Por la cual se conforma el Comité para la Gestión de los Planes de Incentivos en el Ministerio de Salud.

Resolución · 875 · 1999-03-11 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Confórmase el Comité para la Gestión de los Planes de Incentivos en el Ministerio de Salud, el cual estará integrado por los siguientes funcionarios: El señor Ministro de Salud, o su delegado. El Director General de Planeación. El Jefe de la División de Desarrollo de Personal. Los Representantes de los empleados, principal y suplente, ante la Comisión de Personal.

Artículo 2

Desígnase al Secretario General del Ministerio de Salud, como delegado del señor Ministro, o en su ausencia al Director de Recursos Humanos.

Artículo 3

Serán funciones del Comité para la Gestión de los Planes de Incentivos en el Ministerio de Salud, las contempladas en el artículo 127 del Decreto número 1572 de 1998.

Artículo 4

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de marzo de 1999. El Ministro de Salud, VIRGILIO GALVIS RAMÍREZ.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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