Sentencia T-440 de 2000

Corte Constitucional · M.P. Antonio Barrera Carbonell · 2000

Vigente
Texto de la sentencia
T-440-00 Sentencia T-440/00 Sentencia T-440/00 DERECHO AL MINIMO VITAL DEL TRABAJADOR-Presunción de afectación por ausencia prolongada en pago de salarios/DERECHO AL MINIMO VITAL DEL TRABAJADOR-No afectación por no pago de primas complementarias de salarios a educadores Referencia: expedientes Acumulados a T- 271998. T-274078, T-274208, T-274209, T-274238, T-274239, T-274249, T-274250, T-274511, T-274514, T-274536, T-274537, T-274539, T-274553, T-274677, T-274679, T-274918, T-274980, T-274988, T-275000, T-275007, T-275008, T-275009, T-275092, T-275161, T-275227, T-275228, T-275246, T-275260, T-275277, T-275295, T-275297, T-275433, T-275434, T-275514, T-275521, T-275522, T-275537, T-275554, T-275555, T-275556, T-275557, T-275558, T-275559, T-275560, T-275564, T-275569, T-275684, T-275685, T-275741, T-275742, T-275936, T-275937, T-276052, T-276261, T-276268, T-276358, T-276359, T-276388, T-276439, T-276533, T-276545, T-276548, T-276564, T-276566, T-276567, T-276568, T-276569, T-276573, T-276574, T-276575, T-276576, T-276577, T-276752, T-277141, T-277170, T-277171, T-277184, T-277188, T-277319, T-277588, T-277597, T-278367, T-278539, T-278664, T-278665, T-278667, T-278668, T-278669, T-278671, T-278787, T-278788, T-278789, T-278790, T-278791, T-278796, T-278830, T-278833, T-278876, T-278899, T-278924, T-278943, T-278948, T-279209, T-279232, T-279233, T-279234, T-279235, T-279255, T-279256, T-279257, T-279258, T-279259, T-279260, T-279261, T-279262, T-279263, T-279504, T-279508, T-279510, T-279511, T-279512, T-279525, T-279568, T-279569, T-279570, T-279571, T-279572, T-279573, T-279574, T-279626, T-279627, T-279628, T-279629, T-279630, T-279631, T-279632, T-279633, T-279634, T-279635, T-279636, T-279637, T-279638, T-279639, T-279640, T-279641, T-279642, T-279643, T-279644, T-279645, T-279646, T-279647, T-279648, T-279649, T-279650, T-279651, T-279652, T-279764, T-279815, T-279817, T-279818, T-279820, T-279853, T-279854, T-279997, T-279998, T-279999, T-280006, T-280006, T-280007, T-280279, T-280341, T-280342, T-280343, T-280344, T-280345, T-280539, T-280632, T-280643, T-280649, T-280652, T-280653, T-280659, T-280688, T-280689, T-280697, T-280766, T-280853, T-280855, T-280856, T-280862. Accionantes: Francisco Luis Torres Goez y otros. Magistrado Ponente: Dr. ANTONIO BARRERA CARBONELL Santafé de Bogotá, D.C., abril catorce (14) de dos mil (2000). La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados ANTONIO BARRERA CARBONELL, ALFREDO BELTRAN SIERRA y EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente SENTENCIA dentro del proceso de revisión de los fallos dictados en única, primera y en segunda instancia por distintos despachos judiciales del departamento de Antioquía en relación con las acciones de tutela impetradas contra el Gobernador de Antioquía por los docentes nacionalizados al servicio de ese departamento. I. ANTECEDENTES. Pretensiones y hechos. Los accionantes instauraron acción de tutela contra el Gobernador de Antioquía, con el fin de obtener el amparo de sus derechos al trabajo en condiciones dignas y a la igualdad y, en tal virtud, que se ordene a dicho funcionario disponer el pago de las sumas de dinero que se les adeudan por concepto de primas, creadas por ordenanza de la Asamblea Departamental, que en cada caso se especifican. Son hechos comunes a todas las demandas los siguientes: Los accionantes laboran como educadores al servicio del Departamento de Antioquía, adscritos a diferentes centros educativos, y manifiestan que a través de ordenanzas departamentales fueron creadas una serie de primas complementarias de sus salarios. Durante el año de 1999, solamente les fueron pagadas las primas correspondientes al mes de enero y la prima de vida cara que corresponde al mes de febrero. De acuerdo a la especialidad y a la zona en donde labora cada uno de ellos, tienen derecho a que se les reconozcan y paguen diferentes primas, según el caso. Dichas primas son las de normalista, licenciatura, aula especial, vida cara, escuela unitaria, difícil acceso, de directores y rectoría. En un acto de discriminación la administración departamental ha hecho pagos de algunas de las primas a empleados y maestros, sin razón que los justifique. II. DECISIONES JUDICIALES. Conocieron de los procesos de tutela diferentes despachos judiciales del departamento de Antioquía, algunos concedieron el amparo de tutela solicitado y otros lo negaron por considerar que no se presentaba vulneración a los derechos invocados por los actores. En 117 de los procesos en que la tutela fue denegada, el fallo no fue impugnado quedando en firme la decisión. En los casos en que fue desfavorable la decisión para el gobernador de Antioquía, éste apeló el respectivo fallo y en segunda instancia, en 14 procesos, la decisión fue revocada y se denegó la tutela solicitada, y en 13 procesos la decisión fue confirmada, concediendo el amparo invocado. Solo en 7 de los casos en que la tutela fue concedida el fallo correspondiente quedó en firme. En 38 oportunidades el fallo de tutela que negó la protección solicitada, fue confirmado por el juez de segunda instancia. En 2 eventos en que la decisión fue desfavorable al accionante, el juez de segunda instancia revocó la decisión inicial y concedió el amparo pedido. Para mayor ilustración sobre las actuaciones judiciales, se anexa un cuadro informativo de las decisiones proferidas en única, primera y segunda instancia recaídas en cada uno de los procesos de tutela en estudio. III. CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS. 1. El problema jurídico planteado. Corresponde a la Sala determinar si la acción de tutela constituye el instrumento procesal adecuado para que los demandantes obtengan el pago de las sumas de dinero que se les adeuda por concepto de primas de diferente naturaleza, que constituyen un complemento salarial. 2. Solución al problema planteado. Mediante Sentencia T-376 de marzo 31 de 2000[1], esta Sala de Revisión se pronunció respecto de otras demandas de tutela, relacionadas con los mismos hechos y circunstancias a las aquí planteadas; en consecuencia es del caso reiterar las consideraciones y fundamentos, tenidos en cuenta en dicha oportunidad, para aplicarlas a los casos de que dan cuenta los procesos en referencia. En tales circunstancias cabe recordar que: “2.1. Según el artículo 86 de la Constitución Política la acción de tutela es un mecanismo subsidiario de defensa, pues ella sólo procede ‘cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquélla se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable’”. “En concordancia con tal disposición, la jurisprudencia constitucional ha establecido que los jueces de tutela no tienen competencia para resolver conflictos jurídicos ocasionados en el incumplimiento de obligaciones de índole laboral, a menos que ello comprometa o amenace el mínimo vital del peticionario, caso en el cual la tutela se torna idónea para que a través de este medio se pueda obtener el pago de aquéllas, aun existiendo otras vías judiciales para lograr ese cometido.” “2.2. Sobre la afectación del mínimo vital o de subsistencia ha dicho la Corte, en reiterada jurisprudencia, que éste se presume afectado, cuando la suspensión en el pago del salario se prolonga indefinidamente en el tiempo, de tal suerte que se coloca al trabajador y a su familia en una situación económica crítica que afecta sus derechos fundamentales y que hace necesaria la intervención rápida y eficaz del juez de tutela para restablecer su goce, correspondiéndole al demandado la demostración de que el peticionario de la tutela cuenta con otros ingresos o recursos, con los cuales pueda atender sus necesidades primarias vitales y las de su familia.” “2.3. En relación con la procedencia de la acción de tutela frente al pago de obligaciones laborales, esta Corporación en la sentencia de unificación SU-995/99[2], expresó: ‘b. La acción de tutela sólo procederá como mecanismo para evitar que el trabajador sufra una situación crítica económica y psicológica. Con esta referencia se busca dejar intacta la competencia de la jurisdicción laboral ordinaria, cuando no se trate de situaciones injustificadas, inminentes y graves que hacen urgente la intervención del juez de amparo[3]. Esta Corporación ha dicho al respecto: La jurisprudencia de la Corte ha sido enfática en sostener que la liquidación y pago de obligaciones laborales escapa al ámbito propio de la acción de tutela, y si bien es cierto ha admitido su procedencia en algunos casos, ellos han sido excepcionales y, primordialmente, sustentados en la falta de idoneidad del medio ordinario en los términos que se dejan expuestos, relativos siempre de manera específica y directa a las circunstancias en las que se encuentra el actor, lo cual excluye de plano que pueda concederse el amparo judicial para los indicados fines, masiva e indiscriminadamente’”[4] “En el mismo fallo se afirma: ‘Así, ha encontrado la Corte que puede tutelarse el derecho del trabajador a obtener el pago de su salario cuando