Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015

Decreto · 1499 · 2017-09-11 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–25 de 25

Artículo 2°

Sustituir el Título 23 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, el cual quedará así: "TíTULO 23 ARTICULACiÓN DEL SISTEMA DE GESTiÓN CON lOS SISTEMAS DE CONTROL INTERNO

Artículo 2.2.23.1

Articulación del Sistema de Gestión con los Sistemas de Control Interno. El Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a la gestión 'Y desempeño de las entidades Y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno - MEC!.

Artículo 2.2.23.2

Actualización del Modelo Estándar de Control Interno. La actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano - MECI, se efectuará a través del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación Y Gestión ­ MIPG, el cual será de obligatorio cumplimiento Y aplicación para las entidades Y organismos a que hace referencia el artículo 5° de la Ley 87 de 1993. Parágrafo. La Función Pública, previa aprobación del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, podrá actualizar Y modificar los lineamientos para la implementación del MECI. , I . , l'

Artículo 2.2.23.3

Medición del Modelo Estándar de Control Interno. Los representantes legales Y jefes de organismos ,de las entidades a las que les aplica la Ley 87 de 1993 medirán el estado de avance del Modelo Estándar de Control Interno. Los jefes de control interno o quienes hagan sus veces realizarán la medición de la efectividad de dicho Modelo. La Función Pública establecerá la metodología, la periodicidad Y demás I : t DECRETO NÚMERO 1499 DE 2017 HOJA No -ª "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el articulo 133 de la Ley 1753 de 2015" I ¡ ,, ! ¡ condiciones necesarias para tal medición y recogerá la información a través del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión - FURAG. Los resultados de esta medición servirán de base para el informe que sobre el avance del Control Interno en el Estado presentará el Presidente de la República al Congreso de la República, al inicio de cada legislatura.

Artículo 2.2.21.2.5

, el artículo 2.2.24.3 y el Capítulo 6 del Título 21; sustituye los Títulos 22 Y 23 Y modifica el literal 1) del artículo 2.2.21.3.9, los artículos 2.2.21.3.14 y 2.2.24.4 del Decreto 1083 de 2015; deroga el Decreto 1826 de 1994 así como las normas y disposiciones que le sean contrarias. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, una vez sea expedido el presente Decreto, quedan derogados los articulas 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003. PUBLíaUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., 11 EP 2011 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlIBLlC91A ~ . I I 'V[tMM~ ~JJ..~ MAURICIO CÁRDE EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, E S SANTAMARíA GL~ MINISTRO DE TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, LA VICEMINISTRA DE CULTURA, ENCARGADA DE .L.6A!.'\S¡;;.---­ FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA E Cl)LTLlRA, I ~! I NAGARCíA. d .\ ·99 DECRETO NÚMERO DE 2017 HOJA No 11 "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función , Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015" , EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO , NACIONAL DE PLANEACIÓN -d'1Ji.l~~ ~N~NDO MEJiA ALZATE EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA H LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ; I l', , EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE ESTADíSTICA j)I\f\:C/Q ~'- j)( MAURICIO PERFETTI DEL CORRAL I I ' , "I I

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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