Gestión a cargo de las Secretarías de Educación. atención las solicitudes relacionadas con prestaciones económicas reconoce y paga Fondo Nacional Prestaciones Sociales del Magisterio efectuada a través la entidad territorial certificada en educación o dependencia haga sus veces. Para tal efecto, entidad territorial certificada en educación correspondiente, a la que se encuentre vinculado el docente, rOl"""""r<=>· , DECRETO NUMERO 'i f1 ',-, '- .1 '" 7f)¡; DE 2018 HOJA No. 4 Continuación del Decreto: «Por el cual se modifica el Decreto 1075 de 2015 Reglamentario del Sector Educación-, se reglamenta el reconocimiento y pago de Prestaciones Económicas a cargo del Fondo Nacional de y se dictan otras Prestaciones Sociales del 1. Recibir y radicar, en estricto orden cronológico. solicitudes relacionadas con el reconocimiento de prestaciones económicas, acuerdo con formularios que adopte la sociedad fiduciaria encargada del manejo de los recursos de dicho Fondo, Expedir. con destino a la sociedad fiduciaria y conforme a los formatos únicos por esta adoptados, certificación de tiempo servicio y régimen salaríal y prestacional del docente peticionario o causahabiente, de acuerdo con la normativa vigente. 3.Subir a la plataforma que se disponga para tal fin el proyecto debidamente digitalizado con su respectivo expediente para sociedad fiduciaria. acto administrativo sea revisado por la 4. Suscribir el acto administrativo de reconocimiento de prestaciones económicas, de de 2005 y las normas acuerdo con lo dispuesto en las Leyes 91 de 1989 y las adicionen o modifiquen, y surtir los trámites administrativos a que haya lugar, en los términos y con las formalidades y efectos previstos en la ley y en Subsección. 5.Remitir a la sociedad fiduciaria copia actos administrativos reconocimiento prestaciones económicas, junto con la respectiva constancia de ejecutoria para efectos pago. Parágrafo. Todos los actos administrativos sean expedidos por la entidad territorial certificada en educación, a través los se reconozcan prestaciones económicas a los afiliados al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, deberán incurrir contar con la aprobación previa por parte de la sociedad fiduciaria, so pena en las responsabilidades de carácter disciplinario, fiscal y penal correspondientes.