Acceso a los datos. El Ministerio de Salud y Protección Social accederá a los datos, reportes e información de las enfermedades ruinosas y catastróficas de Alto Costo, para lo cual la Cuenta de Alto Costo deberá::
1 Asignar a este Ministerio un usuario con facultades de Data Base Administrator (DBA) el cual, le garantice un acceso oportuno, completo y en forma permanente a las bases de datos de la información pre y post auditoria de las enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo en todos sus procesos de calidad y de verificación de consistencias médicas.
2 Permitir la visualización de la trazabilidad sobre los datos, asociados, conexos y complementarios, con el fin de poder identificar los ajustes realizados a la base de datos de las enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo.
3. Proporcionar al Ministerio de Salud y Protección Social la documentación del sistema de información y bases de datos como los manuales técnicos, operativos, diseño lógico y físico, diccionario de datos y el modelo entidad- relación. Así como las reglas de validación de los datos.
4 Suministrar los resultados de la auditoría efectuada por la Cuenta de Alto Costo a las entidades promotoras de salud, entidades adaptadas y entidades territoriales a las enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo.