Artículo 1
Autorización de plazas de servicio social obligatorio. Autorizar la asignación de las siguientes plazas de Servicio Social Obligatorio - SSO para reforzar la atención en salud durante la emergencia causada por la COVID-19: - Trescientas cincuenta (350) plazas en medicina... + - Trescientas cincuenta (350) plazas en enfermeria. - Sesenta y cinco (65) plazas en bacteriología. Parágrafo 1. Los profesionales de la salud de que trata la presente resolución deberán cumplir el Servicio Social Obligatorio — SSO mediante vinculación con una institución pública o privada en la que se haya creado la nueva plaza, de acuerdo con lo previsto en la Resolución 778 de 2020. : Parágrafo 2. Los profesionales que, habiendo sido exonerados de prestar el SSO durante la primera y segunda convocatoria del 2021, deseen voluntariamente prestarlo, podrán hacerlo mediante la asignación directa de plazas. También podrán prestarlo los profesionales que no hayan cumplido con el citado requisito por cualquier motivo y que no estando inabilitados deseen hacerlo. Parágrafo 3. Quienes a la fecha de publicación de la presente resolución se encuentren inscritos para el tercer proceso de asignación regular, no podrán ser convocados, postularse y tampoco ser contratados por la modalidad de asignación directa para ocupar las plazas creadas por la presente resolucion.