Artículo 2.2.3.4.1.9
Responsabilidades del rol de administrador(a) de eKOGUI en la entidad. Le corresponde al(la) administrador(a) del Sistema Único de Gestión e Información de Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI : 1. Servir de canal de comunicación entre la Agencia y los usuarios de la entidad del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI. 2. Gestionar con los usuarios de la entidad del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUl , las solicitudes de verificación, corrección e incorporación de información que realice la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado , en los plazos que ésta establezca . 3. Remitir, una vez notificada la entidad, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado las piezas procesales de las conciliaciones , los procesos judiciales y arbitrales en los que las pretensiones superen la DECRETO NÚMERO Oi04 DE Pá ¡na 23 de 30 Continuación del Decreto "Por el cual se adiciona la Sección 4 al Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, para reglamentar el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, se modifica la Sección 1 del Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 de Decreto 1069 de 2015 y se dictan otras disposiciones" cifra que defina el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. 4. Capacitar a los usuarios de la entidad en el uso funcional y manejo adecuado de Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUI , de conformidad con los lineamientos, instructivos y herramientas en general que para el efecto expida la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado 5. Fomentar el uso efectivo de las herramientas del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUI por los usuarios de la entidad. 6. Activar e inactivar dentro del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUI, a los usuarios de la entidad correspondientes a los diferentes roles establecidos y mantener actualizada esta información . 7. Asignar y reasignar, cuando a ello hubiere lugar, las conciliaciones, procesos judiciales y arbitrales dentro del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado -eKOGUI, de conformidad con las instrucciones impartidas por el (la) representante legal de la Entidad o el(la) jefe de la Oficina Jurídica o quien haga sus veces. 8. Hacer seguimiento permanente a la actualización de conciliaciones, procesos judiciales y arbitrales, que realicen los(as) abogados(as) que ejerzan la representación judicial de la entidad, en el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI y generar un reporte trimestral al(la) jefe Jurídico, con los resultados del seguimiento realizado.