Artículo 23
Requisitos. Todo alimento que sea objeto de declaraciones de propiedades de salud, debe cumplir con los requisitos exigidos para la declaración de nutrientes y declaración de propiedades nutricionales. del presente -reglamento. El uso de declaraciones de propiedades de salud debe cumplir lo siguiente: 1) Deben basarse en una evidencia cientifica y el nivel de la prueba debe ser suficiente para establecer el tipo de efecto que se declara y su relación con la salud, como reconocido por datos cientificos generalmente aceptables y la evidencia se debe revisar a la luz de nuevos datos. 2) Deben efectuarse de forma tal que, permita al público entender la información proporcionada y el significado de esa información con relación a una alimentación diaria. 3) La cantidad del alimento que debe consumirse para obtener el beneficio argumentado debe ser razonable en el contexto de una alimentación diaria. 4) Si existen otros factores determinantes para cumplir con los efectos sobre la salud se deben enunciar. Ejemplo: “Ejercicio físico regular y consumo de calcio”. 5) Si existen otros factores asociados a la enfermedad o trastorno de la salud se debe mencionar que ésta depende de otros factores asociados. Ejemplo: "La enfermedad cardiovascular depende de muchos factores. Dietas bajas en grasa y colesterol pueden ayudar a disminuir el riesgo de enfermedad cardiovascular”. 6) Si el beneficio argumentado se atribuye a un nutriente en el alimento, para el cual se ha establecido un valor de referencia, dicho alimento debe ser: a) "Excelente en”, “buena fuente de" el nutriente, en el caso que se recomiende un incremento en el consumo; o, b) "Bajo en”, “reducido en”, o “libre del” nutriente, en el caso que se recomiende una reducción en el consumo. RESOLUCIÓN NÚMERO 8 1U DEy $ JUN 2021 HoJA___No 35 de 50 etiquetado nutricional! y frontal que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano” 7) Si el efecto anunciado en las declaraciones de propiedades de salud se atribuye a un nutriente o constituyente del alimento, deben estar disponibles los métodos analíticos validados y reconocidos internacionalmente para cuantificar el nutriente o constituyente declarado. 8) El alimento que declare propiedades de salud-debe cumplir con los niveles que logran el efecto enunciado o asociado a la salud, establecidos de acuerdo con la evidencia científica. 9) La expresión de las declaraciones de propiedades de salud debe hacerse en términos condicionales, utilizando palabras como: “puede”; “podría”: “ayuda”; “contribuye a”. 10) La información relacionada con las declaraciones de propiedades de salud que se incluya en la etiqueta del producto, debe ser completa, verdadera, no confusa, ni engañosa, de conformidad con lo establecido en el presente reglamento. Parágrafo: Las declaraciones de propiedades de salud que ya habían sido aprobadas por la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas del Invima, seguirán siendo vigentes, para el presente reglamento técnico.