T-1228-04
REPUBLICA DE COLOMBIA
Sentencia
T-1228/04
AUTONOMIA UNIVERSITARIA-Alcance y
límites
AUTONOMIA UNIVERSITARIA-No es absoluta
AUTONOMIA UNIVERSITARIA-Control de actos
AUTONOMIA UNIVERSITARIA-Desarrollo de
postulados constitucionales
AUTONOMIA UNIVERSITARIA-Facultad de
reglamentación interna/AUTONOMIA UNIVERSITARIA-Facultad para interpretar
el alcance de las normas que expida
Corresponde a
las instituciones universitarias en ejercicio de la autonomía constitucional
reconocida, dictar la normatividad que rige sus relaciones internas. Ello
significa que debe reconocerse la existencia de independencia por parte de la
Universidad para interpretar el alcance de las normas estatutarias que expida. Así
las cosas, la Corte siempre ha señalado que corresponde a las propias
autoridades universitarias, como labor primigenia, la producción y aplicación
de su propia normatividad y por ello el juez constitucional sólo puede
intervenir cuando la norma o la interpretación sean incompatibles con la
Constitución así como cuando de ellas se desprenda la violación de los derechos
fundamentales.
AUTONOMIA UNIVERSITARIA Y DERECHO A LA EDUCACION-Relación
En torno de la formulación estatutaria
interna será necesario dentro del marco de la autonomía universitaria
constitucionalmente reconocida y garantizada, acompasar la libertad de
enseñanza manifestada en la posibilidad de fundar establecimientos educativos
de carácter universitario, con el derecho a la educación que cabe predicar de
quienes acceden a una determinada institución. En el ejercicio de uno y otro
derecho, dentro del pluralismo propio del ordenamiento constitucional es claro
que, de una parte, las instituciones educativas están llamadas a formular sus propios
proyectos educativos, que en cuanto configuran una integralidad ha de
entenderse constituyen primordial motivación para quienes, de otra parte,
pretenden acceder precisamente a esa institución y no a otra y cumplidos los
requisitos previstos, en el respectivo reglamento, ingresan efectivamente a
ella.
SANCION DISCIPLINARIA UNIVERSITARIA-Aplicación
de los principios y garantías del derecho penal
La Corte ha
de recordar el marco normativo que rige los procesos o procedimientos
disciplinarios que deben seguirse por las instituciones universitarias en la
investigación y sanción de las infracciones o faltas en que incurran los
estudiantes matriculados en un determinado programa académico.
DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO EN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO-Alcance
La Corte ha
enfatizado siempre que la potestad sancionatoria de los centros educativos debe
adecuarse, en forma inmediata, a lo dispuesto por los reglamentos internos, los
cuales, a su turno, han de reflejar los principios constitucionales y legales
relativos al debido proceso. Sin embargo, la naturaleza propia de la actividad
educativa, amparada por la garantía institucional de la autonomía
universitaria, permite una relativa reconstrucción de las garantías propias del
proceso criminal dentro de los procesos sancionadores que lleven a cabo los
establecimientos de educación superior. Por ello “la potestad sancionatoria de
los centros educativos no requiere estar sujeta al mismo rigor de los procesos
judiciales”. Lo anteriormente expresado significa que los procedimientos
universitarios enderezados a la imposición de una sanción deben respetar
siempre el núcleo básico del derecho al debido proceso. En ese orden de ideas,
la Corte ha exigido siempre que “toda persona tiene derecho a que antes de ser
sancionada se lleve a cabo un procedimiento, así sea mínimo, que intuya la
garantía de su defensa.”
DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO EN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO-No vulneración en el caso concreto
En atención a
la eficaz garantía del derecho a la educación y de los demás derechos a los
cuales éste sirve de marco y en atención a la autonomía constitucional de las
instituciones universitarias en los términos que han sido recordados con apoyo
en la propia jurisprudencia de la Corte Constitucional, en el caso presente,
debe centrarse en la constatación de la existencia de los fundamentos
normativos específicos internos llamados a garantizar el ya mencionado núcleo
esencial de los derechos, sin que quepa al juez constitucional, ni a alguna
otra autoridad del Estado, pretender que la forma específica de instrumentación
de las garantías constitucionales a través del reglamento interno respectivo
deban resultar idénticas en su expresión y en su dinámica, a las que puedan
predicarse en otros ámbitos como por ejemplo las que pueden ser reguladas por
el Código Disciplinario Único, en relación con los servidores del Estado o con
quienes ejercen funciones administrativas. Por ello la Corte advierte que en el
presente caso el reglamento de la universidad accionada sí establece y
determina las conductas respecto de las cuales cabe predicar sanciones
determinadas, y las autoridades universitarias internas, en cada caso
competentes, para la aplicación de las mismas y también precisa mecanismos
encaminados a asegurar el efectivo ejercicio del derecho de defensa y el debido
proceso, pues se señala que debe comunicarse la apertura de la investigación,
que debe darse una oportunidad para presentación de descargos y que las
decisiones habrán de tomarse con posterioridad a ese procedimiento.
Referencia:
expedientes T-946778 y 961765
Acciones de
tutela instauradas por Fernando Cote Peña y Alexandra Fruto Nieto.
Magistrado
Ponente:
Dr.
ALVARO TAFUR GALVIS
Bogotá, D.C. nueve (9) de diciembre de dos mil cuatro (2004).
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por
los magistrados Clara Inés Vargas Hernández, Jaime Araújo Rentería y Álvaro
Tafur Galvis, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha
proferido la siguiente
SENTENCIA
en el proceso de revisión de los fallos adoptados por el Juzgado
Catorce Penal Municipal de Bogota y Veintitrés Penal del Circuito de Bogotá
(expediente T-946.778), el Juzgado Sesenta y Tres Penal Municipal de Bogotá y
el Juzgado Dieciséis Penal del Circuito de Bogotá (expediente T-961.765) dentro
de las acciones de tutela instauradas por Fernando Cote Peña y Alexandra Fruto
Nieto, respectivamente, contra la Universidad Externado de Colombia.
I. ANTECEDENTES
1. Hechos
De conformidad con las pruebas que obran en los
expedientes, los hechos que dieron lugar a las demandas de tutela citadas en la
referencia, se sintetizan a continuación:
La Universidad Externado de Colombia, por medio del Centro de
Estudios de Postgrado, ofertó un programa académico denominado “Maestría en
Gobierno y Políticas Públicas - Especialización en Gobierno, Gerencia y Asuntos
Públicos” (que en adelante se denominará “programa de MGPP-EGGAP”), adscrita a
la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales. Dicho curso se
puede adelantar con el sistema de módulos.
Fernando Cote
Peña y Alexandra Fruto Nieto se inscribieron y matricularon en la Universidad
Externado de Colombia para adelantar ese programa, para el período académico
2002-2003.
El programa
académico estaba compuesto por varios módulos, dentro de los cuales se
encontraba el número III denominado “Economía” conformado, entre otras
materias, por “Introducción a la Economía” dictada por el profesor Javier
Sepúlveda Quintero y siendo las “Reglas de Juego” -porcentajes de evaluación-
así: un 30% a la resolución de preguntas de investigación -para lo cual se
debían presentar dos (2) trabajos escritos que serían elaborados en grupo-; un
30% a la participación y un 40% un parcial.
