Artículo 1
Otorgar registro sanitario para uso en salud pública al siguiente producto de la empresa ANASAC COLOMBIA LTDA. [ PRODUCTO No. REGISTRO RODENTICIDA PARA USO EN SALUD RGSP-334-2014 PUBLICA BELL GEL Parágrafo 1. Para que el titular del registro sanitario que se otorga mediante la presente resolución pueda desarrollar las actividades que del mismo se derivan, debe contar previamente con la respectiva licencia ambiental a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA, en virtud de lo dispuesto en 14 el Decreto Ley 3573 de 2011. y X RESOLUCIÓN NÚMERO 000098 DE 2014 23 ENE. 2014 HOJA 3 Parágrafo 2. El registro sanitario que se otorga a través de la presente resolución no es válido para usar y/o comercializar el producto en aplicaciones de uso doméstico, pecuario ni agrícola. Sólo puede ser utilizado en el territorio nacional en aplicaciones de uso en salud pública, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y adoptando las medidas necesarias para la protección de la salud.