resulta afectado el mínimo vital (Cfr. sentencias T-426 del 24. de junio de 1992, T-063 del 22 de febrero de 1995, y T-437 del 16 de septiembre de 1996); que es posible intentar la acción de tutela para que se cancelen las mesadas pensionales dejadas de percibir por una '0 persona de la tercera edad en circunstancias apremiantes y siendo ese su único ingreso (Cfr. sentencias T-426 del 24 de junio de 1992, T-147 del 4 de abril de 1995, T-244 del 1 de junio de 1995, T-212 del 14 de mayo de 1996 y T- 608 del 13 de noviembre de 1996); que cuando la entidad obligada al pago de la pensión revoca unilateralmente su reconocimiento, procede la tutela para restablecer el derecho del afectado (Crf. sentencia T-246 del 3 de junio de 1996); que es posible restaurar, por la vía del amparo, la igualdad quebrantada por el Estado cuando se discrimina entre los trabajadores, para fijar el momento de la cancelación de prestaciones, favoreciendo con un pago rápido a quienes se acogen a determinado régimen y demorándolo indefinidamente a aquellos que han optado por otro (Cfr. sentencia T-418 del 9 de septiembre de 1996); que resulta admisible la tutela para ‘eliminar las desigualdades generadas por el uso indebido de los pactos colectivos de trabajo con el objeto de desestimular la asociación sindical’ (sentencia SU-342 del 2 de agosto de 1995, M .P. Antonio Barrera Carbonell) Resalta la Sala.’” “2.4. Analizadas las demandas, se pone de presente que en ellas los demandantes no solicitan el pago de sus salarios, sino de algunas primas que tienen el carácter de complementos salariales; de donde se deduce que la administración departamental ha cumplido sus obligaciones en relación con el pago de salarios. Tampoco se afirma por los demandantes que se les haya afectado el mínimo vital con el no pago de las primas reclamadas; ni dentro del proceso existe prueba alguna que permita a la Sala inferir que se ha afectado el referido mínimo.” “La demostración de la lesión del mínimo vital es una condición necesaria para la procedencia de la acción y para que se puedan despachar favorablemente las pretensiones de los actores.” “Además, con las declaraciones de algunos de los demandantes y la información suministrada por el Tesorero General del Departamento, se pudo establecer que el mínimo vital de estas personas no está comprometiendo, toda vez que están recibiendo el pago oportuno de sus salarios y de las otras acreencias laborales legales, adeudándoseles solamente las primas extralegales.” “En cuanto a la alegada violación del derecho a la igualdad, tampoco se ha establecido discriminación alguna por la administración departamental, si se tiene en cuenta que a las personas a quienes no se les ha cancelado esas primas son educadores nacionalizados al servicio del Departamento de Antioquía, que se les paga con recursos provenientes del situado fiscal, a diferencia de los educadores departamentales y municipales a quienes si se les ha pagado, pero con cargo a los presupuestos del departamento o de cada municipio.” “En tales circunstancias, la tutela resulta ser un mecanismo inadecuado para obtener el pago de las referidas primas, dado que el incumplimiento de la administración no configura una vulneración o lesión de su mínimo vital, definido éste como ‘los requerimientos básicos indispensables para asegurar la digna subsistencia de la persona y de su familia, no solamente en lo relativo a alimentación y vestuario sino en lo referente a la salud, educación, vivienda, seguridad social y medio ambiente, en cuanto factores insustituibles para la preservación de una calidad de vida que, no obstante su modestia, corresponda a las exigencias más elementales del ser humano[5]’.” En consecuencia, los demandantes tienen expeditos los instrumentos procesales alternativos, el proceso ejecutivo laboral, o la acción contenciosa administrativa, previo agotamiento de la vía gubernativa, para obtener la protección de sus derechos. Por lo anterior, se confirmarán las sentencias que denegaron las pretensiones de tutela y se revocarán las sentencias que accedieron a estas. IV. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución, RESUELVE: PRIMERO. REVOCAR los fallos de tutela proferidos por los juzgados Sexto Civil Municipal de Medellín (T-274249, T-274250), Veintiuno Penal Municipal de Medellín (T-274980), Promiscuo Municipal de Cáceres (T-276388), Civil del Circuito de Santuario (T-275554, T-275555, T-275556, T-275557, T-275558, T-275559, T-275560, T-279510, T-279511, T-279512, T-280,649), Primero Civil del Circuito de Medellín (T-277588, T-280539), Octavo Civil del Circuito de Medellín (T-278943) y Promiscuo de Familia de Santuario (T-279232, T-279233, T-279234, T-279235), que concedieron la protección a los derechos impetrados. En consecuencia confirmase los fallos de tutela proferidos en primera instancia, dentro de los procesos (T-278943, T-280649), por los juzgados Cuarto Civil Municipal de Medellín y Promiscuo Municipal de Puerto Triunfo, respectivamente, que denegaron la protección de tutela solicitada. SEGUNDO. CONFIRMAR los fallos de tutela que denegaron la protección de tutela solicitada, proferidos por los siguientes despachos judiciales: Juzgados Veintiuno Penal del Circuito de Medellín (T-271998), Segundo Civil del Circuito de Medellín (T-274208, T-274209), Promiscuo Municipal de Ebéjico (T-274238, T-274239, T-276752), Segundo Penal Municipal de Caucásia (T-274511, T-275277), Décimo de Familia de Medellín (T-274514), Treinta y Seis Penal Municipal de Medellín (T-274536, T-274537), Cuarenta Penal Municipal de Medellín (T-274539), Trece Penal del Circuito de Medellín (T-274553, T-275000, T-277170), Diecisiete Civil Municipal de Medellín (T-274677, T-275741, T-275742), Promiscuo Municipal de Arboletes (T-274918), Quinto Civil Municipal de Medellín (T-275007, T-275008), Décimo Penal del Circuito de Medellín (T-275009), Noveno Civil Municipal de Medellín (T-275161, T-279508), Segundo Civil Municipal de Medellín (T-275227, T-275228, T-279504), Treinta y Nueve Penal Municipal de Medellín (T-275246), Dieciséis Civil del Circuito de Medellín (T-275260), Doce Penal del Circuito de Medellín (T-275295), Dieciocho Penal del Circuito de Medellín (T-275297), Quince Civil Municipal de Medellín (T-275514), Primero de Familia de Medellín (T-275521, T-279764), Catorce Civil del Circuito de Medellín (T-275522), Once Penal del Circuito de Medellín (T-275537), Diecinueve Penal Municipal de Medellín (T-275564, T-278924, T-279853, T-279854), Noveno Penal del Circuito de Medellín (T-275569), Cuarto Penal del Circuito de Medellín (T-275684, T-275685), Cuarto Laboral del Circuito de Medellín (T-275936, T-275937), Penal del Circuito de Cisneros (T-276052), Civil Municipal de Yarumal (T-276261, T-280652, T-280653), Séptimo Civil del Circuito de Medellín (T-276268), Promiscuo Municipal de Maceo (T-276358), Quinto Civil del Circuito de Medellín (T-276359, T-279815, T-279817, T-279818, T-279820), Segundo Penal del Circuito de Medellín (T-276439), Veinte Penal del Circuito de Medellín (T-276533), Doce de Familia de Medellín (T-276545), Quince Penal Municipal de Medellín (T-276548, T-277319), Veinte Civil Municipal de Medellín (T-276564, T-276566, T-276567, T- 276568, T-276569, T-276573, T-276574, T-276575, T-276576, T-276577), Treinta y Ocho Penal Municipal de Medellín (T-277141), Treinta y Tres Penal Municipal de Medellín (T-277171), Segundo Civil del Circuito de Itaguí (T-277184), Décimo Civil del Circuito de Medellín (T-277597), Cuarenta y Uno Penal Municipal de Medellín (T-278539), Décimo Laboral del Circuito de Medellín (T-278664, T-278665, T-278667, T-278668, T-278669, T-278671, T-279258, T-279259, T-279260, T-279261, T-279262, T-279263, T-279568, T-279569, T-279570, T-279571, T-279572, T-279573, T-279574), Promiscuo Municipal de Jardín (T-278787, T-278788, T-278789, T-278790, T-278791), Promiscuo Municipal de Carolina del Príncipe (T-278830, T-280766), Civil Municipal de Santa Bárbara (T-278833), Civil del Circuito de Caucásia (T-278948), Décimo Civil Municipal de Medellín (T-279209), Civil del Circuito de Yarumal (T-279255, T-279256, T-279257, T-280855, T-280856), Promiscuo del Circuito de El Bagre (T-279626, T-279627, T-279628, T-279629, T-279630, T-279631, T-279632, T-279633, T-279634, T-279635, T-279636, T-279637, T-279638, T-279639, T-279640, T-279641, T-279642, T-279643, T-279644, T-279645, T-279646, T-279647, T-279648, T-279649, T-279650, T-279651, T279652, T-280279), Primero Civil Municipal de Medellín (T- 279997, T-279998, T-279999, T-280005, T-280006, T-280007), Dieciséis Civil Municipal de Medellín (T-280632), Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín (T-280643), Quinto Penal del Circuito de Medellín (T-280688, T-280689), Primero Laboral del Circuito de Medellín (T-280697), Tribunal Superior de Medellín Sala Civil (T-274988, T-275433, T-275434, T-277188), Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral (T-275092, T-278796, T-279525, T-280862), Tribunal Superior de Medellín Sala Familia (T-274679, T-278876, T-278899, T-280853), Tribunal Superior de Antioquía Sala Civil (T-280341, T-280342, T-280343, T-280344, T-280345), Tribunal Superior de Antioquía Sala Laboral (T-274078), y Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal (T- 278367). TERCERO. Por secretaría general, LÍBRESE la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991. Cópiese, notifíquese, comuníquese, publíquese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase. ANTONIO BARRERA CARBONELL Magistrado ALFREDO BELTRAN SIERRA Magistrado EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Magistrado MARTHA SACHICA DE MONCALEANO Secretaria General ANEXO N° de expediente Peticionario 1° instancia 2° instancia T- 271998 Luis F. Torres Góez Juzg. 21 Penal Cto. Medellín DENIEGA T-274078 Luz Cantillo Palencia Juzg. Laboral Cto. Turbo DENIEGA Tribunal Superior Antioquía CONFIRMA T-274208 Jhony Henao Ramírez Juzg. 2do Civil Cto Medellín DENIEGA T-274209 Dora E. Sánchez Osorio Juzg. 2do Civil Cto Medellín DENIEGA T-274238 Lucía Guerra Castrillón Juz. Promiscuo Municipal Ebéjico Ant. DENIEGA T- 274239 Daniel de J. Cano Muñoz Juzg. PRO/CUO Mpal Ebéjico Ant, DENIEGA T-274249 Nubia E. Alvarez Palacio Juzg 6 Civl Mpal Medellín CONCEDE T-274250 Ana Salazar Vásquez Juzg. 6 Civil Mpal Medellín CONCEDE T-274511 Marleny Gómez Medrano JUZG. 2 Penal Mpal Caucasia DENIEGA T-274514 Gloria Lopera Medina Juzg.10 Familia Medellín DENIEGA T-274536 Marina Henao Restrepo Juzg. 36 Penal Mpal Medellín DENIEGA T-274537 Luis F. Restrepo A. Juzg 36 Penal Mpal Medellín DENIEGA T-274539 Nora G. Mesa Grisales Juzg.40 Penal Mpal Medellín DENIEGA T-274553 Gudiela Pérez Londoño Juzg 22 Penal Mpal Medellín CONCEDE Juzg.13 Penal Cto Medellín DENIEGA T-274677 María C. Ramírez C. Juzg. 17 Civil Mpal Medellín DENIEGA T-274679 Ana Lucía Amariles P. Juzg. 9 Familia Medellín DENIEGA Tribunal Superior Medellín CONFIRMA T-274918 Cruz María. Morales Zarza Juzg. Promiscuo Mpal Arboletes DENIEGA T-274980 María Fanny López López Juzg. 21 Penal Mpal Medellín CONCEDE T-274988 Darío Muñoz Alvarez Juzg. 11 Civil Cto Mdellín CONCEDE Tribunal Superior Medellín Sala Civil. DENIEGA T-275000 Orfa Lenny Monsalve U. Juzg. 13 Penal Cto Medellín DENIEGA T-275007 María R. Pérez Palacio Juzg. 5 Civil Mpal Medellín DENIEGA T-275008 Martha Rubiela Londoño M. Juzg. 5 Civil Mpal Medellín DENIEGA T-275009 Hilda J. Restrepo M. Juzg. 10 Penal Cto Medellín DENIEGA T-275092 Guillermo Villa Rojo y otros Juzg. 5 Laboral Cto Medellín CONCEDE Tribunal Superior Medellín Sala Laboral. DENIEGA T- 275161 Luz M. López Bedoya Juez 9 Civil Mpal Medellín DENIEGA T-275227 Norma Ortega Arroyave Juzg 2 Civil Mpal Medellín DENIEGA T-275228 Hector Pérez Muñoz Juzg 2 Civil Mpal Medellín DENIEGA T-275246 María O. Mosquera M. Juzg 39 Penal Mpal Medellín DENIEGA T-275260 Elizabeth Hernández Cuello Juzg 4 Civil Mpal Medellín CONCEDE Juzg 16 Civil Cto Medellín DENIEGA T-275277 Elkin E. Sepúlveda U. Juzg. 2 Penal Mpal Caucasia DENIEGA T- 275295 Beatriz Elena. Giraldo T. Juzg. 12 Penal Cto Medellín DENIEGA T-275297 Aristides Hernández Castro Juzg. 18 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 275433 Manuel I. Velez Tamayo Juzg 3 Civil Cto Medellín CONCEDE Tribunal Superior Medellín Sala Civil DENIEGA T- 275434 Rosa F. Hurtado de Higuita. Juzg. 3 Civil Cto Medellín CONCEDE Tribunal Superior Medellín DENIEGA T-275514 Hector Arango Arroyave Juzg 15 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 275521 Olga Elena Vásquez Arenas Juzg. 1º Familia Medellín DENIEGA T- 275522 Fanny Villa Ríos Juzg. 3 Civil Mpal Medellín DENIEGA Juzg. 14 Civil Cto Medellín DENIEGA T- 275537 Francisca E. Villegas Bedoya Juzg. 2 Penal Mpal Medellín CONCEDE Juzg. 11 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 275554 Margarita Múnera A. Juzg. 1º Prcuo Mpal Santuario Ant. CONCEDE Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T- 275555 María E. López Noreña Juzg. 2º Prcuo Mpal Santuario Ant. CONCEDE Juzg Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T- 275556 Teodulo Córdoba Palacios Juzg. Prcuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T-275557 Oscar de J. Montoya M. Juzg. Procuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Civil Cto Santuario Ant.. CONCEDE T- 275558 María E. Zuluaga Gómez Juzg. Procuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T- 275559 Juan de la Cruz Aristizabal Ramírez Juzg. Procuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T- 275560 Bertha Inés Aristizabal G. Juzg. Procuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Civil Cto Santuario Ant.. CONCEDE T- 275564 Magola Castaño Díaz Juzg. 19 Penal Mpal Medellín DENIEGA T- 275569 Luz Alba Rincón G. Juzg. 9 