Por la cual se reconoce personería jurídica a la institución privada sin ánimo de lucro, denominada CORPORACIÓN SALUD Y VIDA IPS “COVISALUD - IPS”

Resolución · 813 · 2013-01-16 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Reconocer personería jurídica en el nivel nacional a la CORPORACIÓN SALUD Y VIDA IPS “COVISALUD - IPS”, con domicilio principal en la ciudad de Villavicencio — departamento del Meta y sede en el municipio de Yopal - departamento del Casanare y aprobar los estatutos y su reforma, adoptada mediante Acta N? 006 del 15 de marzo de 2013. Parágrafo. El otorgamiento de personería jurídica que se efectúa mediante el presente acto administrativo, no exonera a la referida Corporación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normatividad que regula el ejercicio de las actividades que pretende desarrollar.

Artículo 2

Inscribir como representante legal de la CORPORACIÓN SALUD Y VIDA IPS “COVISALUD - IPS”, a la doctora MARTHA JULIANA BERNAL CHINCHILLA, identificada con [documento omitido]

Artículo 3

Notificar personalmente el contenido de la presente resolución a la doctora MARTHA JULIANA BERNAL CHINCHILLA, identificada con [documento omitido], en su carácter de representante legal de la CORPORACIÓN SALUD Y VIDA 1PS “COVISALUD - IPS”, o a su apoderado, haciéndole saber que contra la misma sólo procede el recurso de reposición, en los términos previstos en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en concordancia con el artículo 11 de la Resolución No. 13565 de 1991. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 4

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación y surte efectos desde su ejecutoria.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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