Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 1243 del 18 de agosto de 2021, frente a las funciones del Grupo de Relación Estado - Ciudadano del Ministerio de Salud y Protección Social

Resolución · 79 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Modificar el artículo 2 de la Resolución No. 1243 del 18 de agosto de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 2. Funciones del Grupo de Relación Estado — Ciudadano. Establecer como funciones del Grupo de Relación Estado - Ciudadano de la Sub dirección Administrativa, las siguientes: Formular y/o actualizar el Modelo o Estrategia institucional de Relación Estado - Ciudadano, incorporando los atributos de lenguaje claro, accesibilidad, diálogo e inclusión social, de acuerdo con la normativa vigente, las metodologías expedidas por el Gobierno Nacional y los procesos de la entidad. Desarrollar, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales y las demás dependencias del Ministerio la caracterización de grupos de valor, el análisis de la relación del Estado con el Ciudadano, la oferta institucional y los estudios e investigaciones que sean pertinentes, promoviendo /a co-creación, la innovación y la gestión del conocimiento, en concordancia con las políticas públicas, la normativa vigente, las metodologías expedidas por el Gobierno Nacional y los procesos institucionales. Consolidar y socializar insumos sobre el estado del relacionamiento con la ciudadanía a las dependencias responsables de las políticas de gobierno digital, integridad y gestión documental, en el desarrollo de las actividades y los productos que impactan directamente a los grupos de valor, con base en el Modelo o Estrategia institucional de Relación Estado - Ciudadano, y las metodologías expedidas por el Gobierno Nacional. Apoyar y acompañar la creación y transferencia del plan de incentivos para la apropiación del Modelo o Estrategia institucional de Relación Estado - Ciudadano, a las dependencias y los servidores públicos de la entidad, de conformidad con la normativa vigente, y los procesos institucionales. Apoyar a las dependencias competentes y a la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, en la formulación de los planes institucionales en participación ciudadana y rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información, racionalización de trámites, y servicio al ciudadano, con base en el estado del relacionamiento con la ciudadanía en /a entidad. Hacer seguimiento a la implementación del Modelo, la estrategia, los escenarios de interacción y los canales de atención dirigidos a los ciudadanos que mejoren la gestión, el acceso a la información, los trámites, la participación y el control social, a partir de la caracterización de los grupos de valor, la oferta y planeación institucional, y los planes de desarrollo. Trabajar de manera armónica con las instancias competentes del Ministerio para la unificación de mecanismos de medición de la satisfacción de los grupos de valor frente al relacionamiento estado ciudadano. Promover espacios de retroalimentación y análisis con las dependencias sobre la oferta institucional, con el propósito de optimizar los procesos de la entidad y responder de manera oportuna, eficaz y con calidad a los requerimientos de los ciudadanos y grupos de valor, en coherencia con los resultados de los ejercicios de caracterización e investigación, el seguimiento y la evaluación de la implementación de la relación del Estado con el Ciudadano. Proponer mejoras a la oferta institucional en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales y las instancias competentes de la entidad, a partir del seguimiento y la evaluación del Modelo, la estrategia y los lineamientos de la relación del Estado con el Ciudadano, las peticiones, expectativas y propuestas ciudadanas recibidas en los escenarios de interacción, y la normativa vigente. RESOLUCIÓN NÚMERO' - 79 DE 2325 ENE 11.1A No 3 Coordinar en los casos que aplique con los otros líderes de la implementación e intervinientes que han sido definidos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, acciones para el fortalecimiento de las políticas de gestión y desempeño objeto de la presente resolución. Consolidar, analizar, conservar y suministrar la información sobre el relacionamiento del Estado con e/ ciudadano del Ministerio a las entidades del orden nacional que lo requieran, así como generar los informes concernientes a las acciones de la relación del Estado con el Ciudadano, en coordinación con los otros líderes de la implementación e intervinientes que sean definidos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. En relación con la Política de Transparencia y Acceso a la Información Pública: 12 Impartir lineamientos a las diferentes dependencias del Ministerio para divulgar activamente la información pública sin que medie solicitud alguna (transparencia activa), en coordinación con los demás líderes e intervinientes definidos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. • 13 Coordinar con las demás áreas líderes e intervinientes, las acciones correspondientes al mejoramiento, implementación y orientación de acuerdo a su competencia y conforme lo establezca el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. En relación con la Política de Racionalización de tramites: 14 Suministrar información a la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, relacionada con lineamientos establecidos por las instancias competentes en la materia a nivel nacional. 15 Monitorear la evaluación de la satisfacción de los distintos grupos de valor, frente a la calidad y oportunidad de los trámites de la entidad, con el fin de identificar acciones de mejora. 16 Apoyar a la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales en las estrategias de comunicación con las áreas misionales frente a los requerimientos de entidades externas y en cumplimiento a la normativa vigente, relacionada con trámites y servicios. En relación con la Política de Participación Ciudadana y Rendición de Cuentas: Elaborar y evaluar la política y estrategia de Participación ciudadana y rendición de cuentas en el ciclo de la gestión pública articulada a la planeación y gestión institucional en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales. Impartir lineamientos para garantizar las condiciones institucionales idóneas para la promoción efectiva de la participación ciudadana, en coordinación con los demás líderes de la implementación e intervinientes definidos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Apoyar a las dependencias en la promoción de la participación ciudadana en las fases del ciclo de la gestión institucional, de conformidad con el modelo o la estrategia de interacción y la normativa vigente, en coordinación con los líderes de la implementación e intervinientes que se han definido por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. En relación con la Política de Servicio al Ciudadano: Impartir los lineamientos para la implementación del Modelo Integral de Servicio al Ciudadano y otros Grupos de Valor del Sector Administrativo de Salud y Protección Social. Realizar seguimiento al cumplimiento de la política de Servicio al Ciudadano respecto al acceso efectivo, oportuno y de calidad de los ciudadanos a sus derechos en todos los escenarios de relacionamiento con el Estado. 24 'ENE 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 0 7 9 DE 2022 HOJA No 4 22. Las demás que le asigne la ley o que correspondan con la naturaleza de la dependencia."

Artículo 2

Modificar el artículo 3 de la Resolución No. 001243 del 18 de agosto de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 3. Dependencia líder. Designar a la Subdirección Administrativa como dependencia líder de la implementación de las políticas que inciden en la relación del Estado con el Ciudadano definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, en coordinación con las dependencias líderes e intervinientes de las demás políticas de gestión y desempeño las designadas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño."

Artículo 3

Modificar el artículo 5 de la Resolución No. 1243 del 18 de agosto de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 5. Funciones del Coordinador del Grupo de Relación Estado — Ciudadano. Asignar al Coordinador del Grupo de Relación Estado - Ciudadano las siguientes funciones en concordancia con su rol de líder de la implementación de las políticas de gestión y desempeño que incidan en la relación Estado Ciudadano: Transparencia, acceso a información pública y lucha contra la corrupción; Participación ciudadana en la gestión pública; Racionalización de trámites; y Servicio al Ciudadano. Dirigir la formulación del plan de mejoramiento relacionado con cada una de las políticas que inciden en la relación del Estado con el Ciudadano, en coordinación con las dependencias líderes e intervinientes de las políticas de gestión y desempeño definidas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y apoyar a las dependencias ejecutoras en su desarrollo e implementación, de acuerdo con lo definido en el alcance de las funciones establecidas en el artículo 2 de la presente resolución. Proponer buenas prácticas, herramientas o instrumentos para el desarrollo de las políticas y presentarlas a los demás niveles relacionadas con la política respectiva en coordinación con las dependencias líderes e intervinientes de las políticas de gestión y desempeño definidas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y apoyar a las dependencias ejecutoras en el desarrollo e implementación del mismo, de acuerdo con lo definido en el alcance de las funciones establecidas en el artículo 2 de la presente resolución. Consolidar informes y reportes que le sean requeridos por las instancias competentes. Articular acciones con las demás políticas de gestión y desempeño del Modelo Integrado de planeación y Gestión MIPG en coordinación con las dependencias líderes e intervinientes de las mismas que incidan de manera directa o indirecta con el relacionamiento Estado — Ciudadano. Parágrafo. La Subdirección Administrativa deberá asistir a las reuniones que se convoquen para el fortalecimiento de las políticas de gestión relacionadas, acorde con la dinámica definida por la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales para la consolidación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG."

Artículo 4

Modificar el artículo 6 de la Resolución No. 1243 del 18 de agosto de 2021, el cual quedará así: "ARTÍCULO 6. Responsables de la implementación de las políticas de relación del Estado con el Ciudadano. Los responsables de la implementación de las políticas de relación del Estado con el Ciudadano serán los mismos establecidos corno líderes, e intervinientes de cada una de las mismas por parte del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, en consonancia con lo dispuesto en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG. Q 24 ENE 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO• °7 ' DE 2022 HOJA No 5 El responsable de brindar información al Subdirector Administrativo frente al desempeño de las políticas que inciden en la relación del Estado con el Ciudadano, será el interviniente de la implementación de la política de gestión y desempeño pertinente, para lo cual, la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales establecerá el mecanismo de entrega, acorde con los lineamientos que se establezcan dentro del fortalecimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión- MIPG. Las dependencias líderes e intervinientes de la implementación de las políticas de gestión y desempeño que incidan en la relación del Estado con el Ciudadano: Transparencia, acceso a información pública y lucha contra la corrupción; Participación ciudadana en la gestión pública; Racionalización de trámites; y Servicio al Ciudadano deberán atender los roles establecidos a través del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Parágrafo. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño es el competente para determinar los roles de líderes, intervinientes y ejecutores de las políticas de gestión y desempeño que incidan en la relación del Estado con el Ciudadano. Así mismo, las actualizaciones o modificaciones de los roles de intervinientes y ejecutores en el marco de las políticas de gestión y desempeño que incidan en la relación del Estado con el Ciudadano, se entenderán incorporadas a esta Resolución."

Artículo 5

Las demás disposiciones de la Resolución No. 1243 de 2021 no sufren modificación alguna.

Artículo ANEXO

ERNANDO RUIZ •MEZ Mini ro de Salud y Protección Social Aprobó: Andrea Hurtado/Secretaria General Revisó: Mónica Herrera/Subdirectora de Gestión del,JII alento Humano ../, Elaboró Margarita Gil/Subdirección Administrativa ' Constanza Engativá/Oficina Asesora de PlaneIción y Estudios Sectoriale

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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