Por la cual se modifican los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19, contenidos en el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1151 de 2021, en relación con la aplicación de segundo refuerzo a la población mayor de 50 años

Resolución · 762 · 2022-05-13 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Modificar el numeral 8.7 “Aplicación de refuerzos” del Anexo Técnico 1 “Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19” de la Resolución 1151 de 2021 y sus modificatorias, en los siguientes términos: «e 8.7 Aplicación de refuerzos. 8.7.1. Primer refuerzo La población de 12 años o más, a partir de los 4 meses de haber completado el esquema primario podrán acceder a las dosis de refuerzo. 8.7.1.1. La población de 18 años o mas accederá al refuerzo de acuerdo con la siguiente tabla: Tabla 1 Esquemas y biológico recomendado para vacunación de refuerzo COVID-19 Esquema primario Dosis de refuerzo Plataforma ARNm (Pfizer) Homóloga ARNm (Pfizer) ARNm Moderna ) Vector viral (AstraZeneca y Heteróloga Janssen) ARNm Moderna Homóloga ARNm (Moderna) ARNm (Pfizer) . Vector viral (AstraZeneca y Heteróloga Janssen) Vector Viral (AstraZeneca) Homóloga Vector Viral ARNm (Pfizer — Moderna) (AstraZeneca) Heteróloga Vector viral (Janssen) Vector Viral (Janssen) Homóloga Vector Viral (Janssen) ARNm (Pfizer — Moderna) Heteróloga Vector Viral (AstraZeneca) ARNm (Pfizer - Moderna) Virus Inactivado Vector Viral (AstraZeneca - Heteróloga (Sinovac) Janssen) Virus Inactivado (Sinovac) Homóloga 8.7.1.2. Las personas de 12 a 17 años solamente podrán recibir dosis de refuerzo con el biológico de ARNm Pfizer. 8.7.2. Segundo refuerzo Las personas mayores de 50 años podrán recibir una segunda dosis de refuerzo de vacuna contra COVID-19, la cual deberá ser aplicada a partir del cuarto (4) mes contado a partir de la aplicación del primer refuerzo, debiendo ser usadas para este, los biológicos de la plataforma ARN mensajero (Pfizer o Moderna). acamao 13 MAY 2022 RESOLUCIÓN NUMEROU ú Ú 16 2peL DE 2022 HojaNo. 3 Cuando el segundo refuerzo se realice con vacuna del laboratorio Moderna se deberá usar la mitad de la dosis esto es, 0.25 ml,. Las siguientes poblaciones podrán recibir un segundo refuerzo del biológico de ARNm después de haber recibido tanto el esquema primario como el primer refuerzo, a partir de los 30 días de aplicación de su última dosis bajo recomendación del médico tratante: a.) Población de 12 años en adelante con la siguiente condición clínica: - Trasplante de corazón - Trasplante de riñón - — Trasplante de páncreas - — Trasplante de pulmón - Trasplante de intestino - — Trasplante de hígado - — Trasplante de médula ósea en los 2 años anteriores o que reciben tratamiento de inmunosupresión "- — Leucemia en quimioterapia - Mieloma en quimioterapia - Linfoma en quimioterapia - Síndrome mielodisplásico en quimioterapia - Pacientes con enfermedades autoinmunes como artritis reumatoide, lupus eritematoso sistémico o esclerosis múltiple que reciben tratamiento inmunosupresor y Otras enfermedades que usen: alemtuzumab, abatacept, belatacept, obinutuzumab, rituximab, fingolimod, ocrelizumab, antimetabolicos e inhibidores de la calcineurina en último año - — Inmunodeficiencias primarias b.) Población de trasplante de órgano sólido, población de trasplante de progenitores de hematopoyéticos (durante los primeros 2 años o que reciban tratamiento inmunosupresor), pacientes con neoplasia hematológica en quimioterapia activa y pacientes con inmunosupresión severa, como anti-CD 20, Se podrá aplicar la dosis de un determinado biológico por recomendación médica, siempre y cuando esté disponible y autorizado en el país. No se considera necesaria la medición de anticuerpos para determinar la administración de la dosis de refuerzo adicional”

Artículo 2

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1151 de 2021, modificado por la Resoluciones 1866 y 1887 de 2021, 092, 419 y 661 de 2022

Artículo ANEXO

Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Servicios ¿49 : Dirección de Promoción y Prevención Dirección de Epidemiología y Demografía Dirección de Medicamentos y Tecnologías en SaludLA Dirección Jurídica WO.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 65), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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