 1.4.1. a 2.2.1.4.28 del Decreto 1625 de 2016 y derogará las demás disposiciones que le · sean contrarias, una vez se verifique e'¿ferípdo· d..~transición establecido en el artículo 5 del presente decreto. r ~ I ' l PUBLíaUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C ., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, 4 RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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