Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa N

Decreto · 113 · 2022-01-25 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 33

Artículo 1°

quedará así: Modificar el ~umeral 7 del artículo 10 del Decreto 049 del 13 de enero de 2003, el cual 1 DECRETO NÚMERO 113 DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura de; Ministerio de Defensa Nacional' , 7 7.1. 7.1.1. 7.1.1.1. 7.1.1.2. 7.1.1.3. 7.1.1.4. 7.1.1.5. 7.1.2. 7.1.2.1. 7.1.2.2. 7.1.2:3. 7.1.2.4. 7.1.2.5. 7.1.2.6. 7.1.2.7. 7:1.3. 7.1.3.1. 7.1.3.2. 7.2. 7.3. 7.4. 7.5. 7.6. 7.7. 7.8. 7.9. Dirección General de la Policía Nacional de Colombia Subdirección General. Jefatura Nacional de Desarrollo Humano Dirección de Incorporación Dirección de Talentq Humano Dirección de Educación Policial Dirección de ~ienestar Social y Familia Dirección de Sanidad Jefatura Nacional de Servicio de Policía Dirección de InvestiQación Criminal e INTERPOL Dirección de Intelige'ncia Policial Dirección de Carabineros y Protección Ambiental Dirección de Antinarcóticos Dirección de Tránsito y Transporte Dirección de Protección y Servicios Especiales I Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión . Jefatura Nacional de Administración de Recursos Dirección Logística y Financiera 1 Dirección de Infraestructura Inspección General y Responsabilidad Profesional Comisionado de Derechos Humanos para la Policía Nacional Secretaría General Oficina de Planeación Oficina de Tecnologias de la Información y las Comunicaciones Oficina de Relaciones y Cooperación Internacional Oficina de Comunicaciones Estratégicas I Oficina de Control Interno

Artículo 2°

Dirección General de la Policía Nacional de Colombia: Será la máxima instancia de decisión de la Instituci~n encargada de e~tablecer las políticas, los lineamientos y la hoja de ruta institucional para el cumplimiento de la misión constitucional. Son funciones de la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia, las siguientes: 1. Ejercer las facultades const,tucionales, legales y reglamentarias inherentes al cumplimiento de la misión de la Policía Nacional. 2. Adoptar los lineamientos y mandatos emanados del Gobierno Nacional para direccionar el servicio de policía. . 3. Expedir en el marco legal de sus .competencias las resoluciones, manuales, reglamentos y demás actos administrativos necesarios para dirigir la' Policía Nacional en todo el territorio nacional de conformidad con las normas legales vigentes. 4. Dirigir la estrategia institucional para la prestación del servicio de policía, que permita el cumplimiento del mandato constitucional, legal y del Gobierno Nacional. 5. Liderar la implementación de las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su desarrollo y cumplimiento. 6. Participar en la formulacióh, ejecución y seguimiento de la .política pública en materia de convivencia y seguridad ciudadana. 7. Proponer ante el Ministro de Defensa Nacional la creación y modificación del marco legal que permita el cumplimiento de la misión constitucional. 8. Liderar la política de promoción, respeto, garantía y protección de los derechos humanos y derecho internacional humanitario en la Policía Nacional, en cumplimiento de los mandatos constitucionales y los deber.es y obligaciones convencionales. 9. Coordinar con el Mlni,stro de Defensa ,Nacional los asuntos relacionados con el cumplimiento de la misión constitucional. 10. Liderar las relaciones interinstitucionales e intersectoriales de la Policía Nacional que contribuyan a la prestación efectiva del servicio de policía. 11. Fortalecer los canales de relacionamiento con las entidades territoriales y la comunidad, en función de la seguridad y convivencia ciudadana I 113' DECRETO NÚMERO DE 2022 I Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacionaf' I 12. Dirigir los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua del desempeño del servicio de policía. 13. Proponer el estatutd de carrera y la planta de personal de'la Policía Nacional, para la aprobación del Gobierno Naciona'l. ' 14. Proponer y suscribir, de conformidad con las normas legales vigentes, alianzas estratégicas, convenios o contratos y acuerdos con personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociados al cumplimiento de la misión, para lo cual podrá delegar esta facultad en las jefaturas, direcciones y comandos en sus diferentes niveles organizacionales. 15. Adoptar sistemas de información, medición de procesos y evaluación de la gestión que soporten la toma de decisiones para el logro de las metas propuestas. 16. Promover la mejora continua del servicio de policía a través de la Subdirección General, las jefaturas nacionales y oficinas asesoras, 17. Asegurar el cumplimiento del ordenamiento legal de archivo, como de las actividades establecidas en la gestión documental. 18. Las demás que le sean asignadas de ~cuerdo con la Constitución Política, la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. I

Artículo 3°

Subdirección Generál: Es la dependencia de la Dirección General de la Policía Nacional encargada de articular a las jefaturas nacionales para lograr la sinergia institucional, enfocada al cumplimiento de las directrices y órdenes emitidas por la Dirección General de la Policía Nacional, para el cumplimiento de la misión constitucional y legal. La Subdirección General cumplirá las siguientes funciones: 1. Dinamizar la formulación, operacionalización y el cumplimiento del direccionamiento estratégico I , " . institucional. 2. Articular las capacidades de las dependencias a su cargo para lograr la sinergia administrativa y operativa de la Policía Nacional para alcanzar los objetivos institucionales. 3. Asistir al Director General de la Policía Nacional en las relaciones interinstitucionales frente a la administración, control y ejecución de los planes, programas y proyectos asociados con las actividades propias de la Institución. 4. Ejecutar y hacer seguimiento a las políticas, estrategias y órdenes del Director General de la Policía Nacional. 5. Supervisar la validación de las compet~ncias mínima,s profesionales en la prestación del servicio de policía a través de las dependencias internas. 6. Orientar y realizar seguimiento a las dependencias encargadas de coordinar con el Ministro de Defensa Nacional, las actividades propias del cumplimiento de la misión de la Policía Nacional. 7. Supervisar el cumplimiento de las políticas adoptadas por la Policía Nacional en el marco de su misión constitucional. 8. Evaluar la gestión administrativa y operativa de las jefaturas nacionales para el logro de los objetivos institucionales. . 9. Realizar seguimiento a la implementación, desarrollo y mejora continua del sistema de gestión adoptado por la Policía Nacional. 10. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 11. Promover la mejora continua del servicio de policía en coordinación con la Dirección General, las jefaturas nacionples y oficinas asesoras. 12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, 105 reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 4°

Jefatura Nacional de Desarrollo Humano: Es la dependencia de la Subdirección General de la Policía Nacional responsable de orientar, promover la sinergia y evaluar la gestión de las dependencias a su cargo, responsables del desarrollo humano. Esta jefatura integra las capacidades relacionadas con salud, bienestar, educación policial, selección y administración de personal, con el fin de garantizar la calidad de vida de los funcionarios para el cumplimiento de la misión constitucional y la protección de las de~echos humanos. La Jefatura Nacional de Desarrollo Humano cumplirá las siguientes funciones: I 1. Implementar los lineamientos emitidos por el Director de la Policía Nacional de Colombia y el Comisionado de Derechos Humanos para la Policía Nacional en materia de formación, capacitación, entrenamiento, promoción, apropiación y difusión de los derechos humanos, 1 DECRETO NÚMERO 1", \.; '., 113 DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional' 2, , Asegurar la aplicación de los derechos I humanos 'en l,os ámbitos de incorporación, talento humano, bienestar, sanidad y educación policial. 3. Orientar el Direccionamiento Estratégico en materia de desarrollo humano para el logro de la visión institucional. 4. Orientar a las direcciones a su cargo en el cumplimiento de las políticas y los lineamientos para el direccionamiento del desarrollo humano, con el propósito de garantizar la calidad de vida de los funcionarios. : 5. Dirigir, coordinar y supervisar los planes de anticipación y respuesta ante las situaciones de crisis que puedan afectar el desempeño del servicio y la reputación institucional. 6. Orientar y evaluar el despliegue del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Policía Nacional. ' 7. Validar los análisis y propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos especiales de las direcciones que la conforman para contribuir con la gestión del desarrollo humano. ' 8. Promover la sinergia 'relacionada ,con 'el desarrollo humano para la ejecución de los planes, programas y proyectos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los funcionarios de la Institución. 9. Diseñar y liderar la implementación de un programa de prevención y promoción de la salud mental para el personal uniformado de la Policía Nacional. 10. Diseñar y Iidera'r la implementación de una estrategia integral de acondicionamiento físico para el personal uniformado, orientada a evaluar, mejorar y mantener el estado físico individual para una efectiva prestación del servicio de policía. 11. Articular las capacidades de las direcciones que integran la jefatura bajo el modelo de gestión humana adoptado por la Institución que permita el fortalecimiento del servicio de policía y el logro de los objetivos institucionales. 12. Asesorar al mando institucional en la toma de decisiones que permitan el fortalecimiento de la gestión de las dependencias y unidades asu cargo, responsables de los procesos asociados al desarrollo humano. 13. Validar el plan de necesidades en gastos de inversión y funcio,namiento de cada dependencia y unidad a su cargo, para el logro de los objetivos institucionales inherentes al desarrollo humano. 14. Evaluar el cumplimiehto de los lineamientos relacionados con la del talento humano, acorde con los mandatos Ilegales, reglamentarios y las directrices institucionales. 15. Promover la creación de espacios de participación ciudadana para el fortalecimiento en la gestión del desarrollo humano. 16. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento en materia de desarrollo humano. 17. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 18. Promover e implementar ,la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos pqr el Estado. 19. Realizar la evaluación al cumplimiento de planes, 'programas y proyectos alineados con el Direccionamiento Estratégico Institucional que permita la mejora continua para el logro de los objetivos de desarrollo humano. 20. Evaluar el desempeño de los procesos establecidos para la gestión del desarrollo humano en sus diferentes componentes dirigidos a mejorar el servicio de policía. 21. Evaluar la implementación de los modelos de gestión que en materia de Desarrollo Humano adopte la Policía Nacional. 22. Generar conocimiento para la toma de decll?iones en el ámbito del desarrollo humano, a partir de la integración de información suministrada por las dependencias y unidades a su cargo. 23. Promover la mejora continua del servicio de policía en coordinación con la Dirección General, Subdirección General, las jefaturas nacionales y oficinas asesoras. 24. Realizar las actividad~s establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. I 25. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. I

Artículo 5°

Dirección Cte Incorporación: Es la dependencia de la Jefatura Nacional de Desarrollo Humano responsable de pl~mificar, dirigir, desarrollar, coordinar y evaluar las actividades inherentes a la selección del talento humano de acuerdo con las necesidades, los perfiles y competencias requeridos por la Policía Nacional. La Dirección de Incorporación cumplirá las siguientes funciones: DECRETO NÚMERO ¡; :.' 113 DE 2022 Contin uación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacionaf' 1. Dirigir el proceso de selección del talento humano para la Policía Nacional acorde con los mandatos legales, reglamentarios y las directrices institucionales. 2. Realizar los análisilS y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos que contribuyan a la selección del talento humano. 3. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de, las actividades propias de su misionalidad. 4. Administrar los sistemas de información de la Dirección de Incorporación como base para realizar análisis, evaluación'y seguimiento que permita la toma de decisiones. 5. Coordinar con I las direcciones, la selección del' personal conforme a las necesidades institucionales en cumplimiento de su deber constitucional. 6. Proponer iniciativas de modernización del proceso, de selección del talento humano para la Policía Nacional. 7. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 8. Coordinar, con la Dirección de Talento Humano y el Grupo de Control y Reservas o quien haga sus veces, la selección de los Auxiliares' de Policía de acuerdo con la planta autorizada anualmente. , ' 9. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 10. Implementar los sistEimas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 11. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 12. Supervisar y evaluar las actividades encaminada a la selección del talento humano de acuerdo con los lineamientos doctrin'ales y las metodologías establecidas. 13. Las demás que le sean asignadas' de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 6°

Dirección de Tal~nto Humano: Es la dependencia de la Jefatura Nacional de Desarrollo Humano r~sponsable de planificar, dirigir, desarrollar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades inherentes a la administración del talento humano, con el propósito de contribuir al cumplimiento de la misión constitucional. La Dirección de Talento Humano cumplirá las siguientes funciones: 1. Administrar el modelo de gestión del talento humano y la cultura institucional, para garantizar la calidad de vida de los funcionarios de la Institución. 2. Dirigir los procesos para la administración del talento humano en la Policía Nacional y la Reserva Policial. ' , 3. Dirigir, coordinar y desarrollar los procesos de reconocimiento de prestaciones sociales para el personal de la Policía Nacional y sus beneficiarios, así como la ejecución del presupuesto asignado para los rubros de cuotas partes pensionales y bonos pensiona les. 4. Realizar los análisis V formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos que contribuyan al desarrollo del talento humano. 5. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para'el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 6. Administrar los sistemas d~ información de la Dirección de Talento Humano como base para realizar análisis que permita la toma d~cisiones. 7. Proponer la planta de personal de'acuerdo con las necesidades institucionales. 8. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 9. Diseñar y proponer el desarrollo de los diferentes sistemas de carrera del personal de la Policía Nacional. , 10. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 11. Realizar el despliegue del Plan Estratégico Institucional en materia de talento humano. 12. Supervisar y evaluar el modelo de gesti6n humana y cultura institucional de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 13. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. DECRETO NÚMERO 113 DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica ¡la estructura del Ministerio de Defensa Nacionaf' 14. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 15. Las demás que le sean asignadas de ac~erdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 7°