Para efectos de
realizar uno de los trabajos antes referidos -el final- se conformaron varios
grupos; dos de ellos quedaron constituidos así: El grupo A con Gloria Beatriz
Álvarez Jaime, David Luna Sánchez, Diana Consuelo Pérez Barón, Delia María
Tinoco Díaz y Enrique Urbina Pugliese y el grupo B con Luis Fernando Cote
Peña, Alexandra Fruto Nieto, César Augusto Correal Moya, Adela Maestre
Cuello y Luis Fernando Velasco Chávez.
El 2 de mayo
de 2003, el profesor Javier Sepúlveda Quintero informó por escrito a la
Facultad de Finanzas y Relaciones Internacionales -programa MGPP-EGGRI-, sobre
un asunto de “Identificación de trabajos con copia”, como quiera que en
el proceso de calificación del segundo trabajo asignado dentro de la materia
“Introducción a la Economía” encontró que “dos de los trabajos presentan
párrafos idénticos en un 95% del trabajo”, razón por la cual resolvió
calificar la materia con cero (0.0) y, recomendó que se aclarara “quien (sic)
le copió a quien (sic), dado que es probable que alguno de los
integrantes de uno de los grupos le haya facilitado al otro grupo el trabajo
sin que los otros integrantes se hubiesen percatado del asunto. De ser así,
solicito que la nota en el módulo sea cero (0.0) dada la gravedad de la
situación. Si no se llega a saber quien (sic) le copió a quien (sic),
solicito que la nota mencionada se le de a los dos grupos”.
Con fecha 5
de junio de 2003, la Coordinadora del “Postgrado, Dra. Olga Forero, dirigió
comunicaciones escritas individuales a todos los alumnos involucrados en el
caso, entre ellos a Luis Fernando Cote Peña y a Alexandra Fruto Nieto, en los
siguientes términos:
“Le doy traslado del caso informado por el profesor Javier
Sepúlveda, sobre el posible plagio en el trabajo final de la materia
Introducción a la Economía, presentado por usted en la asignatura señalada en
abril de 2003. Los descargos que usted tenga a bien hacer, le solicito me los
haga llegar por escrito antes del próximo 13 de junio de 2003.
Me permito recordarle lo dispuesto en el Reglamento Orgánico Interno
de esta Universidad, Título III, Capítulo III: “De las faltas” y Capítulo IV:
“De las medidas disciplinarias”.
Cordial Saludo,
(firmado)
OLGA FORERO
Coordinadora
Postgrado
c.c. Hoja de Vida”
El 13 de junio de 2003 los
integrantes de los dos grupos implicados en el supuesto fraude, dirigieron una
comunicación escrita a la Coordinadora del “programa MGPP-EGGRI”, Dra. Olga
Forero, explicando lo sucedido. Como el señor Luis Fernando Cote Peña reside en
Bucaramanga y para esa fecha no estaba en Bogotá, incluyeron su nombre en la
carta y su compañero David Luna Sánchez firmó por él. De esa carta se destaca
lo siguiente:
“Doctora
OLGA
FORERO
Coordinadora
Especialización
en Gobierno, Gerencia y Asuntos Públicos
(...)
Respetada
Señora Coordinadora:
Acusamos
recibo de su comunicación con fecha del cinco (5) de junio del presente año
(...). Según su solicitud procedemos a rendir los respectivos descargos,
dejando en claro de antemano que nuestra actuación siempre ha estado regida por
el principio de la buena fe.
(...)
Para el
trabajo final, que es el tema en cuestión, el señor Mauricio Lizcano retiró la
materia quedando conformado el primer grupo por los alumnos Cesar Correal, Luis
Fernando Cotte (sic), Adela Maestre, Alexandra Fruto y Luis Fernando Velazco y
el segundo grupo por David Luna, Enrique Urbina, Gloria Álvarez, Diana Pérez y
Delia Tinoco.
Como en el
esquema anterior, el trabajo se realizó en una primera fase por separado, para
lo cual los grupos respondieron las preguntas planteadas en el cuestionario que
el profesor entregó en clase. Como prueba de esto, el primer grupo cuenta con
el archivo de Word con la fecha de inicio y la última modificación de este.
Debido a
que este grupo estaba trabajando con los mismos integrantes (sic) para el
primer trabajo de Introducción a la Economía, se decidió que la entrega del
mismo quedaría a cargo de Cesar Correal, ya que los otros integrantes no se
encontrarían para la fecha de entrega en la ciudad. Entonces, Cesar Correal
tuvo problemas con el diskette y como la fuente del trabajo se encontraba en el
computador portátil de Luis Fernando Cotte (sic), quien estaba en Bucaramanga,
decidió reunirse con el segundo grupo como se había hecho anteriormente,
trabajando él y el segundo grupo de manera conjunta hasta la 1:00 a.m. en la
oficina de Enrique Urbina. A esa hora Cesar Correal se trasladó hacia su
residencia ubicada en el municipio de Villeta, manifiesta él, dispuesto a pasar
el trabajo de su grupo de acuerdo a las discusiones sostenidas en la mencionada
reunión. Por efectos del cansancio, señaló Cesar Correal , que no modificó el
archivo, pues no consideró que se incurriría en algún tipo de plagio o copia,
ya que los integrantes de los dos grupos habían trabajado utilizando la misma
metodología.
Al respecto
vale la pena resaltar lo siguiente:
·
Nunca hubo plagio ni intención de ello
·
Si así fuera se hubiera tratado de cambiar la
letra, la redacción, cambiar el orden de los párrafos y demás artimañas que
usan las personas expertas en el tema.
·
Lo que se buscaba al crear un grupo
conformado por 10 estudiantes, respondía a criterios de aprendizaje y
colaboración de las personas que conocían el tema por sus carreras de pregrado,
en ningún momento se pretendió plagiar trabajo alguno.
·
Es importante recalcar que en ningún momento
hubo intención de copia, lo que se presentó fue un mal entendido pero no fue
una actitud mal intencionada.
·
Presentamos al Profesor Sepúlveda Quintero, a
la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales nuestras mas
sinceras excusas, por lo ocurrido.
De la
anterior declaración el grupo le solicita muy comedidamente a esta facultad,
sea reconsiderada su posición y se busque una solución alterna para efectos de
calificar el trabajo.
De antemano
agradecemos su colaboración y confirmamos que lo aquí expuesto corresponde a
los hechos que realmente ocurrieron, para su constancia se firma por el primer
y segundo grupo.
Firmas”
Diana Consuelo Pérez Barón, perteneciente
al grupo A, aunque firmó esa carta, suscribió y anexó otra en la que aclaró
asuntos que consideró personales, relativos a los pormenores para realizar el
trabajo y lo sucedido el día en que el señor César Correal se reunió con
algunos de sus compañeros del grupo B para solucionar el problema del disquete
dañado, y que no es la posición general. Sobre el particular manifestó que:
“(...)
El martes 8
de abril llegué a la reunión pasadas las 7 de la noche porque tenía pico y
placa (...) Allí llegó Cesar Correal entre las 9 y 10 p.m., él hacía parte de
otro grupo, nos dijo que sus compañeros no estaban y le habían dejado un
disquete, según él con las respuestas del trabajo que habían desarrollado en
clase, él nos pidió que se lo dejáramos abrir pero el disquete tenía virus.
César se quedó entonces con nosotros y pasada la una de la mañana terminamos el
trabajo. Lo imprimimos y César nos pidió una copia en disquete del mismo y se
lo llevó. En ese momento no se me ocurrió decirle que no pues efectivamente
César trabajó con nosotros e hico (sic) aportes válidos que enriquecieron el
texto, y como el trabajó que le habían entregado sus compañeros no lo pudo
abrir, pues a mi grupo le dio pesar. Lo que entendimos fue que él iba a
utilizar el trabajo que hizo con nosotros como una guía para el suyo, pero
nunca que iba a presentar el mismo.
