Deberes de los actores del SDJE. del E deberes .... I " T I " r o C ' 1. Identificar y prevenir los riesgos causantes daños antijurídicos. 2. Acatar e implementar los lineamientos, protocolos y demás que del etapas del ciclo defensa juríd Nacional de Defensa Jurídica del directrices, modelos, relacionados que expida la 3. seguimiento continuo al estado de implementación y cumplimiento los lineamientos, protocolos y herramientas SDJE. Cada entidad, a través de su representante legal o quien haga encargado(a) de asignar los(as) responsables cumplimiento de DECRETO NÚMERO DE Pá ¡na 14 de 30 Continuación del Decreto "Por el cual se adiciona la Sección 4 al Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, para reglamentar el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, se modifica la Sección 1 del Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 de Decreto 1069 de 2015 y se dictan otras disposiciones" 4. Atender las solicitudes, recomendaciones y las estrategias de litigio elaboradas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. En caso de que la entidad pública se aparte de estos deberá justificarlo por escrito y comunicarlo a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a través de su representante legal o el(la) funcionario(a) de nivel directivo que este delegue. 5. Allegar de forma completa y oportuna la información y los insumos solicitados por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado . 6. Coordinar la defensa jurídica a través de un mecanismo idóneo de articulación con las diferentes entidades públicas demandadas en un mismo proceso judicial y/o arbitral. 7. Coadyuvar las peticiones, solicitudes y recursos que se realicen en el marco de un proceso o caso en defensa de los intereses litigiosos de la Nación y del Estado. 8. Designar apoderados(as) de acuerdo con las políticas definidas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. 9. Articular e incluir dentro de su planeación estratégica y operativa, las acciones para prevenir el daño antijurídico y fortalecer todas las etapas del ciclo de defensa jurídica del Estado. 1O. lncluir dentro de sus Sistemas Integrados de Gestión y/o Sistema de Control Interno, los indicadores definidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. 11. Prevenir cualquier conflicto o litigio en contra de la entidad, promoviendo una gestión pública adecuada . Los riesgos deben ser revisados y tramitados en el marco del Sistema de Control Interno de la entidad. 12. Reducir progresivamente los riesgos del daño antijurídico mediante la mejora continua de los procesos y procedimientos establecidos en su Sistema de Gestión Institucional. 13. Promover la toma de decisiones de manera objetiva, basándose en la información y los insumos del SDJE. 14. Velar y fomentar la coordinación armónica de las entidades públicas para la implementación y el adecuado funcionamiento del SDJE . 15. Garantizar la veracidad, integridad y oportunidad de la información litigiosa, de acuerdo con los lineamientos del SDJE . 16. Informar los hechos generadores de litigio, caracterizando el problema con el número de procesos asociados y los resultados en materia de defensa jurídica. DECRETO NÚMERO Oi 04 DE Pá ina15de30 Continuación del Decreto "Por el cual se adiciona la Sección 4 al Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, para reglamentar el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, se modifica la Sección 1 del Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 de Decreto 1069 de 2015 y se dictan otras disposiciones" 17.Asegurar el intercambio de datos y la interoperabilidad de sus sistemas de información. 18.Actuar con austeridad y eficiencia, optimizando el uso del tiempo y los recursos destinados a la gestión eficiente del ciclo de defensa jurídica del Estado. 19. Construir las estrategias de defensa, de resolución de conflictos y de casos atendiendo criterios de calificación del riesgo. 20 . Fomentar el reconocimiento temprano de derechos y el uso de los mecanismos de resolución de conflictos. 21. Conservar la reserva y la confidencialidad sobre las estrategias de litigio fijadas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado . 22 . Promover políticas, estrategias y mecanismos para la recuperación de recursos públicos. 23. Presentar ante el Comité Técnico de Políticas y Estrategias del SDJE el resultado del seguimiento y evaluación del indicador de prevención del daño antijurídico establecido en el artículo 122 de la Ley 2220 de 2022 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. 24. Presentar ante la entidad coordinadora del SDJE los informes que esta requiera. 25. Los demás que se requieran para el adecuado funcionamiento del SDJE. Subsección 4 Instrumentos de planificación y seguimiento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado