Por la cual se unifican las fases y etapas de las que trata el articulo 7 del Decreto 109 de 2021- modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021- en los 40 Municipios y Distritos del Territorio Nacional

Resolución · 802 · 2021-06-11 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Objeto. Unificación de las fases y etapas del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19 en 40 municipios y 1 distrito del territorio nacional. Unificar las fases y etapas del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid 19, contenidas en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 ambos del 2021, los siguientes 40 municipios y 1 distrito, abarcando el área urbana, centros poblados y el área rural dispersa, para vacunar a sus habitantes mayores de dieciséis años (16) años o de 18 años, de acuerdo con las indicaciones del biológico que esté disponible para la vacunación: "> Entigad Municipio Población Población Población Vacuna Población Territorial Cabecera Centros Total Aplicada objetivo l Municipal Poblados y 10062021 Rural lo Dispersos Antloqula Ciudad Bolivar 13.247 7.097 20.344 4.598 15.746 Antloqula Sonsón 14,705 13,199 27.904 5.409 22.495 Bolívar : María La Baja 14.622 18.544 33.166 9.057 24,109 Bolivar San Jacinto 15.632 2.371 18.003 4.569 13.434 Caquetá Puerto Rico 10.402 7.331 17.733 2.471 15.262 Caquetá San Vicente del 17,344 17,290 34,634 3.776 30.858 Caguán Cauca Piamonte 1.451 4.801 6.252 0 6.252 Cesar Aguachica 75.192 10.875 86.067 11.733 74,284 Cesar Agustín Codazzi 35.868 9.282 45.150 6.834 38.316 Córdoba Montelibano 45.600 13.900 59.500 7.125 52,375 Córdoba Tierralta 30,241 31.645 61.886 6.909 54.977 Chocó Quibdó 76.705 12,049 83,754 17.899 70.855 Chocó Istmlna 14.985 5.960 20.945 2.904 18.041 Hulta Camposlegre 17.481 5.542 23.023 4,425 18.598 Hulla Garzón 28.501 24.081 52.582 11.420 41.162 La Guajira Maicao 80.726 40.689 121.415 12.708 108.707 La Guajira San Juan del Cesar 25.641 : 10,380 36.021 8.749 27.272 Magdalena Aracataca 17.458 10.621 28.079 3.600 24,479 Magdalena El Banco 29.680 18,059 47.739 7.456 40,283 Meta Mesetas 3.115 4,281 7.396 470 6.926 Meta Lejanías 3,324 4.686 8.010 495 7.515 Nariño Ipiales $9.271 28.914 83.185 17.765 70.420 Norte de Abrego "12.861 10.897 23.758 3590 20.168 Santander Norte de Tibú 14.872 23.267 38,139 2.664 35.475 Santander Santander Cimitarra 11.582 13.660 25.242 4.185 21.057 RESOLUCIÓN NÚMERO 802 DEL 11 DE JUNIO DE 2021 Hoja No. 6 Santander Puerto Wilches 12.372 11.331 23.703 3.606 20.097 Sucre Ovejas 8.754 8.693 17,447 4,054 13,393 Tolima Chaparral 21.589 14.827 36.416 8.081 28.335 Tolima : planadas 40.767 15.214 55,981 14.592 41,389 Buenaventura Buenaventura 158,870 41.635 200.305 25.063 175.242 Valle del Cauca — La Victoria 7.096 2.185 9.281 3.348 5.933 Valle del Cauca Obando 6.842 2.125 8.967 2.247 6.720 Arauca Arauquita 10.938 27.588 38.526 3.857 34.669 Arauca Saravena 34.067 10.739 44.806 6.983 37.823 Casanare Paz de Ariporo 17.843 7.854 25.697 3.233 22.464 Putumayo Mocoa 31.413 13,285 44,698 9.752 34,946 Putumayo Puerto Asís 30.143 18.878 49.021 5.249 43.772 Archipiélago de San Andrés 32.478 12.093 44.571 11,492 33,079 San Andrés o. Guaviare San José del Guaviare 28.394 10.146 38.540 7.738 30,802 Guaviare El Retorno 2.621 6.388 9.009 958 8.051 Vichada Puerto Carreño "11.157 3.078 14,235 3.308 10.927 Total 1.125.850 555.280 1681130 274.422 1.406.708 Fuente: Proyecciones de población DANE junio 10 de 2021 Reporte diario de vacunas aplicadas enviadas por las entidades territoriales con corte a 10 de junio Parágrafo 1. Para la unificación de fases y etapas en los municipios que por circunstancias específicas así lo requieran, se incluirá en el plan de vacunación a los residentes temporales que declaren residir en el municipio por más de tres (3) meses de forma continua o ejercer sus actividades laborales de manera permanente y continua por más de tres (3) meses y que en el marco de sus funciones presenten una alta interacción con la población residente de los municipios y que sea certificado por su empleador, en los términos del parágrafo 5 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decreto 466 y 630 de 2021. Parágrafo 2. La población objeto de esta resolución se vacunará de manera gradual, con el biológico disponible y asignado por el Ministerio de Salud y Protección Social, siguiendo los lineamientos técnicos y recomendaciones que este imparta para su aplicación

Artículo 2

Responsabilidades de los departamentos y municipios. Las autoridades en salud del orden departamental, distrital y municipal deben realizar de manera coordinada, con las entidades responsables del aseguramiento y los prestadores de servicios de salud que operan en su jurisdicción, en el marco de la Mesa Permanente Territorial, la micro planeación para la unificación de las etapas del Plan Nacional de Vacunación, con el fin de determinar las estrategias y tácticas a desarrollar según la particularidad territorial.

Artículo 3

Obligatoriedad del uso del sistema de información nominal PAWEB. El cargue de la información correspondiente a la vacunación contra el COVID-19 se realizará de manera obligatoria en el sistema de información nominal PAWEB por parte de las instituciones prestadoras de servicios de salud vacunadoras contra el COVID-19. RESOLUCIÓN NÚMERO 802 DEL 11 DE JUNIO DE 2021 Hoja No. 7

Artículo 4

Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación,

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 115), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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