Dirección de Educación Policial: Es la dependencia de la Jefatura Nacional de Desarrollo Humano responsable de planificar, dirigir, desarrollar, coordinar, supervisar y evaluar el sistema educativo policial. Esta dirección desarrolla de, manera permanente la formación, capacitación y entrenamiento int~gral y profesional del personal uniformado, con fundamento en los principios de la democracia y los derechos humanos. La Dirección de Educación Policial cumplirá las siguientes funciones: 1. Dirigir el sistema I educativo policial de acuerdo con la política educativa, los lineamientos institucionales y el gerenciamiento de los procesos que aseguren la formación, capacitación y entrenamiento integral y profesional del talento humano de la Policía Nacional. 2. Dirigir y establecer lineamientos de internacionalización educativa para fomentar la cooperación, asistencia y movilida,d académica. 3. Dirigir la implementación del Sistema Institucional de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Policía Nacional acorde con las políticas educativas y lineamientos institucionales, con el propósito de contribuir a fortalecer los programas académicos y al mejoramiento del servicio de policía. 4. Planificar, diseAar, coordinar, 'Y actualizar el desarrollo de programas de formación, eventos de capacitación y entrenamiento conducentes a la generación de competencias para asegurar el respeto por los derechos humanos, en concordancia con la ley, la jurisprudencia de organismos nacionales e internacionales sobre'derechos humanos, análisis sobre derechos humanos que suministren el Ministerio Público, la sociedad civil y el Comisionado de Derechos Humanos para la Policía Nacional. 5. Desarrollar las funciones sustantivas de la docencia, la investigación y la proyección social en el sistema educativo policial. 6. Presentar el proyecto de presupuesto y distribución de recursos de la Dirección de Educación policial, así como de sus unidades en todo el país, sujetándose a las apropiaciones presupuestales y a las normas legales vigentes. ' 7. Administrar y supervisar la gestión de la unidad ejecutora para la educación policial. 8. Desarrollar el seguim'iento y control a la ejecución de los recursos, contratación, procesos y I resultados. 9. Elaborar los estudios, planes, programas, proyectos de inversión y desarrollo tecnológico que permitan dar respuesta a, las necesidades en materia de educación policial, así como, propuestas e informes, para ser presentados ante la instancia que corresponda dentro del régimen establecido en las normas que regulan la educación policial. 10. Fortalecer los comportamientos éticos del personal uniformado en pro de contribuir al desarrollo personal, profesional y ocupacional para la prestación del servicio de policía. 11. Producir investigación científica en el ámbito del servicio de policía para el fundamento de los programas aca9émicos de formación, capacitación y entrenamiento. 12. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 13. Diseñar, desarrollar y certificar los cursos mandatorios establecidos en el estatuto de carrera y profesionalización, con fundamento en los lineamientos 'emitidos por el Centro de Estándares de la Policía Nacional. 14. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 15. Presentar los programas académicos de pregrado y posgrado correspondientes a la profesionalización del servicio de policía, el estatuto docente policial, el manual académico, el sistema educativo policial y el Proyecto Educativo Policial para la aprobación del Consejo Superior de Educación Policial. 16. Administrar los siste"las de información de la Dirección de Educación Policial como base para realizar análisis ql,le permita la toma de decisiones. 17. Establecer un plan de desarrollo profesoral que perfeccione de manera permanente la actividad docente, en función de la profesionalización policial y el servicio de policía. 18. Administrar el cuerpo docente de la Policía Nacional con fundamento en el estatuto docente y el plan de carrera que se establ~zca pé!lra este personal. 1 DECRETO NÚMERO 113 DE 20.22 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional' 19. Coordinar y fomentar las relaciones y alianzas estratégicas en el ámbito nacional en materia educativa. I 20. Implementar la educación policial con enfoque en derechos humanos, ética aplicada y liderazgo en todos los programas de formación, capacitación y entrenamiento para el desarrollo de la profesión de policía y la ocupación en el servicio de policía. 21. Realizar seguimien,o al despliegue del Plan Estratégico .Institucional en materia de educación. 22. Supervisar y evaluar el sistema educativo policial de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 23. Adoptar e implementar las políticas establecida por el Gobierno Nacional y la Policía Nacional con el propósito de asegurar su desarrollo y cumplimiento. 24. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. . 25. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 26. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley., los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 8°

Dirección de Bienestar Social y Familia: Es la dependencia de la Jefatura Nacional de Desarrollo Humano responsable de planificar; dirigir, desarrollar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de bienestar social para los funcionarios de. la Policía Nacional y afiliados a los servicios de bienestar social, con el propósito de contribuir al fortalecimiento del servicio de policía y al cumplimiento de la misión constitucional. La Dirección de Bienestar Social y Familia cumplirá las siguientes funciones: 1. Dirigir y desarrollar servicios, planes, programas y proyectos en materia de bienestar para el mejoramiento de las condiciones de calidad de vida de los funcionarios de la Policía Nacional, su núcleo familiar y usuario~ afiliados a los servicios y programas de Bienestar Social y Centros Sociales. 2. Desarrollar planes, programas y proyectos de apoyo psicosocial que permitan elevar el nivel de vida del personal policial y su familia. 3. Administrar los sistemas de información de la Dirección de Bienestar Social y Familia como base para realizar análisis que permita la toma de decisiones. 4. Administrar los, aportes que realice el personal de la Policía Nacional, para la prestación de servicios, planes, programas y proyectos, así como los aportes provenientes del auxilio mutuo, que contribuyan al bienestar del policía y su familia. 5. Diseñar los productos o contenidos.doctrinales y me,todologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 6. Formular y ejecutar los proyectos de inversión y desarrollo tecnológico que permitan dar respuesta a las necesidades en materia de bienestar y familia. 7. Presentar el proyecto de presupuesto y distribución de recursos de la Dirección de Bienestar Social y Familia, así como de sus unidades en todo el país, sujetándose a las apropiaciones presupuesta les y a las normas legales vigentes. 8. Implementar la gestión del' conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 9. Coordinar y atender I~s necesidades prioritarias de bienestar social en las unidades policiales, ante situaciones die calamidad o desastre como actos violentos y atentados terroristas. 10. Realizar seguimiento al despliegue del Plan Estratégico Institucional en materia de bienestar. 11. Supervisar y evaluar las actividades que permitan promover el bienestar social de los funcionarios de la Policía Nacional y afiliados a los servicios de bienestar social, de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 12. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 13. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos Que lo requieran. 14. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 15. Las demás que le sean asignadas de 'acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 9°

Dirección de Sanidad: Es la dependencia de la Jefatura Nacional de Desarrollo Humano responsable de planificar, dirigir, desarrollar, coordinar, supervisar y evaluar los servicios en materia de salud, por medio del aseguramiento, la administración y la prestación de servicios de salud ... DECRETO NÚMERO .... 113 , DE 2022 I Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional' I . integrales y efectivos¡ en cumplimiento de la misión constitucional. La Dirección de Sanidad cumplirá . las siguientes funciones:' 1. Planificar y direccionar el aseguramiento en saluc;f, por medio de la implementación de la atención en salud, articulando los servicios, la integralidad y la continuidad de los mismos para el cumplimiento de los derechos de los usuarios, con sujeción a la normatividad vigente. 2. Dirigir la elaboración de estudios, planes, programas, proyectos de inversión, propuestas e informes, para ser presentados ante la instancia que corresponda dentro del régimen de beneficios establecidos en las normas, para concepto de los comités correspondientes. 3. Dirigir y coordinar la gestión de recursos adicionales, para optimizar la prestación del servicio de salud en la Policía Nacional, con el Ministerio de Hacienda ,y otras entidades que otorguen fuentes de financiación. 4. Dirigir el desarrollo e implementación de procesos de mejoramiento y desarrollo administrativo, para el aseguramiento y la prestación de servicios de salud del Subsistema de Salud de la I Policía Nacional. 5. Administrar los sistemas de información de la Dirección de Sanidad como base para realizar análisis que permita la toma de decisiones. 6. Administrar y supervisar la gestión del Fondo Cuenta del Subsistema de Salud de la Policía Nacional, para desarrollar seguimiento y control a la ejecución de los recursos, contratación, procesos y resultados. 7. Coordinar y administrar el recaudo del Subsistema de Salud de la Policía Nacional. 8. Ejecutar las actividades q4e determinen la calificación de la capacidad médico-laboral del componente de, salud, conforme a los lineamientos del desarrollo humano de la Institución. 9. Supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud en condiciones de continuidad, oportunidad, pertinencia, accesibilidad, seguridad y satisfacción del usuario del Subsistema de Salud de la Policía Nacional, para el logro de los objetivos institucionales, con el propósito de contribuir al fortalecimiento y mejora del slervicio con sujeción a la normatividad vigente. 10. Realizar seguimiento al despliegue del Plan Estratégico Institucional en materia de salud. 11. Garantizar la prestación del servicio de salud operacional que se requiere para el adecuado desarrollo del servicio policial y del manejo de los riesgos en salud inherentes al ejercicio de la profesión. ' , 12. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas piara el desarrollo de las actividades,propias de su misionalidad. 13. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el I Estado. 14. Implementar las pplíticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 15. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos 'que lo requieran. 16. Realizar las actividades establecidas er:'lla gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 17. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 10°

Jefatura Nacional del Servicio de Policía: Es la dependencia de la Subdirección General de la Policía Nacional responsable, de planificar, dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar el servicio de policía. Esta Jefatura debe orientar, promover la sinergia y evaluar la gestión operativa para la prevención y control policial de las direcciones operativas a su cargo, con la finalidad de asegurar la calidad en la prestación del servicio de vigilancia policial; integra las capacidades de prevención y control policial, investigación criminal y preservación del orden, en cumplimiento de la misión constitucional y la protección de los derechos humanos. La Jefatura Nacional del Servicio de Policía cumplirá las siguientes funciones: 1. Orientar el Direccionamiento Estratégico en materia de servicio de policía para el logro de la visión institucional. Velar por la implementación de los lineamientos emitidos por el Director de la Policía Nacional de Colombia y Comisionado de Derechos Humanos para la Policía Nacional en todas unidades policiales, con el propósito de apropiar de manera permanente en cada funcionario pOlicial una cultura de protección y respeto de los derechos humanos. Articular las unidades policiales con las entidades territoriales para el cumplimiento de la política pública de Conviver;lcia y Seguridad Ciudadana en el ámbito de competencia de la Institución, en coordinación con la Dirección de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Defensa Nacional. I 2. 3. DECRETO NÚMERO 113 DE 2022 .", Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional' 4. Dirigir la planeación y prestación del servicio de vigilancia pOlici,al con enfoque estratégico en el ámbito urbano y rural, de acuerdo con los mandatos constitucionales, legales, políticas de Estado y las directrices del Gobierno Nacional, conforme con las políticas y capacidades I . institucionales. 5. Asesorar al mando institucional en la toma de decisiones que permitan el fortalecimiento de la gestión de las dependencias y unidades a su cargo responsables de los procesos misionales del servicio de policía. 6. Evaluar el desempeño de los procesos misionales establecidos para la prestación del servicio de policía dirigidos a mejorar la calidad de la gestión operativa. 7. Promover la mejora continua del servicio de policía en coordinación con la Dirección General, Subdirección General, las jefaturas nacionales y oficinas asesoras. 8. Evaluar la prestación del servicio de vigilancia policial de acuerdo con los lineamientos doctrinales y la~ metodologfas establecidas. 9. Dirigir, coordinar y supervisar los planes de anticipación y respuesta ante las situaciones de crisis que puedan afectar el desempeño del servicio y la reputación institucional. 10. Orientar a las direcciones a su cargo para el cumplimiento de las políticas y los lineamientos que permitan la prestación y mejora del servicio de policía, de acuerdo con el mandato constitucional, legal, políticas de Estado y las directrices del Gobierno Nacional. 11. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 12. Validar los análisis y propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos especiales de las direcciones que la conforman para contribuir a la gestión operativa del servicio de policía. 13. Promover la sinergia operativa de los procesos misionales para la ejecución de los planes, programas y proyectqs que contribuyan a la efectividad, confianza y legitimidad del servicio de I . policía. 14. Articular las capacidades de las direcciones que integran la jefatura, bajo el modelo de gestión operativa adoptado por la InstituciÓn, que permita el fortalecimiento del servicio de pOlicía y el logro de los objetivos institucionales. 15. Validar el plan de necesidades en gastos de inversión y funcionamiento de cada dependencia y unidad a su cargo, para el logro de I'os objetivos institucionales relacionadas con la gestión operativa del servicio de policía. 16. Coordinar, con la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales, la selección y destino del personal uniformado en corhisión en la Administración Pública, así como los medios logísticos y tecnológicos para el desarrollo funcional, de acuerdo con las competencias dadas en la órbita aduanera, tributaria y cambiaria, conforme a la normatividad vigente. 17. Diseñar y desarrollar estrategias basadas en los análisis de seguridad ciudadana realizados con enfoque territorial. 18. Promover la participación de los comandantes en las actividades de gestión pública territorial, para fortalecer las capacidades y mejorar el desempeño del servicio de vigilancia policial. 19. Promover y dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana para el fortalecimiento en la prestación del servicio de policía. 20. Evaluar la gestión pública territorial del servicio de policía que realizan los comandantes de las unidades desconcentradas.' 21. Promover la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 22. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. I 23. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 24. Realizar la evaluaqión al cumplimiento de planes, programas y proyectos alineados con el Direccionamiento Estratégico Institucional que permita la mejora continua para el logro de los objetivos del servicio de policía. ' 25. Coordinar con las demás jefaturas el desarrollo de las acciones que permitan atender las necesidades en materia de talento humano, financieras, logísticas y de infraestructura para el adecuado funcionamiento del servicio de vigilancia policial en el territorio. 26. Proponer convénios, alianzas estrategicas y referenciaciones internacionales que permitan el mejoramiento del servicio de vigilancia policial. 27. Administrar los sistemas de información correspondientes al servicio de vigilancia policial como base para realizar análisis que permitan I~ toma de decisiones. I 113 DECRETO NÚMERO " DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura dél Ministerio de Defensa Nacionaf' 28. Generar conocimiento para la toma de decisiones en el ámbito relacionado con la gestión operativa del servicio de policía, a partir de la integración de la información suministrada por las I dependencias 'f¡ unidades a· su cargo con enfoque territorial. 29. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 30. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 11°

Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL: Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar, dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar dentro de la Institución las actividades de investigación judicial, criminalística, criminológica y la administración de la información criminal que permitan contribuir al esclarecimiento del delito. Así mismo, coordina y supervisa la cooperación con la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), autoridades nacionales e internacionales orientadas a brindar apoyo a la administración de justicia. La Dirección de ¡Investigación Criminal e INTERPOL cumplirá las siguientes funciones: ¡ 1. Dirigir las funciones que la Constitución Política de Colombia, las leyes y los reglamentos asignen a la Policía Nacional en el ámbito de Policía Judicial. 2. Proponer la formulación y el desarrollo de estrategias basadas en el análisis criminal y criminológico para la 90mprensión de los fenómenos delictuales. 3. Dirigir la investigación judicial en la Policía Nacional como apoyo a la administración de justicia, en la lucha contra el crimen nacional e internacional. 4. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 5. Coordinar con la rama judicialel desarrollo de las labores investigativas y técnicas, con sujeción a las facultades que le otorguen la Constitución Política, las leyes y los reglamentos. 6. Dirigir, por medio de la Oficina Central Nacional INTERPOL, el intercambio de información, asistencia recíproca y cooperación policial internacional, conforme a los estatutos de la Organización Internacional de PolicíaCriminallNTERPOL. 7. Desarrollar las actividades misionales a cargo de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL, para contribuir al cumplimiento de la misión de la Policía Nacional. 8. Identificar y presentar las necesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionamiento de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL. 9. Coordinar y desarrollar, con las entidades nacionales'e internacionales que cumplen funciones de Policía Judicial, la ejecución de las actividades y los procedimientos de investigación criminal a cargo de la Policía Nacional. 10. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado 11. Administrar la información de las. diferentes bases de datos provenientes de las entidades judiciales y administrativas que permita asegurar el acceso y consulta a la información en el marco de los princiJ?ios y disposiciones generales para I~ protección de datos personales. 12. Dirigir y ejecutar las labores técnico-científicas en las diferentes actividades de la criminalística de campo y laboratorio, para contribuir al desarrollo del proceso judicial. 13. Organizar, actualizar y conservar los registros penales nacionales de acuerdo con las decisiones judiciales que para el efecto remitan las autoridades competentes, conforme a la Constitución Política y a la ley. 14. Aportar desde 'la misionalidad de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL a la Jefatura Nacional del Servicio Policí.a, en el direccionamiento del servicio de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. . 15. Supervisar y evaluar las actividade's de ir;1Vestigacidn ju~icial, criminalística, criminológica y la administración de la información criminal de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 16. Presentar los análisis y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos que contribuyan con las actividades· de investigación criminal. 17. Consolidar la información estadística delincuencial y qperativa del país proveniente de las diferentes fuentes de inform,ación autorizadas, con el fin de elaborar análisis criminológicos que aporten al direccionamiento estratégico de la Policía Nacional. ' 18. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. I 19. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. DECRETO NÚMERO 113 DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacionaf' 20. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 21. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. I

Artículo 12°

Direccióo de Inteligencia Policial. Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar, dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades de inteligencia y contrainteligenciaestratégica y operacional frente a las amenazas internas o externas que incidan en el régime" constitucional y legal, régimen democrático y seguridad y defensa nacional. La Dirección dell'lteligencia Policia,l cumplirá las siguientes funciones: 1. Dirigir y evaluar las actividades tendientes a identificar, prevenir y contrarrestar riesgos, amenazas, oportunidades y capacidades, internas y externas causadas por agentes, personas, grupos y organizaciones que pretendan generar actos de penetración, infiltración, espionaje, sabotaje u otras actividades de inteligencia o contrainteligencia para atentar contra la Institución y el Estado. , 2. Dirigir, coordinar y establecer los parámetros para la utilización de medios humanos y técnicos en desarrollo de las actividades de recolección, procesamiento, análisis y difusión de información de inteligencia y contrainteligemcia. . 3. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 4. Facilitar el intercambio de información, ejerciendo como punto nacional de contacto de las acciones de Cooperación Operativa y Estratégica con EUROPOL. 5. Establecer instrumentos de cooperación, coordinacióri y colaboración con organismos de inteligencia y contrainteligencia homólogos del orden nacional e internacional, para el desarrollo de las actividades u operaciones de inteligencia y contrainteligencia. 6. Desarrollarlas actividades misionales a. cargo de la Dirección de Inteligencia Policial, para contribuir al cumplimiento de la misión de la Policía Nacional. 7. Articular, coordinar e integrar la información de inteligencia y contrainteligencia, por medio de las unidades desconcentradas del servicio de inteligencia policial para la planificación del ' servicio de policía. J 8. Realizar los estudiOS de credibilidad y confiabilidad dentro de la Policía Nacional a los funcionarios que integran el serVicio de inteligencia policial con la finalidad de asegurar estándares de idoneidad y confianza, así como a las personas que por razón de su cargo y funciones deban acceder a información de inteligencia y contrainteligencia. 9. Aportar desde la misionalidad de la Dirección de Inteligencia Policial a la Jefatura Nacional del Servicio Policía', en el direccionamiento del servicio·de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. 10. Cumplir y supervisar por medio del Centro de Protección de Datos de inteligencia y contrainteligencia los lineamientos legales para que las actividades de recolección, procesamiento, análisis, difusión y el almacenamiento de la información estén enmarcados en la Constitución Política y la ley. 11. Supervisar y evaluar las actividades de inteligencia y contrainteligencia estratégica y operacional de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 12. Identificar y presentar las necesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionamiento d,e Dirección de Inteligencia Policial. 13. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los 'parámetros establecidos por el Estado. 14. Presentar los análisiS y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos que corltribuyan con las actividades de inteligencia y contrainteligencia policial. 15. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 16. Implementar los si~temas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo, requieran. 17. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 18. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la I dependencia. I

Artículo 13°

Dirección de Carabineros y 'Protección Ambiental: Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar" dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar las 113 DECRETO NÚMERO DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica.la estructura del Ministerio de Defensa Nacionaf' I , , actividades de prevención y control dé los delitos relacionados con el ambiente y los recursos naturales; así como el despliegue de las capacidades en el territorio para contribuir a la seguridad pública, en cumplimiento de la misión constitucional. La Dirección de Carabineros y Protección Ambiental cumplirá las siguientes¡ funciones: 1. Dirigir el servicio de policía con enfoque en la prevención y el control de los delitos relacionados con el ambiente y los recursos naturales, activos estratégicos e infraestructura petrolera, de acuerdo con los mandatos y directrices, del Gobierno. Nacional, conforme a las políticas y capacidades institucionales. 2. Proponer estrategias para la prevención y el control de los delitos ambientales y conexos; así como el desarrollo de acciones de prevención y control que contribuyan a la seguridad pública, de acuerdo con la misión constitucional. 3. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con . las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 4. Proponer convenios, acuerdos, alianzas interinstitucionales, programas de referenciación y capacitación relacionados con el cumplimiento de su misión. 5. Generar alianzas estratégicas de cooperación con las entidades estatales que desarrollan funciones de con~rol y protección ambiental, para fortalecer el intercambio de información y apoyo técnico, dirigido a prevenir y mitigar delitos conexos que afecten el ambiente y los recursos naturales. 6. Aportar desde la llj1isionalidad de la Dirección de Carabineros y Protección Ambiental a la Jefatura Nacional del, Servicio de, Policía, en el direccionamiento del servicio de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. 7. Desarrollar las actividades misionales para contribuir a la prevención y control policial. 8. Administrar los sistemas de información de Dirección de Carabineros y Protección Ambiental como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. 9. Apoyar a las autoridades ambientales en el control del tráfico ilegal de recursos florísticos, faunísticos, hidrobiológicos, de madera y demás que guarden relación con los recursos renovables y no renovables. 10. Orientar a las unidades policiales a su cargo en las actividades de prevención y control para la protección del ambiente y los recursos naturales. 11. Revisar y evaluar periódicamente la pertinencia, oportunidad y efectividad de los planes, programas, proyectos y acciones en materia ambiental y de recursos naturales. 12. Supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la protección del ambiente, los recursos naturales y la contribución a la seguridad pública, de acuerdo con los lineamientos doctrinales y metodologías establecidas. 13. Dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana 'para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. 14. Presentar los análisiS y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos que corltribuyan a la protección del ambiente, los recursos naturales y a la seguridad pública. 15. Identificar y presentar las n~cesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionamiento de la Dirección de Carabineros y Protección Ambiental. 16. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 17. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 18. Implementar lo~ sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en lbs procesos que lo requieran. 19. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. , 20. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley" los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 14°

Dirección de Antinarcóticos: Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la prevención, contención, investigación y reducción del narcotráfico y los delitos conexos, para contribuir con el desarrollo de la Política Antidrogas establecida, por el Gobierno Nacional. La Dirección de Antinarcóticos cumplirá las siguientes funciones: I 1. Contribuir al desar,rollo de la política nacional en materia de lucha contra las drogas ilícitas. DECRETO NÚMERO \.,'., 113 DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa 'Nacional' 2. Coordinar y ejecutar el desarrollo de las operaciones de erradicación de los cultivos ilícitos en sus diferentes modalidades conforme con las disposiciones legales vigentes. 3. Contribuir en la ejecución de los programas de prevención frente al consumo, tráfico y distribución de sustancias psicoactivas de competencia de la Policía Nacional acorde con los lineamientos emanados por el Gobierno Nacional. 4. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 5. Dirigir y ejecutar la operación aérea a través de la aviación policial en el territorio nacional. 6. Ejecutar y controlar las operaciones de interdicción en el territorio nacional de acuerdo con la pólítica contra las drogas ilícitas. 7. Dirigir y gestionar ~cciones: tendientes a dinamizar los controles antidrogas en los terminales portuarios y aeroportuarios con operación internacional y la facilitación del comercio exterior 8. Desarrollar lo establecido por el Gobierno Nacional en acuerdos y tratados de facilitación al comercio exterior de competencia de la Policía Nacional, así como acuerdos y convenios de cooperación internacional en materia de lucha contra el narcotráfico. 9. Desarrollar las actividades misionales para contribuir a la prevención y control policial. 10. Aportar desde 'la misionalidad de la Dirección de Antinarcóticos a la Jefatura Nacional del Servicio Policía, en el direccionamiento del servicio de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. 11. Coordinar con agencias internacion'ales I~ ejecución de actividades operacionales para la lucha contra las drogas ilícitas. 12. Administrar los sistemas de información de la Dirección de Antinarcóticos como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. 13. Realizar estudios de investigación que generen insumos científicos y conceptuales sobre el sistema de drogas ilícitas, de conformidad con la normatividad institucional. 14. Supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la prevención, contención, investigación y reducción del narcotráfico y los delitos conexos. 15. Identificar y presentar las necesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionami~nto de la Dirección de Antinarcóticos. 16. Dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. 17. Presentar los análisis y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos para la prevenciÓn, contención, investigación y reducción del narcotráfico y delitos conexos. 18. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 19. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. " 20. Implementar los sistemas de' gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 21. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. ' 22. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 15°

Dirección de Tránsito y Transporte: Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar, dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades que permitan contribuir a la seguridad vial, la movilidad, la aplicación de las normas de tránsito y transporte en todas sus modalidades, orientado a una cultura de autorregulación y disciplina social. La Dirección de Tránsito y Transporte cumplirá ,las siguientes funciones: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Dirigir las actividades de tránsito y transporte en las vías a nivel nacional, según lo dispuesto en las normas de tránsito y demás que las modifiquen, aclaren o adicionen. Contribuir al desarrollo de la política del Gobierno Nacional en materia de seguridad vial en las modalidades del tra;nsporte :de competencia de la Policía Nacional. Diseñar e implementar acciones preventivas de seguridad vial, dirigidas a sensibilizar y concientizar a los actores viales, para contribuir en la reducción de la siniestralidad. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. Desarrollar las actividades misionales para contribuir a la prevención y control policial. Identificar y pre~entar las necesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionamiento de la Dirección de Tránsito y Transporte. DECRETO NÚMERO 113 DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional' 7. Implementar la gestión del'conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 8. Aportar desde la misionalidad de la Dirección de Tránsito y Transporte a la Jefatura Nacional del Servicio Policía, en el direccionamiento del servicio de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. 9. Administrar los,sistemas de información de la Dirección de Tránsito y Transporte como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. 10. Dinamizar la creación de espacios de'participación ciudadana para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. 11. Presentar los planes, programas y ,proyectos que por su misión deben coadyuvar en el cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad vial. 12. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 13. Implementar los sistemas de gestión que 'adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 14. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 15. Las demás que le seqn asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. I

Artículo 16°

Dirección de Protecc,ión y Servicios Especiales: Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar, dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades referidas a los servicios de protección a la infancia.y adolescencia, al turismo, a personas con nivel de riesgo comprobado y la seguridad de instalaciones conforme al marco de competencia establecido por la Policía Nacional. La Dirección de Protección y Servicios Especiales cumplirá las siguientes funciones: 1. Dirigir, asesorar y desarrollar el programa de prevención y protección a personas a cargo de la Policía Nacional, de acuerdo con el marco normativo. 2. Coordinar y ejecutar las políticas instit~cionales y lineamientos establecidos para el servicio de protección a la infancia y adolescencia, al turismo nacional, a personas con nivel de riesgo comprobado y seguridad a instalaciones. ' 3. Dirigir y realizar el seguimiento a la protección física de' las instalaciones policiales; así como ejercer la Secretaría Técnica del Comité de Seguridad Física de Instalaciones Policiales en el nivel central. 4. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 5. Dirigir y supervisar las acciones de competencia de la Policía Nacional que permitan prevenir la explotación comercial, sexual, pornográfica, violencia sexual y demás vulneraciones a los derechos de los niños, niñas y adolescentes. 6. Desarrollar acciones I de prevención, vigilancia y control en los sitios de interés turístico, prestadores de servicios turísticos, turistas nacionales y extranjeros, para contribuir a la convivencia y seguridad ciudadana. 7. Presentar los análisis y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos que conlribuyan: con las actividades referid~sa los servicios de protección a la infancia y adolescencia, al turismo, a personas con nivel de riesgo comprobado y la seguridad de instalaciones. . 8. Supervisar y evaluar las actividades de protección a la infancia y adolescencia, al turismo, a personas con nivel de riesgo comprobado y la seguridad de instalaciones de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 9. Desarrollar las actividades misionales para contribuir a la prevención y control policial. 10. Identificar y presentar las necesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionamiento de la Dirección de Protección y Servicios Especiales. 11. Aportar desde la misionalidad de la Direcqión de Protecci,ón y Servicios Especiales a la Jefatura Nacional del Servicio Policía, en el direccionamiento del servicio de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. 12. Administrar los sistemas de información de la Dirección de Protección y Servicios Especiales como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. 13. Dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. , 14. Promover la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 113, l" DECRETO NÚMERO DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Detensa Nacional' 15. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 16. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. . 17. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 18. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. I

Artículo 17°

Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión: Es la dependencia de la Jefatura Nacional del Servicio de Policía responsable de planificar, dirigir, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la prevención, investigación y atención de los delitos de secuestro y extorsión que atentan contra la libertad personal. La Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión cumplirá las siguientes funciones: ' 1. Dirigir las actividades de prevención, inteligencia, investigación judicial y operativa, que contribuya en la lucha contr~ los delitos del secuestro y la extorsión. 2. Dirigir y desarrollar las actividades correspondientes a las Políticas del Gobierno Nacional definidas por medio del Ministerio de Qefensa Nacional y el "Consejo Nacional de Lucha Contra el Secuestro y demás atentados contra la Libertad Personal- CONASE", asignadas a la Policía Nacional. 3. Dirigir y desarrollar las actividades de 'prevención del secuestro y la extorsión para contribuir en la reducción de los riesgos de materialización de estos delitos. 4. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 5. Contribuir al desarrollo de la política criminal, en coordinación con el "Consejo Nacional de Lucha Contra el Secuestro y demás atentados contra la Libertad Personal - CONASE", para contrarrestar los delitos del secuestro y la extorsión. 6. Conformar e implementar los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal - GAULA de la Policía Nacional, previa coordinación, con el CONASE, de conformidad con los términos establecidos por la ley y los reglamentos. 7. Desarrollar las actividades misionales para contribuir a la prevención y control policial. 8. Identificar y presentar las necesidades en materia financiera, logística e infraestructura para el adecuado funcionar¡niento de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión. 9. Aportar desde la misionalidad de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión a la Jefatura Nacional del Servicio Policía, en el direccionamiento del servicio de policía y la prestación del servicio de vigilancia policial. 10. Presentar los análisis y formular las propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos de las actividades relacionadas con la prevención, investigación y reducción de los delitos de secuestro y extorsión que atentan contra la libertad personal. 11. Supervisar y evaluar las actividades de investigación judicial, criminalística, criminológica y la administración de la información criminal, de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 12. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 13. Administrar los sistemas de información de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. 14. Dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. 15. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 16. Implementar los sistsmas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 17. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 18. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. I

Artículo 18°

Jefatura Nacional de Administración de Recursos: Es la dependencia de la Subdirección General de la Policía Nacional responsable de orientar, promover la sinergia y evaluar la administración financiera, logística y de infraestructura de las dependencias a su cargo. Esta I DECRETO NÚMERO .. '. 113' DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se inodifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacionaf jefatura, integra las capacidades de administración para asegurar la sostenibilidad y optimización del manejo de los recursos en cUl11plimiento de la misión, constitucional. La Jefatura Nacional de Administración de Recursos cumPlirá las siguientes funciones: 1. Orientar el Direccionamiento Estratégico en materia de administración de recursos financieros, logísticos y de infraestructura de la Policía Nacion,al para el logro de la misión institucional. 2. Orientar y controlar las dependencias y unidades a su cargo en el cumplimiento de las políticas y los lineamier;¡tos para lal ejecución de los procesos relacionados con la administración financiera, logística, infraestructura y adquisición de bienes y servicios de la Institución. 3. Dirigir, coordinar y supervisar los planes de anticipación y respuesta ante las situaciones de crisis que puedan afectar el desempeño del servicio, y la reputación institucional. 4. Validar los análisis y propuestas de valor, así como los planes, programas y proyectos especiales de las direcciones que la conforman para contribuir con la gestión financiera, logística y de infraestructura. 5. Promover la sinergia administrativa relacionada con los recursos financieros, logísticos e infraestructura, para la ejecución de los planes, programas y proyectos que contribuyan a la optimización de recursos y sostenibilidad institucional, , 6. Articular las capacidades de las direcciones bajo el modelo a~optado por la Institución, para administración de los recursos financieros, logísticos y de infraestructura, que permita el fortalecimiento del se~icio de policía y el logro de los objetivos institucionales. 7. Validar el plan de Inecesidades en gastos de inversión y funcionamiento de cada dependencia y unidad a su cargo, para el logro de los objetivos institucionales relacionadas con la gestión financiera, logística y de infraestructura. 8. Orientar la aplicación de políticas y normas contables con el fin de garantizar la realidad de los hechos financieros,leconómicos, sociales y ambientales'de la Policía Nacional. 9. Diseñar lineamientos' para el aseguramiento de la administración de recursos financieros, logísticos e infraestructura de la Policía Nacional. 10. Supervisar y controlar la administración de las pólizas para el aseguramiento de los bienes, talento humano y patrimoniQ de la Policía Nacional. 11. Promover la creación de espacios de participación ciudadana para el fortalecimiento de la administración de recursos financieros, logísticos y de infraestructura. 12. Promover la gestión del conocimiento Em el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 13. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 14. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 15. Realizar la evaluación al cumplimiento d~ planes, programas y proyectos alineados con el Direccionamiento Estratégico Institucional que permita la mejora continua para el logro de los objetivos para la administración de recursos financieros,' logísticos y de infraestructura. 16. Asesorar al mando instituciOnal en la toma de decisiones que permitan el fortalecimiento de la gestión de las dependencias y unidades a su cargo responsables con los procesos asociados a financiera, logística e infraestructura. 17. Evaluar el desempeño de los procesos establecidos para la administración de los recursos financieros, logísticos y de infraestructura de la Policía Nacional. 18. Generar conocimiento para la toma de decisiones en el ámbito financiero, logístico y de infraestructura, a partir de la integración de información suministrada por las dependencias y " , unidades a su cargo. , 19. Promover la mejora continua del servicio de policía en coordinación con la Dirección General, Subdirección General, las jefaturas nacionales y oficinas asesoras. 20. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 21. Las demás que'le sean asignadas dé acuerdo con la, ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

Artículo 19°

Dirección Logística y Financiera: Es la' dependencia de la Jefatura Nacional de I , Administración de Recursos responsable de planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de gestión logística, financiera y contractual de la Institución, para la adquisición de bienes y servicios bajo los conceptos de racionalización y optimización que permitan la sostenibilidad institucional. La Dirección Logística y Financiera cumplirá las siguientes funciones: DECRETO NÚMERO \..,. ... ' 113 DE 2022 1 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la 'estructura del Ministerio de Defensa Nacional' 1. Dirigir y controlar la recepción <;je bienes y servicios recibidos a través de diferentes instrumentos jurídicos que involucren asistencia técnica, económica y afines con otras entidades nacionales e internacionales. 2. Asesorar y realizar seguimiento en la formulación de planes, programas, proyectos y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y adquisición de bienes y servicios requeridos por la Institución. 3. Dirigir y asesorar a las unidades policiales en e,1 desarrollo de las actividades de los componentes logísticos.' , 4. Definir y desarrollar los lineamientos para la ejecución de los procesos relacionados con la gestión financiera y a~quisición de bienes y servicios de la Institución. 5. Diseñar los produ«tos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. 6. Desarrollar por medio de los procesos contractuales la adquisición de bienes y servicios de acuerdo con los lineamientos legales e institucionales. 7. Administrar el componente 'Iogístico, financiero y contractual en los ámbitos de gestión de la , Policía Nacional.' 8. Diseñar las políticas relacionadas con la administración de los bienes de la Policía Nacional. 9. Diseñar y supervisar el cumplimiento a los lineamientos para el aseguramiento de la calidad en los bienes que adquiere la p'olicía Nacional. 10. Administrar los sistemas de información de la Dirección Logística y Financiera como base para realizar análisis que permita la toma de decisiones. ' 11. Controlar la ejecución de los recursos presupuestales en las dependencias y unidades ordenadoras del gasto, de acuerdo con las metas de ejecución presupuestal fijadas por la Institución. I 12. Dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. 13. Realizar evaluación de la gestión logística y recursos financieros bajo los conceptos de oportunidad, transparencia y eficiencia. 14. Supervisar y asesorar a las dependencias y unidades políciales en el desarrollo de los procesos financieros y contractuales. ' 15. Supervisar y evaluar las actividades de la Dirección Logística y Financiera, de acuerdo con los lineamientos doctrinal¡es y las metodologías establecidas. . 16. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 17. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. ' 18. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. 19. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental, de acuerdo con el ordenamiento jurídico. 20. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. ! •

Artículo 20°

Dirección de Infraestructura: Es la dependencia de la Jefatura Nacional de Administración de Recursos responsable de planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades tendientes a controlar los bienes inmuebles requeridos para el funcionamiento institucional que sean de responsabilidad de la Policía Nacional. La Dirección de Infraestructura cumplirá las siguientes funciones: I 1. 2. 3. 4. 5. , Desarrollar, administrar y hacer seguimiento a los proyectos de infraestructura física con el propósito que se ajusten a las necesidades, capacidades y especificaciones correspondiente a los ámbitos de gestión. ' Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. Diseñar y ejecutaf"llineamientos frente a la planeación, ejecución, seguimiento y mantenimiento de los bienes inmuebles de la Policía Nacional. Estructurar los proyectos de infraestructura física de acuerdo con las necesidades institucionales para,el desarrollo de la misionalidad policial. Identificar, analizar' y, coordinar la proyección de la infraestructura física requerida a nivel nacional y su sostenibilidad para apoyar el servicio policial. DECRETO NÚMERO 113 DE 2022 Continuación Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacionaf 6. Establecer los re(Juisitos de carácter técnico, legal y funcional relacionados con aspectos inmobiliarios de la infraestructura física de acuerdo con las necesidades institucionales. 7. Controlar y efectuar el seguimiento al componente de infraestructura física en los ámbitos de gestión de la Policía Nacional. 8. Planificar y superv,isar la ejecución, següimiento, mantenimiento, sostenimiento y funcionamiento de los bienes inmuebles de responsabilidad de la Policía Nacional bajo los conceptos de oportunidad, transparencia yeficiencia. 9. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. 10. Administrar loslsistemas de información de la Dirección de Infraestructura para la gestión de activos de infraestructura como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. 11. Dinamizar la creación de espacios de participación ciudadana para fortalecer la confianza y la legitimidad institucional. I 12. Supervisar y evaluar las actividades de la Dirección de Infraestructura, de acuerdo con los lineamientos doctrinales y las metodologías establecidas. 13. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. 14. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos ,que lo requieran. 15. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental ce acuerdo con el ordenamiento jurídico. 16. Las demás que le se~n asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia. I

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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