Artículo 133°
de la Ley 1753 de 2015 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política yen desarrollo de las Leyes 87 de 1993 y 1753 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país", integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998. Que se requiere reglamentar el alcance del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de gestión y control al interior de los organismos y entidades del Estado. Que de conformidad con el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, se debe establecer el modelo que integra y articula los sistemas señalados, determinando el campo de aplicación de cada uno de ellos, con criterios diferenciales en el territorio nacional. Que para el efecto se hace necesario actualizar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del que trata el Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, una vez entre en operación el Modelo Integrado de Planeación y Gestión actualizado, los artículos 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003 perderán vigencia. Que el proyecto de decreto fue publicado en la página del Departamento Administrativo de la Función Pública, del 7 al 28 de abril de 2017, para comentarios de la ciudadanía, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo yen el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015. Que de conformidad con lo expuesto, se hace necesario modificar el Decreto 1083 de 2015 en lo relacionado con los Títulos 22, 23 Y el Capítulo 6 del Título 21. En mérito de lo expuesto, I f11 DECRETO NÚMERO 1499 DE 2017 HOJA No 2 "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015" -----------------~------------------------.----------------.------------------------------------------------ DECRETA: