Por la cual se modifica la Resolución 1056 de 2015 en relación con el Anexo Técnico 1. Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones del Registro Único de Afiliados - RUAF y el Anexo Técnico 4. Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición

Resolución · 862 · 2025-05-08 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–39 de 39

Artículo ANEXO (16/34)

El archivo de novedades PO5 y P06 que se reportan a través del archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante, se indica que deben enviarse solamente en el periodo donde haya cambiado el estado de la afiliación o al día y en mora respecto al periodo anterior, Para el reporte del estado de la afiliación, se deberá enviar un registro con código de novedad PO5 y para el reporte de la novedad de si el aportante está al día o en mora, se debe enviar un registro para el aportante que tenga la afiliación, con el código de novedad POS. REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL . . ignífica que el Tipo de Registro 1 registro es de control si 1 17 Código de la administradora 6_ |Ver glosario EJ 2 35 Fecha inicial del periodo de la información | 10 | AAAA-MM-DD El 3 36 Fecha final del período de la información 10_ | AAAA-MM-DD EJ . : Debe corresponder a la cantidad 4 37 Total de registros relacionados en el 8 | de registros tipo 2, contenidos en Si el archivo, Ver tabla "1.1 ESTRUCTURA Y 5 38 Nombre del Archivo (Con extensión ,TXT) | 44 | ESPECIFICACIÓN DEL. Si NOMBRE DEL ARCHIVO" REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE ¡VALORES 3 HIDOS . 2: valor que significa 0 0 Tipo de registro 1 Que el registro es de Sl detalle 1 17 Código administradora 6 Si RESOLUCIÓN NÚMERO 00862 DE() 8 MAY 2025 - HOJA No. 12 de 20

Artículo ANEXO (17/34)

Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Socia! en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición”. - GAMPO EN EL. - GLOSARIO DEL! 2 1 Tipo de identificación del afiliado 3 2 Número de identificación del 17 afiliado si 4 7 Primer apellido 60 si $ 8 Segundo apellido 60 NO 6 9 Primer nombre 60 Ver glosario si 7 30 Segundo nombre 60 NO . PO5 8 Código de la novedad 3 10 si Este campo es de obligatorio 9 27 Estado de la afiliación 1 Ver glosario NO diligenciamiento sí el código de la novedad es POS o . . . Campos obligatorios, 10 19 Tipo de identificación del aportante 2 Ver glosario El excepto cuando la afiliación no tenga vinculaciones laborales 11 20 O identificación del 17 |Verglosario si vigentes. 12 21 Digito de verificación del aportante 1 Ver glosario NO Campo obligatorio de : a a acuerdo a la 13 22 Razón social del aportante 150 | Ver glosario El] obligatoriedad de los campos 19 y 20.

Artículo ANEXO (18/34)

Este campo es de obligatorio 14 28 Al dia 1 Ver glosario NO diligenciamiento si el código de la novedad es P06 Cuando no existan novedades de creación de nuevos afiliados, novedades de actualización, o novedades de estado de afiliación o al dia del aportante, se debe enviar el correspondiente archivo con el registro de control indicando que el número de total de registros relacionados en el archivo es igual a cero (0). 1.2.4 ARCHIVOS DE INCONSISTENCIAS La estructura de los archivos de inconsistencias, corresponden a las estructuras de los archivos ya sea del Maestro de Afiliados cargue periódico, Novedades de Actualización o Novedades estado afiliación y al día del aportante enviados por las administradoras, adicionando los códigos de error presentados en cada registro, separados por coma. Estos códigos de error figuran publicados en la página del Registro Único de Afiliados RUAF, link: htto://www, minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/PENSIONES pdf Los archivos de inconsistencias serán publicados en el FTPS del Ministerio, máximo el miércoles siguiente a la fecha de corte. Para descargar estos archivos se debe usar el usuario y la contraseña a que hace referencia el numeral 3 del Anexo No. 7 de la presente resolución Las administradoras deberán descargar los archivos de inconsistencias, revisarlos, corregirlos y enviarlos de nuevo al Ministerio de Salud y Protección Social, en el siguiente periodo de reporte de la información. 2, GLOSARIO DE CAMPOS DEL ANEXO TECNICO 1. En el siguiente glosario se relacionan las variables que las administradoras deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización del Registro Único de Afiliados a la Protección Social - RUAF, a través de los archivos maestros de afiliados cargue periódico y de novedades, con sus respectivos valores permitidos.

Artículo ANEXO (19/34)

Cada variable está codificada; el código asignado aparece en la columna Cod, en la columna Nombre del campo, aparece el nombre del campo, en la columna Longitud maxima del campo aparece el máximo tamaño que puede tomar el campo, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede RESOLUCIÓN NÚMERO DOO0862 DEp 8 MAY 2025 - HOJA No. 13 de 20 Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliedos a pensiones en régimen de Transición”. ser A-Alfanumérico o N- Numérico o F- Fecha, y en la columna Valores permitidos se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada campo.

Artículo ANEXO (20/34)

Y, Ea $ a El Valores permitidos Tipo de Registro 1 - Registro de contro! 2 - Registro de detalle Tipo de identificación del afiliado TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadania CE - Cédula de extranjería CD - Carnet Diplomático PA — Pasaporte PE -Permiso especial de permanencia PT - Permiso por protección temporal Número de identificación del afiliado Código género M - Masculino F — Femenino T- Transexual N - No binario O - Otro Fecha de nacimiento AAAA-MM-DD Departamento nacimiento Tabla Departamentos — Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE Municipio nacimiento Tabia Municipios — Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE Primer apellido Segundo apellido Primer nombre Segundo nombre Para los nombres y apellidos compuestos. se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRES. Primer apellido: MOLINA. segundo apellido: DEL CASTILLO, Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacio en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O) Departamento residencia Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE Municipio residencia Tabla Municipios — Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE Fecha efectiva de afillación a la administradora AAAMA-VMIM-DD Esta fecha corresponde a la fecha de la selección. Afiliación subsidiada S - Si recibe subsidio N— No recibe subsidio Código administradora Número asignado por el Ministerio para el reporte de afiliaciones, a partir del código asignado por el enle supervisor que habilita estas entidades.

Artículo ANEXO (21/34)

Código tipo de cotizante 1- Dependiente. 2- Servicio doméstico 3- independiente, 4- Madre comunitaria 16- Independiente agremiado o asociado. 18- Funcionarios públicos sin tope máximo en el IBC. 20- Estudiantes (Régimen especial- Ley 789/2002). 22- Profesor de establecimiento particular, 30- Dependiente entidades o universidades con régimen especial en salud 31- Cooperados o precooperativas de trabajo asociado. 32- Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero o funcionario de organismo multilatera! no sometido a la legistación colombiana. 33- Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional, 34- Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá que percibe honorarios amparado por póliza de salud. 35- Concejal municipal o distrital que percibe honorarios no amparado con póliza de salud 36- Concejal municipal o distrital que percibe honorarios no amparado con póliza de salud beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional 43- Cotizante independiente no obligado a cotizar a pensiones con pago por tercero. RESOLUCIÓN NÚMERAO00862 DE) g MAy2025 - HOJA No. 14 de 20 — Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición”.

Artículo ANEXO (22/34)

Cod ¿Longitud del campo ES Valores.permitidos 47- Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones - Aportes Patronales. 51- Trabajador de tiempo parcial Decreto 2616 de 2013 afiliado al Régimen Subsidiado en salud. 52- Beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante. 54- Prepensionado de entidad en liquidación Tipo de identificación del aportante TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadania CE - Cédula de extranjeria PA - Pasaporte NI - Número de identificación tributaria CD- Carnet diplomático PT - Permiso por protección temporal Número de identificación del aportante Digito de verificación del aportante 0-9. El campo digito de verificación del aportante no es obligatorio Razón social del aportante Nombre del aportante para cotizantes dependientes o nombres y apellidos completos para cotizantes independientes que son aportantes.

Artículo ANEXO (23/34)

Clase de aportante A - Aportante con 200 o más cotizantes B - Aportante con menos de 200 colizantes C - Aportante Mipyme que se acoge a Ley 590 de 2000 D- Aportante beneficiario de ta Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429 de 2010) l_- independiente Departamento de la ubicación laboral Tabla Departamentos — Tabla DIVIPOLA (División Politico Administrativa de Colombia) del DANE Municipio de la ubicación laboral Tabla Municipios — Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE Fecha de vinculación con el aportante AAAA-MM-DD Estado de la afiliación o de vinculación con la ACCA! 1- Activo colizante: son aquellos afiliados no pensionados que efectuaron la cotización obligatoria durante el mes para el cual se reporta, correspondientes a aportes del mes que se paga, no a aportes de periodos en mora. 2- Activo no cotizante: son aquellos afiliados no pensionados que por alguna razón por ellos no se efectuó la cotización obligatoria durante el mes para el cual se reporta, pero que si han hecho por to menos una cotización en los últimos seis meses, 3- inactivo: son aquellos afiliados no pensionados que por alguna razón por ellos no se efectuó la cotización obligatoria en por lo menos los últimos seis meses. 6- Vinculado ACCAI Al dia 1-Aldia 2- En mora Fecha de desvinculación con el aportante AAAA-MM-DD Fecha de retiro o traslado de administradora AAAA-MM-DD Causa del retiro o traslado 0 - Anulado por multiafiliación 1 - Pensión 2 - Devolución de saldos 3 - indemnización sustitutiva 4 - Traslado de régimen 5 - Traslado de administradora mismo régimen 6 - Fallecimiento 7 - Anulación 8 - Retracto 9 - Cedido por multiafiliación 10 - Afiliación por el empleador 11 -

Artículo ANEXO (24/34)

Duplicidad en la identificación 12 - Sustitución 13 - Fusión 14 - Liquidación 15 - Por inclusión errónea 16- Por Ley 2381 de 2024 17- Por renuncia al régimen de transición RESOLUCIÓN NÚMERO 000862 DE) 8 MAY 2025. HOJA No. 15 de 20 Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones del Registro Único de Afiliados — RUAF y e! Anexo Técnico 4.

Artículo ANEXO (25/34)

Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones. y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición”, “Longitud +" a Ex Cod +. _ máxima: .[; Tipo «E Valores permitidos Mos: eE, del campo|+«séer> A c Fecha de reconocimiento de la 32 | pensión, devolución de saldos o 10 F AABAA-MM-DD indermnización sustitutiva 33_ | Fecha de fallecimiento 10 E AMAA-MM-DD Código utilizado para indicar en el caso de traslado, la : administradora de destino. 34 Código de la administradora a la que 6 A Este campo sólo se diligencia si la creación de se traslada afiliación corresponde a un traslado de afiliados entre administradoras o por cambio de régimen Es obligatorio cuando en el campo 40 el valor es Si 35 Fecha inicial del periodo de la 10 F AAAA.MM-DD información Fecha final del periodo de la 36 información 10 F AAAA-MM-DD Total de registros relacionados en el 37 archivo 8 N 38 Nombre del Archivo (Con extensión 58 A Ver tabla "1,1 ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN TXT) DEL NOMBRE DEL ARCHIVO” S- siel afiliado se encuentra en Régimen de . cas Transición 39 [Afiliado Transición 1 A N- si el afiliado no se encuentra en Régimen de Transición 1- Si 2-NO 40 [Traslado 1 N Este campo sólo se diligencia sí ta creación de afiliación corresponde a un traslado de afiliados entre administradoras o por cambio de régimen RESOLUCIÓN NÚMERO 000862 DE 08 MAY?025 HOJA No. 18 de 20 afados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones del Registro Único de Afiliados - RUAF yel nexo Técnico 4.

Artículo ANEXO (26/34)

Pagadores de Pensiones; Subsistema de Seguridad Social en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición”, ANEXO TÉCNICO PARA REPORTE POR UNA SOLA VEZ REPORTE DE AFILIADOS A PENSIONES EN REGIMEN DE TRANSICIÓN Las Administradoras de Fondos de Pensiones reportarán por una única vez al Ministerio de Salud y Protección Social a través de un archivo plano la información de los afiliados en Régimen de transición, de conformidad con lo establecido en el articulo 75 de la Ley 2381 de 2024. Para el efecto, el contenido del archivo plano deberá cumplir con los criterios establecidos en el anexo técnico definido en los siguientes capitulos: ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DEL ARCHIVO CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVO PLANO PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVO PERIODO DE REPORTE Y PLAZO 2aon>

Artículo ANEXO (27/34)

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DEL ARCHIVO a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El archivo plano para el reporte de los afiliados a pensiones en Régimen de Transición, debe cumplir con los siguientes estándares: Componente | Valores . del nombre | permitidos o | Descripción Longitud Requerido de archivo formato 4 Módulo de | RUA Identificador del módulo de información del 3 S información RUAF Tipo de | 250 Administradoras de Fondos de Pensiones 3 si fuente Tema de | APTR Afillados a pensiones en Régimen de información Transición - Ley 2381 de 2024 4 si Fecha de | AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada, corte No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20250701 8 SI Indicador de co Indicador de que a continuación está el dato 2 si código de código de la entidad que reporta. CO Código de la Código de la entidad reportadora. entidad Número asignado por el Ministerio para el reportadora reporte de afiliaciones, a partir del código asignado por el ente supervisor que habilita XXXXXXX estas entidades 6 st Ejemplos: 025-14 0025-3 230201 Extensión del | .1xt Extensión del archivo plano .TXT 4 S archivo NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Reporte de archivo de los afiliados a pensiones en RUA250ATPRAAAAMMDDCOXXXXXX.TXT 30 7] Régimen de Transición

Artículo ANEXO (28/34)

b. Estructura archivo de inconsistencias RESOLUCIÓN NÚMERA)DO0862 DE( 8 MAY 2025 - HOJA No. 17 de 20 Para los registros que presenten inconsistencias, se generará un archivo asi: Componente Valores , del nombre permitidos o Descripción co Requerido de archivo formato Módulo de | PUB Identificador de archivo de publicaciones 3 si información - Tipo de | 200 Administradoras de Fondos de Pensiones fuente 3 s Tema de | APTR Afillados a pensiones en Régimen de información Transición - Ley 2381 de 2024 4 Si Fecha de | AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada. corte No se debe utilizar ningún tipo de separador. 8 SI Ejemplo: 20250701 Indicador de co Indicador de que a continuación está el dato 2 si código de código de la entidad que reporta. CO Código de la Código de la entidad reportadora. entidad Número asignado por el Ministerio para el reportadora reporte de afiliaciones, a partir del código asignado por el ente supervisor que habilita XXXXXXX estas entidades 6 S! Ejemplos: 025-14 0025-3 230201 Extensión del | .txt Extensión del archivo plano .TXT 4 si archivo NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Disposición de archivo de inconsistencias los afiliados a pensiones en Régimen de PUB200TPRAAAAMMDDCOXXXXXX,TXT 30 Transición c.

Artículo ANEXO (29/34)

Contenido del archivo a reportar El archivo plano del reporte de los afiliados a pensiones en Régimen de Transición se estructura de la siguiente manera: comienza con un único registro de control (Registro Tipo 1), el cual sirve para identificar la entidad que proporciona la información; a continuación, se encuentran diversos registros de detalle, que inician con el Registro Tipo 2 y continúan secuencialmente, cada uno conteniendo los datos especificos solicitados, así: Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por el delimitador coma (.). C.1, REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en el archivo que sea enviado. Longitud No. Mono máxima del | Tipo Valores permitidos Requerido campo O | Tipo de registro 1 N_| 1: Valor que significa que es el registro de control Si Cádi 1 2 ñ 1 PA de la 6 A Código de la entidad reportadora de las Si reportadora afiliaciones en Régimen de Transición, y Fecha inicial de ormato AAAA-MM-DD., Debe corresponder a 2 |linformación 10 F a fecha de inicio del periodo de información Si reportada reportada. Fecha válida: 2025-01-01 RESOLUCIÓN NÚMERO ) 00862 DE 8 MAY 2025 HOJA No. 18 de 20 Afiliados a Fondos de Pensiones; Subsistema de Seguridad Social en Pensiones del Registro Único de Afiliados -- RUAF yel Anexo Técnico 4. Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición”. N Nombre del Longitud . Se o, campo máxima del | Tipo Valores permitidos Requerido campo Fecha final de ano AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (30/34)

Debe corresponder a 3 información 10 Fla echa de la entrada en vigencia de la Ley 2381 si reportada | [de 2024, Fecha Válida: 2025-07-01 Número total de 4 registros de detalle 10 N Debe corresponder a la cantidad total de registros Si contenidos en el detalle tipo 2 contenidos en el archivo ! archivo C,2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE A través del Registro Tipo 2, las entidades obligadas a reportar, proporcionan, por una única vez, los detalles especificos sobre los afiliados a pensiones en Régimen de Transición. Los registros deben corresponder .a las afiliaciones en estados vigentes (Activo cotizante, Activo no cotizante e Inactivo) que cumplan con las disposiciones establecidas en la Ley 2381 de 2024. Estos registros, deben estar presentes en la base de datos del RUAF e identificados por las administradoras de pensiones bajo el Régimen de Transición, deberán ser reportados una única vez. Nombre del Longitud . : s No. campo máxima del | Tipo |Valores permitidos Requerido campo 2: Valor que significa que es el . . registro de detalle de afiliados a ' O_ | Tipo de registro 1 N pensiones en Régimen de Si Transición Código de la Código de la entidad reportadora de 4 ¡entidad 6 A las afiliaciones en Régimen de Si reportadora Transición. Tipo de identificación del afiliado en Régimen de Transición, existente en la base de datos del RUAF. Ti - Tarjeta de identidad Tipo de CC - Cédula de ciudadanía 2 | identificación de 2 A CE - Cédula de extranjeria Si afiliado CD - Carnet Diplomático PA- Pasaporte PE - Permiso Especial de Permanencia PT- Permiso por Protección Temporal Número de : 3 [identificación del 17 A Si afiliado Indicador S- el añliado está en Régimen de | 4 | Régimen de 1 A Irransición : si Transición Notas:

Artículo ANEXO (31/34)

1. Los registros reportados mediante este archivo por parte de las administradoras se marcarán en la base de datos del RUAF como Régimen de Transición, información que servirá como insumo para la generación del archivo de afiliaciones a pensiones para los Operadores de PILA. 0 ps CA 2. Losregistros reportados que no se encuentren en la base de datos del RUAF con una afiliación activa, para la administradora que reportó, se devolverán mediante archivo de inconsistencias, con la misma estructura y el código de devolución. RESOLUCIÓN NÚMERO) 000962 DEn 2 MAY 2025 _ HOJA No. 19 de 20 a 3, En el FTPS asignado a cada administradora, se dispondrá el documento con los códigos de devolución de información. 4. Los registros reportados en este archivo y que no tengan una afiliación activa o que no exista en la base de datos del RUAF, deberán ser transmitidos a través de la Plataforma PISIS, teniendo en cuenta el Anexo Técnico para el reporte de maestro de afiliaciones a pensiones de conformidad con la normatividad vigente. 5. Una vez actualizada la base de datos del RUAF con la información de afiliaciones que quedaron en Régimen de Transición indicadas por cada administradora, las administradoras del Régimen de Ahorro Individual, deben reportar las novedades de retiro de los registros que no quedaron marcados en transición, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.

Artículo ANEXO (32/34)

6. Los retiros de registros que no queden en Régimen de Transición, se deben reportar con causal de retiro 16- Por Ley 2381 de 2024 y con fecha de retiro 2025-06-30, información que será tomada como referencia para la última administradora reportada en RUAF en Ley 100 de 1993, que será dispuesta en el archivo de afiliaciones a pensiones para Operadores de PILA. 2. CARACTERÍSTICAS DEL ARCHIVO PLANO El archivo debe ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: 1. Enel anexo técnico del archivo, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales 2. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivo plano de formato ANSI, con extensión Axt 3. El mombre del archivo y los datos del mismo deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. 4. El separador de campos debe ser coma (,) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter coma (). 5. Todos los campos en el archivo son obligatorios. 6. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (”") ni ningún otro carácter especial. 7. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. 8. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. 9. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. 10, Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. 11. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero.

Artículo ANEXO (33/34)

12. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro 13. Los archivos deben estar firmados digitalmente. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVO El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones, https://web sispro.qov.co/ Control de calidad de los datos, La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico y realiza el proceso de validación, asi: Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado. R A » a ESOLUCIOÓN NÚMERO 30862 DEN 8 MAY 2025 - HOJA No. 20 de 20 Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones del Registro Único de Afiliados — RUAF y el Anexo Técnico 4. Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Socia! en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el reporte de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición”. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación resulte exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar asistencia técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda.

Artículo ANEXO (34/34)

Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https:/Awww, sispro.qov.cofayudas/Pages/Ayudas.aspx soportepisisAminsalud.gov.co Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/FAQO/FAQ aspx Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables de! cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, de la Ley 1712 de 2014, del capitulo 25 del Tituto 2 del Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del 2015, y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tiene acceso. Seguridad de la información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente. 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO La información de las personas afiliadas a pensiones beneficiarias de la transición prevista en el articulo 75 de la Ley 2381 de 2024, deberá ser reportada a este Ministerio por las administradoras, por Una única vez, entre el 1 y el 15 de julio de 2025.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2025.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 26), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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