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 275684 María T. Velásquez R. Juzg. 4 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 275685 María Rosalba Villa Pérez Juzg. 4 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 275741 Celina Zúñiga Díaz Juzg 17 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 275742 María G. Restrepo G. Juzg 17 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 275936 Luz Marina Ospina Arenas Juzg 4 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 275937 Stella de Jesús Giraldo J. Juzg 4 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 276052 Eusebio A. Caneva Lezama Juzg Penal Cto Cisneros Ant. DENIEGA T- 276261 Berta Enid Calle Vélez Juzg Civil Mpal Yarumal Ant. DENIEGA T- 276268 Ruth Matilde Estrada Pérez Juzg. 7 Civil Cto Medellín DENIEGA T- 276358 Nidia María Estrada Angel Juzg. Procuo Mpal Maceo Ant. DENIEGA T- 276359 Luz Mabel Muríllo Gallego Juzg. 5 Civil Cto Medellín DENIEGA T- 276388 Wilmar Cardona Ramírez y otros. Juzg. Procuo Mpal Cáceres Ant. CONCEDE T- 276439 Adalcy González Leal Juzg. 2 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 276533 Germán Alonso Vásquez Barrera. Juzg. 20 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 276545 María Beatriz Calle Eusse Juzg. 12 de Familia Medellín DENIEGA T- 276548 Alis Obdulia Garzón Bernal Juzg. 15 Penal Mpal Medellín DENIEGA T- 276564 Rubiola Ceballos Gómez Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276566 Rubiela A. Londoño J. Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276567 José G. Posada Rivera Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276568 María Irene Giraldo Toro Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276569 Fernando de J. Balbin Arango Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276573 María Nohelia Restrepo E. Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276574 Ernesto González Cartagena Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276575 Lucelly del S. Arango Correa Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276576 Dora Lucía Betancur R. Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276577 Luz Elena Gómez Rodríguez Juzg. 20 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 276752 Luz Mary Peña Atehortúa y otros Juzg. Procuo Mpal Ebéjico Ant. DENIEGA T- 277141 Gustavo de J. Villada B. Juzg. 38 Penal Mpal. Medellín DENIEGA T- 277170 Isabel Mosquera Maturana Juzg. 22 Penal Mpal. Medellín CONCEDE Juzg. 13 Penal Cto Medellín DENIEGA T- 277171 Luis Gilberto Castrillón G. Juzg. 33 Penal Mpal Medellín DENIEGA. T- 277184 Roberto Cuartas Marín Juzg 2 Civil Cto Itaguí Ant. DENIEGA T- 277188 Lía Rosario Morales P. Juzg. 15 Civil Cto Medellín DENIEGA Tribunal Superior Medellín Sala Civil. DENIEGA T- 277319 Aura Lília Lora Jaramillo y otros Juzg. 15 Penal Municipal Medellín DENIEGA T- 277588 Nora Alba Patiño Acevedo Juzg. 6 Civil Mpal Medellín CONCEDE Juzg. 1º Civil Cto Medellín CONCEDE T- 277597 Laura Nury Rendón Hoyos Juzg 11 Civil Mpal Medellín DENIEGA Juzg 10 Civil Cto Medellín DENIEGA T- 278367 Oscar Yepes Ruiz Tribunal Superior Medellín Sala Penal DENIEGA Corte Suprema de Justicia Sala Casación Penal CONFIRMA DENIEGA T- 278539 Carmen Paternina Martinez Juzg. 41 Penal Mpal Medellín DENIEGA T- 278664 Rubén Darío González G. Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 278665 Herlinda A. Mesino Florez Juzg 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 278667 Luz Elena Tabares Yepes Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 278668 Victor Zenón Meluk Robledo Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 278669 María Nelcy Botero García Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 278671 Dolly M. Serna Villegas Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 278787 Martha E. Londoño Echavarría. Juzg. Pro/cuo Mpal Jardín Ant. DENIEGA T- 278788 Matilde de J. Marín Correa Juzg. Pro/cuo Mpal Jardín Ant. DENIEGA T- 278789 Berta Oliva Ríos Castaño Juzg. Pro/cuo Mpal Jardín Ant. DENIEGA. T- 278790 María Fany Rendón Londoño Juzg. Pro/Cuo Mpal Jardín Ant. DENIEGA T- 278791 Mariela Sanchez Retrepo Juzg. Pro/cuo Mpal Jardín Ant. DENIEGA T- 278796 Ofelia Cardenas Arango. Juzg. 13 Laboral Circuito Medellín DENIEGA Tribunal Superior Medellín Sala Laboral CONFIRMA T- 278830 José Balbín Arango Juzg. Pro/cuo Mpal Carolina del Principe Ant. DENIEGA. T- 278833 María Sonia Adarve Arango Juzg. Civil Mpal Santa Barbara Ant. DENIEGA T- 278876 Oscar Dario Rendón Toro Juzg. 12 de Familia Medellín DENIEGA Tribunal Superior Medellín Sala Familia CONFIRMA T- 278899 Byron F. Jaramillo Villa Juzg. 7 Familia Medellín DENIEGA Tribunal Superior Medellín Sala Familia CONFIRMA T- 278924 Luz Velásquez Arboleda. Juzg. 19 Penal Mpal Medellín DENIEGA T- 278943 Francisco L. Sánchez Zapata Juzg. 4 Civil Mpal Medellín DENIEGA Juzg. 8 Civil Cto Medellín CONCEDE T- 278948 Mario Navarro Riales y otros Juzg. Civil Cto Caucásia Ant. DENIEGA. T- 279209 Teresita Guisao Torres Juzg. 10 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 279232 Sofia Cordoba Moreno Juzg. Pro/cuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Pro/cuo de Familia Santuario Ant. CONFIRMA T- 279233 Pastora A. Gómez Giraldo Juzg. Pro/cuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Pro/cuo Familia Santuario Ant. CONFIRMA T- 279234 Ana de J. Echavarría E. Juzg. Pro/cuo Mpal Granada Ant. CONCEDE Juzg. Pro/cuo Familia Santuario Ant. CONFIRMA T- 279235 María Oliva Botero G. Juzg. Pro/cuo MpaL Granada Ant. CONCEDE Juzg. Pro/cuo Familia Santuario Ant. CONFIRMA T- 279255 Anibal Zapata Aguilar Juzg. Civil Cto Yarumal Ant. DENIEGA T- 279256 Judith Restrepo Espinal Juzg. Civil Cto Yarumal Ant. DENIEGA T- 279257 Aliriam Vera Zapata Juzg. Civil Cto Yarumal DENIEGA T- 279258 Rubiela Brand Gómez Juzg 10 Laboral Cto. Medellín DENIEGA T- 279259 Mabel Díaz Viera Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279260 Flor María Corrales C. Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279261 Mario de J. Cano Cano. Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA. T- 279262 Gracia Isolda Urango Londoño Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279263 María E. Vasquez Arredondo. Juzg. 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279504 Berta Tulia Arias David. Juzg. 2 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 279508 Luis E. Marín Mejía Juzg. 9 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 279510 Luz Marina Aristizábal Duque Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T- 279511 Blanca Nelly Aristizábal Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T- 279512 Carmen Adiela Aristizábal G. Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE T- 279525 Sofía Stella Córdoba Gaviria Juzg. 5 Laboral Cto Medellín CONCEDE Tribunal Superior Medellín Sala Laboral REVOCA T- 279568 Amparo de J. Giraldo Patiño Juzg.10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279569 Ana Georgina Aguilar O. Juzg.10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279570 Yuly Murillo Vanegas Juzg.10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279571 María Aurora Sánchez A. Juzg.10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279572 Martha Lucía Berrio Monsalve Juzg 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279573 Pedro María Restrepo Alvarez Juzg.10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279574 William Stuart Montoya Juzg 10 Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 279626 José Faustino Mosquera B. Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279627 José Manuel Cardona Echeverrio Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279628 Juana Bautista Rios G. Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279629 Jesús Alfredo Gómez Mejía Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto EL Bagre Ant. DENIEGA T- 279630 Jorge Enrique Mosquera Q. Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279631 María Oliva Castrillón Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279632 Francisco Luis Perez Londoño Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279633 Merida Esther Borja de Moreno Juzg. Proc/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Proc/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279634 Genarina Córdoba Bejarano Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279635 José Ulrico Mosquera Borja Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279636 Nelida de J. Tamayo Mora Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279637 María de las Mercedes Sierra Posada Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279638 María de Jesús Palacio Mosquera Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279639 Luis Carlos Rodríguez Pallares Juzg Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279640 Manuel Rosario Renteria Rivas Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Proc/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279641 Dario Zuleta Alvarez Juzg Pro/cuo mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg Pro/cuo Cto EL Bagre Ant. DENIEGA T- 279642 Darío Humberto Gaviria Restrepo Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279643 Evelio Renteria Rivas Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279644 Ruby María Méndez Mejía Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279645 María Aracelly Bedoya Pino Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279646 Francisco Alirio Pulgarín Zapata Juzg Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279647 Gladys Lopez de Bedoya Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279648 Deyanira Herrera Tangarife Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279649 Dora Elisa Mosquera Quintana Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279650 Oliva del Carmen Zapata López Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279651 Alvaro Enrique Chedid Amaríz Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279652 Juana Londoño Roa Juzg. Pro/cuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Pro/cuo Cto El Bagre Ant. DENIEGA T- 279764 Asceneth Galvis Vásquez Juzg. Primero Familia Medellín DENIEGA T- 279815 Delfo Enrique Echeverri Cadavid Juzg. Quinto Civil Circuito Medellín DENIEGA T- 279817 Ruth Belén Hincapie Arroyave Juzg. Quinto Civil Circuito Medellín DENIEGA T- 279818 Carmen Alicia Cruz Uribe Juzg. Quinto Civil Circuito Medellín DENIEGA T- 279820 María Elizabeth Alcaraz Escudero Juzg. Quinto Civil Circuito Medellín DENIEGA T- 279853 Cesar Emilio Andrade Mosquera Juzg. 19 Penal Mpal Medellín DENIEGA T- 279854 Reinaldo Marmolejo Mosquera Juzg 19 Penal Mpal Medellín DENIEGA T- 279997 Climaco Arias Ramírez Juzg. Primero Civil Municipal Medellín DENIEGA T- 279998 Libia Rosa Vásquez Echavarría Juzg. Primero Civil Municipal Medellín DENIEGA T- 279999 Blanca Nubia Mira Palacio Juzg Primero Civil Municipal Medellín DENIEGA. T- 280005 Gloria Cecilia Herrera Gómez Juzg. Primero Civil Municipal Medellín DENIEGA T- 280006 Luz Marina Valencia Montoya Juzg. Primero Civl Municipal Medellín DENIEGA T- 280007 Ana Delia Ospina Marín Juzg Primero Civil Municipal Medellín DENIEGA T- 280279 Elias Hinestroza Palacios Juzg. Promiscuo Mpal Zaragoza Ant. DENIEGA Juzg. Promiscuo Circuito El Bagre Ant. DENIEGA T- 280341 Clara Inés Zuluaga Zuluaga Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE Tribunal Superior Ant. Sala Civil DENIEGA T- 280342 Olga Eufery Gómez Giraldo Juzg. Civil Cto Santuario ANT. CONCEDE Tribunal Superior Ant. Sala Civil DENIEGA T- 280343 María Cielo Cardona Noreña Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE Tribunal Superior Ant. Sala Civil DENIEGA T- 280344 Sara María Ramírez Orozco Juzg. Civil Cto Santuario Ant. CONCEDE Tribunal Superior Antioquía DENIEGA T- 280345 Luz Dary Muñoz Arroyave Juzg. Civil Cto La Ceja Ant. DENIEGA Tribunal Superior Ant. Sala Civil DENIEGA T- 280539 María Ligia Vélez Juzg. 22 Civil Mpal Medellín CONCEDE. Juzg. Primero Civil Cto Medellín CONCEDE T- 280632 Luis Carlos Cifuentes Builes Juzg. 16 Civil Mpal Medellín DENIEGA T- 280643 Cruz Celina Moreno Montoya Juzg. 6 Ejecu. Penas yMed. Seg. Medellín DENIEGA T- 280649 Astrid Elena Rodríguez R. Y otros Juzg. Pro/cuo Mpal . Pto Triunfo Ant. DENIEGA Juzg. Civil Circuito Santuario Ant. CONCEDE T- 280652 Teresa de J. Carvajal de R Juzg. Civil Mpal Yarumal Ant. DENIEGA T- 280653 Norelia de J. Londoño Tapias Juzg. Civil Mpal Yarumal Ant. DENIEGA T- 280659 José de Jesús Restrepo Marín. Juzg. 11 Laboral Cto Medellín DENIEGA. T- 280688 María Eugenia Roldán Roldán. Juzg. Quinto Penal Cto Medellín DENIEGA. T- 280689 Jormary de J. Hernández Durango Juzg. Quinto Penal Cto Medellín DENIEGA. T- 280697 Luz Mery Rincón Rodríguez y otros. Juzg. Primero Laboral Cto Medellín DENIEGA T- 280766 Martha Elena Salazar Vélez Juzg. Pro/cuo Mpal Carolina del Príncipe Antioquía. DENIEGA. T- 280853 Alba Rocio Tabares Gallego Juzg Once Familia Medellín CONCEDE Tribunal Superior Medellín Sala Familia DENIEGA T- 280855 Yolanda Zapata R. Juzg. Civil Cto Yarumal Ant. DENIEGA T- 280856 María Ofelia Espinosa Pérez Juzg. Civil Cto Yarumal Ant. DENIEGA T- 280862 María Esperanza Ruá Córdoba Juzg. Cuarto Laboral Cto Medellín DENIEGA Tribunal Superior Medellín Sala Laboral DENIEGA [1] M.P. Antonio Barrera Carbonell [2] M.P. Carlos Gaviria Díaz. [3] Se pueden consultar, entre otras, las sentencias: T-225 de 1993 M.P. Vladimiro Naranjo Mesa y T-125 de 1994. M.P. José Gregorio Hernández Galindo. [4] Corte Constitucional Sentencia T-01 de 1997. M.P. José Gregorio Hernández Galindo. [5] Sentencias T- 246 de 1992; T- 366 de 1998, entre otras)

Fuente auxiliar/interpretativa. No constituye asesoría jurídica profesional.

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