Por el cual se adopta la estructura del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno

Decreto · 10 · 2025-01-07 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 29

Artículo 1°

Estructura. El Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil sus funciones siguiente estructura: para el desarrollo 1. Consejo Directivo. Dirección 2.1. Oficina Jurídica. 2.2. Oficina Planeación. 2.3. Oficina de Control Interno. Oficina 2.5. Oficina Control Disciplinario Interno. Relacionamiento con el 2.6. Oficina Asesora de TI y Comunicaciones. 2.7. Oficina de Calidad. 3. Dirección Prestación de Servicios de Salud. 3.1. Subdirección de 3.2. Subdirección de Ambulatorios. 3.3. Subdirección de Servicios Hospitalarios. 3.4. 3. irección de Socíosan ítarios. Subdirección de 3.6. Subdirección de Apoyo Terapéutico. 4. Dirección Infraestructura y Patrimonio. 4.1 Subdirección de Infraestructura. 4.2 Subdirección de Dirección Académica y Técnico-Científica. 5.1. Subdirección de Innovación e Investigación. Subdirección de Educación y Gestión del Conocimiento. Dirección y Multimodal. Secretaría General. 7.1. bdirección de rsos Físicos. 7 Subdirección de lento Humano. DECRETO NÚMERO . -- - 0010 DE Hoja No. 3 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil 'y se dictan otras disposiciones" 7.3. Subdirección Financiera. 8. Órganos de Asesoría y Coordinación.

Artículo 2°

Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo, las siguientes: 1. Aprobar las políticas, planes, proyectos y programas estratégicos de la entidad de acuerdo con los planes sectoriales de salud, educación superior, de ciencia, tecnología e innovación , y patrimonio cultural, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo. 2. Presentar al Departamento Administrativo de la Función Pública o quien haga sus veces, las propuestas de modificación de la estructura y planta de personal de la Entidad. 3. Realizar seguimiento a las políticas, planes, proyectos , actividades y programas estratégicos de la entidad y analizar los resultados de su implementación, con base en el informe anual de gestión que presente el/la Director (a) General. 4. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la entidad, y las modificaciones al mismo, de conformidad con las normas que la rigen en materia presupuestal. 5. Aprobar los estatutos internos de la entidad. 6. Crear el reglamento propio. 7. Las demás que señale la ley, los estatutos y reglamentos .

Artículo 3°

Funciones de la Dirección General. Son funciones de la Dirección General del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, las siguientes: 1. Ejercer la representación legal de la entidad, celebrar en su nombre los actos, convenios y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones. 2. Ser ordenador del gasto y garantizar la correcta destinación de los recursos del Hospital y el debido uso y mantenimiento de sus bienes. 3. Nominar, vincular, administrar, ejercer la facultad disciplinaria y remover al personal, de conformidad con las normas legales vigentes. 4. Dirigir, orientar y controlar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos del Hospital San Juan de Dios y Materno Infantil. 5. Dirigir controlar y evaluar la acción administrativa del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil en concordancia con los principios de la función administrativa. 6. Formular y someter a aprobación del Consejo Directivo los asuntos estatutarios que correspondan y dirigir su correcta , completa y oportuna ejecución . 7. Impartir las directrices para el cumplimiento de las disposiciones legales relativas al Hospital y por el eficiente desempeño de las funciones misionales, administrativas y jurisdiccionales de la misma. 8. Orientar la elaboración de estudios sectoriales de diagnóstico económico y financiero que contribuyan al mejoramiento de la Entidad y al ejercicio de las facultades otorgadas por la ley para la administración de los recursos de la salud . 9. Expedir los actos administrativos de carácter general o particular que se requieran para la administración de los recursos de la salud . DECRETO NÚMERO ~I'l' •• 00 1-' O' DE Hoja No. 4 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 10. Presentar al Consejo Directivo del Hospital, al Ministerio de Salud y Protección Social y demás entidades y organismos competentes, los informes sobre el funcionamiento general de la Entidad y la ejecución de sus planes, programas, proyectos y funciones. 11. Determinar las reglas de funcionamiento de los órganos de asesoría, de conformidad con la ley y los reglamentos. 12. Resolver en segunda instancia los procesos disciplinarios respecto de aquellas conductas en que incurran los servidores de la Entidad. de conformidad con las funciones y competencias establecidas en el Código General Disciplinario. 13. Dirigir el Hospital en torno a su misión, visión y objetivos, aprobados por el Consejo Directivo y expedir los actos administrativos para el desarrollo de su objeto. 14. Definir y presentar al Consejo Directivo para su aprobación las políticas, planes, proyectos y programas estratégicos de la entidad de acuerdo con los planes sectoriales de salud, educación superior, de ciencia, tecnología e innovación, y patrimonio cultural, y su adecuación al Plan Nacional de Desarrollo. 15. Presentar el proyecto de Plan de Desarrollo Institucional al Consejo Directivo para su aprobación. 16. Presentar al Consejo Directivo el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos de cada vigencia y sus modificaciones, de conformidad con las normas que resulten aplicables a la entidad. 17. Analizar y aprobar los estados financieros de cada ejercicio, de conformidad con las normas vigentes. 18. Preparar y presentar propuesta de modificación de estructura y planta de personal para revisión y presentación al Departamento Administrativo de la Función Pública o la entidad que haga sus veces, aprobado previamente por parte del Consejo Directivo. 19. Celebrar los contratos y convenios de asistencia y cooperación técnica y científica con entidades nacionales e internacionales y celebrar convenios estratégicos con otras entidades públicas y privadas del orden nacional y territorial para el cumplimiento de su objeto. 20. Implementar los manuales de procesos y procedimientos de la entidad. 21. Autorizar el recibo de las donaciones o aceptar bienes en comodato para el cumplimiento de los fines de la entidad. 22. Convocar al Consejo Directivo a las sesiones ordinarias y extraordinarias, y asistir a las mismas en calidad de secretario técnico. 23. Realizar la rendición de cuentas de la entidad. 24. Las demás que señale los estatutos y las disposiciones legales. Parágrafo transitorio: Para efectos del nombramiento del primer Director General del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, el Ministro de Salud y Protección Social verificará y certificará el cumplimiento de requisitos en los términos del artículo 19 del Decreto­ Ley 1959 de 2023, y demás disposiciones que resulten pertinentes.

Artículo 4°

siguientes: 1. Funciones de la Oficina Jurídica. Son funciones de la Oficina Jurídica, las Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil en la definición de políticas, estrategias, conceptos y principios en materia jurídica, de competencia del Hospital. DECRETO NÚMERO ,.\~' .. oo ~o DE Hoja No. 5 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 2. Asesorar a la Dirección General y las demás dependencias en la preparación y ejecución de decisiones en materia legal y su defensa. 3. Representar judicial y extrajudicialmente al Hospital en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que ésta deba promover, directamente, mediante la delegación general de la función de representación judicial o mediante el poder especial que otorgue el Director General, supervisar el trámite de todas las actuaciones y mantener actualizada la información que se requiera para su seguimiento. 4. Proponer estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de riesgos jurídicos del Hospital. 5. Conceptuar internamente sobre los requerimientos jurídicos de las diferentes dependencias de la Entidad en asuntos de su competencia. 6. Fijar la unidad de criterio jurídico en los asuntos de competencia del Hospital. 7. Dirigir la elaboración de los estudios jurídicos especiales solicitados por las demás dependencias del Hospital para el desarrollo de sus funciones. 8. Compilar, actualizar, sistematizar, socializar y difundir leyes, decretos, normativa, jurisprudencia y doctrina relativa a los temas de competencia de la Entidad; y elaborar y publicar periódicamente los contenidos de carácter jurídico que recopilen esta información. 9. Estudiar, conceptuar y/o elaborar actos administrativos que le sean sometidos a su consideración y revisar lo? actos administrativos de carácter general que deban expedir el Consejo Directivo y la Dirección General. 10. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general las actuaciones jurídicas relacionadas con las funciones del Hospital, que no correspondan a otras dependencias. 11. Proyectar y revisar jurídicamente los actos administrativos de cualquier índole que deba firmar el Director General. 12. Impartir instrucciones a las diferentes dependencias del Hospital para la proyección de los actos administrativos. 13. Proponer las políticas de defensa jurídica, para mitigar condenas en contra de la Entidad de conformidad con la normatividad vigente. 14. Revisar jurídicamente, antes de su publicación, el material pedagógico, didáctico o de comunicación que sea elaborado por las dependencias de la Entidad. 15. Emitir conceptos de índole jurídico sobre el contenido de las iniciativas legislativas y los proyectos de actos administrativos que tengan relación con las funciones del Hospital. 16. Ejercer en el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, la función disciplinaria en la etapa de Juzgamiento en primera instancia para servidores públicos, de carrera y de libre nombramiento y remoción, trabajadores por contrato de trabajo privado y particulares en ejercicio de funciones públicas y exservidores públicos del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, de acuerdo con la Constitución Política y las disposiciones legales vigentes. 17. Trasladar oportunamente los expedientes disciplinarios cuando se hayan interpuesto los recursos de apelación o de queja a la Dirección General para el trámite de segunda instancia. 18. Informar a la Procuraduría General de la Nación, a la Oficina de Control Disciplinario Interno y a la Subdirección de Talento Humano, la ejecutoria de las sanciones DE DECRETO NÚMERO Hoja No. 6 0010 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infant!1 y se dictan otras disposiciones" impuestas a los servidores y/o exservidores públicos para que sean incluidas en las historias laborales y los registros correspondientes. 19. Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios que se encuentren en etapa de juzgamiento, a las autoridades competentes cuando así lo requieran 20. Cumplir las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) que le sean asignadas. . 21. Contestar las peticiones que se radican en la oficina y son competencia de ésta. 22. Asistir como miembro jurídico de los comités que haga parte en la estructura de la administración. 23. Evaluar jurídicamente las propuestas de las convocatorias públicas para la adquisición de bienes y servicios. 24. Coordinar y elaborar los informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control yen general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones, según los lineamientos y políticas institucionales. 25. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 5°

Funciones de la Oficina de Planeación. Son funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes: 1. Asesorar a la Dirección General ya las dependencias en la formulación de las políticas planes, programas y proyectos que deba ejecutar la Entidad para el cumplimiento de su misión y competencias. 2. Asesorar a la Dirección General en la formulación y elaboración del Plan de Desarrollo Institucional. 3. Efectuar los diagnósticos institucionales y proponer las acciones necesarias para la planeación institucional y la formulación de proyectos. 4. Articular las acciones de la entidad, acordes con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes séctoriales, para el logro de sus objetivos de una manera participativa y concertada. 5. Consolidar los Planes Operativos Anuales (POA) del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, realizar seguimiento y evaluar el cum'plimiento de sus metas. 6. Adelantar procesos de evaluación de las políticas adoptadas por ei Hospital, según los lineamientos y criterios establecidos. 7. Proponer y administrar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Hospital y orientar su implementación, mantenimiento y sostenibilidad, respondiendo por las dimensiones y políticas que estén a su cargo. 8. Actualizar en forma continua con todas las áreas del Hospital, los procesos, procedimientos, y la documentación requerida, la cual estará contenida en el Sistema de Gestión de Calidad. 9. Coordinar con la Oficina de Calidad las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). 1O.Asesorar en la formulación, implementación y seguimiento de indicadores de gestión y estándares de desempeño para la toma de decisiones estratclgicas. 11. Elaborar los estudios técnicos requeridos de cargas laborales cuando se requiera. DECRETO NÚMERO ,..t<!¡ '- 00 10· DE Hoja No. 7 J. Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 12. Asesorar en la planeación, implementación y evaluación del Sistema de Gestión de Riesgos. 13. Realizar asistencia técnica a los líderes de procesos y sus equipos de trabajo en la identificación, análisis, evaluación, seguimiento, monitoreo y tratamiento de los riesgos . 14. Preparar, consolidar y presentar en conjunto con la Secretaría General, el anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento, operación e inversión, de acuerdo con la normatividad vigente. 15. Coordinar con el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Nacional de Planeación, la presentación, sustentación y aprobación de los proyectos de inversión institucional. 16. Asesorar a las dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil en la metodología, diseño, elaboración y presentación de proyectos de inversión relacionados con investigación e innovación, acciones en salud pública, formación y docencia y prestación de servicios asistenciales, ante las entidades competentes. 17.Asesorar y realizar estudios económicos y financieros para el mejoramiento de la gestión y el desarrollo institucional. 18. Realizar los análisis y estudios para determinar mejores modelos de productividad. 19. Asesorar y coordinar el diseño e implementación del sistema de información institucional, determinando las metodologías y procedimientos para su administración y uso. 20. Diseñar en coordinación con la Secretaría General, el Plan de Gerencia de la información que apoye el proceso de toma de decisiones basado en la información. 21. Desarrollar procesos de analítica de datos que permitan plantear escenarios futuros para la toma de decisiones institucionales, de conformidad con las metodologías establecidas en la materia. 22. Diseñar e implementar estrategias que permitan hacer seguimiento a la calidad oportunidad, seguridad e intercambio de los datos, para asegurar un uso adecuado de la información, para la toma de decisiones institucional. 23. Generar y disponer la información y estadísticas necesarias para el ejercicio de las funciones del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 24. Estructurar, en coordinación con las dependencias del Hospital, los informes relacionados con los avances y resultados de gestión, sistema de información, los planes, programas y proyectos, de acuerdo con los requerimientos y las normas existentes. 25. Contribuir al diseño, implementación y desarrollo del Sistema de Desempeño Institucional como son la integración de modelos definidos de Control Interno, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y los Sistemas de Gestión de la Calidad y participar en los procesos tendientes a obtener las certificaciones por parte de los entes evaluadores externos además que · le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. 26 . Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 6°

Funciones de la Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes: DE DECRETO NÚMERO Hoja No. 8 . " ~ 00 10 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 1. Planear, organizar y dirigir las auditorías internas, evaluaciones y seguimientos al Sistema Integrado de Gestión y el desarrollo y sostenibilidad del Sistema de Control Interno del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 2. Verificar que el Sistema de Control Interno esté establecido dentro del Hospital oficialmente y que su ejercicio sea incorporado al desarrollo de las funciones de todos los cargos. 3. Verificar el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y hacer las recomendaciones necesarias. 4. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control con enfoque hacia la prevención que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional. 5. Verificar que los controles definidos para los procesos, procedimientos y actividades del Hospital se cumplan por los responsables de su ejecución. 6. Elaborar y presentar los informes relacionados con la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la normativa vigente. 7. Mantener permanentemente informados al representante legal y el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno acerca del estado del Sistema Integrado de Gestión y el desarrollo y sostenibilidad del Sistema de Control Interno dentro del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 8. Verificar la efectividad de los planes de mejoramiento diseñados por los líderes de los procesos del Hospital como resultado de las evaluaciones, seguimientos y auditorías internas y de entes externos. 9. Poner en conocimiento de los organismos competentes, la comisión de hechos presuntamente irregulares de los que conozca en desarrollo de sus funciones. 10. Coordinar con la Dirección General y las dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil la comunicación con los entes externos de control, y realizar seguimiento para que la información suministrada por los responsables sea entregada cumpliendo con los criterios de oportunidad, integridad y pertinencia. 11.Asesorar a las dependencias del Hospital en la adopción de acciones de mejoramiento recomendadas por los entes de control. 12. Desarrollar acciones para evaluar de manera independiente, la gestión de los riesgos institucionales e informar a la alta dirección sobre el estado de estos. 13. Liderar y participar en las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) que le sean asignadas. 14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 7°

Funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno, las siguientes: 1. Ejercer la función disciplinaria en el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil en la etapa de instrucción, de acuerdo con la Constitución Política y las disposiciones legales vigentes. 2. Apoyar los asuntos relacionados con la aplicación de la normatividad disciplinaria vigente, y verificar que en el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, DECRETO NÚMERO DE Hoja No. 9 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" se adelanten los procesos disciplinarios con sujeción estricta a las normas que rigen la materia . 3. Decidir sobre la procedencia de la acción disciplinaria en las denuncias, quejas o informes con connotación disciplinaria, que se conozca contra seNidores o exseNidores públicos del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y adelantar el trámite que corresponda. 4. Dirigir, coordinar y adelantar la etapa de instrucción en primera instancia, hasta la notificación del pliego de cargos de los procesos disciplinarios que se adelanten contra seNidores públicos, de carrera y de libre nombramiento y remoción, trabajadores por contrato de trabajo privado y particulares en ejercicio de funciones administrativas y exseNidores públicos del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil que presuntamente hubiesen incurrido en faltas disciplinarias, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente . 5. Trasladar oportunamente el expediente, una vez notificado el pliego de cargos , a la Oficina Jurídica del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil para que se surta la etapa de juzgamiento. 6. Liderar y presentar a consideración de la Dirección General las medidas de prevención , los programas y las estrategias de divulgación orientados a la lucha contra la corrupción y la apropiación del régimen disciplinario. 7. Llevar los archivos y registros de los procesos disciplinarios adelantados contra los seNidores públicos de competencia de esta Oficina. 8. Velar porque los procesos disciplinarios en la etapa de instrucción en primera instancia se desarrollen dentro de los principios legales de economía , celeridad, igualdad , eficiencia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho de defensa y el debido proceso. 9. Poner en conocimiento de las autoridades competentes, la comisión de hechos presuntamente punibles que surjan del proceso disciplinario o de cualquier otro hecho que amerite su inteNención . 10. Garantizar la actualización, oportunidad e integración de la información de los procesos disciplinarios adelantados en la etapa de instrucción en primera instancia. 11 . Absolver consultas y prestar asistencia técnica sobre los asuntos a cargo de la Oficina de Control Disciplinario Interno, que conlleven a la aplicación de las normas disciplinarias vigentes. 12. Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes, cuando así lo requieran. 13. Liderar y hacer seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) que le sean asignadas. 14. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia .

Artículo 8°

Funciones de la Oficina de Relacionamiento con el Ciudadano. Son funciones de la Oficina de Relacionamiento con el Ciudadano, las siguientes 1. Gestionar y liderar la implementación de políticas, planes , programas y proyectos destinados a fomentar la participación comunitaria e incentivar las veedurías ciudadanas del sector salud, de manera que se fortalezca la incidencia en las decisiones de las políticas del sector. 2. Liderar e implementar la política de atención y seNicio al ciudadano de acuerdo con la normatividad vigente . DECRETO NÚMERO ...yol -o­ 00 10 DE Hoja No. 10 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno !nfantil y se dictan otras disposiciones" 3. Definir e implementar mecanismos y espacios de atención y comunicación con los ciudadanos, usuarios, pacientes y familiares, para identificar las necesidades y expectativas de los usuarios. 4. Diseñar y gestionar estrategias que permitan disminuir las barreras de acceso en la prestación de servicios de salud. 5. Analizar y gestionar las necesidades y expectativas de los usuarios y la comunidad, buscando conocer la percepción del usuario sobre los servicios prestados. 6. Monitorear el grado de satisfacción de los usuarios a través de los mecanismos establecidos en el Hospital San Juan de Dios y Materno Infantil. 7. Gestionar las quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones que los usuarios realicen en los diferentes medios de escucha establecidos por la Entidad. 8. Gestionar el desarrollo de mecanismos de coordinación sectorial e intersectorial en torno a los procesos de participación comunitaria y de atención al usuario. 9. Promover y garantizar la participación ciudadana y comunitaria establecidos en la normatividad vigente. 10. Desarrollar procesos de mejoramiento continúo asociados a la atención al usuario y participación comunitaria . 11. Mantener actualizada la caracterización de los usuarios del Hospital San Juan de Dios y Materno Infantil. 12. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 9°

Funciones de la Oficina Asesora de TICS y Comunicaciones. Son funciones de la Oficina Asesora de TICS y Comunicaciones, las siguientes: 1. Asesorar y dirigir la planeación, ejecución, control y evaluación de los procedimientos relacionados con la gestión de la tecnología clínica y biomédica institucional que incluya aspectos como la evaluación tecnológica, la adquisición, la incorporación, tecnovigilancia mantenimiento, reparación, metrología, renovación y reposición de equipos biomédicos y de producción de aire, vacío, gases medicinales, oxígeno, y producción de radiofármacos y el seguimiento a equipos de radio protección. 2. Asesorar en la definición, implementación, ejecutar, hacer seguimiento y divulgación del Plan Estratégico de Tecnologías y de la Información (PETI), la arquitectura empresarial para la gestión de tecnologías de la información , las políticas de gobierno digital, el Modelo de Seguridad y Privacidad de la información (MSPI) y demás lineamientos en la materia establecidos por el Gobierno Nacional. 3. Apoyar y garantizar los mecanismos de control que se requieran para garantizar la seguridad del Sistema de Información Institucional y de la información en sus diferentes aplicaciones y prevención de riesgos en sus respectivos componentes. 4. Administrar y soportar la infraestructura tecnológica del Hospital, incluyendo la plataforma de seguridad, redes y comunicaciones. 5. Gerenciar los centros de datos, servidores y equipos corporativos, las redes de telecomunicaciones, los componentes tecnológicos de seguridad, los medios de almacenamiento, el software propio, los sistemas gestores de bases de datos (SGBD) y el licenciamiento adquirido por la Institución y establecer normas técnicas referentes a su administración y uso. DECRETO NÚMERO DE Hoja No. 11 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantii y se dictan otras disposiciones" 6. Desarrollar estrategias que conlleven a la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad e intercambio de los datos, con el fin de lograr un flujo eficiente de los datos para su uso por parte de las diferentes dependencias del Hospital. 7. Administrar, desarrollar, controlar y brindar soporte y mantenimiento a los sistemas de información y demás recursos tecnológicos . .. 8. Hacer seguimiento a la ejecución de las políticas, estrategias y planes de acción relacionados con los sistemas de información de la entidad. 9. Alinear los procesos e implementar de soluciones tecnológicas de la entidad para su automatización. 10. Desarrollar metodologías, estándares, políticas y estrategias para el diseño, construcción y administración de los sistemas de información y uso de los sistemas tecnológicos del Hospital. 11. Custodiar la información contenida en los sistemas de información y bases de datos desarrollados y adoptados por el Hospital, cumpliendo los protocolos y lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional. 12. Liderar y hacer seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) que le sean asignadas. 13. Elaborar estrategias para el mejoramiento de la imagen corporativa en coordinación con las diferentes áreas, así como implementar el diseño y desarrollo de los estudios, programas y proyectos de difusión comercial y mercadeo e implementar la comercialización de los servicios de forma integrada mediante la utilización de los recursos financieros que se requieran para promover y publicitar los servicios del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 10°

Funciones de la Oficina de Calidad. Son funciones de la Oficina de Calidad, las siguientes: 1. Formular y coordinar la implementación de la Política de Calidad y Política Institucional de Seguridad del Paciente del Hospital, para la mejora continua de la calidad y la seguridad de los pacientes, de conformidad con la normatividad vigente. 2. Desarrollar e implementar el componente de auditoría para el mejoramiento de la calidad a través del Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. 3. Diseñar y ejecutar el programa anual de auditorías internas en los procesos y procedimientos del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, acorde con los criterios del Sistema Único de Acreditación (SUA), el Sistema Único de Habilitación (SUH), las Buenas Prácticas de Elaboración (BPE), las normas del Sistema de Gestión de Calidad (NTC ISO 9001 :2015), el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (ISO 45001 :2018) y el Sistema de Gestión Ambiental (NTC ISO 14001 :2015), o aquellos que los modifiquen o sustituyan. 4. Diseñar y ejecutar auditorías médicas, auditorías de historias, auditorías de caso, auditorías de adherencia a Guías de Práctica Clínica (GPC) y Protocolos, auditorías de gestión y auditoría de costos de servicio, garantizando un proceso adecuado y la interpretación correcta de los resultados, con el fin de mejorar la calidad de atención. 5. Evaluar los indicadores y proponer acciones para su mantenimiento dentro de los estándares de calidad del Hospital. DECRETO NÚMERO . .... ~~~~ -- 00 .....-~, O DE Hoja No. 12 ' Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 6. Asesorar al Hospital en el cumplimiento normativo nacional del sistema obligatorio de garantía de la calidad en salud SOGCS, y acompañar la aplicación de metodologías e instrumentos de calidad que permitan la mejora de los procesos de acreditación, certificación y cumplimiento de los estándares de las normas ISO. 7. Conducir, coordinar y supervisar el proceso de auto evaluación para la acreditación del Hospital, a fin de que sean cumplidas, actualizadas e incluidas todas las normas establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social. 8. Promover el mejoramiento continuo de la calidad en todo el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil de manera integral con el fin de disminuir los riesgos de atención y obtener mayores beneficios para el paciente a costos razonables de atención. 9. Asesorar y coordinar con las dependencias y según los criterios de la Dirección General la construcción de objetivos de calidad en cada uno de los servicios del Hospital, así como la aplicación de metodologías e instrumentos de medición y mejora de la calidad. 10. Proponer la conformación de comités especializados en temas de calidad y equipo de mejora continua a nivel institucional según corresponda. 11. Realizar los análisis y referenciaciones de las mejores prácticas en la prestación de servicios, y promover la transferencia de conocimiento, procurando su implementación a nivel institucional. 12. Coordinar con la Oficina de Planeación las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). 13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 11°

Funciones de la Dirección de Prestación de Servicios de Salud. Son funciones de la Dirección de Prestación de Servicios de Salud, las siguientes: 1. Planear, organizar, controlar, evaluar y mejorar el desarrollo del Modelo de Atención Integral en Salud y la implementación de las rutas, según las políticas y directrices establecidas por el sector. 2. Planear la prestación de los servicios de salud a través del uso eficiente de la capacidad instalada física y humana, con el propósito de dar respuesta a las necesidades en materia de salud de la población. 3. Implementar las rutas de atención priorizadas por la Entidad, en el marco del Modelo de Atención Integral en Salud, con criterios de eficiencia y calidad. 4. Implementar políticas, estrategias y lineamentos del orden nacional y territorial requeridos para el cumplimiento de la misión de la Entidad, en el marco de la operación del Modelo de Atención Integral en Salud. 5. Liderar el análisis de los indicadores de impacto del Modelo de Atención y diseñar e implementar estrategias que permitan mejorar los resultados. 6. Planear, controlar y evaluar la prestación de servicios de salud que oferta la Entidad en el marco de la gestión del riesgo en salud. 7. Dirigir la elaboración del diagnóstico de la situación de salud de la población objetivo del Hospital de manera que se definan las intervenciones prioritarias que deban llevarse a cabo. DECRETO NÚMERO DE ... Hoja No. 13 0010 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 8. Monitorear y evaluar el impacto de las intervenciones priorizadas de acuerdo con el perfil epidemiológico - situación de salud de la población sujeto de atención por parte de la Entidad. 9. Asistir técnicamente a la Dirección General en la coordinación de operaciones y demás asuntos relacionados con la prestación de servicios de salud, ante el ente territorial, los pagadores, entes de control y demás instancias. 10. Dirigir la evaluación periódica de los indicadores de gestión, de eficiencia técnica, de calidad y de productividad, en cada uno de los servicios de salud contemplados en el portafolio de servicios de la Entidad. 11. Coordinar con la Secretaría General la provisión de los recursos necesarios para la adecuada y oportuna prestación de los servicios de salud. 12. Implementar la política y lineamientos de calidad establecidos para la prestación de servicios de salud en la Entidad, monitoreando su nivel de desempeño y aporte a los objetivos estratégicos de la organización. 13. Participar en el análisis de los indicadores administrativos y financieros con el fin de tomar las medidas que garanticen la prestación de servicios efectivos y sostenibles. 14. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 12°

Funciones de la Subdirección de Atención Primaria. Son funciones de la Subdirección de Atención Primaria, las siguientes: 1. Asistencia sanitaria a demanda, tanto programada como de carácter urgente, tanto en la consulta como en domicilio. 2. Indicar los procedimientos diagnósticos y terapéuticos. 3. Realizar campaña de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad. 4. Promover adecuados sistemas de información para la protección de la salud. 5. Ofrecer programas de rehabilitación básica. 6. Ofrecer programas de servicios específicos a mujeres, niños, adolescentes, tercera edad, grupos de riesgo y enfermos crónicos. 7. Ofrecer programas de cuidados paliativos a los enfermos terminales. 8. Coordinar la atención en salud mental con centros especializados. 9. Establecer programas de vacunación 10. Promover campañas de atención en salud oral. 11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 13°

Funciones de la Subdirección de Servicios Ambulatorios. Son funciones de la Subdirección de Servicios Ambulatorios, las siguientes: 1. Dirigir los servicios de salud ambulatorios, con el objetivo de prevenir, diagnosticar y tratar a los pacientes con problemas clínicos, conociendo plenamente los mecanismos, así como las indicaciones y limitaciones terapéuticas en las especialidades de la medicina. 2. Implementar, aplicar y socializar los protocolos de manejo institucional de acuerdo con los parámetros normativos de calidad y ética médica. 3. Hacer seguimiento a los procedimientos e intervenciones ambulatorias del total de pacientes que requieran los servicios. DECRETO NÚMERO "'O .1 O U ¡ Continuación del Decreto "Por el cual se Hoja No. 14 DE Universitario San Juan de la estructura del del Infantil y se dictan otras 4. Reportar los notificación obligatoria a 5. Realizar consultas medicina general y pacientes cuando se uiera aplicando normas niveles dos y complejidad. 6. y instancias según corresponda a remisión desde el primer nivel a en situaciones que indiquen un riesgo 7. Garantizar diligenciamiento correcto de los RI genera para la recolección de datos. 8. Coordinar inducida en 9. Velar requ la prestación de programas de Promoción y . . . ro:;»/"" y del material físico del trabajo que se salud y a su vez dirigidos a la en los sistemas de información reúna los formulación de medicamentos genéricos. 10. 11. Implementar total de la de Dios y Materno Infantil: CUPS, modifiquen se diligencien con registrando en cada uno de ellos la uiera el Hospital Universitario San Juan y las demás las actualicen o RI BLE de manera oportuna y del responsable. 12. Cumplir con lo establecido en el Decreto 4747 de diciembre 7 2007 Y en la Resolución y los decretos reg que los adicionen, modifiquen o sustituyan. 13. Controlar que todo el personal que, por ley lo requiera, esté debidamente registrado para el ejercicio de la profesión. 1 Hacer en educación en hábitos de vida saludable relacionados con la patología programa esté generando consulta. cumplimiento de los 15. ambulatoria. 16. Coord que todos los colaboradores utilicen los elementos bata, guantes, mascarillas, protectores y cumplimiento a las normas uridad. protección tales como para dar 17. que en todo momento se apliquen y enseñen los 18. acciones que garanticen la seguridad de los colaboradores, el paciente, su ambiente físico. 19. el desarrollo la 20. Coordinar que se haga la peligrosos en cumplimiento uos hospitalarios y y deberes de autocontrol. y/o clasificación normatividad en Colombia. 21. Responder por el patrimonio institucional y los elementos inventarío. desechos peligrosos y no integral los a su responsabilidad en DE DECRETO NÚMERO .Y Hoja No. 15 00 10 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Un iversitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 22. Tratar con calidad, calidez y oportunidad a los colaboradores y a los pacientes. 23 . Diligenciar y entregar el último día hábil de cada mes, los formatos de recolección de información necesarios para alimentar el sistema de costos hospitalarios . 24. Conservar siempre la pertinencia y coherencia por cada actuación. 25. Reportar oportunamente las anormalidades en el desarrollo de las actividades contratadas y proponer alternativas de solución . 26. Procurar la provisión y racional utilización de los recursos disponibles. 27. Elaboración de planes de mejoramiento que se adoptan para el logro de objetivos y metas del área de consulta externa. 28 . Velar por la implementación y funcionamiento de los sistemas de información necesarios para la efectividad y eficiencia de los procedimientos de las diferentes áreas del Hospital. 29 . Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 14°

Funciones de la Subdirección de Servicios Hospitalarios. Son funciones de la Subdirección de Servicios Hospitalarios, las siguientes: 1. Planear, organizar, coordinar, dirigir y controlar los servicios asistenciales en el área de hospitalización. 2. Diseñar y desarrollar el modelo de atención y prestación de servicios hospitalarios en el marco de las políticas establecidas para la atención en Colombia . 3. Vigilar y controlar la integridad del modelo de atención y prestación de servicios intrahospitalarios. 4. Garantizar y prestar la atención integral y de referencia a los pacientes. 5. Organ izar, coordinar, dirigir y controlar los diferentes grupos de trabajo en la prestación de los servicios de salud . 6. Garantizar la integralidad en la prestación de los servicios de salud en el orden de la educación, promoción , prevención , diagnóstico , tratamiento, rehabilitación y del abordaje biológico, psicológico y social. 7 . . Mantener la multidisciplinariedad e interdisciplinariedad en la prestación de los servicios de salud del paciente hospitalizado . 8. En conjunto con la Subdirección de Educación y Gestión del Conocimiento, proyectar, impulsar y custodiar el desarrollo científico y tecnológico en la atención de pacientes institucionales . 9. Vigilar y controlar los procesos, procedimientos y actividades asistenciales. 10.Apoyar, cooperar y asistir a las demás dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil en el desarrollo de sus competencias. 11. Diseñar, implementar, vigilar y controlar los protocolos y consensos de atención y guías de práctica. 0010 DE NO.16 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 12 de Información información para la conformación información ística que apoye que garantice el dato pertinente I decisiones, de acuerdo con las metodolog y procedimientos que señale la del Hospital Universitario San y Materno Infantil. la Oficina 13. Promocionar la calidad con los más altos atributos cotidiana y una obligación de todos los integrantes en 14. Juan de Dios y personal promover y desarrollar la investigación clínica como posicionamiento institucional. misional para el por satisfacer las necesidades de salud de 1 1 técnicos que deba determinar el Universitario San Juan de pueda adoptar los Infantil, con el fin de que la Dirección asignados al personal y o por concepto de las icas o investigativas que realicen y que tengan evidente impacto enfermedades en el país. 1 Contribuir implementación y rrollo del Sistema de Desempeño Institucional (Integración de modelos definidos de Control Interno y Sistemas de Gestión a las certificaciones por Calidad), y participar en los procesos evaluadores externos. 1 r, ejecutar y evaluar las acciones de Mejoramiento definidos para el Hospital Universitario Infantil. 19. en la formulación, ejecución y evaluación en los Planes de Dios y Materno los establezca la entidad que le sean asig y correspondan a la naturaleza de Funciones de la Subdirección de Servicios Sociosanitarios. Son funciones Servicios Sociosanitarios, las 1. Dirección General en la formulación, coordinación, ejecución y control de planes, programas, proyectos y procedimientos tendientes a lograr v .... \.H:~ ....IC4 coordinación para la atención y servicios a la Población Adulta lo req dentro de los estándares calidad del servicio, eficiencia y oportunidad establecidos por la Entidad. a la Dirección General en de infancia, para y sus entornos en situación institucional de los planes, programas de las niñas, niños, , atendiendo las políticas y formulación, implementación promoción, prevención y requiera, en el marco de la 3. a la Dirección General en la y evaluación de políticas, proyectos y la población de niños y misión y enfoques de la Entidad. 4. y aspectos técnicos la a la Dirección General, en el d de campañas institucionales, procesos comunicativos y pedagógicos dirigidos a grupos específicos o ciudadanía la construcción de una cultura a favor DECRETO NÚMERO oo ~ o DE Hoja No. 17 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" de la inclusión social de niños y niñas y adultos en situación de vulnerabilidad para la recuperación de su salud . 5. Coordinar las relaciones interinstitucionales con las redes sociales del Distrito Capital y Entidades internacionales, nacionales y departamentales que desarrollen actividades afines , para promover el fortalecimiento técnico y financiero de los proyectos y servicios dirigidos a los niños y niñas y adultos, en situación de vulnerabilidad, en aplicación del principio de corresponsabilidad y con sujeción a las instrucciones y lineamientos de la Dirección General, en aspectos relacionados con la promoción, la prevención y la recuperación de la salud. 6. Dirigir, en coordinación con la Dirección General, la realización de estudios e investigaciones sobre promoción , prevención, protección integral y restitución de derechos que permitan la formulación de políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a los niños y niñas y adultos, en situación de vulnerabilidad, para la recuperación de su salud. 7. Planificar en coordinación con la Dirección General , la aplicación de los recursos físicos , financieros y de talento humano, para la correcta ejecución de los proyectos de responsabilidad de esta Subdirección. 8. Dirigir la elaboración del plan de contratación de la Subdirección para la ejecución de los proyectos a cargo de la misma. 9. Dirigir la elaboración de los estudios técnicos y económicos para la preparación de los pliegos de condiciones y los términos de referencia requeridos para los procesos de contratación, de su competencia, de conformidad con los procedimientos establecidos. 10. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 16°

Funciones de la Subdirección de Urgencias. Son funciones de la Subdirección de Urgencias, las siguientes: 1. Liderar el proceso de planeación de los Servicios de Urgencias, con base en la capacidad instalada y el direccionamiento estratégico de la entidad , en el marco del Modelo de Atención Integral en Salud, con criterios de eficiencia y calidad. 2. Gestionar el ciclo de atención de los Servicios de Urgencias de acuerdo con los criterios de eficiencia y calidad, establecidos en la política institucional de calidad . 3. Participar en la implementación de las rutas de atención priorizadas , en el marco del Modelo de Atención integral en salud con criterios de eficiencia y calidad . 4. Establecer mecanismos de control para documentar la trazabilidad de los indicadores de gestión de los Servicios de Urgencias, que permitan desarrollar oportunamente estrategias de mejora en el proceso . 5. Articular acciones e intervenciones con las demás dependencias , para mejorar la integralidad en la prestación de los servicios de salud , en el marco del Modelo de Atención Integral en Salud. 6. Implementar el Sistema de Referencia y Contra-referencia (SIRC) de la Entidad, en el marco de la Red de Servicios de Salud y el Modelo de Atención Integral en Salud. 7. Liderar los equipos de trabajo de los Servicios de Urgencias, promoviendo la comunicación asertiva, el aprendizaje organizacional , la innovación y la investigación, para el mejoramiento de la prestación de los servicios. 8. Presentar informes de gestión sobre el comportamiento de la oferta y demanda de los servicios de la Subdirección a cargo , atendiendo los indicadores administrativos y financieros, a fin de garantizar la prestación de servicios efectivos y sostenibles. DECRETO NÚMERO DE Hoja No. 18 00 10 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y lVIaterno Infantil y se dictan otras disposiciones" 9. Implementar los sistemas de vigilancia epidemiológica en los Servicios de Urgencias de acuerdo con la normatividad vigente. 10. Establecer las necesidades de recursos para implementar acciones que promuevan la gestión clínica eficiente, efectiva y segura para los usuarios de los servicios de urgencias del Hospital San Juan de Dios y Materno Infantil y hacer uso eficiente de los mismos. 11. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 17°

Funciones de la Subdirección de Apoyo Terapéutico. Son funciones de la Subdirección de Apoyo Terapéutico, las siguientes: 1. Liderar el proceso de planeación de los servicios de apoyo diagnóstico, con base en la capacidad instalada y el direccionamiento estratégico de la Entidad en el marco del Modelo de Atención Integral en Salud, con criterios de eficiencia y calidad. 2. Gestionar el ciclo de atención de los Servicios de apoyo diagnóstico de acuerdo con los criterios de eficiencia y calidad, establecidos en la política institucional de calidad. 3. Participar en la implementación de las rutas de atención priorizadas por la Red de Servicios de Salud, en el marco del Modelo de Atención Integral en Salud, con criterios de eficiencia y calidad. 4. Establecer mecanismos de control para documentar la trazabilidad de los indicadores de gestión de los Servicios de apoyo diagnóstico, que permitan desarrollar oportunamente estrategias de mejora en el proceso. 5. Articular acciones e intervenciones con las demás dependencias, para mejorar la integralidad en la prestación de los servicios de salud, en el marco del Modelo de Atención Integral en Salud. 6. Liderar los equipos de trabajo de los Servicios de apoyo diagnóstico, promoviendo la comunicación asertiva, el aprendizaje organizacional, la innovación y la investigación, para el mejoramiento de la prestación de los servicios. 7. Presentar informes de gestión sobre el comportamiento de la oferta y demanda de los servicios de la Subdirección a cargo, atendiendo los indicadores administrativos y financieros, en aras de garantizar la prestación de servicios efectivos y sostenibles. 8. Coordinar la respuesta oportuna a las manifestaciones de los usuarios y demás partes interesadas cuya responsabilidad corresponda a la dirección de Servicios de apoyo diagnóstico, y generar acciones de mejoramiento continuo. 9. Implementar los sistemas de vigilancia epidemiológica en los Servicios de apoyo diagnóstico de acuerdo con la normatividad vigente. 10. Establecer las necesidades de recursos para implementar acciones que promuevan la gestión clínica eficiente, efectiva y segura para los usuarios de los servicios complementarios del Hospital San Juan de Dios y Materno Infantil y hacer uso eficiente de los mismos. 11. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 18°

Funciones de la Dirección de Infraestructura y Patrimonio. Son funciones de la Dirección de Infraestructura y Patrimonio, las siguientes: 1. Velar por la conservación de la infraestructura y los patrimonios culturales, materiales e inmateriales, y naturales del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 2. Coordinar y colaborar en la aplicación de políticas públicas pam la conservación del patrimonio cultural, propiedad del Hospital, así como de la infraestructura de la entidad, sus regionales y transporte multimodal para prestación de servicios de salud. DECRETO NÚMERO 0010 DE Hoja No. 19 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 3. Elaborar, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos tendientes a la salvaguardia, conservación, restauración y rehabilitación del patrimonio del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 4. Promover la ampliación del conocimiento, la difusión, la protección, la conservación, la restauración, la valoración y la salvaguardia del patrimonio cultural del Hospital Universitario San Juan de Dios que fomente su apropiación social por parte de los ciudadanos. 5. Diseñar, desarrollar, implementar y evaluar mecanismos metodológicos y herramientas de fácil manejo para que las diferentes áreas y funcionarios del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, para el registro, protección, preservación y salvaguardia del patrimonio cultural del Hospital San Juan de Dios y Materno Infantil. 6. Fomentar la investigación social, histórica y técnica con metodologías participativas y que den reconocimiento e incluyan los saberes tradicionales de las comunidades, con el fin de incrementar el conocimiento sobre el patrimonio cultural del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infanti!, así como su gestión y administración. 7. Orientar y apoyar los programas en educación terciaria, para el trabajo y el desarrollo humano (ETDH), educación formal, educación continuada y capacitación profesional y universitaria, en torno a la salvaguardia, protección, conservación y restauración del patrimonio cultural propiedad del Hospital. 8. Identificar fuentes externas de cooperación técnica y financiera, en los temas de competencia de la Dirección y atender las obligaciones derivadas de convenios e intercambios internacionales en favor del patrimonio cultural del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 9. Adelantar las acciones para que la información de competencia de la Dirección sea suministrada en forma oportuna y veraz a las instancias encargadas de administrarla al interior del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 10. Dirigir las actuaciones físicas en el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil sobre los diversos espacios abiertos, edificaciones patrimoniales y bienes muebles e inmuebles, respetando el patrimonio inmaterial, en un conjunto orgánico, unificado e interdependiente. 11. Planificar, ejecutar y controlar los estudios y diseños en el Hospital Universitario necesarios para la preservación, obra nueva, adecuación a nuevos usos y garantía del disfrute de los espacios abiertos y las edificaciones: estudios de conservación e intervención arquitectónica, de conservación y cualificación del espacio urbano, estructurales, de redes técnicas y estudios complementarios, así como los estudios necesarios para la conservación de los bienes del Hospital. 12. Ejecutar las obras de restauración, rehabilitación, reforma y reciclaje, tanto como obras urbanísticas y obras de intervención en el patrimonio mueble que se requieran dentro de la propiedad del Hospital, sus regionales y transporte multimodal. 13. Planificar, ejecutar y controlar las obras de mantenimiento de la infraestructura física del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, según las definiciones de los planes de ejecución y control estimados para tal fin en adecuada armonía con los lineamientos de la Dirección y la Secretaría General. 14. Resaltar la significación social del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil que es necesario apropiar y crecer como parte de la trayectoria histórica del hospital, en aras de enriquecer su valoración patrimonial y de entender cómo el hospital sigue existiendo en el presente más allá de sus hechos urbanos y arquitectónicos. 15. Adelantar investigaciones pertinentes en los campos del patrimonio cultural y natural con el fin de definir políticas públicas para el San Juan de Dios y Materno Infantil y la infraestructura hospitalaria patrimonial de Colombia. DOlO NÚMERO Hoja No. 20 DE Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del otras Materno Infantil se 16. Las demás dependencia.

Artículo 19°

Subdirección de le sean asig San Juan de Dios y y que correspondan a la naturaleza la Subdirección de Infraestructura. Son funciones las la 1. Realizar estudios, modelos, normas y políticas de desarrollo la infraestructura dotación y mantenimiento de la infraestructura que Hospital Universitario San Juan Dios y Materno Infantil, en su sede principal y en sus 2. Realizar estudios y modelos de desarrollo de la infraestructura de servicios de de la capacidad instalada en todos los niveles de atención, mediante metodolog sistemas válidos y confiables. y y acond icionam iento 3. Definir de contratación de servicios calefacción de agua, gases instalaciones, laboratorios, yen lo correspondiente para medicinales, estacionamientos, zonas Universitario San Juan el correcto funcionamiento de instalaciones del Dios y Materno Infantil, regionales y transporte multimodal. 4. Prestar técnica, en el la infraestructura, de acuerdo con de Dios y Materno Infantil, sus multimodal construcción, dotación y mantenimiento Juan necesidades del Hospital Universitario ionales y la atención en salud en Supervisar trabajos de los y de las obras se realicen dentro la entidad para que cumplan con las especificaciones y cond instalaciones establecidas. 6. Preservar predios y aprovechamiento común. públicos en Preparar pública uerida para determinar la evolución de la información mensual 8. Formu anual de manten de acuerdo con los manuales 9. Realizar periódicas a las multimodal, con el fin de verificar mantenimiento. preventivo y de los equ de de las mismas y adecuadas su para la infraestructura, ificaciones entregados. ¡anales y del 10. Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos de la Subdirección, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas 11. Organizar demás internos. funcionamiento de la Subdirección, proponer ajustes su organización y que regulan los procedim y trámites administrativos 12. Adelantar los la gestiones asegurar oportuno cumplimiento planes, programas y proyectos y adoptar sistemas o información ejecución y uimiento de los la entidad. 13.Asistir a las reuniones de los consejos, juntas, comités y asiento la o efectuar las pertinentes. cuerpos en 14. Cumplir con lineamientos, políticas y procedimientos del Sistema Integrado Gestión y de I entidad, acuerdo con los desarrollos organizacionales y los instrumentos establecidos. 15. Preparar la información necesaria Directiva. se le requiera sesiones de la Junta DECRETO NÚMERO 00 10 DE Hoja No. 21 " Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 16. Ejecutar todas las actividades y tareas que la Subdirección de Infraestructura deba realizar en concordancia a sus funciones. 17.Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 20°

Funciones de la Subdirección de Patrimonio. Son funciones de la Subdirección de Patrimonio , las siguientes: 1. Proteger el patrimonio cultural del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil estimulando su uso en forma racional, sobre todo de los bienes muebles e inmuebles de interés cultural. 2. Planificar los estudios y proyectos, y las obras de restauración, rehabilitación , reforma , reciclaje y recomposición, para la conservación y el reúso del Hospital San Juan de Dios y Materno Infantil. 3. Planificar, proyectar y ejecutar obras nuevas necesarias y complementarias para el buen funcionamiento del hospital y que respeten el patrimonio cultural y natural del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, en cumplimiento de las normas de patrimonio y del PEMP del Hospital. 4. Planificar, proyectar y ejecutar obras urbanísticas de rehabilitación, recomposición tanto como obras nuevas que permitan la conservación y mejora de las áreas libres del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, respetando siempre el patrimonio cultural y natural. 5. Planificar, proyectar y ejecutar obras de redes de servicios y otras del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil . 6. Planificar, proyectar y ejecutar obras de paisajismo que permitan la conservación del patrimonio natural del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 7. Planificar, proyectar y ejecutar obras de mantenimiento que facilitan la conservación del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil en el tiempo. 8. Ejercer la vigilancia y control necesarios que eviten la ocupación irregular de los predios, así como los espacios públicos, promoviendo las acciones necesarias para recuperar aquellos que hayan sido ocupados sin autorización . 9. Mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e 'inmuebles que integran el acervo patrimonial del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 1O. lnformar a las diferentes dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil de la disponibilidad de bienes , para que se proceda a su adecuada utilización entre las dependencias que los requieran . 11 .Promover y llevar en coordinación con el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y demás autoridades competentes en la materia, campañas cívicas sobre el cuidado y conservación del patrimonio cultural. 12. Instrumentar, realizar y coordinar las acciones y programas de conservación de la propiedad del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 13. Programar y ejecutar el mantenimiento correctivo y preventivo en coordinación con las Dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 14.Administrar, controlar y asegurar la conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio cultural y fijar las bases principales para el control y mantenimiento de estos a partir de los planes formulados . 15. Practicar visitas a las dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, con el objeto de verificar la existencia y adecuado uso de los bienes que obran en los inventarios respectivos. DECRETO NÚMERO 00 10 DE Hoja No. 22 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 16. Integrar y actualizar permanentemente el Plan Especial de Manejo y Protección. 17. Coordinar sus actividades con el Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Educación Nacional y Ministerio de las Culturas , las Artes y los Saberes, para la recuperación de los bienes propiedad Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil , así como la defensa de los intereses del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil respecto de tales bienes. 18. Conservar en los expedientes correspondientes, los documentos que amparan la propiedad de los bienes del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. 19. Establecer los mecanismos que faciliten el acceso del público a las diferentes dependencias que coadyuven a su mejor conservación y eficaz aprovechamiento . 20. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 21°

Funciones de la Dirección Académica y Técnico-Científica. Son funciones de la Dirección Académica y Técnico-Científica, las siguientes : 1. Coordinar la gestión del Personal Docente. 2. Supervisar la evaluación de los docentes mediante encuestas, visitas a aulas, seguimiento de asistencia y puntualidad , entre otros aspectos . 3. Coordinar la formulación de la carga académica y horaria de cada semestre y nivelación. 4. Coordinar la Supervisión de Servicios Académicos . 5. Facilitar la relación con la comunidad estudiantil en temas académicos relacionados con los programas docentes. 6. Contribuir en la construcción e integración del conocimiento de los diferentes componentes formativos de los planes de estudio o mallas curriculares de los programas y ciclos de formación en las áreas de salud. 7. Proponer y coordinar el modelo educativo y el modelo pedagógico en los diferentes programas y ciclos de formación en salud . 8. Promover la conformación de redes y comunidades de saber y aprendizaje a nivel de núcleos de trabajo, grupos de estudio o investigación , proyectos y unidades de estudio. 9. Producir, fortalecer y divulgar conocimiento disciplinar, interdisciplinar y transdisciplinar del área de competencia, en el desarrollo de la comunidad académica a través de la investigación aplicada, la investigación básica o la investigación tecnológica, dependiendo de la formación en áreas de la salud, el interés y las fortalezas de los docentes que conforman el área. 10. Contribuir con el desarrollo de las líneas o temáticas de investigación y proyección social en generación, apropiación y divulgación de conocimiento o de tecnología. 11. Evaluar y proponer el software que soportará los procesos de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas que conforman el área académica . 12. Evaluar y proponer los equipos, insumos y demás elementos que deben complementar áreas que se encuentren directamente vinculados a los procesos de enseñanza­ aprendizaje en el área de la salud. 13.Apoyar a los Consejos de las diferentes Facultades y al Comité Curricular en la revisión, actualización o modificación de los Syllabus de las asignaturas que conforman el área de docente en el área de la salud . 14.Apoyar la prestación de servicios , consultoría y asesoría a los diferentes programas académicos y dependencias de la institución, así como a entes externos que lo requieran. DECRETO NÚMERO 00 10 DE Hoja No. 23 Continuación del Decreto "Por el cual se adopta la estructura del del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones" 15. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia .

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma