Por la cual se delega la facultad de designar interventores técnicos para los contratos suscritos por el Ministerio de Salud en desarrollo de los programas de IVA Social y trauma mayor.

Resolución · 856 · 1999-03-10 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Delegar en el Director General Para el Desarrollo de Servicios de Salud del Ministerio de Salud la facultad de designar los interventores técnicos de los siguientes contratos celebrados por el Ministerio de Salud: Contrato Contratista IVA SOCIAL 84...8 Hospital de Leticia, Amazonas 7...8 Hospital San Vicente de Paúl, Medellín por la cual se delega la facultad de designar interventores técnicos para los contratos suscritos por el Ministerio de Salud en desarrollo de los programas de IVA Social y trauma mayor. 855/98 Corporación Antioqueña de Diabetes, Medellín Contrato Contratista 734/98 Fundación Santa María, Medellín 890/98 Hospital Infantil Francisco de Paula, Barranquilla 751/98 Hospital San Juan de Dios Mompox, Bolívar 733/98 Hospital Infantil Napoleón Franco Pareja, Cartagena 738/98 Hospital Universitario Henao Toro, Manizales 749/98 Hospital María Inmaculada, Florencia 752/98 Dirección Departamental de Salud del Cauca 678/98 Fundación Sonreír, Valledupar 755/98 Hospital Militar Central de Bogotá 729/98 Hospital Lorencita Villegas de Santos, Bogotá 859/98 Fundación Cardioinfantil, Bogotá 741/98 Clínica Shaio, Bogotá 843/98 Secretaría de Salud de Bogotá 802/98 Hospital Hernando Moncaleano, Neiva 746/98 Hospital Infantil Los Angeles de Pasto 736/98 Fundación Oftalmológica de Santander 774/98 Hospital Regional de Sincelejo, Sucre 743/98 Hospital San José de Buga, Valle 775/98 Fundación del Niño Leucémico Buga, Valle 726/98 Hospital Club Noel de Cali 735/98 Fundación Valle del Lilí, Cali 721/98 Hospital Evaristo García, Cali Trauma Mayor 744/98 Hospital San Vicente de Paúl, Medellín 765/98 Hospital Erasmo Meoz, Norte de Santander 601/98 Hospital Ramón González Valencia, Santander 757/98 Hospital Evaristo García, Cali por la cual se delega la facultad de designar interventores técnicos para los contratos suscritos por el Ministerio de Salud en desarrollo de los programas de IVA Social y trauma mayor.

Artículo 2

Los interventores técnicos designados, ejercerán sus funciones de acuerdo con lo previsto en la Ley 80 de 1993, en la Resolución 3734 de 1996 y en las normas aplicables a los contratos objeto de la presente resolución. Para estos efectos, los interventores deberán coordinar con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud la recepción de cuentas por la prestación de los servicios objeto de los contratos.

Artículo 3

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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