Artículo 28°
ordenó la instalación de dos subcomisiones técnicas de la Comisión Nacional de Moralización, una para la prevención y otra para la detección y sanción de hechos de corrupción , con el fin de garantizar la continuidad y calidad técnica de la Comisión. Que el Gobierno nacional de conformidad con el artículo 200 de la Ley 2294 de 2023, "Por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 'Colombia Potencia Mundial de la Vida"', debe formular una Estrategia Nacional de Lucha contra la Corrupción "con el propósito de fortalecer las instituciones democráticas y el Estado Social de Derecho, garantizar la protección de los derechos humanos, proteger los recursos públicos, generar condiciones adecuadas para el desarrollo socioeconómico y proteger el medio ambiente". Que la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, en cumplimiento del mandato del artículo 200 de la Ley 2294 de 2003, el cual establece la obligación de realizar "una evaluación de la capacidad institucional y misional de las entidades públicas, del funcionamiento de las instancias e instrumentos de planificación existentes para la lucha contra la corrupción, y de las debilidades de articulación y coordinación interins titucion a/", elaboró el documento titulado "Diagnóstico, evaluación de prioridades a considerar en la formulación de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Corrupción". Que, en virtud de la precitada disposición normativa, la Estrategia incluye las dimensiones de la garantía de los derechos humanos, la protección al denunciante, el derecho de acceso a la información pública, el fortalecimiento de la veeduría ciudadana, la transparencia en la contratación y gestión pública, la innovación pública y la prevención, detección, gestión y sanción de riesgos y hechos de corrupción. ~ 2 ______________________________________________ ~ . 1600 DECRETO DE 2024 Página 3 de 22 .l Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Capítulo 1 y 3 del Título 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República, en lo relacionado con las Subcomisiones Técnicas de la Comisión Nacional de Moralización y la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Corrupción" Que la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Corrupción debe contemplar medidas para el seguimiento y control de los recursos públicos. Adicionalmente, comprenderá acciones asociadas a la promoción de la educación y la pedagogía como herramientas fundamentales para prevenir la corrupción, y el fortalecimiento de la Comisión Nacional de Moralización y las Comisiones Regionales de Moralización. Que, de conformidad con el Decreto 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia de la República, se cumplió con el deber de publicidad, sometiendo el proyecto de Decreto a consideración del público y gestionando las observaciones recibidas. En mérito de lo expuesto, DECRETA