Con
respecto a la acusación de fraude, ratifico lo que afirman en la carta
colectiva, no existió ninguna mala intención de mi parte o de los integrantes
de mi grupo. (...)”
El 3 (según los alumnos) o 4 (según
la Universidad) de julio de 2003, la Dra. Marie Eve Detoeuf, decana (E),
se reunió con algunos alumnos de los dos grupos para conversar sobre lo
ocurrido (faltaba Luis Fernando Cote Peña). De esa reunión no existe acta o
documento en que conste lo allí discutido; sólo existen las afirmaciones de
Alexandra Fruto quien manifestó que “la Decana encargada de la facultad nos
citó a una reunión, supuestamente para oír nuestras versiones sobre los hechos,
pero lo único que recibimos fue un fuerte regaño y no nos permitió hablar.
(...) Cuando uno de los compañeros trató de pedirle respeto para el grupo, la
Decana arremetió contra él y ahí terminó la reunión”(...)“cuando tratábamos de
darle a conocer la verdad sobre los hechos no nos permitió hablar. Más tarde
pretendimos hablar con el señor el (SIC) Rector pero tampoco nos escuchó
(...)”:
El 10 de julio de 2003, la
Secretaria del Consejo Directivo de la Facultad dirigió nueva comunicación en
memorandos individuales a los 10 alumnos, incluidos Luis Fernando Cote Peña y
Alexandra Fruto Nieto, en la que manifestó:
“Luego de
la reunión sostenida en días pasados con la Decana (E), Dra. Marie Eve Detoeuf,
le doy traslado del caso informado por el profesor Javier Sepúlveda, en la
asignatura Introducción a la Economía, de la Especialización en Gobierno,
Gerencia y Asuntos Públicos, para que se sirva presentar por escrito los
descargos que usted tenga a bien hacer, antes del próximo 16 de julio.
Me permito
recordarle lo dispuesto en el Reglamento Orgánico Interno de esta Universidad
Título III, Capítulo III: “De las faltas” y Capítulo IV: “De las medidas
disciplinarias”
Atentamente,
(sin
firma)
Clara Inés
Rey Canal
Secretaria
Consejo
c.c. Hoja
de vida.”
El 17 de julio de 2003 y para
responder la carta enviada por la Secretaria del Consejo Directivo de la
Facultad de Finanzas, Alexandra Fruto Nieto presentó sus descargos
individualmente, dirigidos a la Coordinadora de la Especialización, ratificando
su inocencia, explicando lo sucedido con el disquete y poniéndose a disposición
de la Universidad para que la evaluaran sobre la materia de economía, si así lo
estimaban necesario. Sobre el particular manifestó:
“(...)
Para el
segundo trabajo que es el del problema, cada grupo trabajó por separado y el
grupo al que pertenezco respondió las preguntas del cuestionario en clase y
estas respuestas fueron digitadas en el computador del Dr. Luis Fernando Cote,
quien después de acabar la clase me entregó el disquete para que el trabajo
fuera editado, corregir la ortografía, introducir algo de teoría, imprimirlo y
entregarlo; para esta tarea fue designado el Dr. Cesar Correal ya que
previamente cada integrante de este grupo había realizado actividades
semejantes con los demás trabajos.
Yo le
entregó el disquete al doctor Correal, quien me llamó a informarme que este
contenía un virus y no se pudo abrir, lo cual lo puedo confirmar ya que en el
computador de mi apartamento este virus causó estragos en el disco duro.
Al otro día
el doctor Correal se comunicó conmigo y me narró lo sucedido, que había
procedido igual que en el primer trabajo en el otro grupo y que él, junto con
el otro grupo habían realizado el trabajo y se habían trasnochado en la
elaboración del mismo.”
Por su parte, el
señor Cote Peña presentó escrito el 18 de julio de 2003 ante la
Secretaria del Consejo Directivo de la Facultad de Finanzas para “descorrer
el traslado” de la comunicación que le envió el 10 de julio, en el cual
hizo un recuento de los antecedentes “del asunto”; analizó desde su
punto de vista la culpabilidad en el asunto; presentó los antecedentes del
grupo y los personales, y puso de presente los “intereses externos”,
para finalizar contando una historia en la cual se sintió identificado con su
protagonista, por lo ocurrido con la Universidad.
El 21 de
agosto de 2003 se reunió el Consejo Directivo de la Facultad de Finanzas y
Relaciones Internacionales, según consta en Acta No. 36 de esa fecha, para
estudiar, entre otros temas del orden del día, el “Caso de presunto fraude
por copia de trabajo escrito remitido por el profesor”, que fue puesto en
conocimiento por el Dr. Javier Sepúlveda, para lo cual, según se lee en el
Acta, se analizó y comparó el contenido de los dos trabajos de los grupos
implicados, denominados “Grupo A[1]”
y “Grupo B[2]”,
y se tuvieron en cuenta los términos de la conversación sostenida por la Decana
(E) y los estudiantes (en la que no estuvo el señor Cote Peña), del 3 o 4 de
julio de 2003, para llegar a las siguientes consideraciones:
“1. Los estudiantes de cada grupo tuvieron conocimiento de la
entrega de un trabajo con sus nombres al profesor Javier Sepúlveda. Por lo tanto,
los estudiantes asumen la responsabilidad del contenido de los trabajos.
2. La copia entre los dos trabajos quedó plenamente demostrada toda
vez que sus contenidos, sin ser exactamente iguales, presentan amplias y
manifiestas coincidencias.
3. De las cartas de descargos, se deduce que el grupo B hizo entrega
de un trabajo que había sido elaborado por el grupo A, haciéndoles (SIC)
modificaciones superficiales a algunos párrafos. Este hecho constituye un caso
de fraude.
4. Adicionalmente, el Consejo Directivo constató que los estudiantes
del grupo B nunca hicieron entrega de la versión original de su trabajo (que
decían haber elaborado en el computador de uno de ellos) a pesar de la
solicitud en este sentido expresada verbalmente por la doctora Marie Eve
Detoeuf.
5. De las cartas de descargos también se desprende que, en el grupo
A, no todos los estudiantes participaron en la elaboración del trabajo
presentado. El hecho de que estudiantes hayan entregado a su nombre un trabajo
colectivo en cuya elaboración no participaron, constituye una falta académica.
Igualmente, el hecho de que lo estudiantes que efectivamente realizaron el
trabajo acepten incluir el nombre de sus compañeros constituye un acto de
complicidad en dicha falta”.
En consecuencia,
el Consejo Directivo decidió:
“(...)
Calificar con un cero (0.0) los dos trabajos presentados y con un
cero (0.0) en la materia a todos los estudiantes implicados en el caso de
copia.
Solicitar a Rectoría que se sancionen (SIC) a los estudiantes
implicados en este caso, recomendando que:
·
Se imponga amonestación escrita a los
estudiantes del grupo A que presentaron el trabajo objeto de plagio, a saber:
Gloria Beatriz Álvarez Jaime
David Luna Sánchez
Diana Consuelo Pérez Barón
Delia María Tinoco Díaz
Enrique Urbina Pugliese
·
Les sea cancelada la matrícula a los
estudiantes del grupo B que presentaron un trabajo copiado, a saber:
César Augusto Correal Moya
Luis Fernando Cote Peña
Alexandra Fruto Nieto
Adela Maestre Cuello
Luis Fernando Velasco Chávez
(...)”.
El 22 de
agosto de 2003, la decana (E), Dra. Marie Eve Detoeuf, envió comunicación
escrita al Rector de la Universidad en los siguientes términos:
“Someto a
su consideración el caso de copia de los estudiantes (...) Luis Fernando Cote
Peña, Alexandra Fruto Nieto, (...) de la Especialización en Gobierno, Gerencia
y Asuntos Públicos, quienes cometieron fraude en la presentación de un
ejercicio escrito en la materia Introducción a la Economía.
Luego de
escuchar y analizar el caso, el Consejo Directivo de la Facultad en su reunión
del 21 de Agosto de 2003, recomienda al Sr. Rector imponer la cancelación de
matrícula para los siguientes estudiantes: (...) Luis Fernando Cote Peña,
Alexandra Fruto Nieto (...).
Me suscribo
de usted.
Atentamente,
Marie
Eve Detoeuf
Decana (E)”
El Rector de la
Universidad Externado de Colombia consideró que efectivamente había habido un
fraude y, en consecuencia, expidió la Resolución del 27 de agosto de 2003,
por medio de la cual resolvió:
“1º.
Cancelar la matrícula de los alumnos de la Especialización en gobierno,
Gerencia y Asuntos Públicos de la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones
Internacionales, César Correal, Luis Fernando Cote, Adela Maestre, Alexandra
Fruto y Luis Fernando Velasco.
2º. Disponer que esta Resolución les sea notificada con la
prevención de que contra ella cabe el recurso de reposición, que deberá ser
interpuesto dentro de los tres días siguientes a la notificación, y de que la
Universidad se reserva el derecho de readmisión, (sic) caso de serle
solicitada.”
En esa Resolución se realizó una síntesis
de los hechos motivo de la sanción impuesta a algunos alumnos; se hicieron
citas textuales de los documentos mediante los cuales los alumnos presentaron
sus descargos colectivos e individuales y se hizo referencia a los pasos
adelantados por la Universidad para resolver el caso. Con fundamento en la
valoración de ese acervo probatorio, emitió sus consideraciones para llegar a
la imposición de la sanción. A continuación se trascribe de manera integral y
amplia el contenido de la referida Resolución:
“El Rectorado de la Universidad Externado de Colombia,
c o n s i d e r a n d o:
1°. En el pasado mes de abril, dos grupos del curso de Introducción
a la Economía de la Especialización en Gobierno, Gerencia y Asuntos Públicos de
la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales, presentaron
sendos trabajos escritos, como prueba para la calificación final de la materia.
2°. El 2 de mayo, el profesor calificador envió nota a la Facultad
con esta manifestación: “(...) encontré que dos de los trabajos
presentan párrafos idénticos en un 95 % del trabajo, según se observa
detalladamente en los documentos anexos (...)”.
3°. La
coordinación de la especialización procedió a ponerse en contacto con los
integrantes de los dos grupos en procura de explicaciones, y en atención a lo
confuso de estas (sic) y a instancia de aquellos, a todos les corrió traslado
del informe del profesor y demandó descargos.
4°. Con fecha 13 de junio de 2003 los diez miembros de los dos
grupos dirigieron comunicación a la Coordinadora de la Especialización, en
estos términos:
"(...) procedemos a rendir los respectivos
descargos, dejando en claro de antemano que nuestra actuación siempre ha estado
regida por el principio de la buena fe.
"En el momento [en]
que el profesor (...) nos asignó el primer trabajo de introducción a
la Economía" manifestó que este debía realizarse en grupo. De acuerdo a
dicha instrucción el grupo comenzó a trabajar con los siguientes
alumnos: [11 en total], posteriormente el profesor señaló que los grupos
debía (sic) ser de cinco personas, razón por la cual el grupo inicial
fue dividido en dos, presentando [sic] dos trabajos (...).
"Habiendo realizado el borrador del primer
trabajo, cada grupo de manera independiente, nos quedamos después de clase de
Políticas públicas (sic) (...) hasta
pasadas las 8 p.m. con el fin de debatir sobre los resultados obtenidos
en el borrador previo, cuando terminamos nos encontramos con el profesor."
a quien solicitamos nos acompañara a aclarar algunas dudas que
hasta ese momento no habían sido resueltas, por tal razón le solicitamos
conjuntamente a uno de los vigilantes nos permitiera la entrada a un
salón en el cual el profesor muy amablemente nos explicó y absolvió las
dudas. En esa ocasión le manifestamos que los dos grupos trabajábamos de manera
conjunta y que por lo tanto los resultados serían similares, a lo
cual él nos respondió que podíamos trabajar en dos grupos, pero que debíamos
entregar dos trabajos.
"Para el trabajo final, que es el tema en cuestión, el señor (...) retiró la materia
quedando [sic] conformado el primer grupo por los alumnos César Correal, Luis
Fernando Cote, Adela Maestre, Alexandra Fruto y Luis Fernando Velazco y
el segundo por (...).
"Como en el esquema anterior, el trabajo se realizó en una primera fase por separado, para lo cual los
grupos respondieron las preguntas planteadas en el cuestionario que el profesor
entregó en clase. Como prueba de esto, el primer grupo cuenta con el archivo
Word con la fecha de inicio y última modificación de este.
"Debido a que
este grupo estaba trabajando con los mismos integrantes para el primer trabajo
de Introducción a la Economía, se decidió que la entrega del
mismo quedaría, a cargo [de] César Correal, ya que los
otros integrantes no se encontrarían para la fecha en la ciudad.
Entonces, César Correal tuvo problemas con el diskette (sic) y como la
fuente del trabajo se encontraba en el computador portátil de Luis
Fernando Cotte (sic), quien estaba en Bucaramanga, decidió reunirse con
el segundo grupo como se había hecho anteriormente, trabajando él y el
segundo grupo de manera conjunta hasta la 1 a. m. en la oficina de
Enrique Urbina. A esa hora César Correal se trasladó a su residencia
ubicada en el municipio de Villeta, manifiesta él, dispuesto a pasar el
trabajo de su grupo de acuerdo a las discusiones sostenidas en la
mencionada reunión. Por efectos del cansancio, señaló César Correal, que no
modificó el archivo, pues no consideró que se incurriría en algún tipo
de plagio o copia, ya que los integrantes de los dos grupos
habían utilizado la misma metodología.
“Al respecto vale la pena resaltar lo siguiente:
“- Nunca hubo plagio ni intención de ello.
“ Si así fuera se hubiera tratado de
cambiar la letra, la redacción, cambiar el orden de los párrafos y demás
artimañas que usan las personas expertas en el tema.
“Lo que se buscaba al crear un grupo de
trabajo conformado por 10 estudiantes, respondía a criterios de
aprendizaje y colaboración de las personas que conocían el tema por sus
carreras de pregrado, en ningún momento se pretendió plagiar trabajo alguno.
“Es importante recalcar que en ningún momento
hubo intención de copia, lo que se presentó fue un mal entendido pero no fue
una actitud mal intencionada.
“Presentamos (...) nuestras
más sinceras excusas por lo ocurrido.
"De la [sic] anterior declaración el
grupo le solicita muy comedida mente a esta
facultad, sea reconsiderada la posición y se busque una solución alterna
para efectos de calificar el trabajo (...)”.
5°. La alumna Diana Pérez, integrante del segundo grupo,
quien firmó la comunicación reseñada anunciando que "en carta aclara
temas de carácter personal, relacionados con la asistencia y el trabajo
que no corresponden a la posición generar, dijo en ella, en la misma
fecha:
"El viernes 4 de
abril alquilé los videos correspondientes a la última clase a la
cual no asistí y los vi en mi oficina, Apenas (sic) terminé llamé
a (...) [también del segundo grupo] para hacer el trabajo, pues yo iba
a trabajar con ella, [y] con [los demás miembros de dicho
grupo] para esa entrega, Acordamos trabajar ese fin de semana aunque
finalmente no adelantamos nada porque no pudimos reunimos. Decidimos entonces
que trabajaríamos el lunes 7 y el martes 8 con la siguiente
metodología, cada uno adelantaría el trabajo individualmente y nos
comunicaríamos por teléfono, y el martes 8 de abril a las 6
p.m. nos encontraríamos en la oficina de Enrique Urbina para articular el
trabajo, terminarlo e imprimir la copia que se entregaría a la
Universidad. El lunes y martes estuvimos en comunicación constante con (...),
incluso él me pidió que llamara al [profesor] para preguntarle
sobre un tema en el que teníamos dudas y que efectivamente nos resolvió.
Yo preparé para la reunión un documento que adjunto, que fue lo que hice
individualmente como habíamos acordado. El martes 8 de abril llegué a
la reunión pasadas las 7 de la noche porque tenía pico y placa
y empezamos a trabajar. Gloria Alvarez. [uno de los
integrantes del segundo grupo] se fue más o menos a las ocho y
media porque tenía una reunión y nosotros seguimos trabajando. Allí
llegó César Correal entre las 9 y 10 p.m., él hacía parte de otro grupo,
nos dijo que sus compañeros no estaban y le habían dejado un disquette (sic),
según él con las respuestas del trabajo que habían desarrollado en clase, él
nos pidió que se lo dejáramos abrir pero el diquette (sic) tenía virus.
César se quedó entonces con nosotros y pasada la una de la mañana
terminamos el trabajo. Lo imprimimos, y César nos pidió una copia en
disquette (sic) del mismo y se lo llevó. En ese momento no se
me ocurrió decirle que no pues efectivamente César trabajó con nosotros e
hizo aportes válidos que enriquecieron el texto, y como el trabajo que le
habían entregado sus compañeros no lo pudo abrir, pues a mi grupo le dio
pesar. Lo que entendimos fue que él iba a utilizar el trabajo que hizo
con nosotros como una guía para el suyo, pero nunca que iba a presentar
el mismo”.
“6º.
Habiendo insistido la Facultad en la solicitud de explicaciones acerca del
trabajo y del documento repetido, y descargos, los estudiantes de los dos
grupos procedieron de conformidad en notas individuales, de las cuales se hace
la siguiente reseña.
Alexandra Fruto Nieto, tras de repetir que “no
existió la intención de plagio o copia de un trabajo a otro, (y que) lo que
se ha presentado es un mal entendido”, reitera la diferencia entre un primer
trabajo en el que los dos grupos obraron juntos, y un segundo trabajo “que es
el problema, para (el que) cada grupo trabajó por separado y el grupo al que
pertenezco (el primero) respondió las preguntas del cuestionario en clase y
estas respuestas fueron digitadas en el computador del Dr. Luis Fernando
Cote, quien después de acabar la clase me entregó el disquette [sic]
para que el trabajo fuera editado, corregir la ortografía, introducir algo de
teoría, imprimirlo y entregarlo; para esta tarea fue designado el Dr. César
Correal, quien me llamó a informarme que este contenía un virus y no se pudo
abrir, lo cual lo puedo confirmar ya que en el computador de mi apartamento
este virus causó estragos en el disco duro. Al otro día el doctor Correal se
comunicó conmigo y me narró lo sucedido, que había procedido igual que en el
primer trabajo con el otro grupo y que él, junto con el otro grupo habían
realizado el trabajo y se habían trasnochado en la elaboración del mismo (...)”.
Enrique Urbina, quien
“editó” el trabajo del segundo grupo y en cuya oficina se reunieron el 8 de
abril en las horas vespertinas y nocturnas varios de los miembros de ese grupo,
y a donde llegó pasadas las 9 p.m. César Correal, integrante del 'primer
grupo', puso de presente:
"Para el primer trabajo que el profesor nos
colocó formamos un grupo de 11 personas, que se dividió por instrucciones de él
en dos grupos (...) El borrador del trabajo fue
elaborado independientemente por cada grupo y al final de una sesión de
Políticas Públicas nos quedamos los dos grupos a discutir los resultados
del trabajo con la suerte de encontramos con el profesor, que nos aclaró
algunas dudas.
"Para el segundo trabajo, mi grupo estuvo conformado
por los mismos estudiantes (...) Se hizo un
taller en clase con el profesor en el que se respondieron conjuntamente algunas
preguntas modelo que debían resolverse para el trabajo final. En este sentido
quedarían algunas preguntas sin resolver y decidimos tener una reunión
para terminar dicho trabajo y acordamos trabajar los cuadros cada uno
independientemente para tener material listo para nuestro encuentro. La reunión
pactada se llevó a cabo con la participación de Diana Pérez y
Gloria Alvarez. Al transcurrir la reunión recibimos llamada de César Correal
integrante del otro grupo manifestándonos que tenía problemas con el diskette (sic)
que contenía toda la información para editar el trabajo de su grupo y nos
solicitó que le permitiéramos trabajar con nosotros para así obtener el enfoque
del trabajo y desarrollar el de su grupo. Estuvimos en mi oficina hasta
la 1 a.m. y culminamos la versión del trabajo de mi grupo como resultado
de las actividades llevadas a cabo esa noche y en ese momento
Correal comenta que tiene la idea clara y que desarrollaría otro
documento para ser entregado por su grupo”.
Luis Fernando Velasco Chaves, miembro del primer grupo, respondió:
"El caso en mención tiene una serie de
antecedentes que vale la pena resaltar para que se entienda el conjunto de un
problema, en el que con una mejor comunicación, estoy seguro se hubiese podido
aclarar más temprano que tarde.
"En la materia de Introducción a la Economía hemos realizado una serie de trabajos en grupo, mecanismo
pedagógico que además potencia las virtudes de contar con un grupo
interdisciplinario en donde quienes tienen mayores fortalezas en una materia
aportan en el proceso de aprendizaje a los demás compañeros.
"En el primer trabajo calificable que adelantamos en la materia
integramos un grupo de trabajo que lo conformamos en conjunto con los señores (...) [diez], con quienes efectivamente iniciamos a trabajar,
pero al ser informados que el trabajo debía ser presentado máximo por cinco
estudiantes, dividimos los grupos para presentar el trabajo, pero seguimos
trabajando en conjunto.
"En el primer trabajo referido y cuando
teníamos adelantado un borrador de nuestro trabajo, nos reuníamos fuera de las
normales horas académicas intentando despejar unas dudas propias de diferentes
conceptos que enriquecían el debate sobre el enfoque que deberían tener las
respuestas al trabajo que desarrollábamos. El día que preparábamos la
terminación del trabajo contamos con la buena fortuna de encontramos con el
profesor (...) quien de manera por lo demás amable nos acompañó hasta
pasada[s] las ocho de la noche (...) El señor profesor por fuera de su
jornada académica nos despejó muchas dudas y logró que cada grupo
efectivamente consolidara su trabajo. Este antecedente es de vital
importancia para la valoración de lo que sucede después, pues es claro
que como testigo de excepción el doctor [el profesor], no solo observó
como los diez estudiantes trabajábamos en conjunto, sino a que acompañó
este proceso. Reafirmo esta apreciación, al resaltar como el mismo doctor (...)
no señaló reparo alguno al vernos trabajar a los diez estudiantes, y
solo indicó que para la presentación del trabajo debía ser dividido el
grupo.
