Artículo 2.2.2.6.4
Estructura del NUPRE. Los Gestores Catastrales, para la identificación de los predios en el territorio, deberán adoptar el Código Homologado de Identificación Predial, con la siguiente estructura: ABC-1234-DEFH Las tres (3) primeras letras (ABC), pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado. Los cuatro (4) dígitos (1234) que podrán tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podrán tomar valores de las siguientes letras A, B, C, D, E, F, H, J, K, L, M, N, 0, P, R, S, T, U, W, X, V, Z. Se eliminan las letras G, 1, A, V, Ñ con el propósito de minimizar la posibilidad de error en el código, debido a la similitud con otras letras. La definición de estas siete (7) posiciones, así como los mecanismos de generación aleatoria o secuencial y su asignación, estará a cargo deIIGAC. La letra final a la derecha (H), corresponde a un carácter de chequeo, utilizado con el objeto de poder validar la integridad del código restante. La definición de los rangos que utilizaría cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estará a cargo deIIGAC. CAPíTULO 7 De la Inspección, Vigilancia y Control de la Gestión Catastral