Artículo 1
Modificar el artículo 7 de la Resolución 247 de 2014 el cual quedará asi: “Artículo 7. Fechas para el reporte de la Información. Las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios y las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud deberán reportar a la Cuenta de Alto Costo, a través del aplicativo web (http://www. cuentadealtocosto. org) dispuesto para el efecto, la información definida en la presente resolución, a más tardar el 5 de mayo de cada año, con corte al 1% de enero del mismo año.”