Procedimiento de revisión. La revisión de las reclamaciones presentadas por las Empresas Sociales del Estado autorizadas en el artículo 5 de la Resolución 0258 de 2012, se efectuará de la siguiente forma:
3.1. Verificación del cumplimiento de la entrega de los soportes definidos en el artículo 7 de la Resolución 0258 de 2012, en las condiciones allí definidas.
3.2. Verificación de la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud de la persona atendida.
3.3. Verificación del contenido de la información de los documentos, que permita evidenciar su correspondencia con lo establecido en la Resolución 0258 de 2012.
3.4. Verificación de los valores reclamados por paquetes de servicios, de acuerdo con la fase de atención, que correspondan a lo definido en el artículo 4 de la Resolución 0258 de 2012.
3.5. Elaboración de un documento de verificación en el que conste el cumplimiento o no de los documentos remitidos, el cual será suscrito por quienes efectúen la verificación.