Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto número 1071 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural”, en cumplimiento de los artículos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 “por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” y se dictan otras disposiciones

Decreto · 1406 · 2023-08-29 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–24 de 24

Artículo 2.14.23.16

Concertación de la Reforma agraria, el Desarrollo rural y la Reforma Rural Integral en los departamentos. Los departamentos participarán a través de los Consejos Seccionales de Desarrollo Agropecuario, Pesquero, Forestal, Comercial y Desarrollo Rural CONSEA, que servirán como instancia de coordinación interinstitucional para la articulación de programas, planes, acciones y políticas de intervención integral en materia de Reforma Agraria, desarrollo rural y Reforma Rural Integral en concordancia con las prioridades establecidas en los Planes de desarrollo nacional y departamentales. Parágrafo. En cumplimiento del artículo 88 de la Ley 160 de 1994 los departamentos establecerán e integrarán como dependencia de los -CONSEA, el Comité Departamental de Desarrollo Rural y Reforma Agraria, el cual servirá como instancia de concertación entre las autoridades departamentales, las comunidades rurales y las entidades públicas y privadas en materia de reforma agraria, desarrollo rural y reforma rural integral. La función principal de este Comité será la de coordinar las acciones y el uso de los recursos en los planes, programas y proyectos de desarrollo rural y reforma agraria que se adelanten en el Departamento, en concordancia y armonía con las prioridades establecidas por los municipios a través de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural de que trata el artículo 89 de la Ley 160 de 1994.

Artículo 2.14.23.17

Concertación de la reforma agraria, desarrollo rural y Reforma Rural Integral en los municipios. Los municipios coordinarán acciones, así como el uso de los recursos en los planes, programas y proyectos que se adelanten en concordancia y armonía con las prioridades establecidas por los municipios a través de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural-CMDR como instancia de concertación entre las autoridades locales, las comunidades rurales y los organismos y entidades públicas y privadas en materia de Reforma Agraria, desarrollo rural y Reforma Rural Integral en armonía con los planes, planes básicos y/o esquemas de Ordenamiento Territorial. Asimismo, deberán armonizar con los planes de desarrollo municipal, Planes de Acción para la Transformación Regional -PATR, Pactos Municipales para la Transformación Regional-PMTR, los Planes Integrales de Sustitución y Desarrollo Alternativo -PISDA, los planes de vida de pueblos indígenas, planes de etnodesarrollo de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y pueblo Rom, planes de desarrollo sostenible de las ZRC y planes de vida de otras territorialidades campesinas, entre ellas los Territorios Campesinos Agroalimentarios y los Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios, priorizando la 1_4_0_6_ _ DE 2023 DECRETO NÚMERO _ _ _ _ PÁGINA 13 DE 19 Continuación Decreto "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento de los artículos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida" y se dictan otras disposiciones" intervención en los núcleos de Reforma Agraria definidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Artículo 2.14.23.18

Fomento y fortalecimiento de las asociaciones campesinas agropecuarias y de pequeños pescadores. Los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y del Interior, en coordinación con el respectivo subsistema y con los gobiernos departamentales y municipales en el marco de sus competencias y autonomía, establecerán y financiarán un Plan de Fortalecimiento de las Asociaciones Campesinas Agropecuarias y de pequeños pescadores, en cumplimiento del artículo 16 de la Ley 2219 del 30 de junio de 2022, para lo cual dispondrán de los recursos técnicos y económicos con los cuales se financiará la implementación de los programas para el fortalecimiento. Dichos recursos podrán ser ejecutados como apoyo directo a las asociaciones campesinas y asociaciones agropecuarias y de pequeños pescadores formalmente constituidas.

Artículo 3°

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. fiGO202 PUBLíQUESE y CÚMPLASE#)) (f] Dado en Bogotá D.C., a los ~ ~ JJ:\ \ EL MINISTRO DEL INTERIOR, FERNANDO VELASCO CHAVES EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO RICARDO BONILLA GONZÁLEZ 1_4_0_6__ DE 2023 DECRETO NÚMERO _ _ _ PÁGINA '14 DE 19 Continuación Decreto" Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento de los articulos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la l/ida" y se dictan otras disposiciones· EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, 29AGO 2023 J i NÉSTOR IVÁN OSUNA PATIÑO LA MINISTRA DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL, .S EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL GUILLERMO A FONSO JARAMILLO MARTíNEZ DECRETO NÚMERO 14 O6 DE 2023 ----------------- PÁGINA 15 DE 19 Continuación Decreto "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento de los artículos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida" y se dictan otras disposiciones· 29AGO 2023 LA MINISTRA DE TRABAJO .J '. ,~l~~ ¡\,~ f\.?' GLORIA INES EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGIA OMI( EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, ~~í-R~~ Ríos 1406 DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _ _ _ _ DE 2023 PÁGINA 16 DE 19 Continuación Decreto "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento de los artículos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida" y se dictan otras disposiciones" 29AG02023 LA MINISTRA DE EDUCACiÓN NACIONAL ( LA MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO ~ cW\JD-­ CATALINA VE LASCO CAMPUZANO DECRETO NÚMERO _ _--=1::.....:4::....;O::...,..6=--_ DE 2023 PÁGINA 17 DE 19 Continuación Decreto "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento de los artículos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la \lida" y se dictan otras disposiciones" 29 AGO 2023 EL MINISTRO DE TRANSPORTE, ~ WILLlAM CARGO TRIANA LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACiÓN, YESENIA OLAYA REQUENE LA MINISTRA DE LA IGUALDAD Y EQUIDAD, FRANCIA MÁRQUEZ MINA DECRETO NÚMERO _ _--'lo:\1L·..,.4...::.:0;....:.;6'-·_ _ DE 2023 PÁGINA 18 DE 19 Continuación Decreto "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Onico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento de los artículos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 upar el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida" y se dictan otras disposiciones" EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PRESIDENCIA DE 29 AGO 2023 LAREPUBLlCA" .J, ' , ; . \ ~\M CAR S RAMÓ GONZÁLEZ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, JORG~~ORRERO LA DIRECTORA DEL PROSPERIDAD SOCIAL, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA ...... E---..:­ PÚBLICA c. f CÉSAR AUGUSTO MANRIQlIE SOACHA • 1406 DECRETO NÚMERO _ _ _--'--.,..---,-..,....,..;-_ _ DE 2023 PÁGINA 19 DE 19 Continuación Decreto "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1071 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en cumplimiento de los artículos 51 y 52 de la Ley 2294 de 2023 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida" y se dictan otras disposiciones" LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE ESTADISTICA 29 AGO 2023

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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