T-440-00
Sentencia T-440/00
Sentencia T-440/00
DERECHO AL MINIMO
VITAL DEL TRABAJADOR-Presunción
de afectación por ausencia prolongada en pago de salarios/DERECHO AL MINIMO
VITAL DEL TRABAJADOR-No afectación por no pago de primas complementarias de
salarios a educadores
Referencia:
expedientes Acumulados a T- 271998.
T-274078, T-274208, T-274209, T-274238,
T-274239, T-274249, T-274250, T-274511,
T-274514, T-274536, T-274537, T-274539,
T-274553, T-274677, T-274679, T-274918,
T-274980, T-274988, T-275000, T-275007,
T-275008, T-275009, T-275092, T-275161,
T-275227, T-275228, T-275246, T-275260,
T-275277, T-275295, T-275297, T-275433,
T-275434, T-275514, T-275521, T-275522,
T-275537, T-275554, T-275555, T-275556,
T-275557, T-275558, T-275559, T-275560,
T-275564, T-275569, T-275684, T-275685,
T-275741, T-275742, T-275936, T-275937,
T-276052, T-276261, T-276268, T-276358,
T-276359, T-276388, T-276439, T-276533,
T-276545, T-276548, T-276564, T-276566,
T-276567, T-276568, T-276569, T-276573,
T-276574, T-276575, T-276576, T-276577,
T-276752, T-277141, T-277170, T-277171,
T-277184, T-277188, T-277319, T-277588,
T-277597, T-278367, T-278539, T-278664,
T-278665, T-278667, T-278668, T-278669,
T-278671, T-278787, T-278788, T-278789,
T-278790, T-278791, T-278796, T-278830,
T-278833, T-278876, T-278899, T-278924,
T-278943, T-278948, T-279209, T-279232,
T-279233, T-279234, T-279235, T-279255,
T-279256, T-279257, T-279258, T-279259,
T-279260, T-279261, T-279262, T-279263,
T-279504, T-279508, T-279510, T-279511,
T-279512, T-279525, T-279568, T-279569,
T-279570, T-279571, T-279572, T-279573,
T-279574, T-279626, T-279627, T-279628,
T-279629, T-279630, T-279631, T-279632,
T-279633, T-279634, T-279635, T-279636,
T-279637, T-279638, T-279639, T-279640,
T-279641, T-279642, T-279643, T-279644,
T-279645, T-279646, T-279647, T-279648,
T-279649, T-279650, T-279651, T-279652,
T-279764, T-279815, T-279817, T-279818,
T-279820, T-279853, T-279854, T-279997,
T-279998, T-279999, T-280006, T-280006,
T-280007, T-280279, T-280341, T-280342,
T-280343, T-280344, T-280345, T-280539,
T-280632, T-280643, T-280649, T-280652,
T-280653, T-280659, T-280688, T-280689,
T-280697, T-280766, T-280853, T-280855,
T-280856, T-280862.
Accionantes:
Francisco Luis
Torres Goez y otros.
Magistrado Ponente:
Dr. ANTONIO BARRERA
CARBONELL
Santafé de Bogotá, D.C., abril catorce (14)
de dos mil (2000).
La Sala Primera de Revisión de la Corte
Constitucional, integrada por los magistrados ANTONIO BARRERA CARBONELL,
ALFREDO BELTRAN SIERRA y EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
dentro del proceso de revisión de los
fallos dictados en única, primera y en segunda instancia por distintos
despachos judiciales del departamento de Antioquía en relación con las acciones
de tutela impetradas contra el Gobernador de Antioquía por los docentes
nacionalizados al servicio de ese departamento.
I. ANTECEDENTES.
Pretensiones y hechos.
Los accionantes instauraron acción de
tutela contra el Gobernador de Antioquía, con el fin de obtener el amparo de
sus derechos al trabajo en condiciones dignas y a la igualdad y, en tal virtud,
que se ordene a dicho funcionario disponer el pago de las sumas de dinero que
se les adeudan por concepto de primas, creadas por ordenanza de la Asamblea
Departamental, que en cada caso se especifican.
Son hechos comunes a todas las demandas los
siguientes:
Los accionantes laboran como educadores
al servicio del Departamento de Antioquía, adscritos a diferentes centros
educativos, y manifiestan que a través de ordenanzas departamentales fueron
creadas una serie de primas complementarias de sus salarios.
Durante el año de 1999, solamente les
fueron pagadas las primas correspondientes al mes de enero y la prima de vida
cara que corresponde al mes de febrero.
De acuerdo a la especialidad y a la zona en
donde labora cada uno de ellos, tienen derecho a que se les reconozcan y
paguen diferentes primas, según el caso. Dichas primas son las de normalista,
licenciatura, aula especial, vida cara, escuela unitaria, difícil acceso, de
directores y rectoría.
En un acto de discriminación la
administración departamental ha hecho pagos de algunas de las primas a
empleados y maestros, sin razón que los justifique.
II. DECISIONES JUDICIALES.
Conocieron de los procesos de tutela
diferentes despachos judiciales del departamento de Antioquía, algunos
concedieron el amparo de tutela solicitado y otros lo negaron por considerar
que no se presentaba vulneración a los derechos invocados por los actores. En
117 de los procesos en que la tutela fue denegada, el fallo no fue impugnado
quedando en firme la decisión.
En los casos en que fue desfavorable la
decisión para el gobernador de Antioquía, éste apeló el respectivo fallo y en
segunda instancia, en 14 procesos, la decisión fue revocada y se denegó la
tutela solicitada, y en 13 procesos la decisión fue confirmada, concediendo el
amparo invocado.
Solo en 7 de los casos en que la tutela
fue concedida el fallo correspondiente quedó en firme.
En 38 oportunidades el fallo de tutela que
negó la protección solicitada, fue confirmado por el juez de segunda instancia.
En 2 eventos en que la decisión fue
desfavorable al accionante, el juez de segunda instancia revocó la decisión
inicial y concedió el amparo pedido.
Para mayor ilustración sobre las
actuaciones judiciales, se anexa un cuadro informativo de las decisiones
proferidas en única, primera y segunda instancia recaídas en cada uno de los
procesos de tutela en estudio.
III. CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS.
1. El problema jurídico planteado.
Corresponde a la Sala determinar si la
acción de tutela constituye el instrumento procesal adecuado para que los
demandantes obtengan el pago de las sumas de dinero que se les adeuda por
concepto de primas de diferente naturaleza, que constituyen un complemento
salarial.
2. Solución al problema planteado.
Mediante Sentencia T-376 de marzo 31 de
2000[1], esta Sala de Revisión
se pronunció respecto de otras demandas de tutela, relacionadas con los mismos
hechos y circunstancias a las aquí planteadas; en consecuencia es del caso
reiterar las consideraciones y fundamentos, tenidos en cuenta en dicha
oportunidad, para aplicarlas a los casos de que dan cuenta los procesos en
referencia. En tales circunstancias cabe recordar que:
“2.1. Según el artículo 86 de la
Constitución Política la acción de tutela es un mecanismo subsidiario de
defensa, pues ella sólo procede ‘cuando el afectado no disponga de otro medio
de defensa judicial, salvo que aquélla se utilice como mecanismo transitorio
para evitar un perjuicio irremediable’”.
“En concordancia con tal disposición, la
jurisprudencia constitucional ha establecido que los jueces de tutela no tienen
competencia para resolver conflictos jurídicos ocasionados en el incumplimiento
de obligaciones de índole laboral, a menos que ello comprometa o amenace el
mínimo vital del peticionario, caso en el cual la tutela se torna idónea para
que a través de este medio se pueda obtener el pago de aquéllas, aun existiendo
otras vías judiciales para lograr ese cometido.”
“2.2. Sobre la afectación del mínimo
vital o de subsistencia ha dicho la Corte, en reiterada jurisprudencia, que
éste se presume afectado, cuando la suspensión en el pago del salario se
prolonga indefinidamente en el tiempo, de tal suerte que se coloca al
trabajador y a su familia en una situación económica crítica que afecta sus
derechos fundamentales y que hace necesaria la intervención rápida y eficaz del
juez de tutela para restablecer su goce, correspondiéndole al demandado la
demostración de que el peticionario de la tutela cuenta con otros ingresos o
recursos, con los cuales pueda atender sus necesidades primarias vitales y las
de su familia.”
“2.3. En relación con la procedencia de la
acción de tutela frente al pago de obligaciones laborales, esta Corporación en
la sentencia de unificación SU-995/99[2],
expresó:
‘b. La acción de tutela sólo procederá como mecanismo para evitar que
el trabajador sufra una situación crítica económica y psicológica. Con esta
referencia se busca dejar intacta la competencia de la jurisdicción laboral
ordinaria, cuando no se trate de situaciones injustificadas, inminentes y
graves que hacen urgente la intervención del juez de amparo[3]. Esta Corporación ha dicho al
respecto:
La jurisprudencia de la Corte ha sido enfática en sostener que la
liquidación y pago de obligaciones laborales escapa al ámbito propio de la
acción de tutela, y si bien es cierto ha admitido su procedencia en algunos
casos, ellos han sido excepcionales y, primordialmente, sustentados en la falta
de idoneidad del medio ordinario en los términos que se dejan expuestos,
relativos siempre de manera específica y directa a las circunstancias en las
que se encuentra el actor, lo cual excluye de plano que pueda concederse el
amparo judicial para los indicados fines, masiva e indiscriminadamente’”[4]
“En el mismo fallo se afirma:
‘Así, ha encontrado la Corte que puede
tutelarse el derecho del trabajador a obtener el pago de su salario cuando
resulta afectado el mínimo vital (Cfr. sentencias T-426 del 24. de junio de
1992, T-063 del 22 de febrero de 1995, y T-437 del 16 de septiembre de 1996);
que es posible intentar la acción de tutela para que se cancelen las mesadas
pensionales dejadas de percibir por una '0 persona de la tercera edad en
circunstancias apremiantes y siendo ese su único ingreso (Cfr. sentencias T-426
del 24 de junio de 1992, T-147 del 4 de abril de 1995, T-244 del 1 de junio de
1995, T-212 del 14 de mayo de 1996 y T- 608 del 13 de noviembre de 1996); que
cuando la entidad obligada al pago de la pensión revoca unilateralmente su
reconocimiento, procede la tutela para restablecer el derecho del afectado
(Crf. sentencia T-246 del 3 de junio de 1996); que es posible restaurar, por la
vía del amparo, la igualdad quebrantada por el Estado cuando se discrimina
entre los trabajadores, para fijar el momento de la cancelación de
prestaciones, favoreciendo con un pago rápido a quienes se acogen a determinado
régimen y demorándolo indefinidamente a aquellos que han optado por otro (Cfr.
sentencia T-418 del 9 de septiembre de 1996); que resulta admisible la tutela
para ‘eliminar las desigualdades generadas por el uso indebido de los pactos
colectivos de trabajo con el objeto de desestimular la asociación sindical’
(sentencia SU-342 del 2 de agosto de 1995, M .P. Antonio Barrera
Carbonell) Resalta la Sala.’”
“2.4. Analizadas las demandas, se pone
de presente que en ellas los demandantes no solicitan el pago de sus salarios,
sino de algunas primas que tienen el carácter de complementos salariales; de
donde se deduce que la administración departamental ha cumplido sus
obligaciones en relación con el pago de salarios. Tampoco se afirma por los
demandantes que se les haya afectado el mínimo vital con el no pago de las
primas reclamadas; ni dentro del proceso existe prueba alguna que permita a la
Sala inferir que se ha afectado el referido mínimo.”
“La demostración de la lesión del mínimo
vital es una condición necesaria para la procedencia de la acción y para que se
puedan despachar favorablemente las pretensiones de los actores.”
“Además, con las declaraciones de
algunos de los demandantes y la información suministrada por el Tesorero
General del Departamento, se pudo establecer que el mínimo vital de estas
personas no está comprometiendo, toda vez que están recibiendo el pago oportuno
de sus salarios y de las otras acreencias laborales legales, adeudándoseles
solamente las primas extralegales.”
“En cuanto a la alegada violación del
derecho a la igualdad, tampoco se ha establecido discriminación alguna por la
administración departamental, si se tiene en cuenta que a las personas a
quienes no se les ha cancelado esas primas son educadores nacionalizados al
servicio del Departamento de Antioquía, que se les paga con recursos
provenientes del situado fiscal, a diferencia de los educadores departamentales
y municipales a quienes si se les ha pagado, pero con cargo a los presupuestos
del departamento o de cada municipio.”
“En tales circunstancias, la tutela
resulta ser un mecanismo inadecuado para obtener el pago de las referidas
primas, dado que el incumplimiento de la administración no configura una
vulneración o lesión de su mínimo vital, definido éste como ‘los requerimientos
básicos indispensables para asegurar la digna subsistencia de la persona y de
su familia, no solamente en lo relativo a alimentación y vestuario sino en lo
referente a la salud, educación, vivienda, seguridad social y medio ambiente,
en cuanto factores insustituibles para la preservación de una calidad de vida
que, no obstante su modestia, corresponda a las exigencias más elementales del
ser humano[5]’.”
En consecuencia, los demandantes tienen
expeditos los instrumentos procesales alternativos, el proceso ejecutivo
laboral, o la acción contenciosa administrativa, previo agotamiento de la vía
gubernativa, para obtener la protección de sus derechos.
Por lo anterior, se confirmarán las
sentencias que denegaron las pretensiones de tutela y se revocarán las
sentencias que accedieron a estas.
IV. DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Sala Primera
de Revisión de la Corte Constitucional, administrando justicia en nombre del
pueblo y por mandato de la Constitución,
RESUELVE:
PRIMERO. REVOCAR los fallos de tutela proferidos por los
juzgados Sexto Civil Municipal de Medellín (T-274249, T-274250), Veintiuno
Penal Municipal de Medellín (T-274980), Promiscuo Municipal de Cáceres
(T-276388), Civil del Circuito de Santuario (T-275554, T-275555, T-275556,
T-275557, T-275558, T-275559, T-275560, T-279510, T-279511, T-279512,
T-280,649), Primero Civil del Circuito de Medellín (T-277588, T-280539), Octavo
Civil del Circuito de Medellín (T-278943) y Promiscuo de Familia de Santuario
(T-279232, T-279233, T-279234, T-279235), que concedieron la protección a los derechos
impetrados. En consecuencia confirmase los fallos de tutela proferidos
en primera instancia, dentro de los procesos (T-278943, T-280649), por los
juzgados Cuarto Civil Municipal de Medellín y Promiscuo Municipal de Puerto
Triunfo, respectivamente, que denegaron la protección de tutela solicitada.
SEGUNDO. CONFIRMAR los fallos de tutela que denegaron la
protección de tutela solicitada, proferidos por los siguientes despachos
judiciales: Juzgados Veintiuno Penal del Circuito de Medellín (T-271998), Segundo
Civil del Circuito de Medellín (T-274208, T-274209), Promiscuo Municipal de
Ebéjico (T-274238, T-274239, T-276752), Segundo Penal Municipal de Caucásia
(T-274511, T-275277), Décimo de Familia de Medellín (T-274514), Treinta y Seis
Penal Municipal de Medellín (T-274536, T-274537), Cuarenta Penal Municipal de
Medellín (T-274539), Trece Penal del Circuito de Medellín (T-274553, T-275000,
T-277170), Diecisiete Civil Municipal de Medellín (T-274677, T-275741,
T-275742), Promiscuo Municipal de Arboletes (T-274918), Quinto Civil Municipal
de Medellín (T-275007, T-275008), Décimo Penal del Circuito de Medellín
(T-275009), Noveno Civil Municipal de Medellín (T-275161, T-279508), Segundo
Civil Municipal de Medellín (T-275227, T-275228, T-279504), Treinta y Nueve
Penal Municipal de Medellín (T-275246), Dieciséis Civil del Circuito de
Medellín (T-275260), Doce Penal del Circuito de Medellín (T-275295), Dieciocho
Penal del Circuito de Medellín (T-275297), Quince Civil Municipal de Medellín
(T-275514), Primero de Familia de Medellín (T-275521, T-279764), Catorce
Civil del Circuito de Medellín (T-275522), Once Penal del Circuito de
Medellín (T-275537), Diecinueve Penal Municipal de Medellín (T-275564,
T-278924, T-279853, T-279854), Noveno Penal del Circuito de Medellín
(T-275569), Cuarto Penal del Circuito de Medellín (T-275684, T-275685),
Cuarto Laboral del Circuito de Medellín (T-275936, T-275937), Penal del
Circuito de Cisneros (T-276052), Civil Municipal de Yarumal (T-276261,
T-280652, T-280653), Séptimo Civil del Circuito de Medellín (T-276268),
Promiscuo Municipal de Maceo (T-276358), Quinto Civil del Circuito de
Medellín (T-276359, T-279815, T-279817, T-279818, T-279820), Segundo Penal
del Circuito de Medellín (T-276439), Veinte Penal del Circuito de Medellín
(T-276533), Doce de Familia de Medellín (T-276545), Quince Penal Municipal de
Medellín (T-276548, T-277319), Veinte Civil Municipal de Medellín (T-276564,
T-276566, T-276567, T- 276568, T-276569, T-276573, T-276574, T-276575, T-276576,
T-276577), Treinta y Ocho Penal Municipal de Medellín (T-277141), Treinta y
Tres Penal Municipal de Medellín (T-277171), Segundo Civil del Circuito de
Itaguí (T-277184), Décimo Civil del Circuito de Medellín (T-277597), Cuarenta
y Uno Penal Municipal de Medellín (T-278539), Décimo Laboral del Circuito de
Medellín (T-278664, T-278665, T-278667, T-278668, T-278669, T-278671, T-279258,
T-279259, T-279260, T-279261, T-279262, T-279263, T-279568, T-279569, T-279570,
T-279571, T-279572, T-279573, T-279574), Promiscuo Municipal de Jardín
(T-278787, T-278788, T-278789, T-278790, T-278791), Promiscuo Municipal de
Carolina del Príncipe (T-278830, T-280766), Civil Municipal de Santa Bárbara
(T-278833), Civil del Circuito de Caucásia (T-278948), Décimo Civil Municipal
de Medellín (T-279209), Civil del Circuito de Yarumal (T-279255, T-279256,
T-279257, T-280855, T-280856), Promiscuo del Circuito de El Bagre (T-279626,
T-279627, T-279628, T-279629, T-279630, T-279631, T-279632, T-279633,
T-279634, T-279635, T-279636, T-279637, T-279638, T-279639, T-279640,
T-279641, T-279642, T-279643, T-279644, T-279645, T-279646, T-279647,
T-279648, T-279649, T-279650, T-279651, T279652, T-280279), Primero Civil
Municipal de Medellín (T- 279997, T-279998, T-279999, T-280005, T-280006,
T-280007), Dieciséis Civil Municipal de Medellín (T-280632), Sexto de
Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín (T-280643), Quinto
Penal del Circuito de Medellín (T-280688, T-280689), Primero Laboral del
Circuito de Medellín (T-280697), Tribunal Superior de Medellín Sala Civil
(T-274988, T-275433, T-275434, T-277188), Tribunal Superior de Medellín Sala
Laboral (T-275092, T-278796, T-279525, T-280862), Tribunal Superior de Medellín
Sala Familia (T-274679, T-278876, T-278899, T-280853), Tribunal Superior de
Antioquía Sala Civil (T-280341, T-280342, T-280343, T-280344, T-280345),
Tribunal Superior de Antioquía Sala Laboral (T-274078), y Corte Suprema de
Justicia Sala de Casación Penal (T- 278367).
TERCERO. Por secretaría general, LÍBRESE la
comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Cópiese, notifíquese, comuníquese,
publíquese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase.
ANTONIO BARRERA CARBONELL
Magistrado
ALFREDO BELTRAN SIERRA
Magistrado
EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ
Magistrado
MARTHA SACHICA DE MONCALEANO
Secretaria General
ANEXO
N° de expediente
Peticionario
1° instancia
2° instancia
T- 271998
Luis F. Torres
Góez
Juzg. 21 Penal
Cto. Medellín DENIEGA
T-274078
Luz Cantillo
Palencia
Juzg. Laboral
Cto. Turbo DENIEGA
Tribunal
Superior Antioquía CONFIRMA
T-274208
Jhony Henao
Ramírez
Juzg. 2do Civil
Cto Medellín DENIEGA
T-274209
Dora E. Sánchez
Osorio
Juzg. 2do Civil
Cto Medellín DENIEGA
T-274238
Lucía Guerra
Castrillón
Juz. Promiscuo
Municipal Ebéjico Ant. DENIEGA
T- 274239
Daniel de J.
Cano Muñoz
Juzg. PRO/CUO
Mpal Ebéjico Ant, DENIEGA
T-274249
Nubia E. Alvarez
Palacio
Juzg 6 Civl Mpal
Medellín
CONCEDE
T-274250
Ana Salazar
Vásquez
Juzg. 6 Civil
Mpal Medellín CONCEDE
T-274511
Marleny Gómez
Medrano
JUZG. 2 Penal
Mpal Caucasia DENIEGA
T-274514
Gloria Lopera
Medina
Juzg.10 Familia
Medellín DENIEGA
T-274536
Marina Henao
Restrepo
Juzg. 36 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T-274537
Luis F. Restrepo
A.
Juzg 36 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T-274539
Nora G. Mesa
Grisales
Juzg.40 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T-274553
Gudiela Pérez
Londoño
Juzg 22 Penal
Mpal Medellín CONCEDE
Juzg.13 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T-274677
María C. Ramírez
C.
Juzg. 17 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T-274679
Ana Lucía
Amariles P.
Juzg. 9 Familia
Medellín DENIEGA
Tribunal
Superior Medellín CONFIRMA
T-274918
Cruz María.
Morales Zarza
Juzg. Promiscuo
Mpal Arboletes DENIEGA
T-274980
María Fanny
López López
Juzg. 21 Penal
Mpal Medellín CONCEDE
T-274988
Darío Muñoz
Alvarez
Juzg. 11 Civil
Cto Mdellín CONCEDE
Tribunal
Superior Medellín Sala Civil. DENIEGA
T-275000
Orfa Lenny
Monsalve U.
Juzg. 13 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T-275007
María R. Pérez
Palacio
Juzg. 5 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T-275008
Martha Rubiela
Londoño M.
Juzg. 5 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T-275009
Hilda J.
Restrepo M.
Juzg. 10 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T-275092
Guillermo Villa
Rojo y otros
Juzg. 5 Laboral
Cto Medellín CONCEDE
Tribunal
Superior Medellín Sala Laboral. DENIEGA
T- 275161
Luz M. López
Bedoya
Juez 9 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T-275227
Norma Ortega
Arroyave
Juzg 2 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T-275228
Hector Pérez
Muñoz
Juzg 2 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T-275246
María O.
Mosquera M.
Juzg 39 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T-275260
Elizabeth
Hernández Cuello
Juzg 4 Civil
Mpal Medellín CONCEDE
Juzg 16 Civil
Cto Medellín DENIEGA
T-275277
Elkin E.
Sepúlveda U.
Juzg. 2 Penal
Mpal Caucasia DENIEGA
T- 275295
Beatriz Elena.
Giraldo T.
Juzg. 12 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T-275297
Aristides
Hernández Castro
Juzg. 18 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 275433
Manuel I. Velez
Tamayo
Juzg 3 Civil Cto
Medellín CONCEDE
Tribunal
Superior Medellín Sala Civil DENIEGA
T- 275434
Rosa F. Hurtado
de Higuita.
Juzg. 3 Civil
Cto Medellín CONCEDE
Tribunal
Superior Medellín DENIEGA
T-275514
Hector Arango
Arroyave
Juzg 15 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 275521
Olga Elena
Vásquez Arenas
Juzg. 1º Familia
Medellín DENIEGA
T- 275522
Fanny Villa Ríos
Juzg. 3 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
Juzg. 14 Civil
Cto Medellín DENIEGA
T- 275537
Francisca E.
Villegas Bedoya
Juzg. 2 Penal
Mpal Medellín CONCEDE
Juzg. 11 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 275554
Margarita Múnera
A.
Juzg. 1º Prcuo
Mpal Santuario Ant. CONCEDE
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T- 275555
María E. López
Noreña
Juzg. 2º Prcuo
Mpal Santuario Ant. CONCEDE
Juzg Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T- 275556
Teodulo Córdoba
Palacios
Juzg. Prcuo Mpal
Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T-275557
Oscar de J.
Montoya M.
Juzg. Procuo
Mpal Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant.. CONCEDE
T- 275558
María E. Zuluaga
Gómez
Juzg. Procuo
Mpal Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T- 275559
Juan de la Cruz
Aristizabal Ramírez
Juzg. Procuo
Mpal Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T- 275560
Bertha Inés
Aristizabal G.
Juzg. Procuo
Mpal Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant.. CONCEDE
T- 275564
Magola Castaño
Díaz
Juzg. 19 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T- 275569
Luz Alba Rincón
G.
Juzg. 9 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 275684
María T.
Velásquez R.
Juzg. 4 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 275685
María Rosalba
Villa Pérez
Juzg. 4 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 275741
Celina Zúñiga
Díaz
Juzg 17 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 275742
María G.
Restrepo G.
Juzg 17 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 275936
Luz Marina
Ospina Arenas
Juzg 4 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 275937
Stella de Jesús
Giraldo J.
Juzg 4 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 276052
Eusebio A.
Caneva Lezama
Juzg Penal Cto
Cisneros Ant. DENIEGA
T- 276261
Berta Enid Calle
Vélez
Juzg Civil Mpal
Yarumal Ant. DENIEGA
T- 276268
Ruth Matilde
Estrada Pérez
Juzg. 7 Civil
Cto Medellín DENIEGA
T- 276358
Nidia María
Estrada Angel
Juzg. Procuo
Mpal Maceo Ant. DENIEGA
T- 276359
Luz Mabel
Muríllo Gallego
Juzg. 5 Civil
Cto Medellín DENIEGA
T- 276388
Wilmar Cardona
Ramírez y otros.
Juzg. Procuo
Mpal Cáceres Ant. CONCEDE
T- 276439
Adalcy González
Leal
Juzg. 2 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 276533
Germán Alonso
Vásquez Barrera.
Juzg. 20 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 276545
María Beatriz
Calle Eusse
Juzg. 12 de
Familia Medellín DENIEGA
T- 276548
Alis Obdulia
Garzón Bernal
Juzg. 15 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276564
Rubiola Ceballos
Gómez
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276566
Rubiela A.
Londoño J.
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276567
José G. Posada
Rivera
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276568
María Irene
Giraldo Toro
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276569
Fernando de J.
Balbin Arango
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276573
María Nohelia
Restrepo E.
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276574
Ernesto González
Cartagena
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276575
Lucelly del S.
Arango Correa
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276576
Dora Lucía
Betancur R.
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276577
Luz Elena Gómez
Rodríguez
Juzg. 20 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 276752
Luz Mary Peña
Atehortúa y otros
Juzg. Procuo
Mpal Ebéjico Ant. DENIEGA
T- 277141
Gustavo de J.
Villada B.
Juzg. 38 Penal
Mpal. Medellín DENIEGA
T- 277170
Isabel Mosquera
Maturana
Juzg. 22 Penal
Mpal. Medellín CONCEDE
Juzg. 13 Penal
Cto Medellín DENIEGA
T- 277171
Luis Gilberto
Castrillón G.
Juzg. 33 Penal
Mpal Medellín DENIEGA.
T- 277184
Roberto Cuartas
Marín
Juzg 2 Civil Cto
Itaguí Ant. DENIEGA
T- 277188
Lía Rosario
Morales P.
Juzg. 15 Civil
Cto Medellín DENIEGA
Tribunal
Superior Medellín Sala Civil. DENIEGA
T- 277319
Aura Lília Lora
Jaramillo y otros
Juzg. 15 Penal
Municipal Medellín DENIEGA
T- 277588
Nora Alba Patiño
Acevedo
Juzg. 6 Civil
Mpal Medellín CONCEDE
Juzg. 1º Civil
Cto Medellín CONCEDE
T- 277597
Laura Nury
Rendón Hoyos
Juzg 11 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
Juzg 10 Civil
Cto Medellín DENIEGA
T- 278367
Oscar Yepes Ruiz
Tribunal
Superior Medellín Sala Penal DENIEGA
Corte Suprema de
Justicia Sala Casación Penal CONFIRMA DENIEGA
T- 278539
Carmen Paternina
Martinez
Juzg. 41 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T- 278664
Rubén Darío
González G.
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 278665
Herlinda A.
Mesino Florez
Juzg 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 278667
Luz Elena
Tabares Yepes
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 278668
Victor Zenón
Meluk Robledo
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 278669
María Nelcy
Botero García
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 278671
Dolly M. Serna
Villegas
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 278787
Martha E.
Londoño Echavarría.
Juzg. Pro/cuo
Mpal Jardín Ant. DENIEGA
T- 278788
Matilde de J.
Marín Correa
Juzg. Pro/cuo
Mpal Jardín Ant. DENIEGA
T- 278789
Berta Oliva Ríos
Castaño
Juzg. Pro/cuo
Mpal Jardín Ant. DENIEGA.
T- 278790
María Fany
Rendón Londoño
Juzg. Pro/Cuo
Mpal Jardín Ant. DENIEGA
T- 278791
Mariela Sanchez
Retrepo
Juzg. Pro/cuo
Mpal Jardín Ant. DENIEGA
T- 278796
Ofelia Cardenas
Arango.
Juzg. 13 Laboral
Circuito Medellín DENIEGA
Tribunal
Superior Medellín Sala Laboral CONFIRMA
T- 278830
José Balbín
Arango
Juzg. Pro/cuo
Mpal Carolina del Principe Ant. DENIEGA.
T- 278833
María Sonia
Adarve Arango
Juzg. Civil Mpal
Santa Barbara Ant. DENIEGA
T- 278876
Oscar Dario
Rendón Toro
Juzg. 12 de
Familia Medellín DENIEGA
Tribunal
Superior Medellín Sala Familia CONFIRMA
T- 278899
Byron F.
Jaramillo Villa
Juzg. 7 Familia
Medellín DENIEGA
Tribunal
Superior Medellín Sala Familia CONFIRMA
T- 278924
Luz Velásquez
Arboleda.
Juzg. 19 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T- 278943
Francisco L.
Sánchez Zapata
Juzg. 4 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
Juzg. 8 Civil
Cto Medellín CONCEDE
T- 278948
Mario Navarro
Riales y otros
Juzg. Civil Cto
Caucásia Ant. DENIEGA.
T- 279209
Teresita Guisao
Torres
Juzg. 10 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 279232
Sofia Cordoba
Moreno
Juzg. Pro/cuo
Mpal Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Pro/cuo de
Familia Santuario Ant. CONFIRMA
T- 279233
Pastora A. Gómez
Giraldo
Juzg. Pro/cuo
Mpal Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Pro/cuo
Familia Santuario Ant. CONFIRMA
T- 279234
Ana de J.
Echavarría E.
Juzg. Pro/cuo
Mpal Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Pro/cuo
Familia Santuario Ant. CONFIRMA
T- 279235
María Oliva
Botero G.
Juzg. Pro/cuo
MpaL Granada Ant. CONCEDE
Juzg. Pro/cuo
Familia Santuario Ant. CONFIRMA
T- 279255
Anibal Zapata
Aguilar
Juzg. Civil Cto
Yarumal Ant. DENIEGA
T- 279256
Judith Restrepo
Espinal
Juzg. Civil Cto
Yarumal Ant. DENIEGA
T- 279257
Aliriam Vera
Zapata
Juzg. Civil Cto
Yarumal DENIEGA
T- 279258
Rubiela Brand
Gómez
Juzg 10 Laboral
Cto. Medellín DENIEGA
T- 279259
Mabel Díaz Viera
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279260
Flor María
Corrales C.
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279261
Mario de J. Cano
Cano.
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA.
T- 279262
Gracia Isolda
Urango Londoño
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279263
María E. Vasquez
Arredondo.
Juzg. 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279504
Berta Tulia
Arias David.
Juzg. 2 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 279508
Luis E. Marín
Mejía
Juzg. 9 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 279510
Luz Marina
Aristizábal Duque
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T- 279511
Blanca Nelly
Aristizábal
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T- 279512
Carmen Adiela
Aristizábal G.
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
T- 279525
Sofía Stella
Córdoba Gaviria
Juzg. 5 Laboral
Cto Medellín CONCEDE
Tribunal
Superior Medellín Sala Laboral REVOCA
T- 279568
Amparo de J.
Giraldo Patiño
Juzg.10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279569
Ana Georgina
Aguilar O.
Juzg.10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279570
Yuly Murillo
Vanegas
Juzg.10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279571
María Aurora
Sánchez A.
Juzg.10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279572
Martha Lucía
Berrio Monsalve
Juzg 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279573
Pedro María
Restrepo Alvarez
Juzg.10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279574
William Stuart
Montoya
Juzg 10 Laboral
Cto Medellín DENIEGA
T- 279626
José Faustino
Mosquera B.
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279627
José Manuel
Cardona Echeverrio
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo Cto
El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279628
Juana Bautista
Rios G.
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279629
Jesús Alfredo
Gómez Mejía
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto EL Bagre Ant. DENIEGA
T- 279630
Jorge Enrique
Mosquera Q.
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279631
María Oliva
Castrillón
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279632
Francisco Luis
Perez Londoño
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279633
Merida Esther
Borja de Moreno
Juzg. Proc/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Proc/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279634
Genarina Córdoba
Bejarano
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279635
José Ulrico
Mosquera Borja
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo Cto
El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279636
Nelida de J.
Tamayo Mora
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279637
María de las
Mercedes Sierra Posada
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279638
María de Jesús
Palacio Mosquera
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279639
Luis Carlos
Rodríguez Pallares
Juzg Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg Pro/cuo Cto
El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279640
Manuel Rosario
Renteria Rivas
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Proc/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279641
Dario Zuleta
Alvarez
Juzg Pro/cuo
mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg Pro/cuo Cto
EL Bagre Ant. DENIEGA
T- 279642
Darío Humberto
Gaviria Restrepo
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg Pro/cuo Cto
El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279643
Evelio Renteria
Rivas
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279644
Ruby María
Méndez Mejía
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279645
María Aracelly
Bedoya Pino
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg Pro/cuo Cto
El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279646
Francisco Alirio
Pulgarín Zapata
Juzg Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279647
Gladys Lopez de
Bedoya
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279648
Deyanira Herrera
Tangarife
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279649
Dora Elisa
Mosquera Quintana
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo Cto
El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279650
Oliva del Carmen
Zapata López
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279651
Alvaro Enrique
Chedid Amaríz
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279652
Juana Londoño
Roa
Juzg. Pro/cuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Pro/cuo
Cto El Bagre Ant. DENIEGA
T- 279764
Asceneth Galvis
Vásquez
Juzg. Primero
Familia Medellín DENIEGA
T- 279815
Delfo Enrique
Echeverri Cadavid
Juzg. Quinto
Civil Circuito Medellín DENIEGA
T- 279817
Ruth Belén
Hincapie Arroyave
Juzg. Quinto
Civil Circuito Medellín DENIEGA
T- 279818
Carmen Alicia
Cruz Uribe
Juzg. Quinto
Civil Circuito Medellín DENIEGA
T- 279820
María Elizabeth
Alcaraz Escudero
Juzg. Quinto
Civil Circuito Medellín DENIEGA
T- 279853
Cesar Emilio
Andrade Mosquera
Juzg. 19 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T- 279854
Reinaldo
Marmolejo Mosquera
Juzg 19 Penal
Mpal Medellín DENIEGA
T- 279997
Climaco Arias
Ramírez
Juzg. Primero
Civil Municipal Medellín DENIEGA
T- 279998
Libia Rosa
Vásquez Echavarría
Juzg. Primero
Civil Municipal Medellín DENIEGA
T- 279999
Blanca Nubia
Mira Palacio
Juzg Primero
Civil Municipal Medellín DENIEGA.
T- 280005
Gloria Cecilia
Herrera Gómez
Juzg. Primero
Civil Municipal Medellín DENIEGA
T- 280006
Luz Marina
Valencia Montoya
Juzg. Primero
Civl Municipal Medellín DENIEGA
T- 280007
Ana Delia Ospina
Marín
Juzg Primero
Civil Municipal Medellín DENIEGA
T- 280279
Elias Hinestroza
Palacios
Juzg. Promiscuo
Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA
Juzg. Promiscuo
Circuito El Bagre Ant. DENIEGA
T- 280341
Clara Inés
Zuluaga Zuluaga
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
Tribunal
Superior Ant. Sala Civil DENIEGA
T- 280342
Olga Eufery
Gómez Giraldo
Juzg. Civil Cto
Santuario ANT. CONCEDE
Tribunal
Superior Ant. Sala Civil DENIEGA
T- 280343
María Cielo
Cardona Noreña
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
Tribunal
Superior Ant. Sala Civil DENIEGA
T- 280344
Sara María Ramírez
Orozco
Juzg. Civil Cto
Santuario Ant. CONCEDE
Tribunal
Superior Antioquía DENIEGA
T- 280345
Luz Dary Muñoz
Arroyave
Juzg. Civil Cto
La Ceja Ant. DENIEGA
Tribunal
Superior Ant. Sala Civil DENIEGA
T- 280539
María Ligia
Vélez
Juzg. 22 Civil
Mpal Medellín CONCEDE.
Juzg. Primero
Civil Cto Medellín CONCEDE
T- 280632
Luis Carlos
Cifuentes Builes
Juzg. 16 Civil
Mpal Medellín DENIEGA
T- 280643
Cruz Celina
Moreno Montoya
Juzg. 6 Ejecu.
Penas yMed. Seg. Medellín DENIEGA
T- 280649
Astrid Elena
Rodríguez R. Y otros
Juzg. Pro/cuo
Mpal . Pto Triunfo Ant. DENIEGA
Juzg. Civil
Circuito Santuario Ant. CONCEDE
T- 280652
Teresa de J.
Carvajal de R
Juzg. Civil Mpal
Yarumal Ant. DENIEGA
T- 280653
Norelia de J.
Londoño Tapias
Juzg. Civil Mpal
Yarumal Ant. DENIEGA
T- 280659
José de Jesús
Restrepo Marín.
Juzg. 11 Laboral
Cto Medellín DENIEGA.
T- 280688
María Eugenia
Roldán Roldán.
Juzg. Quinto
Penal Cto Medellín DENIEGA.
T- 280689
Jormary de J.
Hernández Durango
Juzg. Quinto
Penal Cto Medellín DENIEGA.
T- 280697
Luz Mery Rincón
Rodríguez y otros.
Juzg. Primero
Laboral Cto Medellín DENIEGA
T- 280766
Martha Elena
Salazar Vélez
Juzg. Pro/cuo
Mpal Carolina del Príncipe Antioquía. DENIEGA.
T- 280853
Alba Rocio
Tabares Gallego
Juzg Once
Familia Medellín CONCEDE
Tribunal
Superior Medellín Sala Familia DENIEGA
T- 280855
Yolanda Zapata
R.
Juzg. Civil Cto
Yarumal Ant. DENIEGA
T- 280856
María Ofelia
Espinosa Pérez
Juzg. Civil Cto
Yarumal Ant. DENIEGA
T- 280862
María Esperanza
Ruá Córdoba
Juzg. Cuarto
Laboral Cto Medellín DENIEGA
Tribunal
Superior Medellín Sala Laboral DENIEGA
[1] M.P. Antonio Barrera
Carbonell
[2] M.P. Carlos Gaviria
Díaz.
[3]
Se
pueden consultar, entre otras, las sentencias: T-225 de 1993 M.P. Vladimiro
Naranjo Mesa y T-125 de 1994. M.P. José Gregorio Hernández Galindo.
[4]
Corte
Constitucional Sentencia T-01 de 1997. M.P. José Gregorio Hernández Galindo.
[5] Sentencias T- 246 de
1992; T- 366 de 1998, entre otras)
Fuente auxiliar/interpretativa. No constituye asesoría jurídica profesional.