Por la cual se corrige un yerro en la Resolución 586 de 2021

Resolución · 827 · 2021-06-21 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

Corregir el yerro contenido en artículo 22 de la Resolución 586 de 2021, disposición que quedará así: “Artículo 22. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de su publicación y sustituye la Resolución 205 del 17 de febrero de 2020, salvo la metodología adoptada en la misma”. 2 4 JUN 2021 RESOLUCIÓN NÚMERO? 20827 DE 2021 HOJA No. 2 de 2

Artículo 2

La presente resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Ministro de Salud y Pro cción Social: Aprobó: yo. Viceministra de Protección Social Directora de Regulación, Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud Directora Jurídica

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 122), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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