Condiciones para el trabajo presencial. Para garantizar la continuidad en el cumplimiento presencial en las sedes del Ministerio, de las funciones, obligaciones y compromisos por parte de los servidores públicos, contratistas y pasantes del Ministerio, respectivamente, se imparten las siguientes directrices:
Las Subdirecciones de la Secretaría General, en los temas de su competencia, además de las responsabilidades pertinentes señaladas para la prestación del servicio bajo la modalidad del trabajo en casa, deberán:
1. Impartir las directrices y desarrollar el protocolo de limpieza permanente de las sedes y del mobiliario, en los términos establecidos en el anexo técnico de la Resolución 666 del 24 de abril de 2020, así como verificar la efectiva dotación de elementos de protección individual y acompañar la capacitación al personal contratado para la prestación de servicios generales.
2. Adoptar el protocolo señalado en la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 para el ingreso y permanencia de los servidores públicos, pasantes, contratistas y visitantes a las sedes, para lo cual tendrán en cuenta los siguientes lineamientos:
RESOLUCIÓN NÚMERO 00 2 845 DE 2020 HOJA N* 7
- El ingreso a las instalaciones de la Entidad por parte de servidores públicos, pasantes y contratistas se hará con el carné institucional y con los elementos de bioseguridad necesarios (tapabocas).
- No se permitirá el ingreso y/o acompañamiento a las instalaciones de personas que presenten síntomas de gripa ni cuadros de temperatura mayor o igual a 38*C.
- Solo se permitirá el ingreso de visitantes a las instalaciones de la Entidad, si se trata de personas que tengan programada alguna actividad institucional que no pueda adelantarse en forma virtual, previa autorización del servidor público que le haya convocado.
- Para ingresar y permanecer en las instalaciones del Ministerio, los servidores públicos, pasantes, contratistas y visitantes, deberán contar con los elementos necesarios (tapabocas) para evitar la propagación del COVID - 19, lo cual será verificado por el personal de la empresa de vigilancia de la Entidad.
- Durante el tiempo de permanencia en la Entidad, los servidores públicos, pasantes, contratistas y visitantes deberán lavarse las manos con suficiente agua y jabón, por al menos 20 segundos y repetir dicho procedimiento por lo menos cada 3 horas o antes si lo requiere y de acuerdo con las instrucciones señaladas en el protocolo establecido en la Resolución 666 de 2020 para el lavado de manos.
- No saludar con besos, ni abrazos, ni dar la mano y evitar cualquier acción de contacto fisico.
- Con el ánimo de preservar medidas de autocuidado y distancia, los servidores públicos, pasantes, contratistas y visitantes durante su permanencia en la Entidad, deberán guardar una distancia de seguridad de al menos 2 metros. Asimismo, se deberán seguir los lineamientos establecidos en el Protocolo de la Resolución 666 de 2020 para el distanciamiento físico.
- Durante la permanencia en la Entidad se hará uso de la escalera, de manera preferencial; en todo caso, sólo se podrán utilizar los ascensores con máximo 4 personas en su interior. Adicionalmente, se reprogramarán las paradas de los mismos, con el objetivo de obtener un uso más racional de los mismos.
- Se podrán utilizar áreas y/o espacios comunes, salas de juntas, comedores, baños, entre otros, siempre y cuando se garantice una distancia de seguridad de por lo menos 2 metros y utilizando todos los elementos de protección y autocuidado.
- Tomar medidas locativas para favorecer la circulación y recambio de aire, tales como mantener las ventanas abiertas, en lo posible.
- Porregla general, todos los documentos y expedientes se deberán manejar por medios digitales y a través del sistema Orfeo. La firma y traslado de los documentos que por su naturaleza se necesiten en medio físico será coordinada por el responsable del documento y podrá contar con el apoyo del Grupo de Gestión Documental, cuando se requiera.
- La asesoría y asistencia técnica a las entidades del sector y la participación del Ministerio en otras instancias de coordinación institucional e interinstitucional, en lo posible, se hará mediante la utilización de herramientas tecnológicas.
- Disponer en las instalaciones del Ministerio de canecas en todos los pisos, rotuladas debidamente con tapa y bolsa para residuos ordinarios para el desecho de tapabocas y guantes (siempre que sea necesario su recambio) e implementar los protocolos para su disposición final de acuerdo con los lineamientos técnicos establecidos en el numeral 3.6 de la Resolución 666, expedida por este Ministerio.
RESOLUCIÓN NUMERO 95845 DE 2020 HOJA N* 8
- Nose permitirá el uso de tas áreas de gimnasio hasta tanto se declare superado el estado de emergencia sanitaria.
- Para el uso de comedor, se deberá garantizar el distanciamiento físico de 2 metros entre los usuarios.
- Verificar la adopción e implementación de la Resolución 666 de 2020 por parte de las empresas contratistas que prestan servicios de aseo, cafetería, mantenimiento y vigilancia en las instalaciones.