"Posteriormente se
nos requirió un trabajo que serviría para ser calificado como porcentaje de
la nota final del curso, y el proceso que se surtió fue muy
parecido al de la primera vez, con la diferencia [de] que:
"a. El señor (...) se retiró de la materia;
"b. En la división de los grupos estos quedaron conformados (...)
"c. Trabajamos en conjunto como la primera vez, apoyándonos en
todo el trabajo.
"d. Del (sic) grupo del cual yo
hacía parte adelantó el trabajo y esto quedó consignado en el
computador personal, de nuestro compañero Luis Fernando. Cotte (sic),
quien le entregó nuestros avances a la compañera Alexandra Fruto, la
cual en compañía de César Correal nos colaborarían haciendo una revisión final e
imprimiendo el trabajo que ya habíamos desarrollado. Todo lo anterior
se explica mejor al saber que la mayor parte de los integrantes
de nuestro grupo no se encuentran en Bogotá toda la semana y algunos
escasamente se hacen presentes los días de exigencia académica (...)
“f. El señor César Correal luego de recibir el disquete con el
trabajo desarrollado por nuestro grupo, y que
tenía en esencia lo que habíamos trabajado los compañeros de los dos grupos,
tiene dificultades para abrir el archivo contenido en el disquete y se acerca a
la oficina de el (sic) señor Enrique Urbina para que le colaborara en
ese impase, y el señor Urbina quien se encontraba redactando la
parte final del trabajo con las señoras Diana Pérez y Gloria Alvarez., (sic)
no le pueden ayudar con su problema técnico y acuerdan redactar
conjuntamente el documento final del trabajo con César Correal, y es por
ello que nos explica César Correal que la redacción que si no idéntica, casi
igual. En este numeral de la explicación es importante detenemos en el
hecho [de] que no estuvimos todos los compañeros en esa reunión
específica, pero sí habíamos trabajado conjuntamente en anteriores días y en
el caso de lo adelantado por los integrantes de mi grupo se le había
entregado en medio magnético a Alexandra Fruto, para que en compañía de
César Correal procedieran a imprimir y entregar, obviamente
haciéndole alguna corrección si hera [sic] del caso, también que todo lo
relatado en este literal es la información de primera mano (sic) he
recibido de mis compañeros".
Adela Maestre Cuello manifestó:
“(...) mediante comunicación de fecha 13 de
junio de 2003, se explicó claramente cuáles fueron los hechos que acontecieron
con los respectivos trabajos y por lo tanto, no tengo ningún comentario
adicional sobre el particular. Sin embargo, quiero resaltar nuevamente lo
sucedido con el último trabajo que es el caso cuestionado.
"Para el trabajo final se conformaron dos grupos: el primer
grupo quedó conformado por los alumnos César Correal, Luis Fernando Cotte (sic), Alexandra Fruto, Luis Fernando Velazco y por mí y, el
segundo grupo por (...)
"El trabajo de nuestro grupo se realizó en clase, resolviendo las preguntas planteadas en el
cuestionario que el profesor entregó en clase. Como prueba de esto contamos con
el archivo en Word con la fecha de inicio y última modificación de este.
"Una vez resueltas las preguntas en clase, decidimos que la
entrega del mismo quedaría a cargo [de] César
Correal, ya que los otros integrantes incluyéndome, no estaríamos
en la ciudad para esa fecha, para lo cual se entregó a César
Correal un diskette (SIC) con la información. (...)
"El señor Correal comenta que “tuvo problemas con el disquette (sic) y como la fuente del trabajo se encontraba en el
computador portátil de Luis Fernando Cotte (sic), quien estaba en Bucaramanga,
decidió reunirse con el segundo grupo como se había hecho anteriormente,
trabajando él y el segundo grupo de manera conjunta hasta la 1 a.m. en
la oficina de Enrique Urbina. A esa hora César Correal se trasladó
a su residencia ubicada en el municipio de Villeta, manifiesta él,
dispuesto a pasar el trabajo de su grupo de acuerdo a las
discusiones sostenidas en la mencionada reunión. Por efectos del cansancio,
señaló César Correal, que no modificó el archivo, pues no consideró que se incurriría
en algún tipo de plagio o copia, ya que los integrantes de los dos
grupos habían trabajado utilizando la misma metodología". Es decir,
reproduce, con comillas lo que los diez estudiantes a quienes se había pedido
explicaciones y descargos habían dicho en su nota de 13 de junio.
César Augusto Correal Moya expuso:
"Tal como lo expusimos en la carta enviada a [la Coordinadora] el 13 de junio, quiero ratificar lo
siguiente:
"Efectivamente los 10 integrantes de los dos grupos
realizamos el borrador general del trabajo. Posteriormente fui encargado de
utilizar el diskette (sic) de mi grupo, por no encontrarse mis
compañeros en la ciudad para esa entrega, dicho diskette (sic) entregado
por Alexandra Fruto no permitió su lectura y la información original se
encontraba en el computador portátil de Luis Fernando Cate, quien estaba en
Bucaramanga.
"Ante esta situación y en mi condición de profesional
de arquitecto [sic] en donde [sic] mis conocimientos de economía
no son los más altos, decidí reunirme con Enrique Urbina, quien es economista y
se encontraba en su oficina trabajando con Diana Pérez y trabajamos
de manera conjunta hasta la 1 a.m., en ese momento mi cansancio y la
necesidad de desplazarme nuevamente a mi sitio de trabajo y además
siendo conciente [sic] de que este análisis lo habíamos hecho
conjuntamente no vi la necesidad de cambiar la esencia de este trabajo
solamente la posición del encabezado y además consideré que no incurría
en ningún tipo de plagio o copia ya que los integrantes de los
dos grupos habíamos trabajado juntos".
Luis Fernando Cote Peña, declaró:
“1.1. Durante el desarrollo de las diferentes materias
hemos acostumbrado a integrar grupos de trabajo que se retroalimentan dadas las
características heterogéneas del grupo en cuanto a profesiones y experiencias.
“1.2. En relación con la materia de Introducción a la
Economía, nos agrupamos los compañeros (...) [diez
a más de él], constituyendo un equipo de trabajo que incluso dedicó horas
enteras extracurriculares en salones de clase para completar la fase de
formación.
“1.3. Cabe resaltar que incluso pudimos contar con la
presencia del profesor de la materia (...),
quien generosamente atendió nuestra solicitud de acompañamiento como en efecto
podrá confirmarlo.
“1.4. Como la indicación dada con posterioridad a haber
constituido el grupo que era que el trabajo debía entregarse en grupos de no
más de cinco integrantes, se optó por dividirnos para efectos de
presentaciones, pero manteniendo la coherencia del trabajo en grupo.
“1.5. Con el soporte del computador portátil que siempre he
acostumbrado llevar a las clases del presente postgrado, como los compañeros y
el mismo [profesor] puede confirmarlo, se
desarrolló el trabajo correspondiente a la segunda entrega por parte del grupo
conformado.
“1.6. El trabajo desarrollado fue entregado a la compañera
Alexandra Fruto, [a] quien de la mano del
compañero César Correal competía pasar a limpio y entregar.
“1.7. El proceder anterior se efectúa en consideración a
las condiciones de residentes externos de la capital, para el caso del suscrito
la ciudad de Bucaramanga.
(sic)“Con el propósito de
cumplir con el compromiso advertido, el señor César Correal , con el disquete
contentivo del trabajo adelantado por el grupo, según su propia versión, buscó
la colaboración del señor Enrique Urbina para lograr la solución de problemas
técnicos que estaba presentando el disquete referido.
“1.9. Ante las dificultades técnicas y teniendo en cuenta
que el trabajo había sido elaborado por todos los miembros del grupo, el señor
César Correal, tal como él [sic] mismo lo ha
manifestado, opta por redactar conjuntamente el texto final, sin que el
suscrito hubiese tenido conocimiento de tal circunstancia, que por obvias
razones resultaba intrascendente por tratarse del desarrollo final de un
ejercicio cumplido por todos.”
7º. El Consejo Directivo de la Facultad, al estudiar los hechos y
valorar lo ocurrido de conformidad con el Reglamento interno de la universidad,
apreció las anomalías que se habían presentado en la elaboración y en la
presentación de los trabajos por parte de ambos grupos, así como la diferencia
en el comportamiento de los integrantes de uno y otro, en razón de lo cual
dispuso la anulación de la prueba respecto de los dos, la amonestación de los
miembros del segundo grupo, y recomendar al Rectorado sancionar a los
estudiantes del primer grupo con la cancelación de la matrícula, por haber
cometido fraude en prueba académica, teniendo en cuenta la gravedad de la falta
en sí y más tratándose de un curso de posgrado (sic).
Para resolver, el Rectorado se hace las consideraciones
siguientes:
1º. Con relación a la carta colectiva, es obvio que no se le pudo
escapar al Consejo Directivo de la Facultad cuando examinó los hechos, que
fueron dos los trabajos puestos por el profesor de la materia a los treinta y
cinco alumnos del curso, divididos en grupos de cinco; que el primer trabajo
nada tuvo que ver con el segundo trabajo; que por lo mismo, no se pueden
suponer ni entremezclar las respectivas circunstancias; que, así, aquello de
que un grupo de once, luego fue dividido en dos, de reuniones fuera de clase,
de encuentro con el profesor y atención de este, que corresponde al primer
trabajo, no es trasladable al desarrollo de la segunda prueba; que la división
del grupo mayor en dos grupos, fue prevenida desde la elaboración del primer
trabajo, presentado separadamente por los dos, con autonomía y diferencias de
enfoque, de estilo y de lenguaje; que, por tanto la circunstancia de que varios
estudiantes hubieran intercambiado ideas entre sí y posiblemente hubieran
deliberado a propósito del tema, y el que quizá hubieran anunciado la
posibilidad de que “los resultados serían similares”, cosa que no es cierta,
pudo haberse dado para el primer trabajo y no para el segundo, y en ningún caso
puede explicar y menos justificar la identidad de los textos en este. Que dicha
identidad es manifiesta, de bulto, como quiera que los títulos y subtítulos de
los dos escritos son unos mismos y que de los ciento siete renglones del
documento enviado por el denominado ‘primer grupo’ con posterioridad a la
entrega del documento del ‘segundo grupo’, noventa y cinco son absolutamente
iguales, es decir, que aquel apenas contiene ocho líneas distintas.
Tampoco
pudo dejar de advertir el Consejo que esos pocos renglones diferentes están
esparcidos; que el cansancio del integrante del grupo a quien los restantes
dicen haber encargado de “entregar” el trabajo, no es explicación de que se
hubiera enviado un escrito igual al del otro grupo, con solos [sic] ocho
renglones dispersos de la iniciativa de quienes aparecen como autores, y mucho
menos tal cansancio puede sustentar la creencia de él, coreada por sus
compañeros, de que esa identidad no constituye copia o plagio, con el argumento
de que “los integrantes de los dos grupos habían trabajado utilizando la misma
metodología”, toda vez que una cosa es la metodología y otra la redacción, y
que la identidad de esta [sic], inclusive con los mismos giros y yerros de
redacción o de gramática , como es el empleo de los gerundios en los mismos
párrafos, no es dable atribuírsela a comunidad de estudio o de método, y mucho
menos cabe tomarla por un “mal entendido”.
Por lo demás, no se le pudo pasar por alto la alegación de
los diez firmantes de la carta del 13 de junio en el sentido de que si hubiera
mediado intención de copia, los integrantes hubieran procedido con habilidad,
cambiando el tipo de letra en el computador, o el orden de los párrafos o en la
redacción, como quiera que la identidad de los títulos y subtítulos y de
noventa y cinco renglones de los ciento siete del trabajo entregado de último,
es, sin más ni más, copia o calco, del todo inaceptable, como quiera que se
trataba de una prueba académica que exigía dos trabajos independientes y no uno
solo en dos ejemplares.
Del mismo modo el Consejo no pudo ser indiferente al hecho
de que, habiendo afirmado todos los miembros del “primer grupo” que “la fuente
del trabajo se encontraba en el computador portátil de Luis Fernando Cotte
(sic), quien estaba en Bucaramanga”, ante las alegadas dificultades de César
Correal con el computador, este no se hubiera comunicado con aquel para que le
transmitiera el texto que tenía, siendo hoy tan sencilla y veloz la transmisión
electrónica, y en especial, el que habiendo sostenido todos ellos en sus
explicaciones orales a la coordinación del curso y repetido tal aserto en la
carta del 13 de junio, que contaban “con el archivo en Word con la fecha del
inicio y de la última modificación”, hasta el presente no lo han exhibido, pese
a la exigencia insistentemente repetida de la coordinadora y de la Decana de la
Facultad de presentarlo, como tampoco aparecieron el diskette (sic) infectado
de virus ni el archivo en el computador del señor Cote, supuestamente
contentivos de las contribuciones suyas y de los demás miembros del grupo, que
ellos dicen haber aportado a un trabajo de cuya existencia no hay huella alguna
y, que debiendo haber sido enviado al profesor y a la Facultad , resultó
sustituido por la copia plena del documento que el otro grupo ya había
remitido.
También debió dejar de llamar su atención el que todos los
integrantes del ‘primer grupo’ tomaron como propio el documento enviado por
Correal, se refirieron a él con conocimiento pleno de su contenido y
vicisitudes, y el que, al reconocer su identidad con el documento del otro
grupo, la tomaron como algo natural, producto de haber trabajado (¿quiénes?,
¿cuándo? y ¿para qué trabajo?) con una misma metodología, germen de un simple
“mal entendido”.
2º. En cuanto a las explicaciones individuales, es natural pensar
que el Consejo hubo de reparar en que:
Los trabajos primero y segundo fueron independientes.
Entre ellos hubo una semana larga de intervalo. El profesor formuló las
preguntas en la última clase y para la parte final de esta (sic) dispuso la
distribución del curso en los grupos ya conformados, a fin de que, allí mismo,
se dieran comentarios, preguntas, deliberación, entre los miembros de cada
grupo, de modo que los estudiantes estuvieran ciertos del alcance del
interrogatorio. Naturalmente no pudo mediar entonces intercambio de información
y menos aportes mutuos entre los varios grupos. Esa sesión simplemente fue un
preámbulo para un trabajo colectivo de cada grupo por separado, cuya
elaboración demandaba no menos de ocho días. Pues bien, como se sigue de las
declaraciones de Alexandra Fruto, Adela Maestre, Luis Fernando Cote, los
apuntes en el computador de este último corresponden a las notas del final de
la última clase, notas que, según ellos mismos, inmediatamente Cote le entregó
el diskette (sic) a Maestre, con destino a Correal. En seguida, los miembros
del grupo se dispersaron, y no hubo reunión ni contribución alguna posterior.
¿Tales notas era lo que Correal debía imprimir y enviar como trabajo de grupo?
No aparece indicación alguna de qué hizo cada uno de los
cinco; tampoco hay mención de encuentro alguno de ellos o de varios de ellos
entre sí para adelantar el trabajo. Entonces, no hubo más trabajo de ellos que
solo del final de la clase, del todo insuficiente para la elaboración de
cualquier trabajo correspondiente a la prueba. Tampoco hay rastro alguno de
empeño conjunto de los dos grupos para el segundo trabajo. Y menos de
oportunidad y lugar de reunión. Esto es, no hay muestra de que los integrantes
de los dos grupos se hubieran reunido para comentar, deliberar, o que hubieran
intercambiado alguna información, y mucho menos que la redacción hubiera sido
conjunta.
El que el señor Correal no hubiera podido abrir un diskette
(sic), que afirma contenía borrador (sic) del trabajo, basado en datos que
reposarían en el computador del señor Cote, y que en achaques [sic] de no poder
abrir tal diskette (sic) les hubiera caído a miembros del otro grupo, en una
versión, buscando ayuda técnica, y en otra, tras de apoyo académico por ser él
arquitecto y versar el trabajo sobre economía, y que hubiera estado con ellos
por espacio de tres horas, para, al final de la reunión, llevar consigo en
diskette (sic) copia del trabajo que estos habían terminado, no lo autorizaba
para entregar ese documento como obra del grupo que supuestamente le había
delegado la redacción del trabajo, del que apenas tenía unas notas, que en el
mejor de los casos serían punto de partida del trabajo.
Mientras que del segundo grupo se sabe de distribución de
temas, se cuenta con memorandos elaborados por sus integrantes y hay declaración
de reuniones con señalamiento de su oportunidad y de quienes asistieron a
ellas, en lo que hace al primer grupo nadie dio cuenta y razón [sic] del
trabajo individual, como tampoco del colectivo. Simplemente anotan algunos
miembros de ese grupo que este “trabajó resolviendo en clase las preguntas del
profesor” y que “una vez resueltas las preguntas en clase, decidimos que la
entrega del mismo quedaría a cargo de César Correal, para lo cual se le entregó
a César un diskette (sic) con la información”.
De lo informado por el señor César Correal se sigue
incuestionablemente que el documento que él envió como trabajo de su grupo no
correspondía en manera alguna a lo que dicen él y sus compañeros haber
trabajado. Lo que él manifiesta es, simplemente, que al ver que no le abría el
diskette [sic] en que, sostiene, estaba el material que Luis Fernando Cote le
había enviado, resolvió irse a donde Enrique Urbina, acompañar a este y a Diana
Pérez entre pasadas las nueve de la noche y la una de la mañana, tomar el
diskette [sic] contentivo del trabajo del segundo grupo y remitirlo al profesor
como trabajo del primer grupo, simplemente cambiándole la posición del
encabezado, en razón de su cansancio y considerando que ese calco no era copia,
porque dizque los dos grupos habían trabajado juntos.
Ante lo cual, sus compañeros, no obstante saber a ciencia
cierta que el documento enviado como trabajo ellos (sic), no era de ellos, sino
el trabajo del segundo grupo, no vacilaron en acoger la versión y la tesis de
Correal, para pretender que el trabajo ajeno pasara por propio y que el plagio
no fuera tal sino un simple malentendido. ¿Cuál malentendido? Si fuera cierto
aquello de que los datos o bases del trabajo estaban en un diskette (sic) con
virus y que la fuente se encontraba en el computador personal de Luis Fernando
Cote en Bucaramanga, o aquello de que los apuntes se encontraban en un
documento de word con anotación de día y hora del comienzo y del fin de su
elaboración, ¿por qué nadie presentó nada de ello, pese a haberlo ofrecido
todos y habérselo requerido insistente y vehementemente la Universidad?
Los cinco integrantes del grupo conscientes de haber
entregado como suyo un documento elaborado por otros, han pretendido escudarse
diciendo que trabajaron juntamente para su concepción con los miembros del otro
grupo, lo cual no es cierto, y que era natural la coincidencia por haber
utilizado la misma metodología; en fin, que si su ánimo hubiera sido el de
plagiar aquel trabajo, habrían procedido con habilidad. Salta a la vista la
ineficacia de sus argumentos.
3º. El Reglamento Interno de la Universidad prevé en su artículo 12
como falta grave “la defraudación en cualquiera de las pruebas académicas”. La
cancelación de la matrícula está contemplada como medida disciplinaria, que
siempre la Universidad ha aplicado para el caso de falta grave, en especial,
para el evento de fraude en prueba académica, una vez oído al estudiante en
descargos y previo concepto favorable del Consejo Directivo de la
correspondiente unidad.
4º. Acá, a los estudiantes se les llamó a dar explicaciones y rendir
descargos, y todos ellos fueron oídos en repetidas oportunidades. Y el Consejo
Directivo de la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales,
luego de verificar el cumplimiento de íntegros los trámites de rigor, y de
examinar uno a uno los hechos y el desempeño de los distintos alumnos, encontró
probada la defraudación cometida por los miembros del primer grupo, en
consideración de lo cual recomendó al Rectorado aplicar la medida de
cancelación de la matrícula, a lo cual procede este, por compartir dicha
apreciación, no sin resaltar que la honestidad, la sinceridad y el decoro son
valores fundamentales que integran la moral universitaria, por la cual ha
velado esta Universidad a lo largo de su vida más que centenaria.
Resuelve:
“1º.
Cancelar la matrícula de los alumnos de la Especialización en Gobierno,
Gerencia y Asuntos Públicos de la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones
Internacionales, César Correal, Luis Fernando Cote, Adela Maestre, Alexandra
Fruto y Luis Fernando Velasco.
2º. Disponer que esta Resolución les sea notificada con la
prevención de que contra ella cabe el recurso de reposición, que deberá ser
interpuesto dentro de los tres días siguientes a la notificación, y de que la
Universidad se reserva el derecho de readmisión, (sic) caso de serle
solicitada.
Bogotá, 27 de agosto de 2003.
El Rector,
EL Secretario General,” -Bastardilla y subrayas originales-
El 28 de
agosto de 2003 el Secretario General de la Universidad envió comunicaciones
a Luis Fernando Cote Peña, a Alexandra Fruto Nieto y otros, separadamente,
citándolos para que se notificaran de la Resolución Rectoral del 27de agosto de
2003.
El 29 de
agosto de 2003 doce (12) estudiantes de la Facultad de Finanzas enviaron
comunicación escrita al señor Rector para darle su punto de vista sobre lo
ocurrido con sus compañeros sancionados y manifestaron, entre otras cosas, que “reconociendo
las capacidades de todo el grupo en general, queremos detenernos en los aportes
que siempre han presentado y presentan los doctores Luis Fernando Cote y Luis
Fernando Velasco (...) los invitamos a que las directivas estudien su récord de
notas académicas y el concepto que de ellos tienen nuestros profesores, que
estamos...
Fuente auxiliar/interpretativa. No constituye asesoría jurídica profesional.