Formación continua del talento humano. Los profesionales en ingeniería y profesiones auxiliares de la ingeniería, de acuerdo a lo establecido en la Ley 842 de 2003 o la norma que lo modifique o lo sustituya, que califican esterilizadores, máquinas y equipos utilizados en el reprocesamiento de Dispositivos Médicos y Elementos Reutilizables -DMER, al igual que todo el Talento Humano en Salud que gestiona y desarrolla actividades de dicho reprocesamiento, deberán contar con constancia de asistencia en las acciones de formación continua, cumpliendo con lo establecido en los artículos 2.7.1.3.1 y subsiguientes del Decreto 780 de 2016, así:
9.1. Los profesionales en ingeniería y profesiones auxiliares de la ingeniería, que cuenten con la tarjeta profesional o el registro profesional respectivo, para realizar la calificación de esterilizadores, equipos y máquinas utilizadas en el reprocesamiento de Dispositivos Médicos y Elementos Reutilizables - DMER, deben contar con constancia de asistencia en las acciones de formación continua con una duración mínima de 48 horas, e incluir como mínimo los siguientes temas: caracterización del proceso, agente esterilizante, tecnología a calificar, sus tipos o ciclos y calificación de instalación, operación y desempeño. La constancia de asistencia tendrá una validez de tres (03) años desde su expedición. Vencido este plazo deberá ser obtenida nuevamente.
9.2. El talento humano en salud involucrado en la gestión o desarrollo de actividades relacionadas con el reprocesamiento de Dispositivos Médicos y Elementos Reutilizables (DMER) debe contar con una constancia de asistencia a acciones de formación continua sobre estas actividades, con una duración mínima de 24 horas, que incluya, como mínimo, los siguientes temas:
- Conformación y funcionamiento de una central de esterilización. - Tratamiento de los DM reutilizables en el punto de uso. - Recepción. - Limpieza, desinfección e inspección. - Secado. - Empaque y Etiquetado. - Esterilización (métodos). - Validación de los procesos. - Almacenamiento de DMER. - Control de calidad. - Trazabilidad de los DM reprocesados. - Bioseguridad. - Microbiología básica en central de esterilización. - Documentación de actividades. -Archivo de la documentación.
La constancia de asistencia tendrá una validez de dos (02) años desde su expedición. Vencido este plazo deberá ser obtenida nuevamente.
Parágrafo 1. Las anteriores acciones de formación continua deben ser fortalecidas con la capacitación que brinden los fabricantes o proveedores de los respectivos dispositivos RESOLUCIÓN NÚMERO UJ3Ü0914 DE 1 5 MAY2025 HOJA No. 7 de 8
médicos, esterilizadores, equipos y máquinas, lo cual debe quedar registrado en el plan institucional de formación continua y en el sistema de calidad de la entidad.
Parágrafo 2. Estos programas de formación continua deberán ser implementados a nivel nacional con el fin de estandarizar el reprocesamiento de Dispositivos Médicos y Elementos Reutilizables - DMER. Todos los oferentes incluidos en el numeral 2 del
artículo 2.7.1.3.7 del Decreto 780 de 2016, podrán realizar las acciones de formación continua y sus actualizaciones.